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Título: Trasladar, al agente Hugo Alberto GONZALORENA |
Fecha Registro: 14/04/2023 |
Detalle: RAWSON, 1 4 ABR 2023 VISTO: El Expediente N° 952-SGG-2022; y CONSIDERANDO: Que por el Expediente citado en el Visto, se solicita el traslado a la Dirección General de Impresiones Oficiales - Secretaría General de Gobierno, del agente Hugo Alberto GONZALORENA, quien revista el cargo Ayudante Administrativo - Código 3-004 - Clase IV - Categoría 4 - Agrupamiento Personal Técnico Administrativo - Planta Permanente, dependiente de la Dirección General de Administración, de la citada Secretaría General, a partir de la fecha del presente Decreto; Que a foja 1, consta la autorización correspondiente para el traslado del cargo y masa salarial del agente Hugo Alberto GONZALORENA; Que atento a encuadrarse en el Artículo 19° de la Ley I N° 74, dado que la misma es específica para el Personal de la Planta Permanente, se procede a trasladar al Plantel Básico de la Dirección General de Impresiones Oficiales - Secretaría General de Gobierno, al agente Hugo Alberto GONZALORENA; Que el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto se encuentra previsto en el Presupuesto General de la Provincia aprobado por Ley II - N° 282; Que la Dirección General de Administración de Personal, ha tomado intervención en el presente trámite; Que la Asesoría General de Gobierno ha tomado legal intervención; POR ELLO: EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT DECRETA: Artículo 1°.-Trasladar, a partir de la fecha del presente Decreto, a la Dirección General de Impresiones Oficiales - Secretaría General de Gobierno, al agente Hugo Alberto GONZALORENA (D.N.I N° 22.495.626 - Clase 1972), quien revista el cargo Ayudante Administrativo - Código 3-004 - Clase IV - Categoría 4 - Agrupamiento Personal Técnico Administrativo - Planta Permanente, dependiente de la Dirección General de Administración, de la citada Secretaría General.- Artículo 2°.- El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, será afectado a la Jurisdicción 10 - Secretaría General de Gobierno - S.Á.F 10 - Programa 18 -Servicio de Imprenta y Publicaciones - Actividad 1 - Servicio de Imprenta y Publicaciones - Ejercicio 2023.- Artículo 3°.- El presente Decreto, será refrendado por el Señor Ministro Secretario de Estado en el Departamento de Gobierno y Justicia.- Artículo 4°.- Regístrese, comuníquese, notifíquese, dese al Boletín Oficial y cumplido, ARCHÍVESE. DECRETO N° 379/2023 |
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