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Título: Mensualizar al señor Bruno DE VILLA |
Fecha Registro: 13/03/2023 |
Detalle: RAWSON, 13 MAR 2023 VISTO: El Expediente N° 1804/2022-MTyAP; y CONSIDERANDO: Que por el Expediente citado en el Visto, tramita la incorporación como personal mensualizado del señor Bruno DE VILLA, en el cargo: Ayudante Administrativo - Código: 3-004 - Clase IV - Agrupamiento Personal Técnico Administrativo en la Planta Temporaria de la Subsecretaría de Conservación de Áreas Protegidas del Ministerio de Turismo y Áreas Protegidas, a partir de la fecha del presente decreto y hasta el 31 de diciembre de 2023; Que a fojas 03 se encuentra la autorización del Secretario General de Gobierno; Que el cargo mencionado se encuentra actualmente vacante, reuniendo el señor Bruno DE VILLA los requisitos exigidos en el Artículo 2o de la Ley I N° 74; Que el gasto que demande el cumplimiento del presente, se encuentra previsto en el Presupuesto General de la Provincia aprobado por Ley II N° 282; Que la Dirección General de Administración de Personal ha tomado intervención en el presente trámite; Que ha tomado legal intervención la Asesoría General de Gobierno; POR ELLO: EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT DECRETA: Artículo 1°.- Mensualizar al señor Bruno DE VILLA (D.N.I N° 31.452.660 - Clase: 1985), en el cargo: Ayudante Administrativo - Código: 3-004 - Clase IV- Agrupamiento Personal Técnico Administrativo en la Planta Temporaria de la Subsecretaría de Conservación de Áreas Protegidas del Ministerio de Turismo y Áreas Protegidas, a partir de la fecha del presente decreto y hasta el 31 de diciembre de 2023.- Artículo 2°.- El gasto que demande el cumplimiento del presente decreto, se imputará en la Jurisdicción: 80 - Ministerio de Turismo y Áreas Protegidas - S.A.F. 80 Ministerio de Turismo y Áreas Protegidas - Programa: 16 -Conservación de Áreas Protegidas - Actividad: 1 - Operaciones - Ejercicio: 2023.- Artículo 3°.- El presente decreto será refrendado por los señores Ministros Secretarios de Estado en los Departamentos de Turismo y Áreas Protegidas y de Gobierno y Justician.- Artículo 4°.- Regístrese, comuníquese, notifíquese, dese al Boletín Oficial y cumpli do, ARCHIVESE. - DECRETO N° 233/2023 |
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