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Decreto 620 / 2024 Ignacio Torres 

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Título: Estructura del Ministerio de Salud
 
Fecha Registro: 20/05/2024
 
Detalle:

RAWSON, 2 0 MAY 2024

VISTO:

El expediente N° 59/24 S.S., Ley I N° 764; y

CONSIDERANDO:

Que por el expediente citado en el visto, se gestiona aprobar la Estructura Orgánico Funcional de Nivel Central de la Secretaría de Salud, a partir de la fecha del presente decreto;
Que el Artículo 4°, inciso 11 de la Ley I N° 764 establece que es competencia de los Secretarios de Estado proponer al Poder Ejecutivo la Estructura Orgánico Funcional de su Departamento;
Que en atención a lo expuesto en los considerandos que anteceden, resulta necesario abrogar la Estructura Orgánico Funcional de Nivel Central del Ministerio de Salud aprobada por Decreto N° 1394/20, Decreto N° 1236/23, Decreto N° 1567/12, Decreto N° 956/23 y Decreto N° 1408/20, a partir de la fecha del presente decreto;
Que dicha abrogación no implica modificación alguna respecto de la Estructura Orgánico Funcional de la Secretaria de Salud fuera de Nivel Central establecida en Decreto N° 11/78, Decreto N° 507/09, Decreto N° 513/09, Decreto N° 1517/09, Decreto N° 1915/09, Decreto N° 1599/10, Decreto N° 1969/10, Decreto N° 2102/10, Decreto N° 1223/11, Decreto N° 1842/11 y Decreto N° 1244/20;
Que corresponde aprobar las Misiones, Funciones y Requisitos para los cargos de acuerdo al Anexo B (hojas 01 a 227), a partir de la fecha del presente decreto;
Que no existe impedimento en acceder a lo solicitado;
Que en la vista concedida la Dirección General Asesoría Legal de la Secretaría de Salud se pronuncia sobre la viabilidad del trámite;
Que el Departamento Provincial Administración de Personal de la Secretaría de Salud ha tomado intervención;
Que la Dirección General de Administración de Personal dependiente de la Secretaría General de Gobierno ha tomado intervención;
Que el Artículo 155° inciso 1 de la Constitución Provincial faculta al Poder Ejecutivo a expedir las instrucciones, decretos y reglamentaciones;
Que ha tomado legal intervención la Asesoría General de Gobierno;
POR ELLO:
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT
DECRETA:
Artículo 1°.- Abrogar la Estructura Orgánico Funcional de Nivel Central del Ministerio de Salud aprobada por Decreto N° 1394/20, Decreto N° 1236/23, Decreto N° 1567/12, Decreto N° 956/23 y Decreto N° 1408/20, a partir de la fecha del presente decreto.-
Artículo 2°.- Aprobar la Estructura Orgánico Funcional de Nivel Central de la Secretaría de Salud, conforme al Anexo A (hojas 01 a 09), a partir de la fecha del presente decreto.-
Artículo 3°.- Aprobar las Misiones, Funciones y Requisitos para los cargos de acuerdo al Anexo B (hojas 01 a 227), a partir de la fecha del presente decreto.-
Artículo 4°.- Las designaciones en la nueva Estructura Orgánico Funcional, estarán
sujetas a la existencia de cargos y crédito presupuestario.-
Artículo 5°.- El presente decreto será refrendado por los Señores Ministros Secretarios de Estado en los Departamentos de Gobierno y de Economía.-
Artículo 6°.- Regístrese, comuníquese, notifíquese, dése al Boletín Oficial y cumplido; ARCHIVESE.

DECRETO N°620/2024

ANEXO A EN EL Decreto original.
ANEXO B (HOJA 01)
SECRETARÍA DE SALUD
SUBSECRETARÍA DE HOSPITALES
MISIÓN:
Gestionar, implementar y fiscalizar el desarrollo de las estrategias de regulación del sistema de salud que garanticen la ejecución de las políticas de Estado dispuestas por el gobierno provincial.
FUNCIONES:
• Coordinar y realizar todas aquellas funciones de la Secretaría que le sean encomendadas.

•     Colaborar con el Secretario de Salud en la toma de decisiones para la formulación,
diseño e implementación del plan estratégico de salud provincial.
•     Proponer la actualización de la legislación según necesidades del funcionamiento del
sistema de salud.
•     Proponer las modificaciones de estructuras administrativas que resulten más
convenientes para el funcionamiento de la Secretaría de Salud.
•     Supervisar mecanismos para establecer normas relacionadas con agentes, cargos y
estructuras del área de salud a nivel provincial.
•     Regular y fiscalizar, en todo el ámbito de la provincia, el sector público, privado y de
obras sociales lo respectivo al ejercicio profesional, matriculación, certificación y
recertificación de los profesionales de salud.
•     Regular y fiscalizar las habilitaciones y categorizaciones de establecimientos sanitarios
públicos, privados y de obras sociales, en todo el territorio de la provincia.
•     Gestionar y coordinar los recursos financieros necesarios para garantizar el
funcionamiento de la planta física y la adquisición de recursos materiales del sistema
saiútario de la provincia.
•     Implementar políticas de planificación para compra y abastecimiento de medicamentos
e insumos sanitarios en el ámbito provincial.
•     Implementar y regular los mecanismos de referencia y contrarreferencia intra y extra
provincial de pacientes, la coordinación y regulación de emergencias y derivaciones
sanitarias, así como situaciones extraordinarias desde el aspecto sanitario.
•     Planificar, ejecutar y regular la difusión de las políticas sanitarias de la Secretaría de
Salud.
• Controlar y resguardar toda la documentación que ingrese y egrese de la Secretaría a


ANEXO B (HOJA 02)
través de los Departamentos de Despacho y Mesa de Entradas.
Proponer la distribución de fondos del Tesoro Provincial u otras fuentes de financiamiento, a las Corporaciones Municipales o Comunas Rurales y Asociaciones, orientándose a cubrir necesidades locales en todo lo atinente a la salud pública.


ANEXO B (HOJA 03)
SECRETARÍA DE SALUD
SUBSECRETARÍA DE HOSPITALES
DIRECCIÓN GENERAL DE AUDITORÍA, PRESTACIONES MÉDICAS Y SALUD
OCUPACIONAL
MISIÓN:
Evaluar, desarrollar y garantizar, dentro de la Secretaría de Salud, los programas sanitarios y sus procesos administrativos y prestacionales, midiendo y valorizando la eficiencia de los controles de línea.
FUNCIONES:
• Implementar y desarrollar un programa de Auditoría de Procesos que evalúe el funcionamiento del Plan de Salud de la Provincia.
• Implementar y desarrollar un Programa de Auditoría Prestacional para normar y evaluar, las prestaciones y prácticas que se brinden a los usuarios del Sistema, dentro y
fuera del efector provincial.
• Coordinar los Programas Prestacionales producto de los convenios con entidades
Municipales, Provinciales o Nacionales.

Implementar programas de salud preventiva para aplicar a los agentes de la
Administración Provincial.
Promover y consolidar un nivel de excelencia en la atención de la salud ocupacional a
a través de la mejora continua.
Normalizar la asistencia y el seguimiento de prestaciones brindadas por efectores
dependientes de la Secretaría de Salud, a usuarios de Compañías de Seguros y ART,
por accidentes laborales, de tránsito o domiciliarios, dentro del ámbito del Sistema de
Salud.
•     Instrumentar un Sistema de Auditoría para la evaluación de las prestaciones que se brinden a los usuarios del Sistema Provincial de Salud y a los beneficiarios con cobertura de Programas Nacionales y/o Provinciales convenidos por la Secretaría de Salud.
•     Instrumentar un Sistema Administrativo y Prestacional para brindar cobertura a los usuarios de Programas Asistenciales Municipales, Provinciales y Nacionales convenidos con la Secretaría de Salud.
•     Tutelar y mejorar la salud de los agentes de la Administración Pública Provincial en base a un diagnóstico de salud poblacional y a la implementación de programas preventivos.
•     Instrumentar el Programa de Reconocimientos Médicos a los agentes de la Administración Provincial, con sus componentes de aptitud psicofísica, control del


ANEXO B (HOJA 04)

ausentismo y salud preventiva ocupacional.
• Desarrollar Programas de recepción, asistencia y seguimiento de las personas con accidentes viales, laborales y domiciliarios, en el ámbito público o privado.
REQUISITOS PARA EL CARGO:
Nivel terciario de formación, con antecedentes administrativos, prestacionales y no menos de tres (3) años de antigüedad en la Administración Pública Provincial.


ANEXO B (HOJA 05)
SECRETARÍA DE SALUD
SUBSECRETARÍA DE HOSPITALES
DIRECCIÓN GENERAL DE AUDITORÍA PRESTACIONES MÉDICAS Y SALUD
OCUPACIONAL
DIRECCIÓN PROVINCIAL DE SALUD OCUPACIONAL
MISIÓN:
Promover y consolidar un nivel de excelencia en la atención de la salud ocupacional a través de la mejora continua.
Tutelar y mejorar la salud de los agentes de la Administración Pública Provincial en base a un diagnóstico de salud poblacional y a la implementación de programas preventivos.
FUNCIONES:

•     Planear, impulsar, promover, difundir y evaluar la eficacia de programas de prevención y mejoramiento de la salud en los agentes de la Administración Pública Provincial, elaborando las pautas del seguimiento sanitario y su control.
•     Celebrar convenios con instituciones públicas o privadas para realizar exámenes de aptitud psico-física de las personas.
•     Coordinar los programas de prevención y mejoramiento de la salud de los agentes pertenecientes a la Secretaría.
•     Controlar la gestión de los procesos y programas de mejoramiento de la calidad.
REQUISITOS PARA EL CARGO:
Médico especialista en medicina del trabajo y/o con experiencia en la especialidad.



ANEXO B (HOJA 06)
SECRETARÍA DE SALUD
SUBSECRETARÍA DE HOSPITALES
DIRECCIÓN GENERAL DE AUDITORÍA, PRESTACIONES MÉDICAS Y SALUD
OCUPACIONAL
DIRECCIÓN PROVINCIAL DE SALUD OCUPACIONAL
DEPARTAMENTO PROVINCIAL RECONOCIMIENTOS MÉDICOS
MISIÓN:
Evaluar y controlar la enfermedad y demás causas de ausentismo de los agentes de la Administración Provincial.
Estudiar las causas del ausentismo y desarrollar programas de prevención de la salud aplicables a los agentes de la Administración Pública Provincial.
FUNCIONES:

•     Evaluar la salud de todos los agentes de la Administración Pública Provincial y
desarrollar programas de mejoramiento de la salud del personal de la Administración
Pública Provincial estudiando los puestos de trabajos y sus riesgos ergonómicos y
psicofísicos, conjuntamente con el Departamento de Medicina Laboral.
•     Controlar los índices de ausentismo por enfermedad y accidente de los agentes de la
Administración Pública Provincial, teniendo como objetivo el mejoramiento a través
de acciones preventivas.
•     Realizar estudios estadísticos sobre la morbilidad del personal controlado y, en base a
ello, desarrollar programas de mejoramiento de la salud, llevando el control de sus
resultados mediante el uso de indicadores de gestión. Evaluar los costos y beneficios fijando las metas para seguir a futuro.
• Garantizar los registros estadísticos de morbimortalidad y ausentismo del personal de la Administración Pública.
REQUISITOS PARA EL CARGO:
Médico especialista en medicina del trabajo y/o con experiencia en el área.



ANEXO B (HOJA 07)
SECRETARÍA DE SALUD
SUBSECRETARÍA DE HOSPITALES
DIRECCIÓN GENERAL DE AUDITORÍA PRESTACIONES MÉDICAS Y SALUD
OCUPACIONAL
DIRECCIÓN PROVINCIAL DE SALUD OCUPACIONAL
DEPARTAMENTO PROVINCIAL RECONOCIMIENTOS MÉDICOS
DIVISIÓN PROVINCIAL MEDICINA PREVENTIVA
MISIÓN:
Mantener en el mejor nivel la salud del personal de la Administración Pública Provincial.
FUNCIONES:
•     Cumplimentar los requisitos legales y las normativas internas sobre la prevención de la salud y la higiene laboral de los trabajadores de la Administración Pública Provincial.
•     Llevar a cabo programas de vigilancia y prevención de la salud.
REQUISITOS PARA EL CARGO:
Médico especialista en medicina del trabajo y/o con experiencia en programas de prevención.


ANEXO B (HOJA 08)
SECRETARÍA DE SALUD
SUBSECRETARÍA DE HOSPITALES
DIRECCIÓN GENERAL DE AUDITORÍA, PRESTACIONES MÉDICAS Y SALUD
OCUPACIONAL
DIRECCIC PROVCIAL DE SALUD OCUPACIONAL
DEPARTAMENTO PROVINCIAL RECONOCIMIENTOS MÉDICOS
DIVISIÓN PROVINCIAL RECONOCIMIENTOS MÉDICOS
MISIÓN:
Analizar, evaluar y gestionar acciones para reducir el nivel de ausentismo de los agentes de la Administración Pública Provincial.
FUNCIONES:
• Controlar el ausentismo por enfermedad y accidentes del personal de la Administración
Pública Provincial.
Confeccionar estadísticas sobre la morbilidad y accidentología del personal observado.
Intercambiar la información recogida para planear programas de prevención de la salud
aplicables al personal de la Administración Pública Provincial.
REQUISITOS PARA EL CARGO:
Médico especialista en Medicina del Trabajo, con experiencia en la especialidad.


ANEXO B (HOJA 09)
SECRETARÍA DE SALUD
SUBSECRETARÍA DE HOSPITALES
DIRECCIÓN GENERAL DE AUDITORÍA, PRESTACIONES MÉDICAS Y SALUD
OCUPACIONAL
DIRECCIÓN PROVINCIAL DE SALUD OCUPACIONAL
DEPARTAMENTO PROVINCIAL GESTIÓN ADMINISTRATIVA LABORAL
MISIÓN:
Ejecutar los convenios con las compañías de Seguros y Aseguradoras de Riesgos del Trabajo para realizar el seguimiento de los pacientes que se asistan dentro del ámbito de la Secretaría de Salud.
Evaluar la efectividad de los programas de salud preventiva implementados.
FUNCIONES:

Gestionar y administrar los fondos que se recauden por los convenios de prestaciones
que se suscriban con personas, instituciones públicas o privadas, compañías de seguros
y aseguradoras de riesgos del trabajo (ART).
Confeccionar las estadísticas de prestaciones y ausentismo para desarrollar los
programas de control.
Realizar las tareas de seguimiento y control administrativo e informar a las
Aseguradoras y ART, la evolución de los pacientes atendidos.
REQUISITOS PARA EL CARGO:
Nivel terciario con experiencia en los procesos administrativos. No menos de tres (3) años de antigüedad en la Administración Pública Provincial.


