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Título: OTÓRGASE una bonificación especial a todos los agentes de la Ley I N° 74 que cumplen funciones en forma habitual y efectiva en la residencia oficial del señor Gobernador de la Provincia |
Fecha Registro: 11/04/2024 |
Detalle: RAWSON,11 ABR 2024 VISTO: El Expediente N° 914/24-SGG; y CONSIDERANDO: Que la Secretaría General de Gobierno informa la necesidad de reconocer las tareas y esfuerzo del personal de la Ley I N° 74, que cumple funciones en forma habitual y efectiva en la residencia oficial del señor Gobernador de la Provincia, sita en Fontana N° 50 de la localidad de Rawson; Que, siendo la residencia, además de la vivienda, el lugar físico donde el señor Gobernador cumple con sus tareas habituales resulta imprescindible la disponibilidad y adecuación horaria del personal que se desempeña dentro de la misma, debiendo cumplir con sus tareas habituales en distintos horarios, de acuerdo con la agenda y necesidades del señor Gobernador; Que, en consecuencia, es necesario disponer el otorgamiento de un adicional general para todos los agentes de la Ley I N° 74 que cumplan tareas habituales y efectivas en la residencia oficial de Rawson del señor Gobernador, en el marco de lo dispuesto en los Artículos 22° Inciso h) y 72° inciso h) de la Ley I N° 74, reglamentada por el Decreto N° 1330/81; Que la bonificación especial otorgada por este acto encuentra fundamento en la modalidad de prestación de los servicios de los agentes que cumplen funciones efectivas y habituales en la residencia del señor Gobernador; Que la Secretaría General de Gobierno informa la nómina de agentes que cumple funciones en forma habitual y efectiva en la residencia oficial del señor Gobernador de la Provincia sita en Fontana N° 50 de la localidad de Rawson; Que ha tomado la intervención que le compete la Dirección General de Administración de Personal; Que ha tomado intervención la Asesoría General de Gobierno; POR ELLO: EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT DECRETA: Artículo 1°: OTÓRGASE una bonificación especial a todos los agentes de la Ley I N° 74, que cumplen funciones en forma habitual y efectiva en la residencia oficial del señor Gobernador de la Provincia sita en Fontana N° 50 de la localidad de Rawson, en el marco de lo dispuesto en los Artículos 22° inciso h) y 72° inciso h) de la Ley I N° 74, reglamentada por el Decreto N° 1330/81, conforme Anexo A que forma parte integrante del presente decreto, pudiendo modificarse los beneficiarios por Resolución de la Secretaría General de Gobierno, conforme lo establecido en este artículo. Artículo 2°: ESTABECESE que la bonificación especial del Artículo 1° será Equivalente al veinticinco por ciento (25%) del salario básico de la Categoría 18 - cargo Director- agrupamiento Personal Fuera de Nivel de la Ley I N° 74, sin que el mismo implique dejar de percibir otros conceptos salariales o beneficios que los agentes perciban a la fecha del presente. Artículo 3°: El gasto que demande el cumplimiento del presente decreto se Imputará en la Jurisdicción: 10 - Secretaria General de Gobierno - S.A.F. 10 - Secretaria General de Gobierno - Programa 1 - Conducción de la Secretaria General de Gobierno - Actividad 1 - Conducción, Ejecución y Administración de la Secretaria General de Gobierno - Ejercicio 2024. Artículo 4°: El presente decreto será refrendado por los señores Ministros Secretarios de Estado en los Departamento de Gobierno y de Economía.- Articulo 5°: Registrese,comuniquese,notifiquese,dese al Boletín Oficial y cumplido ARCHIVESE.- DECRETO N° 418/2024 ANEXO A González, Susana Estela (DNI N° 33.345.148) Nivel IV-Categ. 2- Personal de Servicios - P.Permanente Cayupán, Marta (DNI N° 28.019.276) Nivel IV - Categ. 2 - Personal de Servicios - P.Permanente |
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