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Título: Otórgase un subsidio a favor de la Municipalidad de Rawson |
Fecha Registro: 15/08/2023 |
Detalle: RAWSON, 15 AGO 2023 VISTO: El expediente N° 3159-MGyJ-2023; y CONSIDERANDO: Que por Ley II N° 282, se aprueba el Presupuesto General de la Administración Central y Organismos Descentralizados para el ejercicio 2023; Que por el expediente N° 3159-MGyJ-2023, se gestiona el otorgamiento de un aporte económico a la Municipalidad de Rawson, con el fin de mejorar la infraestructura deportiva municipal, y acompañar a entidades deportivas de la ciudad en su crecimiento institucional; Que el monto total del aporte será de PESOS SEIS MILLONES ($ 6.000.000); Que el presente trámite se encuadra en el artículo 1° inciso 1) del Decreto N° 1304/78, modificado mediante Decretos N° 1232/00 y 18/03; Que la asistencia a los Municipios y las Comunas Rurales es una prioridad del Gobierno Provincial; Que la Asesoría General de Gobierno ha tomado legal intervención; POR ELLO: EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT DECRETA: Artículo 1 °.- Otórgase un subsidio por la suma de PESOS SEIS MILLONES ($6.000.000), a favor de la Municipalidad de Rawson, representada por su Intendente, señor Damián Emanuel BISS (D.N.I. N° 27.604.787), destinado a mejorar la infraestructura deportiva municipal, y acompañar a entidades deportivas de la ciudad en su crecimiento institucional.- Artículo 2o. - El aporte otorgado en el artículo 10 deberá ser invertido por el responsable dentro del ciento veinte (120) días de recepcionado y rendido dentro de los sesenta (60) días ante el Tribunal de Cuentas de la Provincia con copia al Ministerio de Gobierno y Justicia.- • Artículo 3°.- El gasto que demande el Cumplimiento del presente Decreto será imputado en la Jurisdicción 20: Ministerio de Gobierno y Justicia / S.A.F. 20- SAF Ministerio de Gobierno y Justicia / Ubicación Geográfica 11999: ámbito provincial / Programa 01: Conducción Ministerio de Gobierno y Justicia / Actividad 01: Conducción Ministerio de Gobierno y Justicia / Inciso: 05 / Partida Principal 07: transferencias a Instituciones provinciales y municipales para financiar gastos corrientes / Partida Parcial 06: aportes a gobiernos municipales / Fuente de Financiamiento: 1.11 / rentas generales / Ejercicio 2023.- Artículo 4°.- El presente Decreto, será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado en el Departamento de Gobierno y Justicia.- Artículo 5°.- Regístrese, comuniqúese, dese al Boletín Oficial, y cumplido archivese.- DECRETO N° 968/2023 |
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