ANEXO B (HOJA 10)
SECRETARÍA DE SALUD
SUBSECRETARÍA DE HOSPITALES
DIRECCIÓN GENERAL DE AUDITORÍA PRESTACIONES MÉDICAS Y SALUD
FiEf>
OCUPACIONAL
DIRECCIÓN PROVINCIAL DE SALUD OCUPACIONAL
DEPARTAMENTO PROVINCIAL MEDICINA LABORAL
MISIÓN:
Desarrollar Programas de recepción, asistencia y seguimiento de las personas con accidentes viales, laborales y domiciliarios, en el ámbito público o privado.
FUNCIONES:
• Garantizar, desde los electores hospitalarios, la prestación integral de servicios de asistencia en salud a personas con cobertura de seguros o de Aseguradoras de Riesgo de Trabajo (ART) que sufran accidentes de tránsito, domiciliarios o laborales y controlar que se les brinde el seguimiento médico asistencial hasta su alta definitiva.

•     Efectuar los exámenes de aptitud psico-física a las personas pertenecientes a
instituciones oficiales o privadas con quienes se celebren convenios prestacionales
desde la Secretaría de Salud.
•     Evaluar el estado de salud y aptitud psico-física, mediante exámenes de ingreso,
periódicos y de egreso de todas las personas de la Administración Pública Provincial.
•     Evaluar la salud de todos los agentes de la Administración Pública Provincial,
desarrollando programas de mejoramiento de la salud, estudiando sus puestos de
trabajo y sus riesgos ergonómicos y psicofísicos.
• Controlar los índices de ausentismo por enfermedad y accidente de los agentes de la Administración Pública Provincial, teniendo como objetivo el mejoramiento a través de acciones preventivas.
• Realizar estudios estadísticos sobre la morbilidad del personal controlado y en base a ello desarrollar programas de mejoramiento de la salud, llevando el control de sus
resultados mediante el uso de indicadores de gestión.
• Establecer los índices de control de gestión del proceso y su seguimiento.
•     Fijar las metas y desarrollar los planes para el mejoramiento de la calidad del servicio.
•     Ejecutar convenios con instituciones públicas o privadas, para realizar exámenes de aptitud psico-física de las personas.
• Cumplir con la reglamentación vigente sobre los riesgos laborales y realizar los controles de salud correspondientes a los agentes de la Administración Pública Provincial.


“Año de conmemoración del 30° Aniversario de la Reforma de la Constitución del Chubut”
PROVINCIA DEL CHUBUT
PODER EJECUTIVO
ANEXO B (HOJA 11)
REQUISITOS PARA EL CARGO:
Médico especialista en medicina del trabajo y/o con experiencia en la especialidad.




ANEXO B (HOJA 12)
SECRETARÍA DE SALUD
SUBSECRETARÍA DE HOSPITALES
DIRECCIÓN GENERAL DE AUDITORÍA PRESTACIONES MÉDICAS Y SALUD
OCUPACIONAL
DIRECCIÓN PROVINCIAL DE SALUD OCUPACIONAL

DEPARTAMENTO PROVINCIAL MEDICINA LABORAL
DIVISIÓN PROVINCIAL APTITUD PSICOFÍSICA
MISIÓN:
Brindar un servicio de excelencia en la evaluación de la aptitud para los puestos de trabajo del personal, tanto de la Administración Pública Provincial como de instituciones privadas. Evaluar y adaptar desde el punto de vista ergonómico, los puestos de trabajo al trabajador. FUNCIONES:
• Realizar y evaluar todos los exámenes de aptitud psicofísica tanto del personal de la

Administración Pública Provincial como de establecimientos o instituciones privadas,
con los que la Secretaría de Salud celebre convenios.
Confeccionar estadísticas sobre los exámenes realizados con el objeto de evaluar la
salud de la población examinada.
Realizar la evaluación ergonómica y profesiogramas de los puestos de trabajo de la
Administración Pública o a solicitud de instituciones privadas, aconsejando las mejoras
que se crean convenientes.
Adaptar los puestos de trabajo a las condiciones de los trabajadores, teniendo
especialmente en cuenta a las personas con capacidades diferentes.
REQUISITOS PARA EL CARGO:
Médico con especialidad en medicina del trabajo, o con experiencia en el área. Al menos tres
(3) años en la Administración Pública Provincial.



ANEXO B (HOJA 13)
SECRETARÍA DE SALUD
SUBSECRETARÍA DE HOSPITALES
DIRECCIÓN GENERAL DE AUDITORÍA PRESTACIONES MÉDICAS Y SALUD
OCUPACIONAL
DIRECCIÓN PROVINCIAL DE SALUD OCUPACIONAL
DEPARTAMENTO PROVINCIAL MEDICINA LABORAL
DIVISIÓN PROVINCIAL ACCIDENTOLOGÍA Y ENFERMEDADES
PROFESIONALES
MISIÓN:
Organizar y supervisar la atención que se brinde a todos los accidentados y pacientes con enfermedades profesionales, con cobertura de seguros, Aseguradoras de Riesgos del Trabajo (ART) y empresas auto aseguradas.
FUNCIONES:
• Atender y brindar todas las prestaciones en especie que les correspondan a los
accidentados y pacientes con enfermedades profesionales.
• Garantizar el recupero del gasto, a través de las aseguradoras correspondientes, fiscalizando el cumplimiento a las normas administrativas dispuestas para tal fin.
REQUISITOS PARA EL CARGO:
Médico especialista en medicina del trabajo y/o con experiencia en la especialidad. No menos de tres (3) años de antigüedad en la Administración Pública Provincial.



ANEXO B (HOJA 14)
SECRETARÍA DE SALUD
SUBSECRETARÍA DE HOSPITALES
DIRECCIÓN PROVINCIAL DE EMERGENCIAS SANITARIAS
MISIÓN:
Formular y ejecutar programas, subprogramas y actividades dirigidas a administrar las
derivaciones y emergencias en salud.
FUNCIONES:
• Participar en la ejecución de las funciones previstas por la legislación vigente en
materia de emergencias sanitarias y catástrofes.
• Preparar, difundir y actualizar los planes, órdenes y disposiciones a adoptar en
operativos en situaciones de riesgo y catástrofes colectivas y supervisar su ejecución.
• Elaborar y mantener actualizado un registro del recurso humano y de los
recursos materiales vinculados a la atención médica en los sectores estatales,
paraestatales y de otros sectores oficiales privados que puedan prestar asistencia ante
situaciones de emergencias individuales y colectivas.

• Dictar y mantener actualizados los manuales de normas técnicas y de procedimientos
para la derivación de pacientes y supervisar su ejecución.
• Evaluar técnicamente las indicaciones de derivaciones de pacientes y expedirse para
hacerla efectiva o no.
•     Asegurar el correcto traslado del paciente.
•     Asegurar el funcionamiento de la Red Interhospitalaria de Radio Comunicación.
•     Impulsar la organización de Bancos de Sangre en Hospitales nivel V y VII y equipos
de dadores voluntarios en los Hospitales nivel IV.
•     Organizar un sistema para efectuar interconsultas médicas o de otro tipo de situaciones
de emergencia por vía radial, telefónica o telemática, intra y extraprovincial.
•     Efectuar tareas de monitoreo, auditorías y evaluación del sistema de evacuación de
pacientes llevando las estadísticas de la actividad del servicio, tanto en lo asistencial
como en lo atinente al gasto.
•     Realizar el presupuesto anual del sistema de emergencias.
•     Coordinar toda acción específica, con otros organismos nacionales, provinciales y/o
municipales, que tengan idéntico objetivo y que puedan colaborar en las emergencias y
catástrofes.
•     Expedirse técnicamente en los convenios que puedan realizarse con establecimientos o
servicios de diferente complejidad ajenos a la Secretaría de Salud, situados dentro o
fuera de la provincia.
•     Promover programas y actividades destinadas a capacitar al recurso humano del sistema
y difundir a la comunidad los conocimientos necesarios para sobrellevar las situaciones


ANEXO B (HOJA 15)

de emergencias o catástrofes.
•     Recepcionar y verificar información sobre derivaciones relacionadas directa e
indirectamente a la Secretaría de Salud, Ministerio de Desarrollo Humano e Instituto
de Seguridad Social y Seguros.
•     Controlar y auditar las ayudas económicas que se soliciten por derivaciones sanitarias.
REQUISITOS PARA EL CARGO:
Médico especialista en emergencias sanitarias y/o con experiencia en el área de la
emergentología.



ANEXO B (HOJA 16)
SECRETARÍA DE SALUD
SUBSECRETARÍA DE HOSPITALES
DIRECCIÓN PROVINCIAL DE EMERGENCIAS SANITARIAS

DEPARTAMENTO PROVINCIAL EMERGENCIAS SANITARIAS
MISIÓN:
Coordinar una correcta relación de los sectores operativos dentro del territorio provincial, en sus distintos niveles: Nivel Central, Hospitales de Cabecera y Delegación de Emergencias Sanitarias en Casa del Chubut.
Supervisar los distintos programas, subprogramas y actividades dirigidas a administrar las derivaciones y emergencias en salud.
FUNCIONES:
• Participar en las Junciones previstas por la legislación vigente en materia de
emergencias sanitarias y catástrofes.
Coordinar las actividades con los diferentes sectores que intervienen en situaciones de
emergencia, individual o colectiva.
Hacer observar el cumplimiento de los manuales que contengan las normas y los
procedimientos técnicos y administrativos para la derivación de pacientes.
Coordinar las etapas de recepción de solicitudes de derivación de pacientes.
Controlar a los sectores responsables de tramitar turnos nacionales e internacionales.
Asegurar el traslado y regreso de los pacientes derivados con los recursos disponibles.
• Observar el funcionamiento de la Red Interhospitalaria de Radio Comunicaciones.
• Confeccionar los registros de los hechos inherentes a las actividades desarrolladas por Emergencias Sanitarias (solicitud de derivación de pacientes, autorización de emisión de pasajes, movilidad de avión sanitario, subsidio, registro de comunicaciones, fax,
radios y control de expedientes).
•     Solicitar a los responsables de los distintos servicios de Emergencias Sanitarias la información correspondiente a las actividades desarrolladas.
•     Difundir y/o comunicar planes, órdenes, disposiciones y reglamentaciones de
operatividad y supervisar su ejecución en terreno, si es necesario.
• Colaborar en la coordinación con otros organismos que posean idéntica finalidad.
REQUISITOS PARA EL CARGO:
Poseer título secundario completo y experiencia mayor a tres (3) años en emergencias sanitarias, manejo de PC y programas básicos.



ANEXO B (HOJA 17)
SECRETARÍA DE SALUD
SUBSECRETARÍA DE HOSPITALES
DIRECCIÓN PROVINCIAL DE EMERGENCIAS SANITARIAS
DEPARTAMENTO PROVINCIAL EMERGENCIAS SANITARIAS
SECCIÓN PROVINCIAL COMUNICACIONES
MISIÓN:
Asegurar un correcto funcionamiento de la Red Interhospitalaria de Radio Comunicación y coordinar una correcta intercomunicación de los sectores operativos dentro del territorio provincial, en sus distintos niveles: hospitales entre sí y/o con la Secretaría de Salud (Nivel Central).
Supervisar las actividades dirigidas a administrar la adecuada relación entre los distintos servicios de radios.
FUNCIONES:

Asegurar el buen funcionamiento de los equipos de radio y la inmediata reparación de
los que queden fuera de servicio.
Elaborar y planificar las guardias que garanticen el funcionamiento de un verdadero
servicio de comunicaciones.
Controlar y verificar del funcionamiento de las estaciones instaladas en hospitales,
puestos sanitarios y móviles.
• Elaborar los planes, normas y reglamentos para la operación del servicio de radio
comunicaciones y supervisar su ejecución.
•     Elaborar los planes de contingencias para situaciones de emergencia sanitaria, de modo de asegurar el servicio de radiocomunicaciones en la zona comprometida.
•     Cubrir, desde el servicio de radiocomunicaciones, la respuesta ante cualquier tipo de
emergencia.
•     Asesorar a las áreas correspondientes en la compra de equipos de radio a adquirir.
•     Mantener actualizado un registro de recursos humanos y técnicos disponibles en toda la provincia para poder contar con la capacidad de respuesta coordinada de los sectores estatales y privados, en situaciones de urgencia y emergencia.
•     Mantenerse permanentemente actualizado respecto del desarrollo tecnológico en el área de las telecomunicaciones para proponer las medidas de innovación necesarias que permitan optimizar la respuesta del sistema de emergencias.
REQUISITOS PARA EL CARGO:
Título secundario y experiencia mayor a tres (3) años en el área de la comunicación, manejo de PC y programas básicos.



ANEXO B (HOJA 18)
SECRETARÍA DE SALUD
SUBSECRETARÍA DE HOSPITALES
DIRECCIÓN PRC\ ^CIAL DE EMERGENCIA SANITARIA
DEPARTAMENTO PROVI NCIAL DERIVACIONES, AUDITORÍA Y
DELEGACIÓN EMERGENCIAS SANITARIAS - CASA DE LA PROVINCIA DEL
CHUBUT
MISIÓN:
Controlar y auditar los costos que demanden las internaciones, estudios, medicación, etc., que se soliciten por derivaciones médicas que hayan sido autorizadas por la Dirección Provincial de Emergencias Sanitarias, Nivel Central.
Registrar y supervisar los tumos, medicación, estudios y/o procedimientos quirúrgicos de pacientes derivados por la Secretaría de Salud.
FUNCIONES:

• Participar en la ejecución de las funciones previstas por la legislación vigente
materia de emergencias sanitarias.
•     Hacer observar el cumplimiento de los manuales que contengan las normas y
procedimientos técnicos y administrativos para la derivación de pacientes.
•     Elaborar y mantener actualizado un registro del recurso humano vinculado a la atención
médica en los sectores estatales, paraestatales y privados y de otros sectores oficiales a
nivel nacional que puedan prestar asistencia médica a pacientes derivados por la
los
Secretaría de Salud.
•     Evaluar los servicios prestados a pacientes derivados por la Secretaría de Salud y expedirse a cerca del resultado y cumplimiento de condiciones pactadas.
•     Coordinar toda acción específica a fin de mejorar la atención médica a pacientes derivados, entre hospitales nacionales y provinciales.
•     Realizar gestiones para establecer posibles convenios con organismos a nivel nacional.
REQUISITOS PARA EL CARGO:
Poseer título secundario; formación o experiencia acreditada de desempeño como asistente social o trabajo específico en el área de gestión y/o asistencia médica mayor a tres (3) años, manejo de PC y programas básicos.


