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Título: Cesen los servicios de la agente Manuela Teresa CURAPAN quien revísta en el cargo Ordenanza B de la Dirección General de Automotores y Viviendas Oficiales - |
Fecha Registro: 24/11/2023 |
Detalle: RAWSON, 24 NOV 2023 VISTO: El Expediente N° 858/2023-SGG; y CONSIDERANDO: Que por el Expediente citado en el Visto, se tramita el cese de servicios de la agente Manuela Teresa CURAPAN, por haber cumplido con las condiciones de edad y servicios por las leyes jubilatorias, a partir de la fecha del presente decreto; Que a fojas 8, obra verificación por parte del Jefe UDAI Rawson Anses que la agente Manuela Teresa CURAPAN, registra prestación previsional desde el mes de Mayo de 2023; Que la agente Manuela Teresa CURAPAN, revista en el cargo Ordenanza B - Código 1-017- Nivel VI - Categoría 2 - Agrupamiento Personal de Servicios - Planta Permanente, dependiente de la Dirección General de Automotores y Viviendas Oficiales - Subsecretaría de Coordinación y Enlace - Secretaría General de Gobierno; Que en virtud de la obligación inherente al vínculo contractual de empleo público, la agente Manuela Teresa CURAPAN, debió comunicar al sectorial de personal su cambio de estado; Que conforme lo previsto en la Ley l N° 74 en su artículo 10° inciso g), el cese del agente se producirá por haber cumplido con las condiciones de edad y servicios exigidos por las leyes jubilatorias; Que la Ley XVIII N° 32 establece un régimen excepcional y limitado de compatibilidades en materia previsional; Que a fojas 13, mediante Dictamen N° 190/23-DGAL-SGG, analizando lo actuado, no encuentra impedimento para decretar el cese de servicios de conformidad con el artículo 10° inciso g) de la Ley I N° 74; Que la Dirección General de Administración de Personal, y la Dirección General de Asesoría Legal, han tomado intervención; Que ha tomado legal intervención la Asesoría General de Gobierno; POR ELLO: EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT DECRETA: Artículo 1°.- Cesen los servicios a partir de la fecha del presente decreto, de la agente Manuela Teresa CURAPAN (D.N.I.N° 12.047.325 - Clase 1956), quien revísta en el cargo Ordenanza B - Código 1-017- Nivel VI - Categoría 2 - Agrupamiento Personal de Servicios - Planta Permanente, dependiente de la Dirección General de Automotores y Viviendas Oficiales - Subsecretaría de Coordinación y Enlace - Secretaría General de Gobierno, por aplicación del Artículo 10° - inciso g) de la Ley I N° 74.- Artículo 2° - El presente decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado en el Departamento de Gobierno y Justicia.- Artículo 3°.- Regístrese, comuníquese, notifíquese, dese al Boletín Oficial y cumplido, ARCHIVESE DECRETO N° 1465 |
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