Imprimir detalle |
Título: OTORGASE un aporte no reintegrable a favor de la Municipalidad de Trelew, para ser utilizado en la ejecución de la: “PINTURA INTEGRAL DE LA CATEDRAL DE TRELEW”. |
Fecha Registro: 29/04/2024 |
Detalle: RAWSON, 29 ABR 2024 El expediente N° 1441-SIEyP-2024; y CONSIDERANDO: Que por el expediente citado en el Visto la Provincia del Chubut tramita otorgar un aporte no reintegrable a la Municipalidad de Trelew para la ejecución de la: “PINTURA INTEGRAL DE LA CATEDRAL DE TRELEW”; Que la asistencia a los Municipios, Comunas e Instituciones es una prioridad del Gobierno Provincial; Que el monto total de la Obra denominada: “PINTURA INTEGRAL DE LA CATEDRAL DE TRELEW” asciende a la suma total de PESOS ONCE MILLONES SETECIENTOS NOVENTA Y SIETE MIL QUINIENTOS ($ 11.797.500,00); Que a fojas 8 obra la afectación preventiva del gasto; Que el presente trámite se encuadra en el artículo 1° inciso 1) del Decreto N° 1304/78, y modificatorios; Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos, Legislación y Despacho de la Secretaria de Infraestructura, Energía y Planificación ha tomado intervención; Que la Asesoría General de Gobierno ha tomado intervención en el presente trámite; POR ELLO: EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT DECRETA: Artículo 1°: OTORGASE un aporte no reintegrable por la suma total de PESOS ONCE MILLONES SETECIENTOS NOVENTA Y SIETE MIL QUINIENTOS ($ 11.797.500,00) a favor de la Municipalidad de Trelew, para ser utilizado en la ejecución de la: “PINTURA INTEGRAL DE LA CATEDRAL DE TRELEW”, el cual será abonado en una (1) cuota. Artículo 2°: DESIGNASE como responsable de la administración y rendición de los fondos otorgados en el artículo 1°, el Intendente de la Municipalidad de Trelew, Señor Gerardo Andrés MERINO (DNI: 25.710.148). Artículo 3°: El aporte no reintegrable otorgado en el artículo 1° deberá ser invertido e informado a la Secretaria de Infraestructura, Energía y Planificación dentro de los TREINTA (30) días de recepcionado el desembolso y rendido ante el Tribunal de Cuentas de la Provincia de conformidad con lo establecido en el Decreto N° 1304/78 y modificatorios. Artículo 4°: El gasto que demande el cumplimiento del presente decreto el cual asciende a la suma total de PESOS ONCE MILLONES SETECIENTOS NOVENTA Y SIETE MIL QUINIENTOS ($ 11.797.500,00); será imputado de la siguiente manera: en la Jurisdicción 91 - SAF 91 Dirección de Administración de Obligaciones del Tesoro y Servicio de la Deuda - Programa 96 - Actividad 01 - Inciso 5 - Partida Principal 7 - Partida Parcial 6 -Partida Subparcial 01- Fuente de Financiamiento 1.11 - Ejercicio 2024. Artículo 5°: El presente decreto será refrendado por el Señor Ministro Secretario de Estado en el Departamento de Gobierno. Artículo 6°: REGÍSTRESE, comuniqúese, notifíquese, dése al Boletín Oficial y cumplido ARCHÍVESE. DECRETO N°509/2024 |
|