Imprimir detalle |
Título: Reubicase a la Sargento Primero LOPEZ, Cecilia de las Mercedes De la Agrupación Servicios - Escalafón Administrativo a la Agrupación Comando - Escalafón General de la Policía de la Provincia del Chubu |
Fecha Registro: 03/10/2023 |
Detalle: RAWSON, 03 OCT 2023 VISTO El expediente N° 552/19 J.P; y CONSIDERANDO: Que por el expediente citado en el visto se propone la reubicación escalafonaria de la Sargento Primero LOPEZ, Cecilia de las Mercedes, de la Agrupación Servicios - Escalafón Administrativo a la Agrupación Comando - Escalafón General de la Policía de la Provincia del Chubut, dependiente del Ministerio de Seguridad; Que el artículo 20° de la Ley XIX N° 8, establece que los cambios de Agrupaciones y/o Escalafones se resolverán por decreto del Poder Ejecutivo a propuesta fundada de la Jefatura de Policía, en cada caso particular; Que la Plana Mayor Policial mediante Acta N° 04/19 hizo lugar al pedido de reubicación solicitado; Que el gasto que demande el cumplimiento del presente decreto se imputará a la Jurisdicción 9 - Ministerio de Seguridad - SAF 21 - Policía de la Provincia del Chubut - Programa 23 - Seguridad - Actividad 1 - Seguridad. Ejercicio 2023; Que asimismo el gasto que demande el cumplimiento del presente decreto se encuentra previsto en el Presupuesto General de la Provincia, aprobado por la Ley II N° 282; Que ha tomado debida intervención la Asesoría Letrada de la Institución Policial; Que la Dirección General de Administración de Personal, ha tomado intervención; Que ha tomado legal intervención la Asesoría General de Gobierno; POR ELLO: EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT DECRETA: Artículo 1°: Reubicase a partir de la fecha del presente decreto al personal de la Policía de la Provincia del Chubut, dependiente del Ministerio de Seguridad, en la Agrupación y Escalafón que se indica: De la Agrupación Servicios - Escalafón Administrativo a la Agrupación Comando - Escalafón General: Sargento Primero LOPEZ, Cecilia de las Mercedes (D.N.I. N° 30.479.715 - Clase 1980).- Artículo 2°: El gasto que demande el cumplimiento del presente decreto se imputará a la Jurisdicción 9- Ministerio de Seguridad - SAF 21 - Policía de la Provincia del Chubut - Programa 23 - Seguridad - Actividad 1- Seguridad. Ejercicio 2023.- Artículo 3°: El presente decreto será refrendado por los Señores Ministros Secretarios de Estado en los Departamentos de Seguridad y de Gobierno y Justicia.- Artículo 4°: Regístrese, comuníquese, notifíquese, dése al Boletín Oficial y cumplido, ARCHÍVESE. - DECRETO N° 1206 |
|