ANEXO B (HOJA 19)
SECRETARÍA DE SALUD
SUBSECRETARÍA DE HOSPITALES
DIRECCIÓN PROVINCIAL DE ENFERMERÍA

MISIÓN:
Conducir la transformación de los sistemas de cuidados de enfermería, desarrollando nuevos modelos de atención, fomentando la intersectorialidad e interdisciplinariedad para mejorar la salud de las personas, la familia y la comunidad sustentadas en los principios de equidad y solidaridad.
FUNCIONES:
•     Conducir la gestión de los servicios de enfermería.
•     Colaborar en la adopción de decisiones y en la elaboración de las políticas del sector

en el ámbito provincial de la Secretaría de Salud.
Participar en la planificación estratégica de los programas de atención.
Contribuir a la política general pública en lo referente a los factores que influyen en el
cuidado de la salud.
Confeccionar los lincamientos políticos del área de enfermería, con el objeto de mejorar
la calidad de atención y satisfacer las necesidades del personal de enfermería.
Representar a la Dirección de Enfermería de la Provincia ante las autoridades
Provinciales, Nacionales, Internacionales, la comunidad y el cuerpo de Enfermería.
• Liderar actividades tendientes a lograr el perfeccionamiento constante y la calidad de
los cuidados.
•     Impulsar la reorganización de los servicios de enfermería, direccionando el interés hacia la persona, la familia y demás grupos sociales.
•     Asesorar a otros gestores sobre cuestiones que corresponden a la enfermería profesional.
•     Producir documentación con la información del área y elevarla a las autoridades correspondientes.
•     Promover la normatización y mecanismos de control de los cuidados de enfermería.
•     Evaluar las propuestas de incorporación de personal de enfermería de los establecimientos dependientes de la Secretaría de Salud.
•     Crear espacios para la discusión de las distintas situaciones que pudieran surgir y afectar al área de enfermería en los ámbitos de las instituciones de salud.
•     Evaluar el impacto de los servicios de enfermería sobre la atención en salud de la población.
•     Colaborar en el control del ejercicio de la enfermería en todos los ámbitos de la


ANEXO B (HOJA 20)
Provincia del Chubut.

•     Ofrecer asesoramiento a los diferentes niveles jerárquicos de enfermería y a otras áreas, a fin de lograr eficiencia, eficacia y equidad.
•     Incentivar la investigación en todos los campos del conocimiento de la enfermería.
•     Promover la prestación de cuidados de enfermería, éticos y humanos, que aseguren la equidad y la no discriminación.
•     Organizar la articulación entre la docencia y los servicios de enfermería mediante la elaboración de programas en forma conjunta.
•     Fomentar la intersectorialidad e interdisciplinariedad para mejorar la salud de las personas, la familia y la comunidad sustentadas en los principios de equidad y solidaridad.
• Orientar la implementación de programas de educación permanente en todos los niveles
del personal de Enfermería de acuerdo a las necesidades locales de salud de la población
y del personal.
Proyectar la formación y capacitación del área de enfermería de acuerdo a las
necesidades de los servicios y utilizando metodologías innovadoras.

REQUISITOS PARA EL CARGO:
Poseer título de licenciado en enfermería y tener experiencia en gestión de servicios afines no menor a tres (3) años.


ANEXO B (HOJA 21)
SECRETARÍA DE SALUD
SUBSECRETARÍA DE HOSPITALES

DIRECCIÓN PROVINCIAL DE ENFERMERÍA
DEPARTAMENTO PROVINCIAL DESARROLLO E INVESTIGACIÓN EN
ENFERMERÍA
MISIÓN:
Contribuir a la formación y al perfeccionamiento continuo y permanente del trabajo docente, educativo y metodológico y al desarrollo de la enfermería.
FUNCIONES:
• Crear redes y vínculos con los principales enfermeros/as, gerentes y entre éstos,

favoreciendo el liderazgo en la gestión.
•     Fortalecer las habilidades de liderazgo en los ambientes académicos y de servicios.
•     Contribuir en el avance de la disciplina de enfermería en el campo de la atención
comunitaria y de la epidemiología.
•     Crear o adaptar programas de acuerdo a las prioridades detectadas en el área.
•     Elaborar programas de formación y/o capacitación unidisciplinarios y
multidisciplinarios.
•     Fomentar el desarrollo de las capacidades y atributos pertinentes, no sólo en la
adquisición de conocimientos.
• Impulsar la investigación en Enfermería, tanto en lo referente a la calidad de la atención
brindada a la comunidad, como a la formación del recurso humano.
•     Motivar a la elaboración de proyectos de investigación operativa.
•     Evaluar el impacto que ejercen los pasantes y/o estudiantes de enfermería sobre el mejoramiento de los servicios.
•     Aplicar métodos de investigación científicas con el propósito de mejorar la atención de enfermería, con la utilización de técnicas y/o procedimientos innovadores.
•     Participar en la formación de grado del personal de enfermería.
REQUISITOS PARA EL CARGO:
Poseer título de licenciado en enfermería con capacitación de docencia acreditada.



ANEXO B (HOJA 22)
SECRETARÍA DE SALUD
SUBSECRETARÍA DE HOSPITALES
DIRECCIÓN PROVINCIAL DE ENFERMERÍA
DEPARTAMENTO PROVINCIAL ÁREA TÉCNICA Y GESTIÓN EN
ENFERMERÍA
MISIÓN:
Contribuir al cumplimiento de los objetivos y lincamientos políticos de la Dirección Provincial de Enfermería.
FUNCIONES:
•     Integrar el equipo de planificación y gestión de la Dirección Provincial de Enfermería.
•     Conocer los objetivos, políticas, normas, leyes, procedimientos y sistemas de trabajo de enfermería.

•     Suplir a la Dirección Provincial de Enfermería ante las ausencias de ésta.
•     Elaborar planes y programas de enfermería.
•     Realizar el control de gestión en los servicios de enfermería.
•     Desarrollar actividades específicas de acuerdo a los planes de acción que determinen
los programas diseñados por el área.
•     Evaluar, conjuntamente con los responsables locales, el grado de cumplimiento de las
metas establecidas.
•     Orientar al personal jerárquico de enfermería en los principios técnicos administrativos
que guíen el accionar o que se relacione con su tarea o actividad.
•     Monitorear en forma periódica el funcionamiento de las áreas de enfermería.
•     Participar en el proceso de normatización técnica con el objeto de lograr una atención
de enfermería eficiente y eficaz.
•     Intervenir en la planificación de las actividades intra e intersectoriales específicas del
área.
•     Supervisar y evaluar el desarrollo del plan de trabajo de enfermería, a nivel zonal y local.
•     Asesorar y apoyar en la operacionalización de los programas y plan de acción dentro del marco de la estrategia de atención primaria, el desarrollo de los recursos humanos y la articulación intersectorial.
•     Mantener actualizada la plantilla de dotación de personal de enfermería y ajustarla de acuerdo a los recursos técnicos y financieros con que cuenta la provincia.
•     Ofrecer asesoramiento a los diferentes niveles jerárquicos de enfermería, a fin de que cumplan su cometido con eficiencia, eficacia y equidad. .
•     Identificar los problemas y/o necesidades de los servicios y proponer alternativas de
solución.


ANEXO B (HOJA 23)
• Supervisar la calidad de atención de enfermería mediante el uso de indicadores previamente establecidos.
REQUISITOS PARA EL CARGO:
Poseer título de licenciado en enfermería.




ANEXO B (HOJA 24)
SECRETARÍA DE SALUD
SUBSECRETARÍA DE HOSPITALES
DIRECCIÓN PROVINCIAL DE ENFERMERÍA
DEPARTAMENTO PROVINCIAL ÁREA TÉCNICA Y GESTIÓN EN
ENFERMERÍA
DIVISIÓN PROVINCIAL GESTIÓN EN ÁREA URBANA
MISIÓN:
Asegurar que los cuidados de enfermería en los hospitales de mayor complejidad sean eficientes, eficaces y equitativos en pos de la salud de la comunidad.
FUNCIONES:
• Conocer los objetivos, políticas, normas, leyes, procedimientos y sistemas de trabajo de enfermería.

Realizar el control de gestión mediante rondas periódicas a los hospitales de mayor
complejidad.
Realizar reuniones con los jefes de departamento, divisiones o secciones de enfermería,
incorporando a los representantes de la comunidad y de los trabajadores de enfermería
del lugar, cada vez que fuere necesario.
Asesorar a los jefes de enfermería en los principios técnicos o administrativos que guíen
su accionar o que se relacionen con su tarea.
•     Proponer alternativas en la resolución de los problemas detectados.
•     Determinar las necesidades de formación y/o capacitación de recursos humanps.
•     Mantener un censo actualizado del personal de enfermería de cada uno de los hospitales.
•     Elaborar el diagnóstico de situación de cada uno de los hospitales para definir
prioridades a satisfacer.
• Participar en el proceso de normatización técnica con el objeto de lograr eficiencia,
eficacia y equidad en la atención de enfermería.
•     Proponer sugerencias que faciliten la toma de decisiones.
•     Elaborar informes de la atención de enfermería en los hospitales de mayor complejidad.
REQUISITOS PARA EL CARGO:
Poseer título de técnico en enfermería o licenciado en enfermería.


ANEXO B (HOJA 25)
SECRETARÍA DE SALUD
SUBSECRETARÍA DE HOSPITALES
DIRECCIÓN PROVINCIAL DE ENFERMERÍA
DEPARTAMENTO PROVINCIAL ÁREA TÉCNICA Y GESTIÓN EN

ENFERMERÍA
DIVISIÓN PROVINCIAL GESTIÓN EN ÁREA RURAL
MISIÓN:
Asegurar que los cuidados de enfermería en los hospitales rurales sean eficientes, eficaces y equitativos en pos de la salud de la comunidad.
FUNCIONES:
• Conocer los objetivos, políticas, normas, leyes, procedimientos y sistemas de trabajo de enfermería.

Direccionar el normal cumplimiento de las actividades de enfermería en los hospitales
de área rural y puestos sanitarios correspondientes.
Realizar el control de gestión mediante rondas periódicas a los hospitales rurales.
Realizar reuniones con los jefes de divisiones o unidades de enfermería, incorporando
a los representantes de la comunidad y de los trabajadores de enfermería del lugar cada
vez que fuere necesario.
Orientar a los enfermeros jefes en los principios técnicos o administrativos que guíen
su accionar o que se relacionen con su tarea.
• Proponer alternativas en la resolución de los problemas detectados en los establecimientos del área rural.
•     Determinar las necesidades de formación y/o capacitación de recursos humanos.
•     Mantener un censo actualizado del personal de enfermería de su zona y de diagnóstico de situación de cada uno de los hospitales, para definir prioridades a satisfacer.
•     Participar en el proceso de normalización técnica con el objeto de lograr eficiencia, eficacia y equidad en la atención de enfermería.
•     Elaborar el diagnóstico situacional de enfermería del área rural cada vez que sea necesario.
REQUISITOS PARA EL CARGO:
Poseer título de licenciado en enfermería o enfermera/o.


ANEXO B (HOJA 26)
SECRETARÍA DE SALUD
SUBSECRETARÍA DE HOSPITALES
DIRECCIÓN PROVINCIAL DE RECURSOS FÍSICOS EN SALUD

MISIÓN:
Formular los lincamientos metodológicos que permitan planificar, actualizar y conservar en forma integral los recursos físicos en salud de la Provincia.
FUNCIONES:
•     Elaborar los lincamientos metodológicos que permitan la planificación integral de los recursos físicos en salud y los programas médicos arquitectónicos, de equipamiento, de operación, ingeniería y conservación de los nuevos recursos basados en la programación funcional propuesta.
•     Brindar asesoramiento técnico y participar en la elaboración de los planes de obra y de mantenimiento anuales que reflejen las políticas que en materia de salud se desarrollen

en la Provincia, fiscalizando posteriormente su cumplimiento.
Elaborar, orientar y controlar la inversión de los fondos especiales de acuerdo a los
convenios firmados, procurando el máximo aprovechamiento de los recursos.
Mantener permanentemente actualizado el Catastro Físico Hospitalario, estado de
conservación, mensuras y estado de dominio de los terrenos e infraestructura.
Actuar como nexo y enlace entre la Secretaría de Salud y el organismo ejecutor de los
planes de obra (Secretaría de Infraestructura y Planificación) asesorando en los
proyectos y recepcionando las obras en representación del mismo.
• Mantener relación con aquellas áreas intra y extra sectoriales en el ámbito provincial
y/o nacional por delegación del Secretario de Salud.
• Mantener actualizados los datos sobre inversiones que otros organismos ejecuten para
el sector salud.
•     Ejecutar normas y disposiciones que reglamenten las actividades del ejercicio de la medicina dentro del área específica: recurso físico y equipamiento.
•     Participar en la elaboración de los estándares de acreditación y categorización, con alternativas crecientes de complejidad que contemplen los recursos y modalidades de atención existentes en la Provincia, cuyo resultado final tienda a mejorar la calidad de la atención médico asistencial.
•     Participar en la definición de las categorías de los establecimientos asistenciales en términos de requisitos básicos dentro del Programa de Garantía de Calidad de la Atención Médica promoviendo el uso racional de los recursos, tendientes a la evaluación dinámica de los recursos y resultados médicos institucionales que verifiquen o no la presencia de los signos de calidad.
•     Elaborar normas técnicas.


ANEXO B (HOJA 27)

•     Definir la mecánica operativa que lleve a efectuar el relevamiento de carácter obligatorio para todos los establecimientos de Salud (públicos y privados), estableciendo los procedimientos administrativos y técnicos necesarios para realizar tales evaluaciones.
•     Crear una base de datos que permita llevar registros actualizados de los mecanismos de acreditación y categorización, efectuando la recolección, procesamiento y análisis de datos de los establecimientos asistenciales, emitiendo las constancias o certificaciones que correspondan.
•     Cooperar dentro de la temática enunciada con la seguridad social y entidades públicas y privadas asesorándolos y realizando un mecanismo de relación docente con los mismos.
REQUISITOS PARA EL CARGO:
poseer título universitario de arquitecto, ingeniero, bioingeniero, u otro profesional con
experiencia sanitaria y/o planificación del recurso físico en salud.



ANEXO B (HOJA 28)
SECRETARÍA DE SALUD
SUBSECRETARÍA DE HOSPITALES
DIRECCIÓN PROVINCIAL DE RECURSOS FÍSICOS EN SALUD
DEPARTAMENTO PROVINCIAL ARQUITECTURA
MISIÓN:
Colaborar en forma directa con la Dirección Provincial de Recursos Físicos en Salud, en la elaboración de los lincamientos metodológicos que permitan la planificación integral de los recursos físicos en salud, y los programas arquitectónicos, de equipamiento, ingeniería y conservación de recursos basados en una programación funcional propuesta.
FUNCIONES:


Elaborar los programas arquitectónicos y de equipamiento como respuesta a las
programaciones médico funcionales propuestas.
Realizar relevamientos edificios y catastrales en hospitales, puestos sanitarios, centros
de salud, viviendas y todo edificio que pertenezca a la Secretaría de Salud para ser
volcados a sistema informático y coordinar las tareas de puesta en funcionamiento de
los mismos.
Elaborar y organizar los proyectos de equipamiento integral de los nuevos edificios
hospitalarios, ampliaciones, remodelaciones y coordinar las tareas de puesta en
funcionamiento de los mismos.
•     Actuar como representante técnico de la Secretaría de Salud en las inspecciones y/o recepciones parciales o finales de toda obra que se realicen para la Secretaría de Salud, a través de este organismo, Subsecretaría de Obras Públicas.
•     Elaborar la documentación técnica de los anteproyectos y/o proyecto de las modificaciones o reestructuraciones y ampliaciones de los edificios hospitalarios que así lo requieran, como los de nuevas localizaciones.
•     Realizar los planos correspondientes a la obra, pliego de cláusulas técnicas generales y cláusulas de técnica particulares con la respectiva planilla de avance de obra y análisis de precios y todo otra documentación técnica requerida.
•     Elaborar las especificaciones técnicas necesarias para la compra de materiales y/o equipamiento básico y contrataciones de terceros.
REQUISITOS PARA EL CARGO:
Poseer título de arquitecto, ingeniero o maestro mayor de obras (M.M.O) y experiencia mayor a los tres (3) años en el área, manejo de PC y programas básicos.



