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Título: DESIGNAR COMO PERSONAL DE GABINETE EN EL AMBITO DEL MINISTERIO DE SEGURIDAD Y JUSTICIA A LA LICENCIADA MARIELA VERONICA GARCIA PEREZ |
Fecha Registro: 29/12/2023 |
Detalle: RAWSON, 29 DIC 2023 VISTO: El artículo 155 inciso 3° de la Constitución de la Provincia del Chubut; y CONSIDERANDO: Que se propone designar como Personal de Gabinete en el ámbito del Ministerio de Seguridad y Justicia, a la Licenciada Mariela Verónica GARCÍA PÉREZ, en los términos previstos en el artículo 66° Ley I N° 74, a partir de la fecha del presente decreto; Que el gasto que demande el cumplimiento del presente se encuentra previsto en el Presupuesto General de la Provincia, aprobado por la Ley II N° 282, modificado por Ley II N° 289 ; Que el gasto que demande el cumplimiento del presente decreto será afectado a la Jurisdicción 9: Ministerio de Seguridad y Justicia - SAF 9 - Ministerio de Seguridad y Justicia - Programa 1 - Conducción Ministerio de Seguridad y Justicia - Actividad 1- Conducción Ministerio de Seguridad y Justicia - Ejercicio 2023; Que la Dirección General de Legales del Ministerio de Seguridad y Justicia ha tomado intervención; Que la Dirección General de Administración de Personal de la Secretaría General de Gobierno ha tomado intervención; Que ha tomado legal intervención la Asesoría General de Gobierno; POR ELLO: EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT DECRETA: Artículo 1°: Designar como Personal de Gabinete en el ámbito del Ministerio de Seguridad y Justicia, a la Licenciada Mariela Verónica GARCÍA PÉREZ (DNI N° 29.773.201 - Clase 1982) en los términos previstos en el artículo 66° Ley I N° 74, a partir de la fecha del presente decreto. Artículo 2°: Asignar a la funcionaría designada en el artículo anterior una remuneración equivalente al cargo de Director General. Artículo 3°: El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto será imputado a la Jurisdicción 9: Ministerio de Seguridad y Justicia - SAF 9 - Ministerio de Seguridad y Justicia - Programa 1 - Conducción Ministerio de Seguridad y Justicia - Actividad 1 Conducción Ministerio de Seguridad y Justicia - Ejercicio 2023. Artículo 4°: El presente decretó será refrendado por los señores Ministros Secretarios de Estado en los Departamentos de Seguridad y Justicia y de Gobierno. Artículo 5°: Regístrese, comuníquese, notifíquese, dese al Boletín Oficial y cumplido, ARCHÍVESE.- DECRETO N° 1685 |
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