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Título: DESIGNAR A CARGO DE LA DIRECCION DE COORDINACION INSTITUCIONAL DEPENDIENTE DE LA DIRECCION GENERAL CASA DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT AL SEÑOR AMOROSO VICTOR DANIEL |
Fecha Registro: 21/12/2023 |
Detalle: RAWSON,21 DIC 2023 VISTO: El Expediente N° 1606-SGG-2023; y CONSIDERANDO: Que por el Expediente citado en el Visto, se solicita designar a cargo de la Dirección de Coordinación Institucional - Categoría 18 - Agrupamiento Personal Jerárquico, dependiente de la Dirección General Casa de la Provincia del Chubut - Secretaría General de Gobierno, al señor AMOROSO, Víctor Daniel, a partir de la fecha del presente decreto; Que el cargo se encuentra vacante; Que el señor AMOROSO, Víctor Daniel, reúne los requisitos exigidos en el Artículo 2° de la Ley I - N° 74; Que el gasto que demande el cumplimiento del presente, se encuentra previsto en el Presupuesto General de la Provincia, aprobado por Ley II - N° 282, modificada por Ley II - N° 289; Que la Dirección General de Administración de Personal y la Dirección General de Asesoría Legal, han tomado intervención; Que ha tomado legal intervención la Asesoría General de Gobierno; POR ELLO: EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT DECRETA: Artículo 1°.- Designar a cargo de la Dirección de Coordinación Institucional - Categoría 18- Agrupamiento Personal Jerárquico, dependiente de la Dirección General Casa de la Provincia del Chubut - Secretaría General de Gobierno, al señor AMOROSO, Víctor Daniel (D.N.I N° 16.677.394 - Clase 1963), a partir de la fecha del presente decreto.- Artículo 2°.- El gasto que demande el cumplimiento del presente decreto, se imputará en la Jurisdicción 10 - Secretaria General de Gobierno - S.A.F 11 - Casa del Chubut - Programa 20 - Representación de la Provincia - Actividad 1 - Representación Oficial - Ejercicio 2023.- Artículo 3°.- El presente decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado en el departamento de Gobierno.- Artículo 4°.- Regístrese, comuníquese, notifíquese, dese al Boletín Oficial y cumplido, ARCHÍVESE.- DECRETO N°1641 |
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