ANEXO B (HOJA 29)
SECRETARÍA DE SALUD
SUBSECRETARÍA DE HOSPITALES
DIRECCIÓN PROVINCIAL DE RECURSOS FÍSICOS EN SALUD
DEPARTAMENTO PROVINCIAL INGENIERÍA BIOMÉDICA
MISIÓN:
Planificar, programar, ejecutar y supervisar las acciones dirigidas a la adquisición y baja del recurso electromédico en todo el territorio provincial.
FUNCIONES:
• Elaborar, orientar, controlar y evaluar las inversiones de los fondos especiales dirigidas a la adquisición de equipamiento electromédico.

Mantener permanentemente actualizado el catastro del recurso electromédico que
deberá contener el estado de conservación, tiempo de vida útil y probable baja de los
recursos electromédicos.
Controlar la contratación y participación de terceros en lo referente al recurso
electromédico provincial.
Normalizar pliegos de contrataciones y condiciones especiales a contemplar en la
ejecución de los mismos.
Elaborar bases de datos que incluyan las diversas alternativas existentes en la plaza, los
proveedores de equipamientos, las características y calidad de los servicios brindados,
para orientar la mejor adquisición y conveniencia en futuras inversiones. Dichas bases
de datos deberán estar actualizadas permanentemente.
Proponer programas de capacitación sobre uso y mantenimiento de equipos
electromédicos para el personal de mantenimiento de los hospitales considerando las
alternativas de complejidad de los equipamientos existentes en la Provincia.
Programar estándares de equipamiento médico según el nivel de complejidad de los
establecimientos, los cuales se actualizarán constantemente considerando los avances
de las nuevas tecnologías.     .
•     Elaborar las especificaciones técnicas básicas necesarias para la adquisición de equipamiento electromédico.
•     Participar en las comisiones de asesoramiento técnico para las contrataciones y compras de equipos de electromedicina, tanto para aquellas encargadas a través del Nivel Central o por medio de Programas Especiales.
•     Elaborar normas de bioseguridad en los servicios especiales que utilicen equipamientos electromédicos que pongan en riesgo la vida del paciente y del personal hospitalario.



ANEXO B (HOJA 30)
REQUISITOS PARA EL CARGO:
Poseer título universitario de Ingeniero orientado en Electromedicina, Bioingeniero o secundario Técnico con especialidad en Electromedicina. Experiencia superior a los tres (3) años en el área, manejo de PC y programas básicos.



ANEXO B (HOJA 31)
SECRETARÍA DE SALUD
SUBSECRETARÍA DE HOSPITALES
DIRECCIÓN PROVINCIAL DE RECURSOS FÍSICOS EN SALUD

DEPARTAMENTO PROVINCIAL MANTENIMIENTO EDILICIO
MISIÓN:
Planificar y programar el mantenimiento de las instalaciones de los recursos en salud existentes en la Provincia, fiscalizando posteriormente su cumplimiento.
FUNCIONES:
•     Elaborar un plan de relevamiento que permita un diagnóstico sobre el estado de conservación de los establecimientos y sus instalaciones en general, sobre necesidades y/o modificaciones, manteniéndolo siempre actualizado.
•     Controlar y fiscalizar el mantenimiento de las viviendas de servicio de la Secretaría de Salud en toda la Provincia, llevando una base de datos actualizada sobre los usuarios

de las mismas.
Elaborar normas y los programas de mantenimiento tendientes a preservar los recursos
físicos existentes, sus instalaciones, evaluando las necesidades más prioritarias para su
recuperación.
Proponer y redactar normas a aplicarse en el ámbito provincial para la ejecución del
primer escalón del mantenimiento edificio y de instalaciones en general en función con
la categoría y nivel de complejidad y en un todo de acuerdo con las instalaciones
existentes en la provincia.
Asesorar sobre las alternativas de ejecución de obras de mantenimiento a efectos de
aconsejar la más conveniente para el establecimiento a recuperar y para la provincia.
Elaborar las especificaciones técnicas necesarias para la compra de materiales y/o
equipamiento básico y contrataciones de terceros.
REQUISITOS PARA EL CARGO:
Poseer título de técnico en electromecánica, electromedicina, maestro mayor de obras u otra tecnicatura en directa relación con el área y experiencia mayor a los tres (3) años en el departamento. Conocimiento de PC y programas básicos.



ANEXO B (HOJA 32)
SECRETARÍA DE SALUD
SUBSECRETARÍA DE HOSPITALES
DIRECCIÓN GENERAL DE GESTIÓN DE CALIDAD EN SALUD
MISIÓN:
Coordinar acciones a fin de implementar un sistema de gestión de mejora continua de la calidad en la atención de todos los servicios de salud, reconociendo a la calidad en salud como principio que debe regir a los sistemas orientados a la estrategia de Atención Primaria de la Salud.
FUNCIONES:
•     Participar en el diseño de la planificación operativa de la Subsecretaría de Salud Pública.
•     Coordinar con todas las direcciones, departamentos y divisiones dependientes de la Subsecretaría de Programas de Salud, acciones tendientes a mejorar la calidad de los servicios de salud.

•     Propiciar la participación de los miembros del equipo de salud en la búsqueda
permanente de servicios de calidad, creciente.
•     Diseñar una red social referida al aprendizaje en gestión de calidad que permita
compartir experiencias para lograr mejores resultados.
•     Promover la formación de actividades de gestión de calidad en el sistema de salud
mediante actividades voluntarias, internas y documentadas.
•     Poner en funcionamiento acciones de evaluación y mejora de la calidad como actividad
normalizada y sistemática.
•     Aplicar la metodología de resolución de problemas para la mejora continua de los
procesos de atención de la salud.
•     Desarrollar ciclos completos de mejora, con su correspondiente monitorización y
evaluación.
•     Identificar necesidades de capacitación en el área y organizar las actividades necesarias
para su satisfacción.
•     Desarrollar redes de comunicación y aprendizaje mediante la implementación de una
base de datos actualizada en temas de gestión de calidad.
•     Desarrollar líneas de investigación para la resolución de problemas metodológicos
concretos.
•     Lograr la constitución de Comités de Gestión de Calidad (CGC) en hospitales e instituciones dependientes de la Secretaría de Salud, que permitan la integración de equipos interdisciplinarios e interinstitucionales, promoviendo la capacitación y formación de los recursos humanos.
•     Diseñar el presupuesto de la dirección.



ANEXO B (HOJA 33)
REQUISITOS PARA EL CARGO;
Profesional con experiencia reconocida en sistemas de gestión de calidad y coordinación de
equipos de trabajo.



ANEXO B (HOJA 34)
SECRETARÍA DE SALUD
SUBSECRETARÍA DE HOSPITALES
DIRECCIÓN GENERAL DE GESTIÓN DE CALIDAD EN SALUD
DIRECCIÓN PROVINCIAL CALIDAD Y SEGURIDAD DEL PACIENTE
MISIÓN:
Establecer parámetros de la evaluación de calidad de servicios, establecimientos y redes de salud, teniendo en cuenta la medicina basada en evidencias y la evaluación de tecnologías sanitarias.
FUNCIONES:
Fomentar y desarrollar investigaciones operativas vinculadas a la calidad de los servicios de salud y la seguridad de los pacientes.
Implementar acciones destinadas a garantizar la seguridad de los pacientes y la gestión de riesgos sanitarios.
Coordinar operativamente el Programa Nacional de la Calidad de la Atención Médica. Promover y desarrollar la estandarización de procesos asistenciales y las guías de práctica clínica, tendientes a disminuir la variabilidad dentro de la práctica clínica.
Desarrollar metodologías para el monitoreo en forma permanente de las necesidades y expectativas de los usuarios del sistema de salud.
REQUISITOS PARA EL CARGO:
Poseer título de médico o del arte de curar con experiencia en el área de control de calidad, preferentemente en la Administración Pública.



ANEXO B (HOJA 35)
SECRETARÍA DE SALUD
SUBSECRETARÍA DE HOSPITALES
DIRECCIÓN GENERAL GESTIÓN DE CALIDAD EN SALUD
DIRECCIÓN PROVINCIAL CALIDAD Y SEGURIDAD DEL PACIENTE
DEPARTAMENTO PROVINCIAL AUDITORÍA DE ESTABLECIMIENTOS DEL
NIVEL I
MISIÓN:
Incorporar la gestión de calidad en el ámbito de los servicios de salud de la Provincia del Chubut a fin de acompañar el proceso de fortalecimiento del sistema público de atención de la salud.
FUNCIONES:
• Implementar y desarrollar programas y evaluaciones de controles de calidad en

hospitales rurales, puestos sanitarios y centros de atención primaria de la salud de toda
la Provincia del Chubut.
Coordinar los procesos de auditorías de establecimientos del primer nivel de atención.
Determinar estándares y criterios de calidad, en base a guías nacionales para una
adecuada implementación de sistemas de gestión de calidad acompañando la
incorporación de herramientas e instrumentos que permitan optimizar su
funcionamiento.
•     Realizar los informes de resultados y el posterior análisis de los mismos.
•     Desarrollar líneas de investigación para la resolución de problemas metodológicos
concretos.
• Identificar un referente de gestión de calidad en cada dependencia sanitaria a fin de darle cumplimiento a la implementación continua de un sistema de gestión de calidad.
REQUISITOS PARA EL CARGO:
Poseer título secundario y experiencia no menor a tres (3) años en tareas similares, manejo avanzado de PC y conocimiento de normativas vigentes.



ANEXO B (HOJA 36)
SECRETARÍA DE SALUD
SUBSECRETARÍA DE HOSPITALES
DIRECCIÓN GENERAL GESTIÓN DE CALIDAD EN SALUD
DIRECCIÓN PROVINCIAL CALIDAD Y SEGURIDAD DEL PACIENTE
DEPARTAMENTO PROVINCIAL AUDITORÍA DE ESTABLECIMIENTOS DEL
NIVEL II
MISIÓN:
Incorporar la gestión de calidad en el ámbito de los servicios de salud de la Provincia de Chubut a fin de acompañar el proceso de fortalecimiento del sistema público de atención de la salud. Promover el desarrollo e implementación de programas de controles de calidad en el Hospital Regional, Hospitales Zonales y Subzonales de toda la Provincia del Chubut.
FUNCIONES:
Coordinar los procesos de auditoría de establecimientos del primer nivel de atención.
Determinar estándares y criterios de calidad, en base a guías nacionales para una
adecuada implementación de sistemas de gestión de calidad acompañando la
incorporación de herramientas e instrumentos que permitan optimizar su
funcionamiento.
•     Realizar los informes de resultados y el posterior análisis de los mismos.
•     Desarrollar ciclos completos de mejora con su correspondiente monitorización y
' evaluación.
•     Desarrollar líneas de investigación para la resolución de problemas metodológicos
concretos.
•     Identificar un referente de gestión de calidad en cada dependencia sanitaria a fin de
darle cumplimiento a la implementación continua de un sistema de gestión de calidad.
REQUISITOS PARA EL CARGO:
Poseer título secundario y experiencia no menor a tres (3) años en tareas similares, manejo avanzado de PC y conocimiento de normativas vigentes.



ANEXO B (HOJA 37)
SECRETARÍA DE SALUD
SUBSECRETARÍA DE HOSPITALES
DIRECCIÓN GENERAL AUDITORÍA PRESTACIONES MÉDICAS Y SALUD
OCUPACIONAL
DIRECCIÓN PROVINCIAL CALIDAD Y SEGURIDAD DEL PACIENTE
DEPARTAMENTO PROVINCIAL AUDITORÍA MÉDICA
MISIÓN:
Medir y valorar la eficiencia de los agentes de línea. Mejorar y asegurar el nivel de prestaciones brindadas a los pacientes.
FUNCIONES:
• Auditar la calidad y eficiencia de las prestaciones médicas brindadas en todos los
programas.
• Establecer normas de procedimientos para mejorar las prestaciones y aprovechar los
recursos.
•     Revisar los procedimientos y proponer mejoras.
•     Analizar los procedimientos realizados y controlar que se ajusten a la normativa.
REQUISITOS PARA EL CARGO:
Poseer título de médico especialista o antecedentes en auditoría médica.



ANEXO B (HOJA 381
SECRETARÍA DE SALUD
SUBSECRETARÍA DE HOSPITALES
DIRECCIÓN GENERAL AUDITORÍA PRESTACIONES MÉDICAS Y SALUD
OCUPACIONAL
DIRECCIÓN PROVINCIAL CALIDAD Y SEGURIDAD DEL PACIENTE
DEPARTAMENTO PROVINCIAL AUDITORÍA ASISTENCIAL
MISIÓN:
Evaluar, en forma independiente, los procesos administrativos y prestacionales de los programas asistenciales propios de la Secretaría de Salud y los convenidos con otras instituciones o estamentos Municipales, Provinciales o Nacionales.
FUNCIONES:
• Revisar y evaluar el cumplimiento de las propuestas, planes, procedimientos y registros


administrativos y asistenciales.
Medir y valorar la eficacia, amplitud y aplicación de los controles operativos.
Juzgar la calidad del trabajo desarrollado para dar cumplimiento a los deberes
asignados.
Determinar el cumplimiento de los programas sanitarios dispuestos por la Secretaría de
Salud, su planificación y procedimientos vigentes.
Brindar asesoramiento a los efectores de la Secretaría de Salud acerca de los planes y
los procesos administrativos y asistenciales en vigor que garanticen la calidad y cantidad de servicios asistenciales.
•     Revisar y proponer los indicadores de gestión, realizar las estadísticas para el control de cada uno de los procesos de los programas asistenciales de la Secretaría de Salud.
•     Garantizar y resguardar la información obtenida, facilitando la misma para mej orar la calidad y productividad de las prestaciones que se efectúen a través de los programas asistenciales de la Secretaría de Salud.
•     Proponer y garantizar el desarrollo del soporte informático necesario que permita hacer efectiva la evaluación de procesos.
REQUISITOS PARA EL CARGO:
Título terciario con experiencia administrativa y prestacional. No menos de tres (3) años de antigüedad en la Administración Pública Provincial.


ANEXO B (HOJA 39)
SECRETARÍA DE SALUD
SUBSECRETARÍA DE HOSPITALES
DIRECCIÓN GENERAL DE GESTIÓN DE CALIDAD EN SALUD
DIRECCIÓN PROVINCIAL DE REGULACIÓN DE POLÍTICAS SANITARIAS
MISIÓN:
Regulación y control de las políticas sanitarias dispuestas.
Desarrollo y control de calidad en consonancia con las normativas dispuestas por la Secretaría de Salud de la Nación.
FUNCIONES:
•     Recabar información de los organismos nacionales competentes en todo lo atinente a
actualizaciones de las distintas actividades del área, promoviendo el cumplimiento
provincial.
•     Proponer las sanciones que correspondan por el incumplimiento de la legislación
vigente y dictada la resolución con la sanción pertinente, aplicarla en los términos que
determine la misma.
•     Proponer el proyecto de presupuesto del área que asegure su funcionamiento y el
cumplimiento de los objetivos establecidos.
•     Control y seguimiento de los programas de calidad dispuestos por la Secretaría de Salud
de la Nación.
REQUISITOS PARA EL CARGO:
Profesional médico con experiencia en políticas sanitarias.



