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Decreto 522 / 2023 Mariano Arcioni (II) 

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Título: Sustitúyase el Anexo III (hoja N° 65 y 66) del Decreto N° 223/20, por el Anexo A (hoja N° 1 y 2)
 
Fecha Registro: 16/05/2023
 
Detalle:

RAWSON, 1 6 MAY 2023

VISTO:

El Expediente N° 603/2023-MAGIyC, el Decreto N° 223/20; y

CONSIDERANDO:

Que por el Expediente citado en el Visto, se tramita la modificación de los requisitos del cargo de la Dirección General de Promoción Comercial dependiente de la Subsecretaría de Industria del Ministerio de Agricultura, Ganadería, Industria y Comercio, del Anexo III (Hoja N° 65 y 66) del Decreto N° 223/20, por el Anexo A (hoja N° 1 y 2) que forma parte integrante del presente, que en este sentido, es necesario sustituir el Anexo III (Hoja N° 65 y 66) del Decreto N° 223/20, por cambios en los requisitos de admisibilidad del aludido cargo, conforme los lineamientos dispuestos en el Anexo A (hoja N° 1 y 2);
Que, en este sentido, corresponde sustituir el Anexo III (hoja N° 65 y 66) del Decreto N° 223/20 por el Anexo A (hoja N° 1 y 2), que forma parte integrante del presente decreto;
Que se deberá dejar nota marginal en el Decreto N° 223/20, de la sustitución que se propició en el presente;
Que la Dirección General de Asuntos Legales del Ministerio de Agricultura, Ganadería, Industria y Comercio, ha intervenido en estas actuaciones;
Que la Dirección General de Administración de Personal ha tomado intervención;
Que ha tomado legal intervención la Asesoría General de Gobierno;

POR ELLO:

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT

DECRETA:

Artículo 1°.- Sustitúyase el Anexo III (hoja N° 65 y 66) del Decreto N° 223/20, por el Anexo A (hoja N° 1 y 2) que forma parte integrante del presente.-
Artículo 2°.- Anótese en la marginal del Decreto N° 223/20, la sustitución que se propicia en el presente.-
Artículo 3°.- El presente decreto será refrendado por los señores Ministros Secretarios de Estado en Ios Departamentos de Agricultura, Ganadería, Industria y Comercio y de Gobierno y Justicia-
Artículo 4°.- Regístrese, comuníquese, notifíquese, dese al Boletín Oficial y cumplido ARCHÍVESE.-

DECRETO N° 522/2023


Anexo A
(hoja N° 1)
MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA, INDUSTRIA Y COMERCIO SUBSECRETARÍA DE INDUSTRIA
DIRECCIÓN GERNERAL DE PROMOCIÓN COMERCIAL
MISION:
•     Entender, dentro del ámbito de su competencia, en el aumento y la diversificación de las exportaciones de bienes y servicios locales, así como la inserción de los mismos e desarrollando e implementando Programas de iniciativas exportadoras, fortaleciendo los vínculos entre las empresas con potencial exportable generadas en las economías regionales. Invertir en la elaboración de estrategias para el desarrollo de la Zona Franca en la ejecución y coordinación con las áreas competentes.
FUNCIONES:
•     Coordinar las acciones de política comercial interna y externa con organismos públicos y privados asociados al comercio, para hacer un mejor uso de los recursos humanos y financieros disponibles.
•     Intervenir dentro del ámbito de competencia en las actividades de promoción del comercio internacional de la Provincia.
•     Impulsar la internacionalización de la Provincia, promoviendo la acción del sector privado exportador de bienes y servicios.
•     Entender en los aspectos de Negociaciones Económicas Nacionales e internacionales.
•     Desarrollar el programa anual de capacitaciones.
•     Brindar asistencia técnica en temas relacionados con aranceles, documentación, o trámites, que interfieran en el buen proceso de las exportaciones provinciales.
•     Generar estudios e informes de soporte técnico para la adecuada participación de la Provincia en negociaciones comerciales y de integración, que permitan formular políticas de comercio exterior, y líneas de acción frente a los diferentes organismos internacionales y mecanismos de integración de los que su país forma parte.
•     Difundir los aspectos normativos vinculados a aranceles y nomenclaturas, reintegros, normas tendientes al desarrollo de exportaciones, cupos draw back, admisión temporaria, y otros regímenes específicos como también los relacionados con el sistema Generalizado de Preferencias.
•     Mantener actualizado el registro de proyectos y programas, oficializados a través de la Cancillería, así como el de las fuentes de financiamiento y cooperación internacional a la que los chubutenses pueden acceder.
•     Representar junto a productores/exportadores de las misiones y rondas de negocios nacionales e internacionales, que sean de interés estratégico.


Anexo A
(hoja N° 2)
•     Coordinar con las reparticiones provinciales y gobiernos municipales la aplicación de regímenes y normas vigentes, a fin de lograr una acción coherente y efectiva, en todo el territorio provincial en materia de comercialización y distribución de mercaderías y productos de consumo y de los servicios comprendidos en las leyes cuya aplicación le compete.
•     Asistir en las inspecciones de contralor y fiscalización en relación a la normativa vigente en la materia.
•     Entender en la elaboración, perfeccionismo y aplicación de las disposiciones legales que gobiernen la comercialización en la Provincia.
•     Asistir, asesorar e informar al personal jerárquico en toda política, gestión y/o actividad que estos estimen necesaria para el sector.
•     Participar en la preparación y ejecución del presupuesto anual de la Dirección General.
REQUISITOS PARA EL CARGO:
Título universitario y/o terciario afín a las funciones de la Dirección General y/o persona idónea con experiencia no menor a dos (2) años en la Administración Publica en tareas afines a las misiones y funciones del cargo.

Instrumentos Legales Asociados

Instrumentos legales afectados por este instrumento legal

(Se relaciona) Decreto 223/2020

Instrumentos legales que afectan a este instrumento legal

(No hay instrumentos legales que lo afecten)