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Decreto 546 / 2024 Ignacio Torres 

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Título: Modificase al Presupuesto de Erogaciones de la Administración Central y Organismos Descentralizados en la Jurisdicción
 
Fecha Registro: 06/05/2024
 
Detalle:

RAWSON, 06 MAYO 2024

VISTO:

El Expediente N° 999-GB-2024 y;

CONSIDERANDO:

Que por Decreto N° 1/24 se aprueba la prórroga del Presupuesto General de la Administración Central y Organismos Descentralizados aprobado por Ley II N° 282, modificada por Ley II N° 289, para el Ejercicio 2024; Que por la Ley VI N° 18 se creó Chubut Deportes Sociedad de Economía Mixta, y se la designó autoridad de aplicación y fiscalización de toda la actividad deportiva y física que se realice en la provincia con competencia en todo lo inherente a las atribuciones, poder de policía, derechos y actividades vinculadas con la promoción, asistencia, fiscalización y ejecución de planes vinculados con las actividades deportivas y recreativas en todas sus expresiones; Que el Gobierno Provincial, tiene entre sus políticas la de promover la realización de actividad física y deportiva como instrumento para mejorar el bienestar de las personas y su desarrollo personal pleno, y para propender -a través de ella- a la integración social, proyectando y ejecutando distintos planes, programas y acciones a esos fines; sea de manera individual o vinculándose con distintos actores públicos o privados; Que Chubut Deportes SEM, como ente de gestión deportiva provincial y ejecutor de las políticas vinculadas con la actividad deportiva, tiene entre sus objetivos promover y apoyar toda acción vinculada con la inclusión social por medio del deporte en todo el territorio provincial, y propender a garantizar la igualdad de oportunidades y acceso a la práctica deportiva y actividad física de los habitantes de la Provincia del Chubut; Que por el expediente N° 999-GB-2024, el Gobernador de la Provincia del Chubut solicita a fs. 1 crédito presupuestario para hacer frente a gastos que originan los juegos deportivos Comunales de la Provincia del Chubut, Juegos Araucanía y Juegos de Integración, que se desarrollaran durante los meses de abril, mayo y junio del corriente año, todos ellos suman un total de PESOS SETENTA Y CINCO MILLONES ($ 75.000.000,00.-); Que por lo expuesto y a fin de promover la realización de eventos deportivos en la Provincia del Chubut y la participación en los eventos que se desarrollan en otras provincias, corresponde llevar a cabo la transferencia solicitada; Que de acuerdo a lo establecido en el artículo 13°, apartado 1, inciso a). 2 y 4 de la Ley II N° 282, se autoriza al Poder Ejecutivo a compensar entre distintos incisos los créditos asignados a Bienes de Consumo, Servicios no Personales, Bienes de Uso, Transferencias, Activos Financieros y Servicios de la Deuda cuando involucren distintas Jurisdicciones y/o Finalidades; siempre y cuando ello no implique incremento de gastos corrientes en detrimento de gastos de capital o aplicaciones financieras; y cuando involucren partidas con distintas Finalidades, serán comunicadas dentro de los diez (10) días a la Honorable Legislatura para su conocimiento; Que la Asesoría General de Gobierno ha tomado legal intervención;

POR ELLO:

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT

DECRETA:
Artículo 1°.- Modificase al Presupuesto de Erogaciones de la Administración Central y Organismos Descentralizados en la Jurisdicción 20, S.A.F. 20 - SAF Ministerio de Gobierno y en la Jurisdicción 91, S.A.F. 91 - SAF Obligaciones a Cargo del Tesoro, de acuerdo al detalle obrante en la planilla anexa N° 1, que forma parte del presente Decreto.-
Artículo 2°.-Autorizase al Área de Obligaciones del Tesoro y Servicio de la Deuda a transferir a CHUBUT DEPORTES S.E.M., la suma total de PESOS SETENTA Y CINCO MILLONES ($ 75.000.000,00.-) para hacer frente a gastos que originan los juegos deportivos Comunales de la Provincia del Chubut, Juegos Araucanía y Juegos de Integración, que se desarrollaran durante los meses de abril, mayo y junio del corriente año, -
Artículo 3°.- El gasto que demande el cumplimiento del presente trámite se imputará en la Jurisdicción 91, S.A.F. 91 - SAF Obligaciones a Cargo del Tesoro, Programa 94, Actividad 6 - Aportes a Sociedades del Estado, en la Partida 5.19., Fuente de Financiamiento 1.11, Ejercicio 2024.-
Artículo 4°.- Comuníquese a la Comisión de Presupuesto y Hacienda de la Honorable Legislatura.
Artículo 5°.- El presente Decreto, será refrendado por los señores Ministros Secretarios de Estado en los Departamentos de Economía y de Gobierno.-
Artículo 6°.- Regístrese, comuniqúese, dese al Boletín Oficial, tome nota la Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia, Dirección General de Presupuesto y Finanzas, cumplido ARCHÍVESE.-

DECRETO N° 546

PLANILLA ANEXA EN EL DECRETO ORIGINAL

Instrumentos Legales Asociados

Instrumentos legales afectados por este instrumento legal

(Se relaciona) Ley II 282
(Se relaciona) Ley II 289

Instrumentos legales que afectan a este instrumento legal

(No hay instrumentos legales que lo afecten)