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Título: Designar a cargo de la Dirección General de Asuntos Legales, dependiente de la Secretaria de Pesca, al señor BASSANI, Ignacio Nicolás |
Fecha Registro: 29/01/2024 |
Detalle: RAWSON, 29 ENE 2024 VISTO: El Expediente N° 1869/2023-SP; y CONSIDERANDO: Que por el Expediente citado en el Visto, se solicita designar a cargo de la Dirección General de Asuntos Legales, dependiente de la Secretaría de Pesca, al señor BASSANI, Ignacio Nicolás, a partir de la fecha del presente decreto; Que el cargo se encuentra vacante mediante Resolución N° XI-34/23; Que el artículo 155° inciso 3) de la Constitución Provincial faculta al Poder Ejecutivo a nombrar y remover a los funcionarios y empleados de la Administración Pública Provincial, con las exigencias y formalidades establecidas en la Constitución o en la Ley; Que es competencia de cada Ministro Secretario proponer al Poder Ejecutivo nombramiento y la remoción del personal del Departamento a su cargo, conforme lo establece la Ley I N° 764; Que el Abogado BASSANI, Ignacio Nicolás, percibirá el Adicional por Jerarquía Profesional establecido por el Artículo 22° - inciso f) de la Ley I - N° 74, a partir de la fecha del presente decreto; Que el gasto que demande el cumplimiento del presente, se encuentra previsto en el Presupuesto General de la Provincia, aprobado por Ley II - N° 282, modificado por la Ley II - N° 289, prorrogada por Decreto N° 1/2024; Que la Dirección General de Administración de Personal, interviene en el presente trámite; Que ha tomado legal intervención la Asesoría General de Gobierno; POR ELLO: EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT DECRETA: Artículo 1°.- Designar a cargo de la Dirección General de Asuntos Legales, dependiente de la Secretaria de Pesca, al señor BASSANI, Ignacio Nicolás (D.N.I N° 38.805.745-Clase 1995), a partir de la fecha del presente decreto.- Artículo 2°.- Abonar al Abogado BASSANI, Ignacio Nicolás (D.N.I N° 38.805.745-Clase 1995), el Adicional por Jerarquía Profesional establecido por el Artículo 22° - inciso f) de la Ley I N° 74, a partir de la fecha del presente decreto.- Artículo 3°.- El gasto que demande el cumplimiento del presente decreto será imputado en la Jurisdicción 61: Secretaría de Pesca - SAF 61: Secretaría de Pesca - Programa 1: Conducción de la Secretaria de Pesca - Actividad 1: Conducción de la Secretaria de Pesca - Ejercicio 2024.- Artículo 4°.- El presente decreto será refrendado por el Señor Ministro Secretario de Estado en el Departamento de Gobierno.- Artículo 5°.- Regístrese, comuníquese, notifíquese, dese el Boletín Oficial y Cumplido, ARCHIVESE.- DECRETO N° 57/24 |
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