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Decreto 1186 / 2022 Mariano Arcioni (II) 

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Título: Imputar el gasto que demande el cumplimiento pendiente de pago del Decreto N° 619/17 a la Jurisdicción: Ministerio de Gobierno y Justicia, Ministerio de Gobierno y Justicia, Programa: Reclamo Gastos e
 
Fecha Registro: 13/10/2022
 
Detalle:

RAWSON, 13 OCT 2022
VISTO:
El Expediente N° 2548-MGyJ-2021; y
CONSIDERANDO:
Que mediante el Decreto N° 619/17 se reconoce y abona los servicios prestados por los agentes Emardo Daniel BRANDT y Pedro Abel FERNANDEZ PEREDO, ambos Personal de Gabinete, a partir del 10 de diciembre de 2015 y hasta el 31 de diciembre de 2015 inclusive;
Que el gasto fue imputado a la Jurisdicción 20: Ministerio de Gobierno, SAF 20: Ministerio de Gobierno, Programa 94: Reclamo Gastos en Personal de Ejercicios Anteriores, Actividad 1: Reclamo Gastos en Personal de Ejercicios Anteriores. Ejercicio 2017;
Que en virtud de la intervención de la Contaduría General de la Provincia según documentación obrante a fs. 04 corresponde imputar el gasto en la Jurisdicción 20: Ministerio de Gobierno y Justicia, SAF 20: Ministerio de Gobierno y Justicia, Programa 94: Reclamo Gastos en Personal de Ejercicios Anteriores, Actividad 1: Reclamo Gastos en Personal de Ejercicios Anteriores, quedando pendiente de pago hasta que se cuente con disponibilidad presupuestaria y/o financiera. Ejercicio 2022;
Que la Dirección General de Administración de Personal de la Secretaría General de Gobierno ha intervenido en el presente trámite;
Que ha tomado legal intervención la Asesoría General de Gobierno;
POR ELLO:
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT
DECRETA:
Artículo 1°.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento pendiente de pago del Decreto N° 619/17 a la Jurisdicción 20: Ministerio de Gobierno y Justicia, SAF 20: Ministerio de Gobierno y Justicia, Programa 94: Reclamo Gastos en Personal de Ejercicios Anteriores, Actividad 1: Reclamo Gastos en Personal de Ejercicios Anteriores, quedando pendiente de pago hasta que se cuente con disponibilidad presupuestaria y financiera. Ejercicio 2022.
Artículo 2°,- El presente Decreto será refrendado por el Señor Ministro Secretario de Estado en el Departamento de Gobierno y Justicia.
Artículo 3°.- Regístrese, comuníquese, notifíquese, dése al Boletín Oficial y cumplido, ARCHIVESE.
DECRETO N° 1186
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Instrumentos legales afectados por este instrumento legal

(Se relaciona) Decreto 619/2017

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