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Título: Otorgase un aporte no reintegrable a favor de la Comuna Rural de Paso del Sapo |
Fecha Registro: 02/06/2022 |
Detalle: RAWSON, 02 JUN 2022 VISTO: El Expediente N° 002703-MIEP-2020; y CONSIDERANDO: Que por el Expediente citado en el Visto se celebró un Convenio de aporte no reintegrable entre la Provincia del Chubut y la Comuna Rural de Paso del Sapo, suscripto el día 26 de enero de 2022, protocolizado por la Escribanía General de Gobierno al Tomo: 1 Folio: 099 con fecha 02 de febrero de 2022 del Registro de Contratos de Locación de Obras e Inmuebles, obrante a fojas 140/141; Que en el citado Convenio, la Provincia se compromete a otorgar un aporte no reintegrable destinado a la ejecución de la Obra: “Construcción de 2 Monoambientes”, por la suma de PESOS SEIS MILLONES QUINIENTOS SESENTA Y UN MIL DIECISIETE CON SETENTA CENTAVOS ($ 6.561.017,70), que serán abonados de conformidad a la cláusula Segunda del Convenio; Que a fojas 130 obra la afectación preventiva del gasto; Que la asistencia a los Municipios, Comunas e Instituciones es una prioridad del Gobierno Provincial; Que corresponde otorgar el aporte no reintegrable a la Comuna Rural de Paso del Sapo para ser utilizado en la ejecución de la Obra: “Construcción de 2 monoambientes”, por la suma de PESOS SEIS MILLONES QUINIENTOS SESENTA Y UN MIL DIECISIETE CON SETENTA CENTAVOS ($ 6.561.017,70); Que el presente trámite se encuadra en el artículo Io inciso 1) del Decreto N° 1304/78, modificado mediante Decretos N° 1232/00 y 18/03; Que la Asesoría General de Gobierno ha tornado intervención en el presente trámite; POR ELLO: EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT DECRETA: Artículo 1º.- Otorgase un aporte no reintegrable por la suma de PESOS SEIS MILLONES QUINIENTOS SESENTA Y UN MIL DIECISIETE CON SETENTA CENTAVOS ($ 6.561.017,70), a favor de la Comuna Rural de Paso del Sapo, siendo responsable desu utilización y rendición el Presidente de la mencionada Comuna, señor Víctor David Candía, para ser utilizado en la ejecución de la Obra: “ Construcción de 2 monoambientes”, el cual será abonado de conformidad a la cláusula Segunda del Convenio, protocolizado por la Escribanía General de Gobierno al Tomo: 1 Folio: 099 con fecha 02 de febrero de 2022 del Registro de Contratos de Locación de Obras e Inmuebles .- Artículo 2º.- El aporte no reintegrable otorgado en el artículo Io deberá ser invertido e informado a la Subsecretaría de Obras Municipales del Ministerio de Infraestructura, Energía y Planificación dentro de los cuarenta y cinco (45) días de recepcionado el desembolso y rendido ante elTribunal de Cuentas de la Provincia.- Artículo 3º.- El gasto que demande el cumplimiento del presente decreto el cual asciende a la suma PESOS SEIS MILLONES QUINIENTOS SESENTA Y UN MIL DIECISIETE CON SETENTA CENTAVOS ($ 6.561.017,70) será imputado en la Jurisdicción 8- SAF 88 Ministerio de Infraestructura, Energía y Planificación- Programa 30 - Actividad 01 - Inciso 5 - Partida Principal 2 - Partida Parcial 1 - Partida Subparcial 01 - Fuente de Financiamiento 6.09 - Ejercicio 2022.- Artículo 4°,- El presente Decreto será refrendado por los señores Ministros Secretarios de Estado en los Departamentos de Infraestructura, Energía y Planificación, y de Gobierno y Justicia.- Artículo 5º.- REGÍSTRESE, comuníquese, notifíquese, dese al Boletín Oficial y cumplido ARCHÍVESE.- DECRETO Nº 558/2022 |
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