Imprimir detalle |
Título: Modificase el Presupuesto de Erogaciones y el Cálculo de Recursos de la Administración Central |
Fecha Registro: 27/09/2023 |
Detalle: RAWSON, 27 SEP 2023 El Expediente N° 1773-EC-2023; y CONSIDERANDO: Que por Ley II N° 282, se aprueba el Presupuesto General de la Administración Central y Organismos Descentralizados, modificada por la Ley II N° 289 para el ejercicio 2023; Que por el Expediente N° 1773-EC-2023, la Dirección General de Administración dependiente del Ministerio de Economía y Crédito Público, solicita crédito presupuestario a fin de dotar de cobertura médica a los pasantes que prestan servicios en el mismo, en función del Convenio de Prestación Médico Asistencial suscripto con el Instituto de Segundad Social y Seguros por lo que, a efectos de gestionar dicho pedido y luego de analizar la disponibilidad presupuestaria por parte de la Dirección General de Presupuesto y Finanzas, se realiza la compensación de créditos del S.A.F. 50 al S.A.F. 30, en la Fuente de Financiamiento 1.11; Que de acuerdo a lo establecido en el artículo 13°, apartado 1, inciso a).2 y 4 de la Ley II N° 282, se autoriza al Poder Ejecutivo a compensar entre distintos incisos los créditos asignados a Bienes de Consumo, Servicios no Personales, Bienes de Uso, Transferencias, Activos Financieros y Servicios de la Deuda cuando involucren distintas Jurisdicciones y/o Finalidades; siempre y cuando ello no implique incremento de gastos corrientes en detrimento de gastos de capital o aplicaciones financieras; y cuando involucren partidas con distintas Finalidades, serán comunicadas dentro de los diez (10) días a la Honorable Legislatura para su conocimiento; Que la Asesoría General de Gobierno ha tomado legal intervención; POR ELLO: EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT DECRETA: Artículo 1°.- Modificase el Presupuesto de Erogaciones y el Cálculo de Recursos de la Administración Central y Organismos Descentralizados para el Ejercicio 2023 en la Jurisdicción 30, S.A.F. 30 - SAF Ministerio de Economía y Crédito Público y en la Jurisdicción 50, S.A.F. 50-SAF Ministerio de Educación, de acuerdo al detalle obrante en la planilla anexa N° 1, que forma parte del presente Decreto.- Artículo 2°.- Comuníquese a la Comisión de Presupuesto y Hacienda de la Honorable Legislatura.- Artículo 3°.- El presente Decreto, será refrendado por los señores Ministros Secretarios de Estado en los Departamentos de Economía y Crédito Público y de Gobierno y Justicia.- Artículo 4°,- Regístrese comuníquese, dese al Boletín Oficial, tome nota la Contaduría General de la Provincia Dirección General de Presupuesto y Finanzas y cumplido ARCHÍVESE.- DECRETO N° 1190/2023 Planilla Anexa N° 1 Modificación Presupuestaria N° 31922 Compensación Interjurisdiccional - Ejercicio 2023 Gastos: 1.50.050 Ministerio de Educación Gastos: 1.30.030 Ministerio de Economía y Crédito Público Partida Monto 1. Origen: Ministerio de Educación 24.00.00.A01.5.1.5.01.1.11 AO: Educación Privada - FinFun: 3.4.1 - C.Eco : 2.1 $-8.00.0.000,00 Total: $-8.000.000,00 2. Destino: Ministerio de Economía y Crédito Público 01.00.00.A01.3.4.9.01.1.11 AO: Conducción del Ministerio de Economía y Crédito Público - FinFun: 1.6.1 - C.Eco : 2.1 $ 5.000.000,00 06.00.00.A01.2.9.9.01.1.11 AO: Administración del Ministerio de Economía y Crédito Público - FinFun: 1.6.1 - C.Eco : 2.1 $ 3.000.000,00 Total: $ 8.000.000,00 |
|