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Título: Designar a partir de la fecha del presente decreto, al señor Audilio Oscar MONTECINO |
Fecha Registro: 13/03/2024 |
Detalle: RAWSON, 13 MAR 2024 VISTO: El Expediente N° 0063-M.D.H.-2024; y CONSIDERANDO: Que por el Expediente , citado en el Visto, se gestiona designar al señor Audilio Oscar MONTECINO, en el cargo Director de Economía Social - Categoría 18 - Agrupamiento Personal Jerárquico de la Ley I N° 74, dependiente de la Dirección General de Coordinación Administrativa, de la Subsecretaría de Desarrollo Social del Ministerio de Desarrollo Humano, a partir de la fecha del presente decreto; Que es competencia de cada Ministro Secretario proponer al Poder Ejecutivo el nombramiento y remoción del personal del Departamento a su cargo, conforme lo establece la Ley I N° 764; Que el gasto que demande el cumplimiento del presente trámite, se encuentra previsto en el Presupuesto General de la Provincia, aprobado por Ley II N° 282, modificado por Ley II N° 289, prorrogado por Decreto N° 01/24; Que la Dirección General de Asuntos Legales del Ministerio de Desarrollo Humano, ha tomado intervención; Que la Dirección General de Administración de Personal, dependiente de la Secretaría General de Gobierno, ha tomado intervención; Que ha tomado legal intervención la Asesoría General de Gobierno; POR ELLO: EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT DECRETA: Artículo 1°.- Designar a partir de la fecha del presente decreto, al señor Audilio Oscar MONTECINO (D.N.I. N° 17.379.269 - Clase 1965) en el cargo de la Director de Economía Social - Categoría 18 - Agrupamiento Personal Jerárquico de la Ley I N° 74, dependiente de la Dirección General de Coordinación Administrativa de la Subsecretaría de Desarrollo Social del Ministerio de Desarrollo Humano, según lo expuesto en los considerandos que anteceden.- Artículo 2°,- El gasto que demande el cumplimiento del presente trámite será imputado a la Jurisdicción 40 - Ministerio de Desarrollo Humano - SAF 40 - Programa 21 Desarrollo Social - Actividad 1 - Ejecución Desarrollo Social - Ejercicio 2024.- Artículo 3°.- El presente decreto será refrendado por la señora Ministra Secretaria de Estado en el Departamento de Desarrollo Humano y por el señor Ministro Secretario de Estado en el Departamento de Gobierno.- Artículo 4°.- Regístrese, comuníquese, notifíquese, dése al Boletín Oficial y cumplido ARCHÍVESE.- DECRETO N° 263/24 |
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