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Título: Mensualizar a la Señora Susana Beatriz PARADA |
Fecha Registro: 06/12/2023 |
Detalle: RAWSON, 06 DIC 2023 VISTO: El Expediente N° 2138/23-STR; CONSIDERANDO: Que por el Expediente citado en el Visto se solicita la mensualización de la Señora Susana Beatriz PARADA en el cargo Ayudante Administrativo - Código 3-004 - Clase IV - Categoría 4 - Agrupamiento Personal Técnico Administrativo - Planta Temporaria, a partir de la fecha del presente decreto y hasta el 31 de diciembre de 2023, para desempeñarse en la Delegación Regional Comodoro Rivadavia, dependiente de la Subsecretaría de Trabajo de la Secretaría de Trabajo; Que la Señora Susana Beatriz PARADA se encuentra desempeñando el cargo de Directora de Asistencia en Accidente de Trabajo y Enfermedades Profesionales, dependiente de la Dirección General de Higiene, Seguridad Laboral y Riesgo del Trabajo, según Decreto N° 108 de fecha 31 de enero del año 2020, quien continuará en dicha función; Que se deberá abonar la diferencia entre el cargo Ayudante Administrativo - Código 3-004 - Clase IV - Categoría 4 - Agrupamiento Personal Técnico Administrativo y la Dirección de Asistencia en Accidente de Trabajo y Enfermedades Profesionales; Que se hace necesario modificar el Detalle Analítico de la Planta Presupuestaria de Obligaciones a Cargo del Tesoro, según Anexo A, que forma parte del mismo instrumento legal, a partir de la fecha del presente decreto; Que se deberá modificar el Detalle Analítico de la Planta Presupuestaria de la Secretaría de Trabajo, según Anexo B, que forma parte del presente decreto, a partir de la fecha del mismo; Que a fojas 1, el Secretario General de Gobierno, autoriza el trámite en cuestión, respectivamente; Que la mensualización solicitada se encuentra previsto en el Artículo 2° - Inc. d) - párrafo 2 de la Ley I N° 74; Que la Ley II N° 282 Artículo 13°- Punto 5) faculta al Poder Ejecutivo a efectuar modificaciones en las plantas de personal, siempre que el costo de la sumatoria de esas modificaciones no dé un saldo positivo y se realice dentro del mismo escalafón; Que la Dirección General de Administración de Personal, de la Secretaría General de Gobierno, ha tomado intervención en el presente trámite; Que ha tomado legal intervención, la Asesoría General de Gobierno; POR ELLO: EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT DECRETA: Artículo 1°.- Modificar el Detalle Analítico de la Planta Presupuestaria en la Jurisdicción 91 - Obligaciones a cargo del Tesoro - SAF: 91-Obligaciones a cargo del Tesoro - Programa 1 -Administración de Obligaciones del Tesoro - Actividad 1 - Administración de Obligaciones del Tesoro y Jurisdicción 15 - Secretaría de Trabajo - SAF: 15 - Secretaría de Trabajo - Programa 1 - Conducción de la Secretaría de Trabajo -Actividad 1- Conducción de la Secretaría de Trabajo, según Anexo A y B que forma parte del presente decreto y a partir de la fecha del presente decreto. - Artículo 2°,- Modificar el Plantel Básico de Obligaciones del Tesoro, eliminándose un (1) cargo Personal de Gabinete - Planta Temporaria, e incrementándose un (1) cargo Ayudante Administrativo Código 3-004- Clase IV - Agrupamiento Personal Técnico Administrativo - Planta Temporaria en la Secretaría de Trabajo, según Anexo A y B que forma parte del presente decreto.- Artículo 3°,- Mensualizar a la Señora Susana Beatriz PARADA (D.N.I.N° 18.751.611 - Clase 1965), en el cargo Ayudante Administrativo Código 3-004 -Clase IV - Categoría 4 - Agrupamiento Personal Técnico Administrativo - Planta Temporaria de la Dirección Regional Delegación Comodoro Rivadavia, dependiente de la Subsecretaría de Trabajo de la Secretaría de Trabajo, a partir de la fecha del presente decreto y hasta el 31 de diciembre de 2023.- Artículo 4°.- La Señora Susana Beatriz PARADA (D.N.I.N° 18.751.611 - Clase 1965) continuará desempeñándose como Directora de Asistencia en Accidente de Trabajo y Enfermedades Profesionales, dependiente de la Dirección General de Higiene, Seguridad Laboral y Riesgo del Trabajo, según Decreto N° 108 de fecha 31 de enero del año 2020, quien continuará en dicha función; Artículo 5°.- Se deberá abonar la diferencia entre el cargo Ayudante Administrativa - Código 3-004 - Clase IV - Categoría 4 - Agrupamiento Personal Técnico Administrativo y la Dirección de Asistencia en Accidente de Trabajo y Enfermedades Profesionales; Artículo 6°.- El gasto que demande el presente trámite será imputado en Jurisdicción: 15 - Secretaría de Trabajo - SAF: 15 - Secretaría de Trabajo - Programa 1 - Conducción de la Secretaría de Trabajo - Actividad: 1 - Conducción de la Secretaría de Trabajo - Fuente de Financiamiento 111 - Ejercicio 2023.- Artículo 7°.- El presente Decreto será refrendado por los Señores Ministros Secretarios de Estado en los Departamento de Economía y Crédito Público y Gobierno y Justicia.-. Artículo 8°,- Registrese, comuniques, notifíquese dese al Boletín Oficial y cumplido ARCHIVESE. DECRETO N° 1519/2023 Anexos en Decreto Original. |
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