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Título: Otorgase un subsidio a la Comuna Rural de Aldea Epulef para cubrir desequilibrios financieros.- |
Fecha Registro: 03/07/2023 |
Detalle: RAWSON 03 JUL 2023 VISTO: El Expediente N° 1876-MGyJ-2023; y CONSIDERANDO: Que por el Expediente citado en el Visto, se tramita un subsidio a favor de la Comuna Rural de Aldea Epulef, representada por su Presidente señor Alejandro Elbio GONZALEZ, destinado a cubrir desequilibrios financieros; Que el Presidente de la Comuna Rural de Aldea Epulef será el responsable de la administración y rendición del aporte económico otorgado; Que el otorgamiento del subsidio se encuentra autorizado a fojas 01, y asciende a la suma de PESOS TRES MILLONES ($ 3.000.000.-); Que corresponde encuadrar el presente trámite dentro del régimen legal establecido en el Decreto N° 1304/78 y sus modificaciones; Que ha emitido Dictamen la Dirección General de Asuntos Legales dependiente del Ministerio de Gobierno y Justicia; Que ha tomado legal intervención la Asesoría General de Gobierno; POR ELLO: EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT DECRETA: Artículo 1°.- Otorgase un subsidio por la suma de PESOS TRES MILLONES ($ 3.000.000.-) a la Comuna Rural de Aldea Epulef (C.U.I.T. N° 30-67034648-6), representada por su Presidente señor Alejandro Elbio GONZALEZ (D.N.I. 30.163.696), para cubrir desequilibrios financieros.- Artículo 2°.- El subsidio otorgado deberá ser intervenido dentro de los ciento veinte (120) días de recepcionado y rendido ante el Tribunal de Cuentas de la Provincia dentro de los sesenta (60) días de su inversión.- Artículo 3°.- Los importes no utilizados deberán ser reintegrados mediante cheque, giro o depositados en la cuenta N° 203443/7 a la orden de la Tesorería General de la Provincia, dentro del plazo máximo fijado para presentar la rendición en el Tribunal de Cuentas de la Provincia. - Artículo 4°.- El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto y que asciende a la suma total de PESOS TRES MILLONES ($ 3.000.000.-), se imputará a la Jurisdicción 20: Ministerio de Gobierno'y Justicia / Saf: 20 / Saf: del Ministerio de Gobierno y Justicia / Ubicación Geográfica: 11999 - Ámbito provincial / Programa 01: Conducción Ministerio de Gobierno y Justicia / Actividad A01: Conducción del Ministerio de Gobierno y Justicia / Inciso 05: Transferencias / Partida Principal 07: Transferencias a instituciones provinciales y municipales para financiar gastos corrientes / Partida Parcial 06: Aportes a gobiernos municipales / Fuente de Financiamiento N° 1.11 / Rentas Generales / Ejercicio 2023.- Artículo 5°.- El presente Decreto será refrendado por el Señor Ministro Secretario de Estado en el Departamento de Gobierno y Justicia. - Artículo 6°.- Regístrese, comuníquese, notifíquese, dese al Boletín Oficial y cumplido ARCHÍVESE.- DECRETO N° 745 |
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