ANEXO B (HOJA 40)
SECRETARÍA DE SALUD
SUBSECRETARÍA DE HOSPITALES
DIRECCIÓN GENERAL DE GESTIÓN DE CALIDAD EN SALUD
DIRECCIÓN PROVINCIAL DE REGULACIÓN DE POLÍTICAS SANITARIAS
DEPARTAMENTO PROVINCIAL REGULACIÓN DE POLÍTICAS Y
LEGISLACIÓN SANITARIA
MISIÓN:
Elaborar proyectos de ley y/o nuevos instrumentos legales, que garanticen las políticas sanitarias implementadas o a implementar por la Secretaría de Salud.
Asistir a la Dirección Provincial de Regulación de Políticas Sanitarias en la evaluación y actualización de las leyes vigentes, referidas al ejercicio profesional, fiscalización sanitaria, garantía de calidad y todos los procesos administrativos.
Colaborar en la elaboración de nuevas normas reglamentarias y procesos administrativos,
lacionados al área de competencia.
ántar al Director Provincial de Regulación de Políticas Sanitarias en caso de ausencia.
FUNCIONES:
•     Elaborar y redactar los proyectos de leyes dispuestos por la Dirección Provincial DE
Regulación de Políticas Sanitarias en las áreas de competencia.
•     Analizar y colaborar con la Dirección Provincial de Regulación de Políticas Sanitarias,
en la elaboración de las normas reglamentarias y regulación de procesos administrativos relacionados con el ejercicio profesional y de los establecimientos
asistenciales.
•     Colaborar en la supervisión, actualización de los registros en el otorgamiento de matrícula profesional y reconocimiento de especialidades por parte de la Secretaría de Salud.
•     Colaborar en los aspectos pertinentes a registros y control de Obras Sociales, Mutuales y en la fiscalización de las mismas.
•     Colaborar con la revisión, actualización y modificación de reglamentación, nueva instrumentación legal, actualización de temas de competencia profesional, según pautas nacionales y/o provinciales de garantía de calidad de atención de la salud.
•     Realizar inspecciones de carácter técnico profesional de acuerdo a normas vigentes y el Programa de Garantía de Calidad aprobado en establecimientos estatales o privados donde se realicen actividades de diagnóstico, tratamiento, asistencia de salud a las personas y a la comunidad, en conjunto con las áreas de recursos físicos en salud y UNA Salud.


ANEXO B (HOJA 41)

•     Realizar inspecciones en el ámbito del ejercicio profesional, a pedido de la Dirección Provincial de Regulación de Políticas Sanitarias comunicando los resultados correspondientes para la habilitación, cambio de denominación y/o clausura o cierre de establecimientos de salud de acuerdo a las normas de funcionamiento, categorización según las pautas establecidas en Programas de Garantía de Calidad y/o normas vigentes provinciales.
•     Determinar en conjunto con la Dirección Provincial de Regulación de Políticas Sanitarias, los Departamentos Zonales, las Direcciones de Recursos Físicos en Salud y Dirección Provincial UNA Salud, la efectivización de las inspecciones que sean de su
competencia.
Elevar los informes de las actividades realizadas a la Dirección Provincial de
Regulación de Políticas Sanitarias de su dependencia, proponiendo con la
fúndamentación correspondiente, las habilitaciones, modificaciones, sanciones,
instrucción de sumarios, de acuerdo a la normativa vigente.
• Colaborar en los proyectos de presupuesto del área de su competencia.
REQUISITOS PARA EL CARGO:
Poseer título de abogado.



ANEXO B (HOJA 42)
SECRE1ARÍA DE SALUD
SUBSECRETARÍA DE HOSPITALES
DIRECCIÓN GENERAL DE GESTIÓN DE CALIDAD EN SALUD
DIRECCIÓN PROVINCIAL DE FISCALIZACIÓN Y MATRICULACIÓN
MISIÓN:
Fiscalización del cumplimiento de la legislación vigente que reglamenta el ejercicio profesional de la medicina, odontología y actividades de colaboración.
Inscripción y certificación de matrícula de los profesionales de la salud.
Recertificación y otorgamiento de títulos de especialistas.
FUNCIONES:
• Proponer la modificación, reglamentación y/o proyectos de instrumentos legales, con
el propósito de mantener su permanente actualización.
proponer normas sobre el tema de competencias para la aplicación en el ámbito
provincial.
Entender la problemática, mantener y actualizar el registro y los controles sanitarios,
relacionados con la infraestructura, equipamiento, aparatos, etc., conforme a la
normativa vigente.
Entender en la regulación y fiscalización sanitaria, en la elaboración, incorporación,
registro y sistematización de normativas orientadas a la eficacia, efectividad, eficiencia
y calidad de los establecimientos y servicios de salud.
• Supervisar los registros pertinentes para otorgar la matrícula profesional y disponer el reconocimiento de especialidades por parte de la Secretaría.
REQUISITOS PARA EL CARGO:
Profesional médico o del arte de curar con experiencia en el área de fiscalización, preferentemente en la Administración Pública Provincial.



ANEXO B (HOJA 43)
SECRETARÍA DE SALUD
SUBSECRETARÍA DE HOSPITALES
DIRECCIÓN GENERAL DE GESTIÓN DE CALIDAD EN SALUD
DIRECCIÓN PROVINCIAL DE FISCALIZACIÓN Y MATRICULACIÓN
DEPARTAMENTO PROVINCIAL CERTIFICACIÓN Y MATRICULACIÓN
MISIÓN:
Atención a los profesionales que solicitan su matriculación, certificación de especialista y
demás constancias, con registro y archivo de los datos que deberán ser actualizados según
normativas vigentes, con altas y bajas, como también habilitación de instituciones.
NCIONES:
Controlar las distintas acciones que se realizan en el ámbito de su Departamento, ya sea
de la atención al público para distintas consultas, referidas a matriculación, análisis de
la documentación para acreditar especialidades y certificaciones varias.
•     Mantener los registros y archivos actualizados, según las normativas vigentes.
Organizar, ordenar, supervisar y colaborar en forma continua en la correcta carga en la
base de datos, de las matrículas y de los expedientes de los establecimientos habilitados
o en trámite de habilitación, manteniendo un padrón actualizado con altas y bajas, de
profesionales médicos, paramédicos de instituciones sanitarias.
Supervisar la correcta provisión de artículos de librería, a los fines de que se produzca
el faltante de Kardex y certificados.
•     Recabar toda la información y documentación tanto de nivel Provincial como Nacional
referida a la validación de todas las carreras que tienen que ver con la salud.
REQUISITOS PARA EL CARGO:
Poseer título secundario, experiencia y conocimientos de las normas que rigen en el tema y manejo avanzado de computación.



ANEXO B (HOJA 44)
SECRETARÍA DE SALUD
SI 3SLCRLL ARIA DE HOSPITALES
DIRECCIÓN GENERAL DE GESTIÓN DE CALIDAD EN SALUD
DIRECCIÓN PROVINCIAL DE FISCALIZACIÓN Y MATRICULACIÓN
DEPARTAMENTO PROVINCIAL FISCALIZACIÓN SANITARIA
MISIÓN:
Colaborar con la Dirección Provincial de Fiscalización y Matriculación en el análisis de normas reglamentarias y procedimientos administrativos relacionados con el ejercicio de las profesiones y de establecimientos asistenciales de salud.
Implementar el programa de control de calidad en la provincia de acuerdo a lo dispuesto en el
Plan Federal de Salud y el Ministerio de Salud de la Nación.
FUNCIONES:
•     Coordinar y tramitar las tareas que realicen los inspectores y la Dirección Provincial de
Fiscalización y Matriculación.
•     Coordinar operativamente el Programa Nacional de Garantía de Calidad de la Atención
Médica.
• Asesorar con referencia a las normativas vigentes en materia de habilitaciones, ej ercicio
de las profesiones médicas, odontológicas, bioquímicas y otros colaboradores de la
salud.
•     Tramitar expedientes, con la documentación remitida por los Departamentos de Fiscalización de las Unidades de Gestión Descentralizadas y los de la Dirección Provincial de Fiscalización y Matriculación, en todo lo atinente a habilitaciones de establecimientos asistenciales.
•     Realizar foliado y rubricado de Libros “Copiador de recetas de Ópticas” y “Libro de Registros de información de los Servicios de Urgencia”.
•     Entender en la aplicación de los valores fijados para aranceles relacionados con las habilitaciones de establecimientos, el otorgamiento de matrículas y de certificados de especialistas.
•     Informar a los Departamentos de Fiscalización dependientes de las Unidades de Gestión Descentralizadas, todas las actualizaciones en lo atinente a legislación de habilitaciones, de las distintas actividades.
•     Colaborar en los proyectos de presupuesto del área de su competencia.
REQUISITOS PARA EL CARGO:
Poseer título secundario y experiencia no menor a tres (3) años en tareas similares, manejo avanzado de PC y conocimientos de normativas vigentes.



ANEXO B (HOJA 45)
SECRETARÍA DE SALUD
SUBSECRETARÍA DE HOSPITALES
DIRECCIÓN GENERAL DE GESTIÓN DE CALIDAD EN SAL. -
DIRECCIÓN PROVINCIAL DE FISCALIZACIÓN Y MATRICULACIÓN
DEPARTAMENTO PROVINCIAL FISCALIZACIÓN SANITARIA
DIVISIÓN PROVINCIAL INSPECTORÍA GENERAL
MISIÓN:
Fiscalizar el cumplimiento de la legislación vigente que reglamenta el ejercicio Profesional de la medicina, odontología y la actividad de los colaboradores de la medicina.
Realizar la inspección periódica a los establecimientos de salud de la Provincia, tanto como elemento de control, como así también de supervisión e inspección final para su habilitación.
FUNCIONES:
•     Realizar las inspecciones, por sí solo o en forma conjunta, con el Departamento
Provincial Saneamiento Básico y de la Dirección de Recursos Físicos en Salud en
aquellos establecimientos o locales donde se realicen actividades de Diagnóstico,
tratamiento y/o asistencia de salud del individuo o de la comunidad, con fines de
promoción, protección, recuperación y/o rehabilitación de salud, controlando el
cumplimiento de las observaciones, si las hubiere, de la Dirección Provincial de UNA
Salud y de la Dirección Provincial de Recursos Físicos en Salud.
•     Informar mediante acta labrada en el lugar, y posterior informe a la Dirección de
Fiscalización y Matriculación sobre aquellos locales que no den estricto cumplimiento a lo normado en la reglamentación vigente.
• Supervisar el cumplimiento efectivo de las guardias de horarios no habituales en los
establecimientos que así correspondiere.
•     Controlar las matrículas de los distintos prestadores de salud en aquellos establecimientos donde se concurra a realizar inspecciones.
•     Colabora en los proyectos de presupuesto del área de su competencia.
REQUISITOS PARA EL CARGO:
Poseer título secundario, conocimiento de la normativa vigente y experiencia mínima de tres
(3) años en tareas similares.


ANEXO B (HOJA 46)

SECRETARÍA DE SALUD
SUBSECRETARÍA DE HOSPITALES
DIRECCIÓN GENERAL DE GESTIÓN DE CALIDAD EN SALUD
DIRECCIÓN PROVINCIAL DE FISCALIZACIÓN Y MATRICULACIÓN
DEPARTAMENTO PROVINCIAL FISCALIZACIÓN SANITARIA
DIVISIÓN PROVINCIAL INSPECTORIA EDILICIA
MISIÓN:
Supervisar y controlar el cumplimiento de la legislación vigente que reglamenta la habilitación
de establecimientos sanitarios públicos y privados en lo que respecta a las exigencias de la
planta física (arquitectura).
Realizar inspecciones periódicas a los establecimientos de salud de la Provincia de Chubut,
tanto como elemento de control como así también de supervisión e inspección final para su
abilitación en conjunto con otras áreas dependientes de la Secretaria de Salud.
FUNCIONES:
•     Realizar las inspecciones, por sí o en forma conjunta, con otras áreas dependientes de
la Secretaría de Salud, de aquellos establecimientos o locales sanitarios públicos y
privados en lo que respecta a las exigencias de la planta física, controlando el
cumplimiento de las nomias preestablecidas en tomo a lo edilicio y en colaboración
con la División Provincial de Inspectoría General.
•     Informar mediante acta labrada en el lugar y posterior informe a la Dirección Provincial
de Fiscalización y Matriculación sobre aquellos locales que no den estricto
cumplimiento a lo normado en la reglamentación vigente, incorporando las mismas al
correspondiente expediente.
•     Controlar el cumplimiento de requerimientos edilicios exigidos por la legislación
vigente
•     Proponer y participar de los instrumentos legales tendientes a la habilitación de locales
y establecimientos públicos y privados en donde se realicen actividades de diagnóstico,
tratamiento y/o asistencia de salud si fuera requerido por la Dirección de Fiscalización
y Matriculación
•     Realizar visado de planos y de proyectos edilicios de establecimientos de salud públicos
y privados necesarios para la habilitación sanitaria si fuera requerido por la Dirección
Provincial de Fiscalización y Matriculación.
•     Rubricación de los libros de habilitaciones de establecimientos de salud, supervisando
el correspondiente foliado.


ANEXO B (HOJA 47)

REQUISITOS PARA EL CARGO:
Título técnico o de grado en áreas de ingeniería, arquitectura o similar y experiencia comprobable en tareas afines.




ANEXO B (HOJA 48)
SECRETARÍA DE SALUD
SUBSECRETARÍA DE HOSPITALES
DIRECCIÓN GENERAL DE GESTIÓN DE CALIDAD EN SALUD
DIRECCIÓN PROVINCIAL DE FARMACIA
MISIÓN:
Normalizar, matricular y fiscalizar la actividad farmacéutica en la provincia.
Programar, promover y abastecer de medicamento y productos médicos a las respectivas
Unidades de Gestión Descentralizada.
Establecer normas y procedimientos para el uso racional de los medicamentos y productos
médicos.
Coordinar con los distintos programas de salud el abastecimiento de medicamentos y productos
médicos utilizados por los mismos.
FUNCIONES:
• Programar la gestión de adquisición y supervisar el control de stock a fin de lograr un
correcto abastecimiento de los hospitales cabecera y sus respectivas Unidades de
Gestión Descentralizadas.
•     Iniciar los pedidos de compras de medicamentos de alta y mediana prioridad, alto costo, alta demanda y productos médicos a fin de mantener un adecuado abastecimiento.
•     Coordinar una Red con las Farmacias Hospitalarias para una mejor distribución del
recurso.
•     Coordinar la provisión de medicamentos bajo los distintos programas nacionales.
•     Supervisar la gestión y asesoramiento técnico en la programación, cálculo, previsión y adquisición de medicamentos y productos médicos, en aquellas dependencias de ésta Secretaría que así lo requiera.
•     Supervisar la recepción, almacenamiento, expedición, distribución, control de stock y punto crítico de los medicamentos y productos médicos almacenados en el operador logístico, o lo que en un futuro lo reemplace, de ésta Secretaría y/o que sea de su dependencia.
•     Proponer el presupuesto del área previendo que asegure su funcionamiento y cumplimiento de los objetivos establecidos.
•     Auditar, coordinar y proponer acciones y programas a los responsables de los Servicios de Farmacia Hospitalaria y sus respectivas Unidades de Gestión Descentralizadas.



