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Título: Rectificar el artículo 3° del Decreto N° 1603/2022 |
Fecha Registro: 03/05/2023 |
Detalle: RAWSON, 03 MAY 2023 VISTO: El expediente N° 1735/2022 J.P. (A.F.) y el Decreto N° 1603/2022; y CONSIDERANDO: Que por el expediente citado en el visto, se tramitó el reconocimiento del gasto por la ocupación del inmueble sito en calle Belgrano N° 456 - 1° Piso de la ciudad de Rawson, propiedad del Señor Víctor Hugo STAGNITTA, D.N.I N° 13.160.126, CUIT N° 20-13160126-4, siendo aprobado por Decreto N° 1603/2022; Que mediante Decreto N° 1603/2022 se reconoce la deuda contraída, en tanto que en el artículo Io deja sin efecto el Decreto N° 619/22 de fecha 10 de julio de 2022; Que el artículo 3o del Decreto mencionado expresa que el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, se encuentra imputado de acuerdo al siguiente detalle: Ejercicio Financiero 2022 - Jurisdicción 09 -SAF 21 - Programa 23 - Fuente de Financiamiento 111 - Inciso 3 - Partida Principal 2 - Parcial 1 - Subparcial 01 - Finalidad 2 - Función 210: PESOS OCHOCIENTOS DOS MIL SEISCIENTOS SESENTA Y SEIS CON SESENTA Y SEIS CENTAVOS ($ 802.666,66); Que el gasto no fue devengado en el ejercicio 2022, debiendo ser imputado en el ejercicio en curso; Que según el informe obrante en foja N° 68 debe imputarse la deuda contraída con la mencionada firma comercial en el Ejercicio Financiero 2023 siendo necesario rectificar el artículo 3o del Decreto N° 1603/2022; Que el artículo 92° de la Ley I N° 18 faculta a la Administración a rectificar en cualquier momento los errores de hecho, como asimismo los materiales y aritméticos; Que corresponde encuadrar el presente trámite en el artículo 18 del Decretó N° 809/12, en cuanto dispone que los gastos que debieron ser devengados en un ejercicio y no lo fueron, serán imputados al ejercicio en curso, debiendo ser aprobadas mediante Resolución del Titular de la Jurisdicción; Que el gasto que demande la presente contratación se encuentra previsto en el Presupuesto General de la Provincia aprobado por Ley II N° 282; Que ha tomado intervención la Asesoría Letrada de la Institución Policial; Que ha tomado intervención la Asesoría General de Gobierno en el presente trámite; POR ELLO: EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DECRETA: Artículo 1 °: Rectificar el artículo 3° del Decreto N° 1603/2022, el que quedará redactado de la siguiente manera: Artículo 3°: El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, se encuentra imputado de acuerdo al siguiente detalle: Ejercicio Financiero 2023 - Jurisdicción 09 -SAF 21 - Programa 23 - Fuente de Financiamiento 111 - Inciso 3 - Partida Principal 2 - Parcial 1 - Subparcial 01 - Finalidad 2- Función 210: PESOS OCHOCIENTOS DOS MIL SEISCIENTOS SESENTA Y SEIS CON SESENTA Y SEIS CENTAVOS ($ 802.666,66).- Artículo 2°: El presente Decreto será refrendado por los Señores Ministros Secretarios de Estado en los Departamentos de Seguridad y de Gobierno y Justicia.- Artículo 3°: Regístrese, comuníquese, dese al Boletín Oficial y cumplido ARCHÍVESE.- DECRETO N° 441/2023 |
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