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Título: Otorgase un subsidio a la Comuna Rural Dr. Atilio Viglione |
Fecha Registro: 03/07/2023 |
Detalle: RAWSON, 03 JUL 2023 VISTO: El Expediente N° 4014-MGyJ-2022; y CONSIDERANDO: Que por el Expediente citado en el Visto, se tramita un subsidio a favor de la Comuna Rural Dr. Atilio Viglione, representada por su Presidente señora Johana Celeste Marilín SEPULVEDA LARA, destinado a cubrir trabajos de mano de obra de los corrales comunitarios en dicha Localidad; Que la Presidente de la Comuna Rural Dr. Atilio Viglione será la responsable de la administración y rendición del aporte económico otorgado; Que el otorgamiento del subsidio asciende a la suma de PESOS UN MILLÓN SETECIENTOS MIL ($ 1.700.000.-); Que el trámite encuadra en el régimen del Decreto N° 1304/78 y sus modificatorios; Que ha emitido Dictamen la Dirección General de Asuntos Legales dependiente del Ministerio de Gobierno y Justicia; Que ha tomado legal intervención la Asesoría General de Gobierno; POR ELLO: EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT DECRETA: Artículo 1°.- Otorgase un subsidio por la suma de PESOS UN MILLÓN SETECIENTOS MIL ($ 1.700.000.-) a la Comuna Rural Dr. Atilio Viglione (C.Ú.I.T. N° 30-70936136-4), representada por su Presidente señora Johana Celeste Marilín SEPULVEDA LARA (D.N.I. 37.347.769), destinado a cubrir trabajos de mano de obra de los corrales comunitarios en dicha Localidad.- Artículo 2°.- El subsidio otorgado deberá ser invertido dentro de los ciento veinte (120) días de decepcionado y rendido ante el Tribunal de Cuentas de la Provincia dentro de los sesenta (60) días de su inversión.- Artículo 3°.- Los importes no utilizados deberán ser reintegrados mediante cheque, giro o depositados en la cuenta N° 203443/7 a la orden de la Tesorería General de la Provincia, dentro del plazo máximo fijado para presentar la rendición en el Tribunal de Cuentas de la Provincia. - Artículo 4°,- El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto y que asciende a la suma total de PESOS UN MILLÓN SETECIENTOS MIL ($ 1.700.000.-), se imputará a la Jurisdicción 20: Ministerio de Gobierno y Justicia / Saf: 20 / Saf: del Ministerio de Gobierno y Justicia / Ubicación Geográfica: 11999 - Ámbito provincial / Programa 01: Conducción Ministerio de Gobierno y Justicia / Actividad A01: Conducción del Ministerio de Gobierno y Justicia / Inciso 05: Transferencias / Partida Principal 07: Transferencias a instituciones provinciales y municipales para financiar gastos corrientes / Partida Parcial 06: Aportes a gobiernos municipales / 01 Aportes a Gobiernos Municipales / Fuente de Financiamiento N° 1.11 - / Rentas Generales / Ejercicio 2023.- Artículo 5°.- El presente Decreto será refrendado por el Señor Ministro Secretario de Estado en el Departamento de Gobierno y Justicia. - Artículo 6°.- Regístrese, comuníquese, notifíquese, dese al Boletín Oficial y cumplido ARCHIVESE.- DECRETO N° 753/2023 |
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