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Título: Incorporar al agente CARRASCO, Sergio Ramón. |
Fecha Registro: 18/05/2023 |
Detalle: RAWSON, 1 8 MAY 2023 VISTO: El Expediente N° 1276/22 - M.I.E y P/ ipv; y CONSIDERANDO: Que por el Expediente citado en el Visto, se deja sin efecto la mensualización del agente CARRASCO, Sergio Ramón , quien revista en el cargo Ayudante Administrativo - Código 3 - 004 - Clase IV - Categoría 4 - Agrupamiento Personal Técnico Administrativo - Planta Temporaria, dependiente del Ministerio de Ambiente y Control de Desarrollo Sustentadle otorgada mediante Decreto N° 1809/13, e incorporar en el cargo Ayudante Administrativo - Código 3 - 004 - Clase IV - Categoría 4 - Agrupamiento Personal Técnico Administrativo - Planta Permanente, dependiente de la Dirección Social de la Gerencia General del Instituto Provincial de la Vivienda y Desarrollo Urbano, a partir de la fecha del presente Decreto; Que no existe impedimento para acceder a lo solicitado; Que el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, se encuentra previsto en el Presupuesto General de la Provincia, aprobado por Ley II - N° 282; Que la Dirección General de Administración de Personal, ha tomado intervención en el presente trámite; Que la Asesoría General de Gobierno toma intervención en el presente trámite; POR ELLO: EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT DECRETA: Artículo 1°:Dejar sin efecto la mensualización, del agente CARRASCO, Sergio Ramón (D.N.I. N° 28.870.236 - Clase 1981), quien revista en el cargo Ayudante Administrativo - Código 3 - 004 - Clase IV - Categoría 4 - Agrupamiento Personal Técnico Administrativo - Planta Temporaria, dependiente del Ministerio de Ambiente y Control de Desarrollo Sustentable otorgada mediante Decreto N° 1809/13, a partir de la fecha del presente Decreto.- Artículo 2°: Incorporar al agente CARRASCO, Sergio Ramón (DNI N° 28.870.236 - Clase 1981) en el cargo Ayudante Administrativo - Código 3-004 - Clase IV - Categoría 4 - Agrupamiento Personal Técnico Administrativo - Planta Permanente, dependiente de la Dirección Social de la Gerencia General del Instituto Provincial de la Vivienda y Desarrollo Urbano, a partir de la fecha del presente Decreto.- Artículo 3°.- El gasto que demande el presente Decreto será imputado en la Jurisdicción 8 - Ministerio de Infraestructura, Energía y Planificación -S.A.F. 302 - Instituto Provincial de la Vivienda y Desarrollo Urbano - Programa 1: Conducción, Administración y Ejecución - Actividad 3: Evaluación Social y Cobranzas - F.F. 111. Ejercicio 2023.- Artículo 4°.- El presente Decreto será refrendado por el Señor Ministro Secretario de Estado del Departamento de Ambiente y Control de Desarrollo Sustentable y el Señor Ministro Secretario de Estado del Departamento de Gobierno y Justicia.- Artículo 5°.- Regístrese, comuníquese, notifíquese dese al Boletín Oficial, y cumplido, ARCHIVESE.- DECRETO N° 544/2023 |
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