Imprimir detalle |
Título: Recategorizar en el cargo Oficial Superior Administrativo a la agente MONGOLINI PAURA, Tania de la Dirección de Contralor y Asesoramiento Legal - Dirección General de Administración de Personal |
Fecha Registro: 05/12/2023 |
Detalle: RAWSON, 05 DIC 2023 VISTO: El Expediente N° 1163-SGG-2023; y CONSIDERANDO: Que por el Expediente citado en el Visto, se solicita recategorizar en el cargo Oficial Superior Administrativo - Código 3-001 - Clase I - Categoría 14 - Agrupamiento Personal Técnico Administrativo - Planta Permanente, a la agente MONGOLINI PAURA, Tañía, quien revista el cargo Oficial Administrativo - Código 3-002 - Clase II - Categoría 10, del mismo Agrupamiento y Planta, dependiente de la Dirección de Contralor y Asesoramiento Legal - Dirección General de Administración de Personal - Secretaría General de Gobierno, en los términos del Artículo 100° y 103° de la Ley I N° 74, a partir de la fecha del presente decreto; Que se deberá modificar el detalle analítico de la Planta Presupuestaria de Personal en la Jurisdicción 10 - Secretaría General de Gobierno - S.A.F. 10 - Secretaría General de Gobierno - Programa 1 - Conducción de la Secretaría General de Gobierno - Actividad 4 - Administración de Personal; Que es necesario modificar el Plantel Básico de la Dirección de Contralor y Asesoramiento Legal, eliminándose un (1) cargo Clase II - Categoría 10 - Agrupamiento Personal Técnico Administrativo - Planta Permanente, e incrementándose un (1) cargo Clase I - Categoría 14 - Agrupamiento Personal Técnico Administrativo - Planta Permanente, de acuerdo al Anexo A, que forma parte integrante del presente decreto; Que el gasto que demande el cumplimiento del presente, se encuentra previsto en el Presupuesto General de la Provincia, aprobado por Ley II - N° 282, modificada por Ley II - N° 289; Que la agente MONGOLINI PAURA, Tañía, cumple con los requisitos exigidos para ocupar el cargo; Que la Directora General de Administración de Personal informa que no hay otros agentes en el Plantel Básico en condiciones de ser recategorizados; Que no existe impedimento para acceder a lo solicitado; Que la Dirección General de Administración de Personal, y la Dirección General de Asesoría Legal, han tomado intervención; Que han tomado legal intervención la Asesoría General de Gobierno y la Dirección General de Asesoría Legal; POR ELLO: EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT DECRETA: Artículo 1°.- Modificar el detalle analítico de la Planta Presupuestaria de Personal en la Jurisdicción 10 - Secretaría General de Gobierno - S.A.F. 10 - Secretaría General de Gobierno - Programa 1 - Conducción de la Secretaría General de Gobierno - Actividad 4 - Administración de Personal.- Artículo 2°.- Modificar el Plantel Básico de la Dirección de Contralor y Asesoramiento Legal,eliminándose un (1) cargo Clase II - Categoría 10 - Agrupamiento Personal Técnico Administrativo - Planta Permanente, e incrementándose un (1) cargo Clase I - Categoría 14 - Agrupamiento Personal Técnico Administrativo - Planta Permanente, de acuerdo al Anexo A, que forma parte integrante del presente decreto.- Artículo 3°.- Recategorizar en el cargo Oficial Superior Administrativo - Código 3-001 - Clase I - Categoría 14 - Agrupamiento Personal Técnico Administrativo - Planta Permanente, a la agente MONGOLINI PAURA, Tania (D.N.I N° 34.275.776 - Clase 1989), quien revista el cargo Oficial Administrativo - Código 3-002 - Clase II - Categoría 10, del mismo Agrupamiento y Planta, dependiente de la Dirección de Contralor y Asesoramiento Legal - Dirección General de Administración de Personal - Secretaría General de Gobierno, en los términos del Artículo 100° y 103° de la Ley I N° 74, a partir de la fecha del presente decreto.- Artículo 4°.- El gasto que demande el cumplimiento del presente decreto, será imputado en la Jurisdicción 10 - Secretaría General de Gobierno - S.A.F. 10 - Secretaría General de Gobierno - Programa 1 - Conducción de la Secretaría General de Gobierno - Actividad 4 - Administración de Personal - Ejercicio 2023.- Artículo 5°.- El presente decreto, será refrendado por los Señores Ministros Secretarios de Estado en los departamentos de Gobierno y Justicia y de Economía y Crédito Público.- Artículo 6°.- Regístrese, comuníquese, notifíquese, dese al Boletín Oficial y cumplido, ARCHÍVESE.- DECRETO N° 1516 (VER Anexo A en Decreto Original) |
|