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Título: Autorizase al Poder Ejecutivo Provincial, a través del Ministerio de Economía y Crédito Público, a realizar las operaciones de leasing |
Fecha Registro: 12/07/2022 |
Detalle: L E Y II Nº 277 LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT SANCIONA CON FUERZA DE LEY Artículo 1º. - Autorizase al Poder Ejecutivo Provincial, a través del Ministerio de Economía y Crédito Público, a realizar las operaciones de leasing que resulten necesarias, por un monto de hasta PESOS MIL QUINIENTOS MILLONES ($1.500.000.000), debiendo priorizarse en la medida de lo posible, la contratación con el Banco del Chubut S.A. Artículo 2°.- Facúltase al Poder Ejecutivo Provincial, a través del Ministerio de Economía y Crédito Público, a suscribir los instrumentos que sean necesarios y dictar las normas complementarias a las que deberá sujetarse la operatoria. Artículo 3°.- Las operaciones descriptas precedentemente estarán garantizadas mediante la cesión de los recursos provenientes del Régimen de Coparticipación Federal de Impuestos, de acuerdo con lo establecido en los artículos Io, 2o y 3o del Acuerdo Nación-Provincias y Ciudad Autónoma de Buenos Aires, sobre Relación Financiera y Bases de un Régimen de Coparticipación Federal de Impuestos, ratificado por la Ley Nacional N°25.570 o el régimen que en el futuro lo sustituya. Artículo 4°.- Todos los actos, contratos y operaciones que se realicen como consecuencia de lo dispuesto en la presente Ley, se encontrarán exentos de todo impuesto provincial. Artículo 5°.- Autorizase al Poder Ejecutivo a efectuar las adecuaciones presupuestarias que fueran necesarias para dar cumplimiento a lo dispuesto en la presente Ley. Artículo 6o.- La presente Ley entrará en vigencia a partir de la fecha de su promulgación. Artículo 7°.- Ley General. Comuníquese al Poder Ejecutivo. DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA HONORABLE LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT, A LOS TREINTA DÍAS DEL MES DE JUNIO DE DOS MIL VEINTIDOS. RAWSON,12 JUL 2022 VISTO Y CONSIDERANDO: El proyecto de ley que tiene por objeto autorizar al Poder Ejecutivo Provincial, a través del Ministerio de Economía y Crédito Público, a realizar las operaciones de leasing que resulten necesarias, por un monto de hasta PESOS MIL QUINIENTOS MILLONES ($1.500.000.000), debiendo priorizarse en la medida de lo posible, la contratación con el Banco del Chubut S.A.; sancionado por la Honorable Legislatura de la Provincia del Chubut el día 30 de junio de 2022, y la facultad que otorga al Poder Ejecutivo el artículo 140 de la Constitución Provincial; POR ELLO: Téngase por ley Provincia: II N° 277 Cúmplase, comuníquese y oportunamente publíquese en el Boletín Oficial.- DECRETO Nº 759/2022 |
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