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Título: Abonar al el señor José María GRAZZINI AGÜERO el equivalente a veinte (20) días de licencia anual correspondiente al ejercicio 2021 |
Fecha Registro: 15/02/2022 |
Detalle: RAWSON, 15 FEB 2022 VISTO: El Expediente N° 226-MGyJ-2022; y CONSIDERANDO: Que por el Expediente citado en el Visto, el señor José María GRAZZINI AGÜERO, solicita la compensación en dinero de la licencia anual reglamentaria correspondiente al ejercicio 2021; Que corresponde liquidar al señor José María GRAZZINI AGÜERO, veinte (20) días de licencia anual correspondiente al ejercicio 2021, conforme lo establece el Decreto N° 1905/2001; Que el gasto que demande el cumplimiento de la presente Resolución será imputado a la Jurisdicción 20: Ministerio de Gobierno y Justicia, SAF 20: Ministerio de Gobierno y Justicia, Programa 1: Conducción del Ministerio de Gobierno y Justicia, Actividad 1: Conducción del Ministerio de Gobierno y Justicia; Que no existe impedimento para acceder a lo solicitado; Que ha tomado intervención en el presente trámite la Dirección General de Administración de Personal de la Secretaria General de Gobierno; POR ELLO: EL MINISTRO DE GOBIERNO Y JUSTICIA RESUELVE: Artículo 1°. - Abonar al el señor José María GRAZZINI AGÜERO (DNI N°25.457.914- Clase 1976), el equivalente a veinte (20) días de licencia anual correspondiente al ejercicio 2021, conforme lo establece el Decreto N° 1905/2001. Artículo 2°. - El gasto que demande el cumplimiento de la presente Resolución será afectado a la Jurisdicción 20: Ministerio de Gobierno y Justicia, SAF 20: Ministerio de Gobierno y Justicia, Programa 1: Conducción del Ministerio de Gobierno y Justicia, Actividad 1: Conducción del Ministerio de Gobierno y Justicia. Ejercicio 2022. Artículo 3°.- La presente Resolución será refrendada por el Señor Subsecretario de Gobierno. Artículo 4°.- Regístrese por la Secretaría General de Gobierno, comuníquese a la Dirección General de Administración de Personal, vuelva al Organismo oficiante para su posterior tramitación y cumplido ARCHIVESE. RESOLUCION II N° 06 |
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