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Decreto 342 / 2024 Ignacio Torres 

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Título: Otórgase un subsidio a favor de la entidad denominada “Nuevo Instituto de Custodia y Adaptación para Disminuidos Psicofísicos - N.I.C.A.D.P.I.” de la ciudad de Trelew,
 
Fecha Registro: 27/03/2024
 
Detalle:

Rawson, 27 Mar 2024
VISTO:
El expediente N° 582-GB-2024; y
CONSIDERANDO:
Que por el Expediente mencionado en el Visto, tramita el otorgamiento de un subsidio a favor de la entidad denominada “Nuevo Instituto de Custodia y Adaptación para Disminuidos Psicofísicos - N.I.C.A.D.P.L”, de la ciudad de Trelew;
Que la institución brinda un servicio integral a adolescentes y adultos con discapacidad múltiple, para desarrollar sus potencialidades y lograr su inclusión social;
Que a través del servicio denominado “Centro de Día”, se realiza la atención de las actividades de la vida diaria, recreativas y de estimulación, como así también talleres y propuestas terapéuticas;
Que según se expone en el pedido realizado, el aporte está destinado a solventar el desfasaje producido en el nomenclador nacional por el pago de cada prestación de quienes concurren a la entidad, según el sistema de prestaciones básicas año 2024 de la Agencia Nacional de Discapacidad;
Que además, los gastos operativos que requiere la entidad para su correcto funcionamiento, se han acrecentado en virtud del proceso inflacionario actual;
Que la institución brinda servicios dentro del marco básico a personas que no pueden ser sostenidas por la educación obligatoria, ni pueden incorporarse a otros dispositivos, ni muchos menos al cupo laboral;
Que el monto total del subsidio asciende a la suma de PESOS SESENTA MILLONES ($ 60.000.000), que se harán efectivos a través de diez (10) cuotas, la primera de PESOS QUINCE MILLONES ($15.000.000) con el dictado del presente decreto, y las restantes nueve (9) cuotas en forma mensual y consecutiva de PESOS CINCO MILLONES ($5.000.000);
Que la entidad denominada “Nuevo Instituto de Custodia y Adaptación para Disminuidos Psicofísicos - N.I.C.A.D.P.L”, es una institución que cuenta con Personería Jurídica registrada y vigente bajo el N° 754, y no posee subsidios pendientes de rendición según lo informado por el Tribunal de Cuentas mediante Nota N° 268/24;
Que el señor Presidente de la institución señor Rubén CONSTANCIO, D.N.I 7.821.712, y la Tesorera señora Graciela Soledad SOSA D.N.I. 28.390.175, serán los responsables de la administración y rendición de los fondos otorgados;
Que el presente trámite se encuadra en el Artículo 10 Inciso 1) del Decreto N° 1304/78, modificado mediante Decretos N° 1232/00 y N° 18/03;
Que ha tomado legal intervención la Asesoría General de Gobierno;
POR ELLO:
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT
DECRETA:
Artículo 1º.- Otórgase un subsidio a favor de la entidad denominada “Nuevo Instituto de Custodia y Adaptación para Disminuidos Psicofísicos - N.I.C.A.D.P.I.”, C.U.I.T. 30-67045345-2, de la ciudad de Trelew, destinado a solventar el pago de las prestaciones de quienes concurren a la entidad, según el sistema de prestaciones básicas año 2024 de la Agencia Nacional de Discapacidad, por la suma total de PESOS SESENTA MILLONES ($ 60.000.000), a través de diez (10) cuotas, la primera de PESOS QUINCE MILLONES ($ 15.000.000) con el dictado del presente decreto, y las restantes nueve (09) cuotas en forma mensual y consecutiva de PESOS CINCO MILLONES ($5.000.000).-
Artículo 2°. - El Presidente de la institución señor Rubén CONSTANCIO, D.N.I 7.821.712, y la Tesorera señora Graciela Soledad SOSA D.N.I. 28.390.175, serán los responsables de la administración y rendición de los fondos otorgados. -
Artículo 3º. - El subsidio otorgado deberá ser invertido dentro de ciento veinte (120) días de recepcionado y rendido ante el Tribunal de Cuentas de la Provincia dentro de los sesenta (60) días de su inversión.
Artículo 4º.- Los importes no utilizados deberán ser reintegrados mediante cheque, giro o depositados en la cuenta N° 203443/7 a la orden de la Tesorería General de la Provincia, dentro del plazo máximo fijado para presentar la rendición en el Tribunal de Cuentas de la Provincia.-
Artículo 5º.- El gasto que demande el cumplimiento del presente decreto, será imputado en la Jurisdicción 20: Ministerio de Gobierno/ S.A.F. 20 - SAF Ministerio de Gobierno/ Ubicación Geográfica 11999: ámbito provincial / Programa 01: Conducción Ministerio de Gobierno/ Actividad 01: Conducción Ministerio de Gobierno/ Inciso: 05 / Partida Principal 01: transferencias a asociaciones civiles y cooperativas/Partida Parcial 08 / Fuente de Financiamiento 1.11: Rentas Generales / Ejercicio 2024.-
Artículo 6°. - El presente decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado en el Departamento de Gobierno. -
Artículo 7º.- Regístrese, comuníquese, dese al Boletín Oficial, y cumplido archívese. -
DECRETO N° 342
Instrumentos Legales Asociados

Instrumentos legales afectados por este instrumento legal

(Se relaciona) Decreto 1304/1978
(Se relaciona) Decreto 1232/2000
(Se relaciona) Decreto 18/2003

Instrumentos legales que afectan a este instrumento legal

(No hay instrumentos legales que lo afecten)