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Título: Otorgase un aporte no reintegrable a favor de la Comuna Rural de Cerro Centinela |
Fecha Registro: 04/07/2022 |
Detalle: RAWSON, 04 JUL 2022 VISTO: El Expediente N° 03376-MIEP-2021; y CONSIDERANDO: Que por el Expediente citado en el Visto se celebró un Convenio de aporte no reintegrable entre la Provincia del Chubut y la Comuna Rural de Cerro Centinela, suscripto el día 12 de mayo de 2022, protocolizado por la Escribanía General de Gobierno y registrado en el Tomo: 2 Folio: 146 con fecha 30 de mayo de 2022 del Registro de Contratos de Locación de Obras e Inmuebles, obrante a fojas 102/103; Que el monto total de la Obra: “EJECUCIÓN DE TRES (3) DORMITORIOS” asciende a la suma de PESOS DOS MILLONES CIENTO CINCO MIL NOVECIENTOS VEINTICINCO CON OCHENTA CENTAVOS ($ 2.105.925,80); Que por el citado Conveníosla Provincia se compromete a otorgar un aporte no reintegrable destinado a la ejecución de la Obra: “EJECUCIÓN DE TRES (3) DORMITORIOS”, por la suma de PESOS DOS MILLONES CIENTO CINCO MIL NOVECIENTOS VEINTICINCO CON OCHENTA CENTAVOS ($ 2.105.925,80), que serán abonados de conformidad a la cláusula Segunda del Convenio; Que a fojas 100 obra la afectación preventiva del gasto; Que la asistencia a los Municipios, Comunas e Instituciones es una prioridad del Gobierno Provincial; Que el presente trámite se encuadra en el artículo Io Inciso 1) del Decreto N° 1304/78, modificado mediante Decretos N° 1232/00 y N° 18/03; Que la Asesoría General de Gobierno ha tomado intervención en el presente trámite; POR ELLO: EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT DECRETA: Artículo 1°.- Otorgase un aporte no reintegrable por la suma de PESOS DOS MILLONES CIENTO CINCO MIL NOVECIENTOS VEINTICINCO CON OCHENTA CENTAVOS ($ 2.105.925,80), a favor de la Comuna Rural de Cerro Centinela, siendo responsable de su utilización y rendición la Presidente a cargo de la mencionada Comuna, la señora Rosa Beatriz ROA, para ser utilizado en la ejecución de la Obra: “EJECUCIÓN DE TRES (3) DORMITORIOS”, el cual será abonado de conformidad a la cláusula Segunda del Convenio, protocolizado por la Escribanía General de Gobierno y registrado en el Tomo:2 Folio: 146 con fecha 30 de mayo de 2022 del Registro de Contratos de Locación de Obras e Inmuebles.- Artículo 2º.- El aporte no reintegrable otorgado en el artículo Io deberá ser invertido e informado a la Subsecretaría de Obras Municipales del Ministerio de Infraestructura, Energía y Planificación dentro de los SESENTA (60) días de recepcionado el desembolso y rendido ante el Tribunal de Cuentas de la Provincia.- Artículo 3º.- El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto el cual asciende a la suma de PESOS DOS MILLONES CIENTO CINCO MIL NOVECIENTOS VEINTICINCO CON OCHENTA CENTAVOS ($ 2.105.925,80) será imputado de la siguiente manera: en la Jurisdicción 8 - SAF 88 Ministerio de Infraestructura, Energía y Planificación- Programa 30 - Actividad 02 - Inciso 5 - Partida Principal 8 - Partida Parcial 6 - Partida Subparcial 01- Fuente de Financiamiento 6.09 - Ejercicio 2022.- Artículo 4º.- El presente Decreto será refrendado por los señores Ministros Secretarios de Estado en los Departamentos de Infraestructura, Energía y Planificación y de Gobierno y Justicia.- Artículo 5°.- REGÍSTRESE, comuníquese, notifíquese, dese al Boletín Oficial y cumplido ARCHÍVESE.- DECRETO Nº 718/2022 |
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