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Decreto 1368 / 2023 Mariano Arcioni (II) 

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Título: Dejar sin efecto la designación a cargo del Departamento de Patrimonio y Compras dependiente de la Dirección de Administración del Ministerio de Hidrocarburos, de la agente GALLARDO, Angélica del Car
 
Fecha Registro: 01/11/2023
 
Detalle:

RAWSON, 01 NOV 2023
VISTO:
El Expediente N° 378/23 MHC; y,
CONSIDERANDO:
Que por el Expediente citado en el Visto, se gestiona dejar sin efecto la designación a cargo del Departamento de Patrimonio y Compras dependiente de la Dirección de Administración - Dirección General de Coordinación Administrativa del Ministerio de Hidrocarburos, de la agente GALLARDO, Angélica del Carmen quién revista el cargo de Oficial Superior Administrativo - Código 3-001- Clase I - Categoría 14 - Agrupamiento Personal -Técnico Administrativo - Planta Permanente del Ministerio de Hidrocarburos, otorgada mediante Decreto N° 627/19, a partir de la fecha del presente decreto;
Que la presente solicitud se hace necesaria, según la documentación respaldatoria que obra en el presente expediente,
Que el presente trámite se encuadra según Ley I N° 667 artículo N° 2 inciso N°13;
Que la Dirección General de Administración de Personal, ha tomado intervención en el presente trámite;
Que ha tomado legal intervención la Asesoría General de Gobierno;
POR ELLO:
El GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT
DECRETA:
Artículo 1°.- Dejar sin efecto la designación a cargo del Departamento de Patrimonio y Compras dependiente de la Dirección de Administración - Dirección General de Coordinación Administrativa del Ministerio de Hidrocarburos, de la agente GALLARDO, Angélica del Carmen (DNI N° 29.090.243 - Clase 1981), quién revista el cargo de Oficial Superior Administrativo - Código 3-001- Clase I - Categoría 14 - Agrupamiento Personal - Técnico Administrativo - Planta Permanente del Ministerio de Hidrocarburos, otorgada mediante Decreto N° 627/19, a partir de la fecha del presente decreto.-
Artículo 2°.- Anótese en la marginal del Decreto N° 627/19 la modificación que por este acto se dispone.-
Artículo 3°.- El presente decreto será refrendado por los señores Ministros Secretarios de Estado en los Departamentos de Hidrocarburos y de Gobierno y Justicia.-
Artículo 4°.- Regístrese, comuníquese, notifíquese, dese al Boletín Oficial y cumplido ARCHÍVESE.-
DECRETO N°      1368

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Instrumentos legales afectados por este instrumento legal

(Se relaciona) Decreto 627/2019
(Se relaciona) Ley I 667

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