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Título: Dejar sin efecto la designación a cargo del Departamento Administrativo, a la agente Valeria Liliana VIDAL |
Fecha Registro: 08/05/2024 |
Detalle: RAWSON, 08 MAY 2024 VISTO: El Expediente N° 900/2024-SGG; y CONSIDERANO: Que por el Expediente citado en el Visto, se solicita dejar sin efecto la designación a cargo del Departamento Administrativo - Clase II - Categoría 16 - Agrupamiento Personal Jerárquico, de la Dirección General de Reconocimientos Médicos - Subsecretaría de Coordinación y Enlace - Secretaría General de Gobierno, otorgada mediante Decreto N° 319/23, a la agente Valeria Liliana VIDAL, quien revista en el cargo Oficial Administrativo - Código 3-002 - Clase II - Categoría 10 - Agrupamiento Personal Técnico Administrativo - Planta Permanente, dependiente de la citada Dirección General, a partir del presente decreto; Que no existe impedimento para acceder a lo solicitado; Que la Dirección de Despacho y Personal de la Dirección General de Administración de Personal, interviene en el presente trámite; Que la Dirección General de Administración de Personal, y la Dirección General de Asesoría Legal de la Secretaría General de Gobierno, han tomado intervención; Que ha tomado legal intervención la Asesoría General de Gobierno; POR ELLO: EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT DECRETA: Artículo 1°.- Dejar sin efecto la designación a cargo del Departamento Administrativo - Clase II - Categoría 16 - Agrupamiento Personal Jerárquico, de la Dirección General de Reconocimientos Médicos - Subsecretaría de Coordinación y Enlace - Secretaría General de Gobierno, otorgada mediante Decreto N° 319/23, a la agente Valeria Liliana VIDAL (D.N.I.N0 28.054.847 - Clase 1980), quien revista en el cargo Oficial Administrativo - Código 3-002 - Clase II - Categoría 10 - Agrupamiento Personal Técnico Administrativo - Planta Permanente, dependiente de la citada Dirección General, a partir del presente decreto.- Artículo 2°.- El presente decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado en el Departamento de Gobierno.- Artículo 3°.- Regístrese, comuníquese, notifíquese, dese al Boletín Oficial y cumplido, ARCHÍVESE.- DECRETO N° 557/24 |
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