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Título: Modificar los requisitos del Director General de Mesa de Entrada y Registro del Ministerio de Gobierno y Justicia |
Fecha Registro: 28/01/2022 |
Detalle: RAWSON,2 8 ENE 2022 VISTO: El Expediente N° 165-MGyJ-2022; y CONSIDERANDO: Que la Ley I N° 667, define las Estructuras de las áreas Ministeriales y Secretarías que componen la Administración Central, creando y readecuando las competencias asignadas; Que asimismo el Artículo 32° de la citada Ley, faculta al Poder Ejecutivo a adoptar las medidas necesarias y conducentes para adecuar la estructura orgánica, funcional y presupuestarias de las dependencias que integran los distintos Ministerios Secretarías y Secretarías de Estado, pudiendo transferir dependencias, bienes patrimoniales y distribuir el personal necesario; Que se solicita modificar los requisitos del cargo Director General de Mesa de Entrada y Registro del Ministerio de Gobierno y Justicia, establecido mediante Decreto 346/2019, Anexo III (hoja 16), a partir de la fecha del presente Decreto; Que la Dirección General de Administración de Personal de la Secretaría General de Gobierno ha intervenido en el presente trámite; Que ha tomado legal intervención la Asesoría General de Gobierno; POR ELLO: EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT DECRETA: Artículo 1°.- Modificar los requisitos del Director General de Mesa de Entrada y Registro del Ministerio de Gobierno y Justicia, establecido mediante Decreto 346/2019, Anexo III (hoja 16), a partir de la fecha del presente Decreto, conforme al Anexo I que forma parte integrante del presente Decreto Artículo 2°.- El presente Decreto será refrendado por el Señor Ministro Secretario de Estado en el Departamento de Gobierno y Justicia. Artículo 3°.- Regístrese, comuníquese notifíquese, dese al Boletín Oficial y cumplido, ARCHIVESE. DECRETO N° 48/2022 ANEXO I MINISTERIO DE GOBIERNO Y JUSTICIA DIRECCIÓN GENERAL DE MESA DE ENTRADA Y REGISTRO MISIONES: Organizar el despacho administrativo que se tramite en el Ministerio de Gobierno y Justicia y sus áreas dependientes. FUNCIONES: • Recibir, registrar y distribuir toda la documentación que se tramite por ante el Ministerio y sus organismos dependientes. • Caratular los expedientes, asentar sus movimientos y efectuar desgloses y agregaciones. • Verificar el cumplimiento de las normas que regulan la tramitación de Expedientes. • Dirigir, controlar y supervisar los servicios internos y externos de correos. • Autenticar las copias de las Resoluciones emanadas del Señor Ministro de Gobierno y Justicia REQUISITOS: Poseer cinco años de antigüedad en la Administración Pública. |
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