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Decreto 1067 / 2023 Mariano Arcioni (II) 

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Título: AUTORICESE al Área de Administración de Obligaciones del Tesoro a librar a favor del Instituto de Seguridad Social y Seguros el pago destinados a ser imputados como pago a cuenta de déficit futuros no
 
Fecha Registro: 01/09/2023
 
Detalle:

RAWSON, 01 SEP 2023
VISTO:
El Expediente N° 216-EC-2023; y
CONSIDERANDO:
Que mediante Nota N° 650/23-A.OTySD-EC, el Área de Administración de Obligaciones del Tesoro y Servicio de la Deuda dependiente del Ministerio de Economía y Crédito Público informa que se han transferido a favor del Instituto de Seguridad Social y Seguros (ISSyS) por el ejercicio 2023, la suma de PESOS DOCE MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y SEIS MILLONES DOSCIENTOS SETENTA Y TRES MIL CIENTO VEINTE CON 68/100 ($12.696.273.120,68) con el objeto de cubrir el déficit provisional y afrontar el pago de los haberes de pasividad;
Que teniendo en cuenta que el Estado Provincial ha regularizado en tiempo y forma el pago de los haberes de los agentes públicos, y considerando que se efectúan transferencias de fondos al Instituto de Seguridad Social y Seguros por aplicación del artículo 86 de la Ley XVIII N° 32, resulta indispensable contar con un instrumento legal que autorice al Área de Administración de Obligaciones del Tesoro y Servicio de la Deuda dependiente del Ministerio de Economía y Crédito Público a realizar las transferencias requeridas eventualmente por la Tesorería General de la Provincia para cubrir el déficit provisional y poder hacer fronte al pago de los haberes de pasividad;
Que el señor Ministro de Economía y Crédito Público a fojas 32, autoriza la continuidad del trámite, de conformidad a las competencias específicas asignadas por la Ley I N° 667;
Que en consecuencia, corresponde autorizar al Área de Administración de Obligaciones del Tesoro y Servicio de la Deuda dependiente del Ministerio de Economía y Crédito Público a librar a favor del Instituto de Seguridad Social y Seguros la suma de PESOS CATORCE MIL OCHOCIENTOS MILLONES ($ 14.800.000.000) destinados a ser imputados como pago a cuenta de déficit futuros no devengados hasta la finalización del ejercicio 2023, por aplicación del artículo 86 de la Ley XVIII N° 32;
Que por Ley II N° 289 se incrementó el presupuesto de la Provincia del Chubut para el ejercicio 2023 estimando un déficit provisional correspondiente a los haberes de los meses de agosto a diciembre por la suma mencionada en el anterior considerando;
Que ha tomado legal intervención la Asesoría General de Gobierno;
POR ELLO:
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT
DECRETA:
Artículo 1°: AUTORICESE al Área de Administración de Obligaciones del Tesoro y Servicio de la Deuda a librar a favor del Instituto de Seguridad Social y Seguros la suma de PESOS CATORCE MIL OCHOCIENTOS MILLONES ($ 14.800.000.000) destinados a ser imputados como pago a cuenta de déficit futuros no devengados hasta la finalización del ejercicio 2023, por aplicación del artículo 86 de la Ley XVIII N° 32, los que serán desembolsados por la Tesorería General de la Provincia a requerimiento del Instituto.
Artículo 2°: El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto será imputado en la Jurisdicción 91, SAF 91, Programa 94: Aportes a Instituciones Públicas, Actividad 5 Transferencia a Instituciones de la Seguridad Social, LP.P. 5.7.4, Fuente de Financiamiento 1.11, ejercicio 2023.
Artículo 3°: El presente Decreto será refrendado por los Señores Ministros Secretarios de Estado en los Departamentos de Economía y Crédito Público y de Gobierno y Justicia.
Artículo 4°: REGÍSTRESE, comuníquese, dese al Boletín Oficial y cumplido ARCHIVESE.-
DECRETO N° 1067

Instrumentos Legales Asociados

Instrumentos legales afectados por este instrumento legal

(Se relaciona) Ley II 289
(Se relaciona) Ley I 667

Instrumentos legales que afectan a este instrumento legal

(No hay instrumentos legales que lo afecten)