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Decreto 46 / 2022 Mariano Arcioni (II) 

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Título: Otorgase un aporte no reintegrable a favor del Aeroclub Trelew.
 
Fecha Registro: 28/01/2022
 
Detalle:



RAWSON, 2 8 ENE 2022

VISTO:

El Expediente N° 002222 - MIEP-2021; y

CONSIDERANDO:

Que por el Expediente citado en el Visto se celebró un Convenio de aporte no reintegrable entre la Provincia del Chubut y el Aeroclub Trelew, suscripto el día 09 de noviembre de 2021, protocolizado por la Escribanía General de Gobierno al Tomo: 4 Folio: 115 con fecha 18 de noviembre de 2021 del Registro de Contratos de Locación de Obras e Inmuebles, obrante a fojas 32;
Que en el citado Convenio, la Provincia se compromete a otorgar un aporte no reintegrable destinado a la ejecución de la Obra: “Construcción de Depósito”, por la suma de PESOS UN MILLON CIENTO VEINTIDOS MIL CIENTO SESENTA Y NUEVE CON SETENTA Y CINCO CENTAVOS ($ 1.122.169,75), que serán abonados de conformidad a la cláusula Segunda del Convenio;
Que a fojas 78 obra la afectación preventiva del gasto;
Que la asistencia a los Municipios, Comunas e Instituciones es una prioridad del Gobierno Provincial;
Que corresponde otorgar el aporte no reintegrable al Aeroclub Trelew para ser utilizado en la ejecución de la Obra: “Construcción de Depósito”, por la suma de PESOS UN MILLON CIENTO VEINTIDOS MIL CIENTO SESENTA Y NUEVE CON SETENTA Y CINCO CENTAVOS ($ 1.122.169,75);
Que el presente trámite se encuadra en el artículo Io inciso 1) del Decreto N° 1304/78, modificado mediante Decretos N° 1232/00 y 18/03;
Que la Asesoría General de Gobierno ha tomado intervención en el presente trámite;

POR ELLO:

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT

DECRETA:

Artículo 1°.-Otorgase un aporte no reintegrable por la suma de PESOS UN MILLON CIENTO VEINTIDOS MIL CIENTO SESENTA Y NUEVE CON SETENTA Y CINCO CENTAVOS ($ 1.122.169,75), a favor del Aeroclub Trelew, siendo responsable de su utilización y rendición el Presidente, señor Claudio Héctor Galla, para ser utilizado en la ejecución de la Obra: “Construcción de Depósito”.-
Artículo 2°.-El aporte no reintegrable otorgado en el artículo 10 deberá ser invertido e informado a la Subsecretaría de Obras Municipales del Ministerio de Infraestructura, Energía y Planificación dentro de los cuarenta y cinco (45) días de recepcionado el desembolso y rendido ante el Tribunal de Cuentas de la Provincia.-
Artículo 3o.- El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto el cual asciende a la suma de PESOS UN MILLON CIENTO VEINTIDOS MIL CIENTO SESENTA Y NUEVE CON SETENTA Y CINCO CENTAVOS ($ 1.122.169,75) será imputado en la Jurisdicción 3 - SAF 91 Dirección de Administración de Obligaciones del tesoro y Servicio de la Deuda -
Programa 96 - Actividad 02 - Inciso 5 - Partida Principal 2 - Partida Parcial 5 - Partida
Subparcial 01 - Fuente de Financiamiento 368 - Ejercicio 2022.-
Artículo 4°.-El presente Decreto será refrendado por los Señores Ministros Secretarios de Estado en los Departamentos de Infraestructura, Energía y Planificación, Economía y Crédito Público y de Gobierno y Justicia.-
Artículo 5°.-REGÍSTRESE, comuníquese, dese al Boletín Oficial y cumplido , ARCHÍVESE.-     

DECRETO N° 46/2022
Instrumentos Legales Asociados

Instrumentos legales afectados por este instrumento legal

(Se relaciona) Decreto 1304/1978
(Se relaciona) Decreto 1232/2000
(Se relaciona) Decreto 18/2003

Instrumentos legales que afectan a este instrumento legal

(No hay instrumentos legales que lo afecten)