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Resolución
Ministerio De Educación 1 / 2024
 Ignacio Torres 

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Título: Dar por concluido el Sumario Administrativo ordenado por Resolución XIII N° 806/19.
 
Fecha Registro: 24/01/2024
 
Detalle:

RAWSON, 24 ENE 2024

VISTO:

El Expediente N2 1927-ME-19; y

CONSIDERANDO:

Que por el Expediente citado en el Visto, se tramitó el Sumario Administrativo ordenado por Resolución XIII N° 806/19 de fecha 01 de octubre de 2019, todo ello a los fines de determinar las eventuales responsabilidades administrativas y/o disciplinarias emergentes, por el supuesto hecho que involucró al docente SANCCI, Bruno;
Que sustanciado el Sumario Administrativo, la Asesoría General de Gobierno, mediante Informe N° 947/23, obrante a foja 313, considera que en virtud del tiempo transcurrido entre la comisión de los hechos y la fecha de la presentación de la denuncia, la acción se encuentra proscripta, por aplicación de lo establecido en el artículo 269° de la Ley I N° 18 y por lo tanto la continuidad del procedimiento sancionatorio resulta improcedente;
Que a fojas 314, el señor Ministro de Educación en cumplimiento de lo informado por la Asesoría General de Gobierno, solicita la realización del acto administrativo conclusivo del presente sumario, por lo que cumplimentados los pasos procesales que establece la normativa vigente, corresponde el cierre del Sumario Administrativo ordenado por Resolución XIII N° 806/19, declarando la inexistencia de responsabilidad disciplinaria de conformidad con lo normado por el artículo 612 inciso b) de la Ley I N° 74;
Que la Asesoría Legal del Ministerio de Educación ha tomado intervención conforme a su competencia;
Que la Dirección General de Administración de Personal ha tomado intervención;
Que es facultad del señor Ministro de Educación resolver sobre el particular;

POR ELLO:

EL MINISTRO DE EDUCACIÓN

RESUELVE:

Artículo 1°: Dar por concluido el Sumario Administrativo ordenado por Resolución XIII N° 806/19, por los motivos expuestos en los considerandos del presente acto.
Artículo 2°: Declarar la inexistencia de responsabilidad disciplinaria, en un todo de conformidad con lo normado por el artículo 61° inciso b) de la Ley I N° 74.
Artículo 3°: La presente resolución será refrendada por la señora Subsecretaría de Coordinación Técnica Operativa de Instituciones Educativas y Supervisión del Ministerio de Educación.
Artículo 4°: Regístrese por la Secretaría General de Gobierno, comuníquese a la Dirección General de Administración de Personal, notifíquese, vuelva al organismo oficiante y cumplido, ARCHÍVESE.


RESOLUCIÓN N° XIII N° 01
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Instrumentos legales afectados por este instrumento legal

(Se relaciona) Ley I 74

Instrumentos legales que afectan a este instrumento legal

(No hay instrumentos legales que lo afecten)