Imprimir detalle |
Título: Designar a partir de la fecha del presente decreto, a la señora Gisela BARBARIGA |
Fecha Registro: 06/05/2024 |
Detalle: RAWSON, 06 MAY 2024 VISTO: El Expediente N° 0145-M.D.H.-2024; y CONSIDERANDO: Que por el Expediente citado en el Visto, la Ministra de Desarrollo Humano, gestiona designar a la señora Gisela BARBARIGA, en el cargo Directora de Información - Categoría 18 - Agrupamiento Personal Jerárquico - Clase I de la Ley I N° 74, dependiente de la Dirección General de Derechos Humanos y Políticas de Memoria - Subsecretaría de Derechos Humanos y Géneros del Ministerio de Desarrollo Humano, a partir de la fecha del presente decreto; Que es competencia de cada Ministro Secretario proponer al Poder Ejecutivo el nombramiento y remoción del personal del Departamento a su cargo, conforme lo establece la Ley I N° 764; Que el gasto que demande el cumplimiento del presente trámite, se encuentra previsto en el Presupuesto General de la Provincia, aprobado por Ley II N° 282, modificada por Ley II N° 289, prorrogado por Decreto N° 01/24; Que el presente trámite encuentra sustento legal de acuerdo a lo dispuesto en el Apartado 12 - Artículo 4o - Capítulo III de la Ley I N° 764 y en los Artículos 2° 12° y 13° de la Ley I N° 74; Que la Dirección General de Asuntos Legales del Ministerio de Desarrollo Humano, ha tomado intervención; Que la Dirección General de Administración de Personal, dependiente de la Secretaría General de Gobierno, ha tomado intervención; Que ha tomado legal intervención la Asesoría General de Gobierno; POR ELLO: EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT DECRETA: Artículo 1° - Designar a partir de la fecha del presente decreto, a la señora Gisela BARBARIGA (D.N.I. N° 26.344.132 - Clase 1977) - en el cargo Directora de Información - Categoría 18 - Agrupamiento Personal Jerárquico - Clase I de la Ley I N° 74, dependiente de la Dirección General de Derechos Humanos y Políticas de Memoria - Subsecretaría de Derechos Humanos y Géneros del Ministerio de Desarrollo Humano, según lo expuesto en los considerandos que anteceden.- Artículo 2°.- El gasto que demande el cumplimiento del presente trámite será imputado a la Jurisdicción 40 - Ministerio de Desarrollo Humano SAF 40 - Programa 34 - Subsecretaría de Derechos Humanos y Géneros - Actividad 1 - Conducción de la Subsecretaría de Derechos Humanos y Géneros - Ejercicio 2024.- Artículo 3o.- El presente decreto será refrendado por la señora Ministra Secretaria de Estado en el Departamento de Desarrollo Humano y por el señor Ministro Secretario de Estado en el Departamento de Gobierno.- Artículo 4°.- Regístrese, comuniqúese, notifíquese, dese al Boletín Oficial y cumplido ARCHÍVESE.- DECRETO N°551/24 |
|