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Título: Designar a cargo de la Dirección General de Puertos y Explotación Directa, dependiente de la Subsecretaría de Pesca de la Secretaría de Pesca, a la señora, Gisela Fernanda Paola SILVA |
Fecha Registro: 03/01/2024 |
Detalle: RAWSON, 03 ENE 2024 VISTO: El Expediente N° 1870/2023-SP; y CONSIDERANDO: Que por el Expediente citado en el Visto, se solicita designar a cargo de la Dirección General de Puertos y Explotación Directa, dependiente de la Subsecretaría de Puertos de la Secretaría de Pesca, a la señora Gisela Fernanda Paola SILVA, a partir de la fecha del presente decreto; Que el cargo se encuentra vacante mediante Resolución N° XI-38/23; Que asimismo ejercerá el cargo de Sub-Coordinadora General de la UEPP, en atención a las atribuciones que le resultan propias en función de las normas dictadas bajo Ley IV-N° 5; Que la señora Silva Gisela Fernanda Paola, reúne los requisitos exigidos en el Artículo 2o de la Ley I - N° 74; Que el gasto que demande el cumplimiento del presente, se encuentra previsto en el Presupuesto General de la Provincia, aprobado por Ley II - N° 282, modificado por la Ley II - N° 289; Que la Dirección General de Administración de Personal, interviene en el presente trámite; Que ha tomado legal intervención la Asesoría General de Gobierno; POR ELLO: EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT DECRETA: Artículo 1°.- Designar a cargo de la Dirección General de Puertos y Explotación Directa, dependiente de la Subsecretaría de Pesca de la Secretaría de Pesca, a la señora, Gisela Fernanda Paola SILVA (D.N.I N° 25.724.941-Clase 1977), a partir de la fecha del presente decreto. Artículo 2°.- Designar en el cargo de Sub-Coordinadora General de la UEPP a la señora, Gisela Fernanda Paola SILVA (D.N.I N° 25.724.941-Clase 1977), en atención a las atribuciones que le resultan propias en función de las normas dictadas bajo Ley IV-N°5. Artículo 3°.- El gasto que demande el cumplimiento del presente decreto será imputado en la Jurisdicción 61: Secretaría de Pesca - SAF 61: Secretaría de Pesca - Programa 17: Desarrollo Pesquero - Actividad 3: Conducción Desarrollo Pesquero - Ejercicio 2023. Artículo 4°,- El presente decreto será refrendado por el Señor Ministro Secretario de Estado en el Departamento de Gobierno. Artículo 5°.- Regístrese, notifíquese, comuníquese, dese el Boletín Oficial y Cumplido, ARCHÍVESE.- DECRETO N° 05/2024 |
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