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Decreto 793 / 2023 Mariano Arcioni (II) 

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Título: Otorgase un aporte no reintegrable a cada uno de los municipios y comunas rurales mencionados en los Anexos I y II
 
Fecha Registro: 11/07/2023
 
Detalle:

RAWSON, 11 JUL 2023
VISTO:
El Expediente N° 2557-MGyJ-2023, y
CONSIDERANDO:
Que por el expediente mencionado en el Visto, tramita el otorgamiento de un aporte económico a diferentes comunas rurales y municipios de la Provincia del Chubut, de acuerdo a lo indicado en la Nota N° 143/2023-SGP-EC;
Que el monto total de los aportes a distribuir asciende a PESOS DOSCIENTOS CINCUENTA MILLONES ($ 250.000.000) según lo detallado en los Anexos I y II que forman parte integrante del presente decreto;
Que el presente trámite se encuadra en el artículo 1° inciso 1) del Decreto N° 1304/78, modificado mediante Decretos N° 1232/00 y sus modificatorios;
Que existe crédito presupuestario en la fuente a la cual se manda a imputar el presente Trámite;
Que ha tomado intervención la Dirección General de Asuntos Legales del Ministerio de Gobierno y Justicia;
Que ha tomado legal intervención la Asesoría General de Gobierno;
POR ELLO
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT
DECRETA:
Artículo 1°: Otorgase un aporte no reintegrable a cada uno de los municipios y comunas rurales mencionados en los Anexos I y II que forman parte integrante del presente decreto, por los montos allí consignados, en virtud de lo expuesto en los Considerandos que anteceden.
Artículo 2°: Los aportes otorgados mediante el Artículo 1° deberán ser invertidos por el responsable dentro de los ciento veinte (120) dias de recepcionado y rendido por ante el Tribunal de Cuentas de la Provincia.-
Artículo 3°.- Los importes no utilizados deberán ser reintegrados mediante cheque giro o depositados y en la cuenta N° 203443/7 a la orden de la Tesorería General de la Provincia, dentro del plazo máximo fijado para presentar la rendición en el Tribunal de Cuentas de la Provincia.-
Artículo 4°: El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto será imputado en la Jurisdicción 20: Ministerio de Gobierno y Justicia / SAF 20: Ministerio de Gobierno y Justicia / Ubicación Geográfica 11999: Ámbito Provincial / Programa 19: Subsecretaría de Asuntos Municipales / Actividad 01: Conducción de la Subsecretaría de Asuntos Municipales / Inciso: 05 / Partida Principal: 07 / Partida Parcial 06: Aportes a Gobiernos Municipales por un importe total de PESOS DOSCIENTOS CINCUENTA MILLONES ($ 250.000.000) /Fuente de Financiamiento 111: Rentas Generales / Ejercicio 2023.
Artículo 5°: El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado en el Departamento de Gobierno y Justicia.-
Artículo 6°: Regístrese, comuníquese, notifíquese, dese al Boletín Oficial y cumplido, archívese.-
DECRETO N° 793

ANEXO I

MUNICIPIO
Cholila $ 10.647.843
El Hoyo $ 10.592.692
El Maitén $ 15.021.845
Epuyén $ 8.910.603
Gualjaina $ 8.114.725
Lago Puelo $ 14.933.414
Camarones $ 8.408.544
Corcovado $ 9.053.234
Trevelin $ 17.558.766
Tecka $ 9.453.550
Paso de Indios $ 8.373.362
Alto Rio Senguer $ 10.682.074
Rio Mayo $ 11.754.656
Sarmiento $ 26.854.472
José de San Martín $ 10.482.391
Rio Pico $ 9.157.829

TOTAL $ 190.000.000.-

ANEXO II

COMUNA RURAL

Aldea Apeleg $ 4.000.000
Aldea Beleiro $ 4.000.000
Aldea Epulef $ 4.000.000
Buen Pasto $ 4.000.000
Carrenleufu $ 4.000.000
Cerro Centinela $ 4.000.000
Colan Conhue $ 4.000.000
Cushamen $ 4.000.000
Dr. Atilio Viglione $ 4.000.000
Dr. Ricardo Rojas Facundo $ 4.000.000
Lago Blanco $ 4.000.000
Lagunita Salada $ 4.000.000
Las Plumas $ 4.000.000
Los Altares $ 4.000.000

TOTAL $ 60.000.000.-
Instrumentos Legales Asociados

Instrumentos legales afectados por este instrumento legal

(Se relaciona) Decreto 1304/1978
(Se relaciona) Decreto 1232/2000

Instrumentos legales que afectan a este instrumento legal

(No hay instrumentos legales que lo afecten)