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Título: Mensualizar al señor Cristian Mauricio VERA |
Fecha Registro: 23/08/2023 |
Detalle: RAWSON, 23 AGO 2023 VISTO: El Expediente N° 913-MGyJ-2023; y CONSIDERANDO: Que por el Expediente citado en el Visto, se solicita la mensualización del señor Cristian Mauricio VERA, en el cargo Ayudante Administrativo, Código 3-004, Clase IV, Agrupamiento Personal Técnico Administrativo, Planta Temporaria del Plantel Básico de la Subsecretaría de Protección Civil y Gestión del Riesgo del Ministerio de Gobierno y Justicia, a partir de la fecha del presente Decreto y hasta el 31 de diciembre de 2023; Que el señor Cristian Mauricio VERA cumple con los requisitos exigidos por el Artículo 2o de laLey I N° 74; Que el presente trámite cuenta con las autorizaciones correspondientes; Que el gasto que demande el cumplimiento del presente, se encuentra previsto en el Presupuesto General de la Provincia, aprobado por Ley II N° 282; Que el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto será afectado a la Jurisdicción 20: Ministerio de Gobierno y Justicia, SAF 20: Ministerio de Gobierno y Justicia, Programa 16: Defensa Civil, Actividad 1: Dirección General de Defensa Civil; Que la Dirección General de Asuntos Legales del Ministerio de Gobierno y Justicia ha tomado intervención; Que la Dirección General de Administración de Personal ha tomado intervención; Que ha tomado legal intervención la Asesoría General de Gobierno; POR ELLO: EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT DECRETA: Artículo 1°.- Mensualizar al señor Cristian Mauricio VERA (DNI N° 31.923.500 - Clase 1986), en el cargo Ayudante Administrativo, Código 3-004, Clase IV, Agrupamiento Personal Técnico Administrativo, Planta Temporaria del Plantel Básico de la Subsecretaría de Protección Civil y Gestión del Riesgo del Ministerio de Gobierno y Justicia, a partir de la fecha del presente Decreto y hasta el 31 de diciembre de 2023. Artículo 2°.- El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto será afectado a la Jurisdicción 20: Ministerio de Gobierno y Justicia, SAF 20: Ministerio de Gobierno y Justicia, Programa 16: Defensa Civil, Actividad 1: Dirección General de Defensa Civil. Ejercicio 2023. Artículo 3°.- El presente Decreto será refrendado por el Señor Ministro Secretario de Estado en el Departamento de Gobierno y Justicia. Artículo 4°.- Regístrese, comuníquese! notifíquese, dese al Boletín Oficial y cumplido. ARCHÍVESE. DECRETO N° 1001/2023 |
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