ANEXO B (HOJA 49)
•     Habilitar farmacias, droguerías, distribuidoras de medicamentos, botiquines, depósitos de medicamentos y todo otro establecimiento previsto en la Ley X N° 71 y sus modificatorias.
•     Fiscalizar el cumplimiento de las funciones del Departamento Provincial de Insumos y Medicamentos y del Departamento Provincial de Farmacia.
•     Recabar información de los Organismos Nacionales competentes en todo lo atinente al área, promoviendo cumplimiento a nivel provincial.
•     Recepcionar las propuestas de las sanciones que correspondan por el incumplimiento de la legislación vigente y una vez dictada la resolución con la sanción pertinente, aplicarla en los términos que determine la misma.
•     Recepcionar planillas de denuncia de efectos adversos de los medicamentos de defectos

de productos médicos, de equipos biomédicos, en apoyo a los Programas Nacionales
de Fármaco y Tecnovigilancia de la Administración Nacional de Medicamentos,
Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT).
Difundir las disposiciones emitidas por la Administración Nacional de Medicamentos,
Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT), en el marco del Programa Nacional de
Pesquisa de Medicamentos Ilegítimos.
Comunicar al Colegio Provincial de Profesionales Farmacéuticos toda la información
relacionada con la actividad farmacéutica.
•     Asesorar a los interesados sobre las leyes vigentes en la elaboración de productos farmacéuticos, cosméticos, productos médicos y tecnología médica en general.
» Fiscalizar la aplicación de la Ley Nacional de Prescripción por nombre Genérico.
•     Verificar el cumplimiento de las normas vigentes que regulan el funcionamiento de las centrales de esterilización.
•     Proponer y participar en la elaboración de normas relacionadas con el ejercicio profesional farmacéutico.
•     Participar y coordinar cursos de actualización y capacitación en temas relacionados con la actividad farmacéutica.
•     Supervisar al personal administrativo a cargo.
•     Supervisar el desarrollo y funcionamiento del programa REMEDIAR.
•     Coordinar la comisión provincial de evaluación de tecnología sanitaria.



ANEXO B (HOJA 50)
REQUISITOS PARA EL CARGO:
Poseer título universitario de farmacéutico y licenciado en ciencias farmacéuticas, preferentemente con especialidad en farmacia hospitalaria.




ANEXO B (HOJA 51)
SECRETARÍA DE SALUD
SUBSECRETARÍA DE HOSPITALES
DIRECCIÓN GENERAL DE GESTIÓN DE CALIDAD EN SALUD
DIRECCIÓN PROVINCIAL DE FARMACIA
DEPARTAMENTO PROVINCIAL INSUMOS Y MEDICAMENTOS
MISIÓN;
Garantizar el acceso adecuado, equitativo y oportuno a los medicamentos y productos médicos en el ámbito de la provincia.
Programar la gestión de adquisición de medicamentos y productos médicos para el abastecimiento de los hospitales y la Unidades de Gestión Descentralizada.
FUNCIONES:

Supervisar las tareas de la Sección Provincial de Insumos y/u otro que sea de su
dependencia.
Coordinar la recepción de los requerimientos de los hospitales y sus Unidades de
Gestión Descentralizada.
Verificar el cumplimiento de las normas y del manual de procedimientos de buenas
prácticas en la recepción, registro, control, almacenamiento, distribución y transporte
de medicamentos y productos médicos.
Coordinar con los responsables de los distintos programas de salud los requerimientos
de los mismos adaptándose a las normas y al manual de procedimientos de buenas prácticas en la recepción, registro, control, almacenamiento, distribución y transporte
de medicamentos y productos médicos.
• Controlar las especialidades medicinales certificadas por la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT), recepcionadas por el operador lógico, en caso de no contar con su aprobación, realizar los comisos
pertinentes.
• Autorizar la destrucción de los medicamentos psicofármacos vencidos que se
encuentren en el operador logístico.
• Gestionar y asesorar técnicamente en la programación, cálculo, previsión y adquisición de medicamentos y productos médicos, a aquellas dependencias de ésta Secretaría que
así lo requieran.



ANEXO B (HOJA 52)
REQUISITOS PARA EL CARGO:
Poseer título universitario de farmacéutico/a con experiencia en el área.




ANEXO B (HOJA 53)
SECRETARÍA DE SALUD
SUBSECRETARÍA DE HOSPITALES
DIRECCIÓN GENERAL DE GESTIÓN DE CALIDAD EN SALUD
DIRECCIÓN PROVINCIAL DE FARMACIA
DEPARTAMENTO PROVINCIAL INSUMOS Y MEDICAMENTOS
SECCIÓN PROVINCIAL INSUMOS
MISIÓN:
Recepcionar medicamentos y otros elementos de uso médico.
Registrar stock y controlar fechas de vencimiento.
FUNCIONES:

Recepcionar y distribuir los insumos de acuerdo a solicitud del programa adquirente.
Controlar la existencia de mercaderías en el depósito realizando registros acordes por
programa o dependencia.
Confeccionar el informe de recepción de insumos a cada responsable de programa.
Confeccionar informe de ingresos-y egresos de insumos.
Supervisar, organizar y mantener los productos en condiciones de orden, higiene y
seguridad.
Supervisar y mantener la cadena de frío en aquellos medicamentos que lo requieran.
REQUISITOS PARA EL CARGO:
Poseer título secundario, experiencia en la tarea, conocimiento de PC.



ANEXO B (HOJA 54)
SECRETARÍA DE SALUD
SUBSECRETARÍA DE HOSPITALES
DIRECCIÓN GENERAL DE GESTIÓN DE CALIDAD EN SALUD
DIRECCIÓN PROVINCIAL DE FARMACIA
DEPARTAMENTO PROVINCIAL FISCALIZACIÓN DE FARMACIAS
MISIÓN:
Normalizar, matricular, fiscalizar de la actividad farmacéutica y el cumplimiento de todas normas relacionadas a la actividad.
Establecer nonnas y procedimientos para el uso racional de los medicamentos y materiales
cartables.
Fiscalizar el cumplimiento de la legislación vigente que reglamenta el ejercicio de la profesión
Farmacéutica, en cualquier ámbito de la provincia con el objeto de lograr una cadena de
distribución eficiente, segura y de calidad que cubra las necesidades de la población.
FUNCIONES:
•     Proponer el presupuesto del área que asegure su funcionamiento y cumplimiento de los objetivos establecidos.
•     Recepcionar las solicitudes de habilitación de todos los establecimientos previstos en la Ley X N° 71 y sus modificatorias.
•     Realizar las inspecciones de farmacias comunitarias asistenciales, droguerías, herboristerías, filiales de laboratorios y otros establecimientos afines con la actividad farmacéutica, a fin de verificar el cumplimiento de las normas vigentes.
•     Realizar en cada inspección el acta correspondiente e informe para su elevación a la Dirección Provincial de Farmacia.
•     Elaborar y aplicar las guías de inspecciones en farmacias de acuerdo a las normas vigentes.
•     Rubricar los Libros “Copiador de Recetas”, de “Psicotrópicos”, “Estupefacientes” y otros y supervisar el foliado de los mismos o el procedimiento que en un futuro lo reemplace.
•     Supervisar los registros pertinentes para otorgar matrícula profesional de farmacéuticos.
•     Delegar en los departamentos zonales de farmacia de las Unidades de Gestión Descentralizadas, todas las actividades de inspectoría zonal, relacionadas con el ejercicio de la profesión farmacéutica.
•     Verificar el cumplimiento de los instrumentos legales que regulen el uso debido de psicofármacos, comprobando a través de mecanismos técnico pertinentes, la prescripción y la comercialización de los psicofármacos sujetos a control.



ANEXO B (HOJA 55)
•     Supervisar el control de talonarios de recetarios y de vales para la compra oficial de Psicofármacos.
•     Controlar que la difusión y publicidad relacionados con el ejercicio profesional de la actividad farmacéutica se ajuste a las disposiciones vigentes.
•     Recabar información de los organismos nacionales competentes en todo lo atinente al área, promoviendo su cumplimiento a nivel provincial.
•     Fiscalizar los locales y/o establecimientos donde ejerzan los profesionales Farmacéuticos, incluidos en la Ley X N° 71 y sus modificatorias.
•     Recepcionar las propuestas de las sanciones que correspondan por el incumplimiento
de la legislación vigente, y una vez dictada la Resolución con la sanción pertinente,
aplicarla en los términos que determine la misma.
Entender en la aplicación de los valores fijados para los aranceles relacionados con las
farmacias comunitarias, comunicando posteriormente las pertinentes modificaciones a
los distintos departamentos zonales de farmacia.
Controlar las especialidades medicinales certificadas por la Administración Nacional
de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) en caso de no contar
con su aprobación realizar los comisos pertinentes.
•     Difundir las Disposiciones emitidas por la Administración Nacional de Medicamentos,
Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT).
•     Asesorar a los interesados sobre las leyes vigentes en la elaboración de productos
farmacéuticos, cosméticos, productos médicos y tecnología médica en general.
•     Fiscalizar la aplicación de la Ley Nacional de Prescripción por nombre Genérico.
•     Verificar el cumplimiento de las normas vigentes que regulan el funcionamiento de las
centrales de esterilización.
•     Proponer y participar en la elaboración de normas relacionadas con el ejercicio profesional farmacéutico.
•     Participar y coordinar cursos de actualización y capacitación en temas relacionados con la actividad farmacéutica.
•     Supervisar al personal administrativo a cargo.     .
•     Verificar el cumplimiento de las normas y manual de procedimientos de buenas prácticas en la recepción, registro, control, almacenamiento, distribución y transporte de medicamentos y productos médicos.
•     Realizar las tareas de fiscalización en los locales y/o establecimientos donde ejerzan los profesionales Farmacéuticos, incluidos en el Ley X N° 71 y sus modificatorias.



ANEXO B (HOJA 56)
Controlar la prescripción de recetas oficiales triplicadas de Psicotrópicos y
Estupefacientes.
Proveer bajo recibo, talonarios triplicados oficiales para la prescripción médica de
Psicotrópicos y Estupefacientes debidamente rubricados.
Proveer bajo recibo, talonarios cuadruplicados oficiales para la compra de
Psicotrópicos y Estupefacientes a los profesionales farmacéuticos.
Proponer las sanciones que correspondan por el incumplimiento de la legislación
vigente, a la Dirección Provincial de Farmacia.
Accionar en forma conjunta en la actividad que desarrollan los inspectores nacionales
de Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica
(ANMAT) y continuar en las tareas administrativas que se requieran.
Realizar inspecciones, por sí o a requerimiento de otros organismos competentes, a los
establecimientos destinados a la comercialización, dispensa o expendio de productos
medicinales y filiales de depósito de laboratorios de especialidades medicinales,
elevando informe a la Dirección Provincial de Farmacia para la habilitación y/ o
clausura de los citados establecimientos.
Verificar el cumplimiento de los cronogramas de tumos obligatorios e inspeccionar el
cumplimiento efectivo de los tumos obligatorios de las farmacias de la provincia.
Otorgar certificados de libre regencia, de compra y venta de Psicofármacos, de
cumplimiento de la Dirección Técnica, certificado de firma de profesionales y de ética.
Recepcionar, comisar y/o incautar medicamentos Psicofármacos vencidos para su
posterior destrucción.
• Controlar las especialidades medicinales certificadas por la Administración Nacional de
Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) en- caso de no contar con su
aprobación realizar los comisos pertinentes.
• Notificar al profesional de las sanciones en el caso que correspondiera, por el incumplimiento de la legislación vigente, para su aplicación en los términos que determine la Resolución.


ANEXO B (HOJA 57)
REQUISITOS PARA EL CARGO:
Poseer título universitario de farmacéutico y/o licenciado en ciencias farmacéuticas, preferentemente especialista en farmacia legal.



ANEXO B (HOJA 58)
SECRETARÍA DE SALUD
SUBSECRETARÍA DE HOSPITALES
DEPARTAMENTO PROVINCIAL DESPACHO
MISIÓN:
Centralizar los actos administrativos que se sometan a la firma de la superioridad procediendo
a su control, custodia y registro.
FUNCIONES:

•     Atender los despachos diarios, diligencias, informes y preparar la documentación para la firma de los superiores (colocar sellos respectivos)
•     Resolver por sí, todo asunto intemo o externo dentro de sus posibilidades, evacuando consultas realizadas por personas ajenas al organismo.
•     Llevar al archivo toda la documentación que se remita desde las distintas dependencias de la Secretaría de Salud.
•     Suscribir providencias de trámites entre las distintas dependencias de la Secretaría dé Salud y reparticiones de la Provincia.
•     Redactar proyectos de actos administrativos que le encomiende la superioridad.
•     Registrar y autenticar los proyectos de resoluciones y disposiciones, llevando registro oficial de las mismas con copia en formato digital.
•     Registrar el movimiento de toda la documentación vinculada con el despacho.
•     Controlar y llevar archivo de convenios, actas acuerdo y otros documentos firmados por la superioridad y llevar registro en formato digital.
•     Diligenciar los trámites de pasajes a terceros y/o agentes dependientes de la Secretaría de Salud.
• Llevar un registro de Legajos Personales de los ex agentes dependientes del organismo.
REQUISITOS PARA EL CARGO:
Poseer título secundario, conocimiento de legislación y procedimientos administrativos vigentes. Experiencia de tres (3) años en el área, redacción y computación.



ANEXO B (HOJA 59)
SECRETARÍA DE SALUD
SUBSECRETARÍA DE HOSPITALES
DEPARTAMENTO PROVINCIAL DESPACHO
SECCIÓN PROVINCIAL REGISTRO Y ARCHIVO DE LEGISLACIÓN
MISIÓN:
Centralizar el archivo documental de legislación de la Secretaría de Salud.
FUNCIONES:
•     Recepcionar la legislación destinada a archivar y proceder a su clasificación y notificación a las distintas áreas dependientes de la Secretaría de Salud.
•     Archivar la legislación en forma ordenada, confeccionando registros para su correcta
ubicación.
• Resguardar los Boletines Oficiales y Legajos Personales de los ex-agentes de la
Secretaría de Salud.
• Reemplazar al Jefe del Departamento Provincial Despacho en caso de ausencia del
mismo.
REQUISITOS PARA EL CARGO:
Poseer título secundario, conocimiento de legislación y procedimientos administrativos con experiencia de tres (3) años en el área, redacción y computación.




