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Título: Otorgase un aporte no reintegrable a cada uno de los municipios y comunas rurales mencionados en los Anexos I y II |
Fecha Registro: 11/07/2023 |
Detalle: RAWSON, 11 JUL 2023 VISTO: El Expediente N° 2557-MGyJ-2023, y CONSIDERANDO: Que por el expediente mencionado en el Visto, tramita el otorgamiento de un aporte económico a diferentes comunas rurales y municipios de la Provincia del Chubut, de acuerdo a lo indicado en la Nota N° 143/2023-SGP-EC; Que el monto total de los aportes a distribuir asciende a PESOS DOSCIENTOS CINCUENTA MILLONES ($ 250.000.000) según lo detallado en los Anexos I y II que forman parte integrante del presente decreto; Que el presente trámite se encuadra en el artículo 1° inciso 1) del Decreto N° 1304/78, modificado mediante Decretos N° 1232/00 y sus modificatorios; Que existe crédito presupuestario en la fuente a la cual se manda a imputar el presente Trámite; Que ha tomado intervención la Dirección General de Asuntos Legales del Ministerio de Gobierno y Justicia; Que ha tomado legal intervención la Asesoría General de Gobierno; POR ELLO EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT DECRETA: Artículo 1°: Otorgase un aporte no reintegrable a cada uno de los municipios y comunas rurales mencionados en los Anexos I y II que forman parte integrante del presente decreto, por los montos allí consignados, en virtud de lo expuesto en los Considerandos que anteceden. Artículo 2°: Los aportes otorgados mediante el Artículo 1° deberán ser invertidos por el responsable dentro de los ciento veinte (120) dias de recepcionado y rendido por ante el Tribunal de Cuentas de la Provincia.- Artículo 3°.- Los importes no utilizados deberán ser reintegrados mediante cheque giro o depositados y en la cuenta N° 203443/7 a la orden de la Tesorería General de la Provincia, dentro del plazo máximo fijado para presentar la rendición en el Tribunal de Cuentas de la Provincia.- Artículo 4°: El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto será imputado en la Jurisdicción 20: Ministerio de Gobierno y Justicia / SAF 20: Ministerio de Gobierno y Justicia / Ubicación Geográfica 11999: Ámbito Provincial / Programa 19: Subsecretaría de Asuntos Municipales / Actividad 01: Conducción de la Subsecretaría de Asuntos Municipales / Inciso: 05 / Partida Principal: 07 / Partida Parcial 06: Aportes a Gobiernos Municipales por un importe total de PESOS DOSCIENTOS CINCUENTA MILLONES ($ 250.000.000) /Fuente de Financiamiento 111: Rentas Generales / Ejercicio 2023. Artículo 5°: El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado en el Departamento de Gobierno y Justicia.- Artículo 6°: Regístrese, comuníquese, notifíquese, dese al Boletín Oficial y cumplido, archívese.- DECRETO N° 793 ANEXO I MUNICIPIO Cholila $ 10.647.843 El Hoyo $ 10.592.692 El Maitén $ 15.021.845 Epuyén $ 8.910.603 Gualjaina $ 8.114.725 Lago Puelo $ 14.933.414 Camarones $ 8.408.544 Corcovado $ 9.053.234 Trevelin $ 17.558.766 Tecka $ 9.453.550 Paso de Indios $ 8.373.362 Alto Rio Senguer $ 10.682.074 Rio Mayo $ 11.754.656 Sarmiento $ 26.854.472 José de San Martín $ 10.482.391 Rio Pico $ 9.157.829 TOTAL $ 190.000.000.- ANEXO II COMUNA RURAL Aldea Apeleg $ 4.000.000 Aldea Beleiro $ 4.000.000 Aldea Epulef $ 4.000.000 Buen Pasto $ 4.000.000 Carrenleufu $ 4.000.000 Cerro Centinela $ 4.000.000 Colan Conhue $ 4.000.000 Cushamen $ 4.000.000 Dr. Atilio Viglione $ 4.000.000 Dr. Ricardo Rojas Facundo $ 4.000.000 Lago Blanco $ 4.000.000 Lagunita Salada $ 4.000.000 Las Plumas $ 4.000.000 Los Altares $ 4.000.000 TOTAL $ 60.000.000.- |
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