Imprimir detalle |
Título: Mensualizar a la agente Aldana Nahir OLARIAGA |
Fecha Registro: 26/05/2022 |
Detalle: RAWSON, 26 MAY 2022 VISTO: El Expediente N° 1206/22-STR; y CONSIDERANDO: Que por el Expediente citado en el Visto, se impulsa dejar sin efecto la mensualización de la agente Aldana Nahir OLARIAGA, en el cargo Ayudante Administrativo - Código 3 - 004 - Clase IV - Agrupamiento Personal Técnico Administrativo - Planta Temporaria, dependiente de la Subsecretaría de Seguridad Vial del Ministerio de Seguridad, a partir de la fecha del presente Decreto; Que asimismo, se tramita mensualizar a la agente Aldana Nahir OLARIAGA en el cargo Ayudante Administrativo, Código 3 - 004, Clase IV Planta Temporaria de la Secretaría de Trabajo, a partir de la fecha del presente Decreto y hasta el 31 de diciembre de 2022; Que es necesario modificar el detalle analítico de la Planta Presupuestaria de Personal en la Jurisdicción: 9- SAF: 9 - Ministerio de Seguridad - Programa 32 - Conducción Subsecretaría de Segundad Vial - Actividad 2 - Plan Seguridad Vial y Jurisdicción: 15 - Secretaria de Trabajo - SAF: 15 - Secretaria de Trabajo - Programa 1 - Conducción de la Secretaria de Trabajo - Actividad 1 - Conducción de la Secretaria de Trabajo, de acuerdo a los Anexos I y II, a partir de la fecha del presente Decreto; Que a tal efecto corresponde modificar el Plantel Básico de la Subsecretaría de Seguridad Vial dependiente del Ministerio de Seguridad, eliminándose un (1) cargo Ayudante Administrativo - Código 3 - 004 - Clase IV - Agrupamiento Personal Técnico Administrativo - Planta Temporaria, e incrementándose, el mismo cargo en el Plantel Básico de la Secretaria de Trabajo, a partir de la fecha del presente Decreto; Que a fojas 2, el Ministro de Seguridad, el Subsecretario de Trabajo y Secretario General de Gobierno, autorizan el traslado con cargo y masa salarial de la agente Aldana Nahir OLARIAGA; Que la Ley II N° 263 Artículo 13° - Inciso 1 - apartado a) - punto 5), faculta al Poder Ejecutivo a efectuar modificaciones en las Plantas de Personal, siempre que el costo de la sumatoria de esas modificaciones no de un saldo positivo y se realice dentro del mismo escalafón; Que la agente Aldana Nahir OLARIAGA continuara desempeñándose en el cargo de Directora General de Coordinación - Subsecretaría de Coordinación y Enlace dependiente de la Secretaria General de Gobierno, cual fuera designada mediante Decreto N° 78/2022.- Que corresponde abonar a la agente que figura en el Considerando anterior, la diferencia salarial entre su cargo de revista y el cargo que desempeña, conforme lo dispuesto por el Artículo 105° de la Ley I - 74 del Digesto Jurídico, reglamentado por Decreto N° 116/82, Artículo 1o Punto II, Apartado 2; Que el gasto que demande el cumplimiento del presente, se encuentra previsto en el Presupuesto General de la Provincia, aprobado por Ley II N° 274; Que el gasto que demande el cumplimiento del presente tramite será afectado a la Jurisdicción 15 SAF: 15 - Secretaria de Trabajo - Programa 1 - Conducción de la Secretaria de Trabajo - Fuente de Financiamiento 111 - Ejercicio 2022; Que la Dirección General de Administración de Personal, de la Secretaría General de Gobierno, ha tomado intervención en el presente trámite; Que ha tomado legal intervención, la Asesoría General de Gobierno; POR ELLO: EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT DECRETA: Artículo 1º.- Modificar el detalle analítico de la Planta Presupuestaria en la Jurisdicción: 9- SAF: 9 - Ministerio de Seguridad - Programa 32 - Conducción Subsecretaría de Seguridad Vial - Actividad 2 - Plan Seguridad Vial y Jurisdicción: 15 - Secretaria de Trabajo - SAF: 15 - Secretaria de Trabajo - Programa 1 - Conducción de la Secretaria de Trabajo - Actividad 1 - Conducción de la Secretaria de Trabajo.- Artículo 2°,- Modificar el Plantel Básico de la Subsecretaría de Seguridad Vial dependiente del Ministerio de Justicia, eliminándose un (1) cargoAyudante Administrativo - Código 3 - 004 - Clase IV - Agrupamiento Personal Técnico Administrativo - Planta Temporaria, e incrementándose el mismo cargo en el Plantel Básico de la Secretaria de Trabajo, de acuerdo a los Anexos I y II que forman parte integrante del presente Decreto. - Articulo 3°.- Dejar sin efecto a partir de la fecha del presente Decreto, la mensualización de la agente Aldana Nahir OLARIAGA (M I. N° 37.147.942 - Clase 1993), en el cargo Ayudante Administrativo - Código 3 - 004 - Clase IV - Agrupamiento Personal Técnico Administrativo - Planta Temporaria, de la Subsecretaría de Seguridad Vial dependiente del Ministerio de Seguridad.- Artículo 4º.- Mensualizar a la agente Aldana Nahir OLARIAGA (M.l. N° 37.147.942 - Clase 1993), en el cargo Ayudante Administrativo - Código 3 - 004 - Clase IV - Agrupamiento Personal Técnico Administrativo - Planta Temporaria en la Secretaria de Trabajo, a partir de la fecha del presente Decreto y hasta el 31 de Diciembre de 2022. - Artículo 5°.- La agente Aldana Nahir OLARIAGA (M.I N° 37.147.942 - Clase 1993), continuara desempeñándose en el cargo de Directora General de Coordinación - Subsecretaría de Coordinación y Enlace dependiente de la Secretaria General de Gobierno, cual fuera designada mediante Decreto N° 78/2022.- Artículo 6°.-Abonar a la agente que figura en el Artículo 5o, la diferencia salarial entre su cargo de revista y el cargo que desempeña, conforme lo dispuesto por el Artículo 105° de la Ley I - 74 del Digesto Jurídico, reglamentado por Decreto N° 116/82, Artículo 1o Punto II, Apartado 2.- Artículo 7°,- El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto será afectado a Jurisdicción 15 - Secretaría de Trabajo - SAF 15: Secretaría de Trabajo - Programa 1: Conducción de la Secretaría de Trabajo Actividad 1: Conducción de la Secretaría de Trabajo - Fuente de Financiamiento 111-Ejercicio 2022.- Artículo 8o.- El presente Decreto será refrendado por el Señor Ministro Secretario de Estado del Departamento de Economía y Crédito Público, Seguridad Gobierno y Justicia. Artículo Regístrese, comuníquese, dese al Boletín Oficial y cumplido / ARCHIVESE.- DECRETO N° 507/2022 Planilla anexa en el original. |
|