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Título: AUTORICESE al Área de Administración de Obligaciones del Tesoro a librar a favor del Instituto de Seguridad Social y Seguros el pago destinados a ser imputados como pago a cuenta de déficit futuros no |
Fecha Registro: 01/09/2023 |
Detalle: RAWSON, 01 SEP 2023 VISTO: El Expediente N° 216-EC-2023; y CONSIDERANDO: Que mediante Nota N° 650/23-A.OTySD-EC, el Área de Administración de Obligaciones del Tesoro y Servicio de la Deuda dependiente del Ministerio de Economía y Crédito Público informa que se han transferido a favor del Instituto de Seguridad Social y Seguros (ISSyS) por el ejercicio 2023, la suma de PESOS DOCE MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y SEIS MILLONES DOSCIENTOS SETENTA Y TRES MIL CIENTO VEINTE CON 68/100 ($12.696.273.120,68) con el objeto de cubrir el déficit provisional y afrontar el pago de los haberes de pasividad; Que teniendo en cuenta que el Estado Provincial ha regularizado en tiempo y forma el pago de los haberes de los agentes públicos, y considerando que se efectúan transferencias de fondos al Instituto de Seguridad Social y Seguros por aplicación del artículo 86 de la Ley XVIII N° 32, resulta indispensable contar con un instrumento legal que autorice al Área de Administración de Obligaciones del Tesoro y Servicio de la Deuda dependiente del Ministerio de Economía y Crédito Público a realizar las transferencias requeridas eventualmente por la Tesorería General de la Provincia para cubrir el déficit provisional y poder hacer fronte al pago de los haberes de pasividad; Que el señor Ministro de Economía y Crédito Público a fojas 32, autoriza la continuidad del trámite, de conformidad a las competencias específicas asignadas por la Ley I N° 667; Que en consecuencia, corresponde autorizar al Área de Administración de Obligaciones del Tesoro y Servicio de la Deuda dependiente del Ministerio de Economía y Crédito Público a librar a favor del Instituto de Seguridad Social y Seguros la suma de PESOS CATORCE MIL OCHOCIENTOS MILLONES ($ 14.800.000.000) destinados a ser imputados como pago a cuenta de déficit futuros no devengados hasta la finalización del ejercicio 2023, por aplicación del artículo 86 de la Ley XVIII N° 32; Que por Ley II N° 289 se incrementó el presupuesto de la Provincia del Chubut para el ejercicio 2023 estimando un déficit provisional correspondiente a los haberes de los meses de agosto a diciembre por la suma mencionada en el anterior considerando; Que ha tomado legal intervención la Asesoría General de Gobierno; POR ELLO: EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT DECRETA: Artículo 1°: AUTORICESE al Área de Administración de Obligaciones del Tesoro y Servicio de la Deuda a librar a favor del Instituto de Seguridad Social y Seguros la suma de PESOS CATORCE MIL OCHOCIENTOS MILLONES ($ 14.800.000.000) destinados a ser imputados como pago a cuenta de déficit futuros no devengados hasta la finalización del ejercicio 2023, por aplicación del artículo 86 de la Ley XVIII N° 32, los que serán desembolsados por la Tesorería General de la Provincia a requerimiento del Instituto. Artículo 2°: El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto será imputado en la Jurisdicción 91, SAF 91, Programa 94: Aportes a Instituciones Públicas, Actividad 5 Transferencia a Instituciones de la Seguridad Social, LP.P. 5.7.4, Fuente de Financiamiento 1.11, ejercicio 2023. Artículo 3°: El presente Decreto será refrendado por los Señores Ministros Secretarios de Estado en los Departamentos de Economía y Crédito Público y de Gobierno y Justicia. Artículo 4°: REGÍSTRESE, comuníquese, dese al Boletín Oficial y cumplido ARCHIVESE.- DECRETO N° 1067 |
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