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Título: Designar como interventor en la Comuna Rural de Carrenleufu, a la señora Gabriela Marlene ROSAS |
Fecha Registro: 14/11/2022 |
Detalle: RAWSON, 14 NOV 2022 VISTO: La Ley N° XVI N° 93, y CONSIDERANDO: Que la norma mencionada en el Visto, regula el funcionamiento de las Comunas Rurales de la Provincia del Chubut; Que en la Comuna Rural de Carrenleufu se ha producido una situación de acefalia simultánea y permanente, como consecuencia de la renuncia de su Presidente señor Sergio Enrique NUÑEZ (D.N.I. 30.580.112), y su Vicepresidente señor Pedro Alejandro Arturo JARA (D.N.I. 29.369.938), las que fueron oportunamente aceptadas; Que a raíz de ello, y teniendo en cuenta que restan menos de dos años para la culminación del mandato de los señores Presidente y Vicepresidente de la localidad, corresponde la designación de un funcionario con el rango de interventor, a efectos de que complete el mandato, de conformidad con lo establecido por el artículo 24° de la norma mencionada en el Visto; Que a los efectos indicados en el Considerando precedente, se propicia la designación de la señora Gabriela Marlene ROSAS (D.N.I. 36.860.019), quien reúne los requisitos para el cumplimiento de las funciones; Que la Dirección General de Administración de Personal ha tomado intervención en el presente trámite; Que ha tomado intervención en las presentes actuaciones la Dirección General de Asuntos Legales dependiente del Ministerio de Gobierno y Justicia; Que ha tomado legal intervención la Asesoría General de Gobierno; POR ELLO: EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT DECRETA: Artículo 1°: Designar a partir de la fecha del presente Decreto, como interventor en la Comuna Rural de Carrenleufu, a la señora Gabriela Marlene ROSAS (D.N.I. 36.860.019- Clase 1992), a efectos de que complete el mandato, de conformidad con lo establecido por el articulo 24° de la Ley XVI N° 93, en virtud de lo expuesto en los Considerandos precedentes.- Artículo 2°.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado en el Departamento de Gobierno y Justicia. Artículo 3°.- Regístrese, comuníquese, notifíquese, dése al Boletín Oficial y cumplido, ARCHÍVESE.- DECRETO N° 1319 |
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