Imprimir detalle |
Título: Autorizase al Área de Obligaciones del Tesoro y Servicio de la Deuda a transferir en carácter de aporte no reintegrable la suma total de PESOS DIECISÉIS MILLONES a Chubut Deporte SEM |
Fecha Registro: 08/02/2023 |
Detalle: RAWSON, 08 FEB 2023 VISTO: El Expediente N° 16-EC-2022; y CONSIDERANDO: Que por Ley II N° 282, se aprueba el Presupuesto General de la Administración Central y Organismos Descentralizados para el ejercicio 2023; Que con fecha 15 de junio de 2022 se suscribió un “Convenio Marco Complementario entre la Provincia del Chubut, Chubut Deportes Sociedad de Economía Mixta, y el Club Atlético Independiente de Trelew”, por el cual se acordó el otorgamiento de un aporte no reintegrable por la suma de PESOS VEINTITRES MILLONES SEISCIENTOS VEINTICINCO MIL TRESCIENTOS SESENTA Y TRES ($23.625.363) destinado a la adquisición de una alfombra de césped sintético para cancha de fútbol 11 tipo campo FIFA. Las partes suscribieron el mencionado convenio a fin de actualizar los montos comprometidos en el acuerdo originario celebrado entre las partes con fecha 19 de octubre de 2018 y tramitado en el Expediente N° 0842-CHDSEM-18; Que en razón de los aumentos sostenidos de precios de los materiales importados necesarios para la instalación, impactaron en el precio final de la referida alfombra, el Club Atlético Independiente de Trelew solicitó ampliar el monto del aporte económico otorgado inicialmente; Que a fin de que dicha institución pueda concretar la instalación del césped sintético en la cancha de fútbol 11 en la sede de la misma, en fecha 01 de diciembre de 2022, la Provincia, Chubut Deportes SEM y el Club Atlético Independiente de la ciudad de Trelew suscribieron una adenda al Convenio Marco Complementario, Registrada al Tomo: 1, Folio: 167 del Registro de Contratos de Locación de Obras e Inmuebles de la Escribanía General de Gobierno, cuyo objeto es ampliar, en la suma de pesos dieciséis millones ($16.000.000,00), el monto del aporte económico originariamente previsto; Que el Gobierno Provincial, tiene entre sus políticas la de promover la realización de actividad física y deportiva como instrumento para mejorar el bienestar de las personas y su desarrollo personal pleno, y para propender -a través de ella- a la integración social, proyectando y ejecutando distintos planes, programas y acciones a esos fines; sea de manera individual o vinculándose con distintos actores públicos o privados; Que por Ley VI N° 18 se creó Chubut Deportes Sociedad de Economía Mixta, y se la designó autoridad de aplicación y fiscalización de toda la actividad deportiva y física que se realice en la provincia con competencia en todo lo inherente a las atribuciones, poder de policía, derechos y actividades vinculadas con la promoción, asistencia, fiscalización y ejecución de planes vinculados con las actividades deportivas y recreativas en todas sus expresiones; Que Chubut Deportes SEM, como ente de gestión deportiva provincial y ejecutor de las políticas vinculadas con la actividad deportiva, tiene entre sus objetivos promover y apoyar toda acción vinculada con la inclusión social por medio del deporte en todo el territorio provincial, y propender a garantizar la igualdad de oportunidades y el acceso a la práctica deportiva y actividad física de los habitantes de la Provincia del Chubut; y es envirtud de las competencias específicas que le fueron atribuidas en la norma citada, que Chubut Deportes SEM tiene mayor capacidad funcional para verificar el cumplimiento de las obligaciones asumidas; Que por los motivos expresados en considerandos precedentes, resulta procedente transferir a Chubut Deportes S.E.M., la suma comprometida a otorgar en carácter de aporte, en el marco de lo previsto en el Decreto 1304/78 y modificatorios; verificando la acreditación de los recaudos previos a la efectivización del mismo establecidos por la norma, y los relativos a la correspondiente1 rendición estipulados en el convenio y en la normativa vigente; Que la Asesoría General de Gobierno ha tomado legal intervención; POR ELLO: EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT DECRETA; Artículo 1°.- Autorízase al Área de Obligaciones del Tesoro y Servicio de la Deuda a transferir en carácter de aporte no reintegrable la suma total de PESOS DIECISEIS MILLONES ($ 16.000.000,00.-), a Chubut Deportes S.E.M., que serán abonados en DOS (2) cuotas ¡guales, mensuales y consecutivas de PESOS OCHO MILLONES ($ 8.000.000,00.-), para que dicha entidad proceda al pago de la suma comprometidas en carácter de aporte en la adenda al Convenio marco complementaria celebrada el 01 de diciembre de 2022, de conformidad a lo considerandos que anteceden. Artículo 2°.- El gasto que demande el cumplimiento del presente trámite se imputará en la Jurisdicción 91, S.A.F. 91 - SAF Obligaciones a Cargo del Tesoro, Programa94, Actividad 6 - Aportes a Sociedades del Estado, en la Partida 5.2.6., Fuente de Financiamiento 3.68, Ejercicio 2023.- Artículo 3°.- El presente Decreto, será refrendado por los señores Ministros Secretarios de Estado en los Departamentos de Economía y Crédito Público y de Gobierno y Justicia.- Artículo 4°.- Regístrese, comuníquese, dese al Boletín Oficial, tome nota la Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia, Dirección General de Presupuesto y Finanzas, cumplido ARCHÍVESE.- DECRETO N°118/2023 |
|