ANEXO B (HOJA 60)
SECRETARÍA DE SALUD
SUBSECRETARÍA DE HOSPITALES
DEPARTAMENTO PROVINCIAL MESA DE ENTRADAS Y SALIDAS
MISIÓN:
Intervenir en el registro de la documentación que ingresa y egresa de la Secretaría de Salud, organizando, clasificando y distribuyéndola.
FUNCIONES:
•     Recibir, abrir, clasificar, registrar, fichar, iniciar el trámite, distribuir la documentación, intervenir en el trámite relacionado con el desglose, agregación y notificación de actuaciones cuando así se disponga, atender las tareas de despacho y seguimiento de correspondencia, proporcionar la información relacionada con el destino de los expedientes en base al seguimiento de los mismos, llevar debidamente actualizados los sistemas de registros de documentación.
•     Evacuar consultas internas y externas respecto al seguimiento de expedientes y/ó notas recibidas.
•     Controlar que se respeten las vías jerárquicas para la recepción y envío de notas y/o expedientes.
•     Llevar el Registro de Sistema de Movimiento de Expedientes.     •
REQUISITOS PARA EL CARGO:
Poseer título secundario y al menos tres (3) años de experiencia en el departamento, con conocimientos administrativos, redacción y computación.



ANEXO B (HOJA 61)
SECRETARÍA DE SALUD
SUBSECRETARÍA DE HOSPITALES
DEPARTAMENTO PROVINCIAL MESA DE ENTRADAS Y SALIDAS
SECCIÓN PROVINCIAL REGISTRO INFORMÁTICO DE DOCUMENTACIÓN
MISIÓN:
Llevar adelante el registro informático de documentación.
FUNCIONES:
•     Recibir, abrir, clasificar, registrar, llevar el seguimiento y asentar en el sistema
informático toda documentación que por su carácter de importancia lo requiera.
•     Diseñar, hacer el mantenimiento preventivo y modificar según las necesidades el
Sistema Informático de Registro de Documentación.
REQUISITOS PARA EL CARGO:
Poseer título secundario y experiencia en el departamento de mesa de entradas de tres (3) años
como mínimo, con conocimientos administrativos, redacción y computación.



ANEXO B (HOJA 62)
SECRETARÍA DE SALUD
SUBSECRETARÍA DE SALUD PÚBLICA
MISIÓN:
Velar por la salud del pueblo chubutense desde una perspectiva colectiva, integral y orientada a las personas. Implementar políticas, programas, planes federales y regionales orientados a la promoción, prevención, asistencia y rehabilitación de las personas. Impregnar principios básicos que son parte de nuestro sistema sanitario provincial: equidad, enfoque orientado a la persona, disminuir las barreras de accesibilidad, disminuir brechas culturales y ser instrumento del desarrollo regional.
FUNCIONES:
Gestionar, implementar y evaluar políticas públicas orientadas a la promoción,
prevención, asistencia y rehabilitación de las personas.
Coordinar con las autoridades federales la implementación, gestión y evaluación de
planes, programas y proyectos federales en nuestra provincia.
•     Coordinar con otras agencias estatales, políticas conjuntas orientadas a la promoción, prevención, asistencia y rehabilitación de las personas.
•     Generar prácticas integradoras del Primer Nivel de Atención y garantizar el conjunto mínimo de acciones que aseguren el derecho a la salud en ese nivel.
•     Coordinar las acciones a nivel provincial de los efectores del Primer nivel de Atención
•     Desarrollar estrategias que fortalezcan el nivel de salud de las personas desde una perspectiva del ciclo de vida y a sectores de mayor vulnerabilidad e interés sanitario (maternidad e infancia, adolescencia, adultos mayores, ruralidad, género, pueblos originarios, etc).
•     Desarrollar estrategias y acciones orientadas al cuidado del ambiente y elementos contextúales que afectan la salud de las personas.
•     Vigilar y gestionar respuestas orientadas a disminuir el impacto de enfermedades transmisibles y no transmisibles.
•     Desarrollar estrategias orientadas a rehabilitar socialmente a personas con algún grado
de discapacidad.
• Desarrollar estrategias e implementar acciones destinadas a la asistencia, promoción, prevención y rehabilitación desde un enfoque de derechos a personas con trastornos de salud mental.
• Coordinar las actividades de desarrollo de conocimiento en salud pública orientado a fortalecer las acciones previas.


ANEXO B (HOJA 63)

•     Fortalecer la Promoción de la Salud como enfoque integrador de las acciones en salud pública.
•     Desarrollar estrategias participativas que integren a la comunidad al conjunto de acciones desarrolladas.




ANEXO B (HOJA 64)
SECRETARÍA DE SALUD
SUBSECRETARÍA DE SALUD PÚBLICA
DIRECCIÓN GENERAL DE PROGRAMAS
MISIÓN:
Colaborar en la planificación, programación, ejecución, supervisión, normalización y evaluación de las actividades programáticas, asistenciales y acciones sanitarias en todo el ámbito de la provincia, con el criterio de equidad, accesibilidad y descentralización operativa funcional de sus unidades electoras dirigidas a:
• Lograr una atención integral de las personas, la familia, la comunidad y el medio ambiente con el objeto de promover, prevenir, asistir, recuperar y rehabilitar la salud.

Desarrollar una conciencia social y sanitaria que contribuya a controlar, atenuar,
disminuir y/o eliminar las causas generadoras de morbimortalidad en la población.
Fortalecer las acciones del primer nivel de atención sanitaria, utilizando la epidemiología
como una herramienta básica.
Fiscalizar el cumplimiento de las normativas vigentes del área de su competencia, como
así también en aquellos aspectos a preservar y mejorar la salud con relación a los factores
de riesgos ambientales.
FUNCIONES:
•     Administrar los recursos bajo su dependencia con el objetivo de dar cumplimiento a programas y políticas que determine la Secretaría de Salud.
•     Entender en el diseño, formulación y ejecución de programas, subprogramas, acciones y
. actividades que contribuyan a detectar, controlar, modificar y/o corregir los factores de riesgo que inciden sobre las personas y su entorno de vida, utilizando racionalmente los recursos, priorizando las acciones destinadas a sectores en situación de riesgo y
población más vulnerable.
•     Fortalecer las acciones de materno infancia y adolescencia que permitan disminuir sostenidamente la mortalidad infantil y materna, el desarrollo normal del crecimiento del niño y la adolescencia, mejorando la calidad de atención sanitaria.
•     Aplicar lincamientos estratégicos de la Atención Primaria de la Salud, proponiendo, coordinando y supervisando las acciones de promoción y prevención de la salud.
•     Entender en la administración de las acciones y recursos tendientes a lograr un adecuado marco normativo y una eficiente coordinación operativa en los aspectos relacionados con promover, preservar, prevenir y mejorar las condiciones del medio ambiente vinculadas a la salud de la población dando cumplimiento a políticas y directivas que en tal sentido
elabore y determine el Gobierno Provincial por medio de la Secretaría de Salud.



ANEXO B (HOJA 65)
•     Propiciar y articular adecuadas estrategias de promoción, prevención, abordaje, asistencia y rehabilitación en Salud Mental y Adicciones.
•     Desarrollar una estrategia de intervención y articulación en la problemática de la discapacidad y rehabilitación de las personas.
•     Mejorar y preservar la situación alimentaria y nutricional de la población, abordando la problemática mediante un enfoque intra e intersectorial integrado, con énfasis en acciones de promoción y prevención.
• Garantizar el desarrollo de los procesos de integración de equipos interdisciplinarios e interinstitucionales, promoviendo y asegurando la capacitación de los recursos humanos.


Fortalecer el desarrollo de un sistema de información ágil, oportuno, adecuado, accesible
y confiable, con indicadores significativos de la realidad socio-sanitaria-ambiental para
la toma de decisiones.
Entender en el diseño de una estrategia de comunicación social e institucional, sobre dos
premisas básicas: una dirigida al equipo de salud y hacia la comunidad, tendiente a
desarrollar una conciencia social sanitaria y conductas que contribuyan a controlar,
disminuir y/o eliminar las causas generadoras de enfermedad y fundamentalmente a
elevar los niveles de salud de la población, fomentando el auto cuidado; y otra dirigida a
desarrollar una adecuada estrategia de comunicación institucional del organismo con la
comunidad.
•     Mantener una adecuada interrelación con los distintos sectores intra y extra sectoriales (nacionales, provinciales, municipales, O.N.G., otros) que tengan relación con el área de competencia.
•     Proyectar y proponer la actualización de la legislación vigente según necesidades del funcionamiento del Sistema de Salud.
•     Monitorear el funcionamiento, ejecución, impacto y recursos de los programas bajo su dependencia.
•     Coordinar y realizar todas aquellas funciones que la Secretaría de Salud le encomiende.
•     Elaborar el Plan de Salud en cuanto es de su competencia y el presupuesto del área.
REQUISITOS PARA EL CARGO:
Poseer título de grado o posgrado de profesional del área de Salud, con capacitación en administración en servicios de salud y preferentemente de Gestión de Recursos Humanos.



ANEXO B (HOJA 66)
SECRETARÍA DE SALUD
SUBSECRETARÍA DE SALUD PÚBLICA
DIRECCIÓN GENERAL DE PROGRAMAS
DIRECCIÓN PROVINCIAL PROMOCIÓN DE LA SALUD Y SALUD
COMUNITARIA
MISIÓN:
Aplicar los lincamientos de la estrategia de la Atención Primaria de la Salud (A.P.S),
coordinando y supervisando las acciones de Promoción y Prevención de la Salud en las Areas
de su dependencia, fortaleciendo el Primer Nivel de Atención, teniendo como objetivos
producir cambios que promuevan mejores oportunidades de vida sana para la población en su
conjunto y mejorar el acceso a los servicios de salud para la detección temprana y tratamiento
^oportuno de las enfermedades o situaciones conflictivas de salud prevalentes, teniendo como
eje el trabajo en equipo e intersectorial y promoviendo la participación social.
FUNCIONES:
Coordinar, supervisar, monitorear y evaluar las acciones de los diferentes programas
de Prevención y Promoción de la Salud que desarrollen las distintas Áreas de su
dependencia.
•     Articular con las Direcciones Provinciales de Maternidad, Infancia y Adolescencia, Salud Mental Comunitaria, Epidemiología, Atención Primaria de la Salud (APS), Asistencia de Adicciones y todas las áreas afines de la Secretaría de Salud para la planificación de las actividades, promoviendo el trabajo en equipo.
•     Promover el trabajo en equipo de los integrantes de los Departamentos a su cargo.
•     Desarrollar, a través del área respectiva, actividades de promoción, prevención y asistencial en ámbitos escolares, interactuando con otras áreas del gobierno.
• Coordinar los programas de capacitación, provinciales y/o nacionales de Recursos Humanos del Primer Nivel de Atención: “Médicos Comunitarios”, “Médicos de Cabecera”, “Agentes de Terreno”, Otros Profesionales, Técnicos, Auxiliares, otros efectores.
•     Solicitar a cada Departamento a su cargo la Planificación Estratégica de su área conteniendo justificación y diagnóstico, objetivos, metas, actividades y cronogramas, recursos, monitoreo y evaluación.
•     Proponer un Sistema de Información, junto con los diferentes sectores de la Secretaría de Salud, Estadísticas e Informática, y Jefes de Áreas Externas y otras unidades operativas asistenciales, para el Primero y Segundo Nivel de atención en los ejes temáticos comunes a los dos Niveles.




ANEXO B (HOJA 67)
Proponer en el Organigrama de las Zonas, las dependencias responsables de coordinar
los programas que emanen de esta Dirección.
Proponer y participar en el desarrollo de los Organigramas de las Áreas Externas de los
Hospitales de todos los Niveles de complejidad.
Planificar con la Subsecretaría de Salud Pública y la Dirección General de Recursos
Humanos la capacitación de los integrantes del equipo de salud del Primer Nivel y
Segundo Nivel en los ejes temáticos de los diferentes programas que esta Dirección
proponga y se desarrolle en estos niveles.
Participar, junto a las Direcciones de las Zonas y Hospitales, los perfiles del personal
que desempeñará los cargos de Jefes de Programas para el Área en las Unidades de
Gestión Descentralizadas y Áreas Externas de los Hospitales, necesarios para la
selección de este recurso humano.
Participar en la elaboración del presupuesto de los diferentes programas a su cargo y
proponer el de la Dirección.
Elevar periódicamente documentación con la información de la Dirección a su cargo a
la Subsecretaría de Salud Pública, de la cual depende.
Asesorar a la Subsecretaría de Salud Pública en todos los asuntos relacionados con la
promoción y prevención de la Salud.
• Articular actividades con otras áreas de gobierno y municipalidades en tareas de
promoción y prevención de la salud.
REQUISITOS PARA EL CARGO:
Profesional en ciencias de la salud, preferentemente con formación postgrado, con experiencia en programas sanitarios y con trayectoria reconocida en la Atención Primaria de la Salud (A.P.S).



ANEXO B (HOJA 68)
SECRETARÍA DE SALUD
SUBSECRETARÍA DE SALUD PÚBLICA
DIRECCIÓN GENERAL DE PROGRAMAS
DIRECCIÓN PROVINCIAL DE PROMOCIÓN DE LA SALUD Y SALUD
COMUNITARIA
DEPARTAMENTO PROVINCIAL NUTRICIÓN
MISIÓN:
Mejorar y preservar la situación alimentaria y nutricional de la población, abordando la problemática mediante un enfoque intra e intersectorial integrado, con énfasis en acciones de promoción y prevención de la salud.

UNCIONES:
•     Promover y generar mecanismos de asesoramiento a los organismos involucrados en el
diseño de políticas que afecten directamente la seguridad alimentaria, para prever sus
efectos en las poblaciones y diseñar acciones para atenuar aquellos que resultaran
negativos.
•     Seleccionar indicadores y métodos adecuados para detectar, analizar, evaluar y vigilar
los problemas relativos a la seguridad alimentaria de las poblaciones.
•     Capacitar al personal de los diferentes organismos involucrados para realizar
planificación para el desarrollo con criterios de seguridad alimentaria.
•     Mejorar la organización y focalización de las acciones de ayuda alimentaria.
•     Asesorar en todo lo referente a planes alimentarios que se implementen en la Provincia.
•     Propiciar la constitución de equipos interdisciplinarios estables, (Nutricionistas,
Sociólogos, Antropólogos, Bromatólogos, etc.), para el monitoreo de la Canasta Básica
de Alimentos de la Provincia.
•     Promover que dentro de los programas agrícolas o de autoproducción de alimentos a nivel familiar y/o comunitario, se contemplen objetivos nutricionales y se coordinen con el Programa de Educación Alimentaria.
•     Conformar equipos de trabajo, entre los Departamentos de los distintos Programas y los Organismos Ínter e intragubemamentales y no Gubernamentales.
•     Propiciar actividades de alimentación saludables.
REQUISITOS PARA EL CARGO:
Profesional universitario en la ciencia de la salud, preferentemente con curso de administración en servicios de salud o nutrición y experiencia reconocida en la investigación, trabajo intersectorial y/o en diseño y supervisión de programas alimentarios.


ANEXO B (HOJA 69)
SECRETARÍA DE SALUD
SUBSECRETARÍA DE SALUD PÚBLICA
DIRECCIÓN GENERAL DE PROGRAMAS
DIRECCIÓN PROVINCIAL DE PROMOCIÓN DE LA SALUD Y SALUD
COMUNITARIA
DEPARTAMENTO PROVINCIAL SALUD COMUNITARIA EN TERRENO
MISIÓN:
Supervisar y evaluar el trabajo comunitario de salud en terreno en el ámbito del sistema de salud provincial de acuerdo a los lineamientos y normativas emanadas de la Dirección
Provincial de Promoción de la Salud y Salud Comunitaria.
CIONES:
• Supervisar el cumplimiento de las normas provinciales para el Trabajo Comunitario de salud en terreno, asesorando sobre la adecuación local de las mismas.
• Asesorar a los equipos locales y a los responsables de los programas de salud sobre las funciones específicas de Supervisores Intermedios y trabajadores Comunitarios de Salud en Terreno.
•     Promover el trabajo en equipo intra y extrasectorial.
•     Supervisar, junto con los Supervisores del Trabajo Comunitario de Salud en Terreno de las Zonas, la organización y programación del trabajo en terreno en el nivel local, regional y provincial.
•     Realizar evaluaciones periódicas y programadas del proceso de supervisión y del trabajo comunitario de salud en terreno, en las Zonas.
•     Promover la capacitación continua en servicio (curso pre-ronda o en cualquier circunstancia que se requiera) de los supervisores y Trabajadores Comunitarios de Salud en Terreno (TCST), recabando las necesidades y participando en la organización de las instancias de capacitación en los niveles local, de las Zonas y provincial, junto al equipo técnico de capacitación.
•     Relevar las necesidades de nuevos Trabajadores Comunitarios de Salud en Terreno (TCST) en las localidades y organizar su selección, de acuerdo a pautas establecidas en las normas provinciales, y coordinar junto al equipo técnico el curso de capacitación normatizado y aprobado por la Secretaría de Salud.
•     Recepcionar el informe trimestral de las rondas y el anual sociodemográfico de cada Zona, elaborar indicadores, condensación de la información y participar junto al Director de Promoción de la Salud y Salud Comunitaria en el procesamiento y análisis de la misma.
•     Colaborar en la planificación de las actividades con su jefe inmediato.
•     Realizar todo informe que le sea solicitado por las autoridades de salud de su área.



ANEXO B (HOJA 70)
•     Comunicar a su jefe inmediato de cualquier motivo que considere que altere el normal funcionamiento del trabajo.
REQUISITOS PARA EL CARGO:
•     Poseer título de grado o pregrado en ciencias de la salud u otras carreras afines a la atención sanitaria, y experiencia acreditada en cargos de gestión en el ámbito de la salud.




ANEXO B (HOJA 71)
SECRETARÍA DE SALUD
SUBSECRETARÍA DE SALUD PÚBLICA
DIRECCIÓN GENERAL DE PROGRAMAS
DIRECCIÓN PROVINCIAL DE PROMOCIÓN DE LA SALUD Y SALUD
COMUNITARIA
DEPARTAMENTO PROVINCIAL SALUD BUCAL
MISIÓN:
Planificar, programar, coordinar, supervisar y evaluar acciones tendientes a optimizar la salud bucal a través de un Programa Provincial, construido para y con la población del Chubut y conforme a los objetivos establecidos por el Gobierno Provincial.
FUNCIONES:

•     Participar con las áreas competentes en la determinación del estado de salud bucal de
la población y de la situación de los equipos.
•     Elaborar y mantener actualizado un relevamiento del recurso humano profesional y
técnico, del sector público y privado.
•     Elaborar y mantener actualizado un relevamiento del recurso físico que permita
determinar existencias, estado de conservación, destino, necesidades, a los fines de
adecuarlos, repararlos, redistribuirlos, de acuerdo a un programa a implementar.
• Participar del CONSEJO PROVINCIAL DE SALUD BUCAL, y ser nexo entre esta
comisión y la Dirección Provincial de Promoción de la Salud y Salud Comunitaria.
• Participar en la elaboración de un Programa Provincial de Salud Bucal que priorice las acciones preventivas, de promoción de la salud y de docencia e investigación, integrándolo con otros programas de salud afines.
•     Asesorar, supervisar, evaluar el accionar de los integrantes del equipo encargado de realizar las actividades enunciadas en el Programa Provincial de Salud Bucal.
•     Promover y coordinar la capacitación, formación y adiestramiento de los electores de actividades de Salud Bucal.
•     Proponer y mantener mecanismos de coordinación con instituciones. y programas existentes en el orden municipal, provincial, regional, nacional e institucional, que contribuyen al fin común de mejorar la salud bucal de la población de la provincia del Chubut, evitando la superposición de esfuerzos y costos.
•     Analizar, proponer modificaciones y/o elaborar proyectos de leyes, decretos o resoluciones provinciales que se relacionen con el área de la salud bucal.
•     Elaborar el presupuesto del área, para dar cumplimiento a los objetivos propuestos.
•     Realizar los informes técnicos y las funciones administrativas solicitadas por las autoridades.



ANEXO B (HOJA 72)
REQUISITOS PARA EL CARGO:     ,
Poseer título de odontólogo, con experiencia mínima de cuatro (4) años en el ejercicio de la profesión.



ANEXO B (HOJA 73)
SECRETARÍA DE SALUD
SUBSECRETARÍA DE SALUD PÚBLICA
DIRECCIÓN GENERAL DE PROGRAMAS
DIRECCIÓN PROVINCIAL DE PROMOCIÓN DE LA SALUD Y SALUD
COMUNITARIA
DEPARTAMENTO PROVINCIAL UNIDAD INTERMINISTERIAL
EDUCACIÓN/SALUD
MISIÓN:
Promover el trabajo interinstitucional con las áreas gubernamentales provinciales y municipales, a fin de lograr articulación, colaboración, cooperación e integración para el desarrollo de prácticas de promoción de la salud en el marco de la implementación de la
estrategia de la Atención Primaria de la Salud (APS).
FUNCIONES:

Implementar acuerdos interministeriales e inteijurisdiccionales con el fin de establecer
lincamientos de trabajo conjunto entre los sectores.
Generar y sostener espacios de trabajo e intercambio para abordar de manera conjunta,
articulada y coordinada temáticas vinculadas a la promoción de la salud.
Implementar acciones de incidencia política para propiciar políticas públicas que
promuevan los entornos saludables.
Elaborar e implementar de manera conjunta instrumentos de monitoreo y
sistematización de los procesos intersectoriales.
Implementar estrategias que promuevan los entornos saludables en ámbitos educativos,
universitarios y lugares de trabajo.
Impulsar procesos locales participativos intersectoriales, relacionados con temáticas
seleccionadas de Promoción de la Salud
Coordinar estrategias de comunicación con las áreas correspondientes.
Articular tareas de investigación y capacitación.
REQUISITOS PARA EL CARGO:
Poseer título universitario profesional de la salud; educación; trabajo social u otros afines.


ANEXO B (HOJA 74)

SECRETARÍA DE SALUD
SUBSECRETARÍA DE SALUD PÚBLICA
DIRECCIÓN GENERAL DE PROGRAMAS
DIRECCIÓN PROVINCIAL DE MATERNIDAD, INFANCIA Y ADOLESCENCIA
MISIÓN:
Planificar, programar, supervisar, coordinar y evaluar las acciones y programas destinados a la promoción, prevención, asistencia y rehabilitación de la salud de las mujeres, los recién
nacidos, los niños y adolescentes, con el objeto de mejorar los niveles de salud que permitan
alcanzar un desarrollo humano pleno y sostenido del individuo y su familia; contribuyendo a
disminuir la mortalidad materna e infantil.
FUNCIONES:

Elaborar un diagnóstico de situación anual del sector y efectuar la programación
operativa del periodo, acorde a los indicadores de salud.
Identificar grupos poblacionales de riesgo a fm de focalizar acciones.
Ejecutar, integrar y facilitar la ejecución descentralizada de los programas del área bajo
su responsabilidad.
Coordinar los programas y actividades con programas y actividades de otros
organismos públicos y/o privados cuyo objetivo sea la salud materno infanto juvenil; y
promover estrategias con participación social.
Participar en la programación de actividades y articular con los programas de otras
Direcciones, vinculadas a la promoción, prevención y atención de niñas/os
adolescentes y mujeres en edad fértil.
•     Proponer y coordinar con las áreas operativas los niveles de atención y de referencia y contrarreferencia y las condiciones de derivación de los pacientes de su área de responsabilidad.
•     Garantizar la oferta de servicios y la calidad de la atención de todas las circunstancias, priorizando las necesidades del paciente.
•     Implementar en cada hospital la estrategia de HOSPITAL AMIGO DE LA MADRE y EL NIÑO.
• Trabajar en todos los hospitales el concepto de MATERNIDAD CENTRADA EN LA FAMILIA.
•     Garantizar las condiciones de MATERNIDAD SEGURA en los hospitales públicos, en particular en los Niveles de Complejidad VIII, VI, y IV.
•     Garantizar la maternidad segura para toda la población del Chubut, asegurando el
traslado inmediato, con vehículos adecuados, desde las poblaciones donde no sea
posible cubrir las condiciones obstétricas y neonatales esenciales.


ANEXO B (HOJA 75)

•     Garantizar la atención de la embarazada y el neonato de alto riesgo en centros perinatales de 3 er nivel (propiciando dos Centros regionales para la atención de toda la Provincia).
•     Establecer la normalización de los servicios según el concepto de medicina basada en las evidencias.
•     Garantizar el seguimiento y análisis de cada muerte infantil o materna en el ámbito de la Provincia.
•     Promover y utilizar el Sistema Informático Perinatal en el seguimiento de la tarea y

para la toma de decisiones.
Promover la implementación del Sistema Informático Pediátrico y el Sistema
Informático del adolescente para el seguimiento de la tarea y para la toma de decisiones.
Proponer y coordinar con el área de Capacitación, la formación continua y en servicio
del personal; que se desempeñe o realice actividades de Tocoginecología,
Neonatología, Pediatría y Adolescencia y otras de su competencia.
Promover el protagonismo activo del personal estimulando su autonomía y
responsabilidad en el desempeño de sus tareas.
Promover y participar en la elaboración o modificación de toda aquella legislación que
permita el cumplimiento de los objetivos previstos.
Proponer el proyecto de presupuesto del área, que asegure el cumplimiento de los
objetivos establecidos.
REQUISITOS PARA EL CARGO;
Poseer título de médico o doctor en medicina, ciencias de la salud, con experiencia reconocida en programas de Maternidad Infancia y Adolescencia.
Tener capacidad y experiencia para el trabajo interdisciplinario y coordinación de equipos.



ANEXO B (HOJA 76)
SECRETARÍA DE SALUD
SUBSECRETARÍA DE SALUD PÚBLICA
DIRECCIÓN GENERAL DE PROGRAMAS
DIRECCIÓN PROVINCIAL DE MATERNIDAD, INFANCIA Y ADOLESCENCIA
DEPARTAMENTO PROVINCIAL PERINATOLOGÍA
MISIÓN:
Programar, articular, supervisar, monitorear y evaluar las actividades destinadas al área perinatal en la red de efectores de salud.
FUNCIONES:


Coordinar la implementación de la iniciativa de Maternidades Seguras, que cumplan
con las Condiciones Obstétricas y Neonatales Esenciales (CONE) y centradas en la
familia en todos los establecimientos de la red pública de salud y proporcionar su
implementación en el ámbito privado.
Incorporar el Programa de Lactancia Materna, en forma conjunta con el Departamento
Provincial de Salud del Niño y fortalecer su implementación en toda la provincia.
Fortalecer y monitorear el funcionamiento de las Comisiones de Evaluación de Muerte
Materna e Infantil a Nivel Local y Central.
Participar en la vigilancia de la morbi-mortalidad materno infantil y en virtud de ello,
orientar acciones sanitarias priorizadas.
Velar por la adecuada implementación de los Programas de la Dirección que se refieren
a la atención perinatología.
Consolidar el uso adecuado de la Historia Clínica Perinatal Base (HCPB) y del Carnet
Perinatal (CP) fortaleciendo la carga actualizada y completa del SIP (Sistema
Informático Perinatal) en los establecimientos que correspondan.
Fortalecer y continuar la Regionalización Perinatal en la provincia.
Asesorar a distintos ámbitos del Nivel Central, resto de instituciones y comunidad en
general sobre temas relacionados con el área.
Colaborar con las autoridades de las Unidades de Gestión Descentralizadas y
Hospitales en la adecuada ejecución de tareas inherentes a la salud perinatal y la inclusión en un proceso de mejora.
•     Elevar periódicamente documentación con la información del Departamento a la Dirección Provincial de Maternidad, Infancia y Adolescencia, de la cual depende.
•     Sistematizar la información recibida de los programas a su cargo como de los efectores
de la red de salud y realizar la categorización de los servicios de maternidad y neo de la provincia, en forma conjunta con el Departamento Provincial Fiscalización Sanitaria y la Dirección General Gestión de Calidad en Salud.



ANEXO B (HOJA 77)
•     Monitorear, supervisar y evaluar los ejes de trabajo propuestos en los efectores del ámbito del Sistema de Salud Provincial.
•     Realizar, en forma conjunta con la Dirección Provincial de Maternidad, Infancia y Adolescencia, acciones en el sector privado y de las obras sociales para la mejora de la salud perinatal.
•     Contribuir a la integración de acciones con resto de áreas de la Secretaría de Salud que trabajan con la misma población objetivo.
•     Trabajar para el logro de consensos locales sostenibles, basados en los lincamientos provinciales.
•     Actualizar guías y normativas que regulan el proceso de atención del área y transferir a los equipos de trabajo involucrados.
REQUISITOS PARA EL CARGO:
Poseer título de médico y acreditar capacidad y experiencia para el trabajo interdisciplinario y coordinación de equipos complejos.




ANEXO B (HOJA 78)
SECRETARÍA DE SALUD
SUBSECRETARÍA DE SALUD PÚBLICA
DIRECCIÓN GENERAL DE PROGRAMAS
DIRECCIÓN PROVINCIAL DE MATERNIDAD, INFANCIA Y ADOLESCENCIA
DEPARTAMENTO PROVINCIAL SALUD DEL NIÑO
MISIÓN:
Programar, supervisar, monitorear y evaluar las actividades destinadas a la promoción, prevención, asistencia y rehabilitación de la salud de los niños y coordinar la ejecución de las mismas.
FUNCIONES:

Supervisar la programación y el funcionamiento de los servicios de pediatría y/ o
equipos de atención integral de la salud del niño en la Provincia.
Ejecutar los programas correspondientes al área.
Revisar continuamente el respeto de las normas y la calidad técnica de las
prestaciones, atendiendo a la oportunidad, eficacia, accesibilidad, trato respetuoso a
los pacientes y atención integral y personalizada.
Promover la atención temprana e integral del desarrollo infantil.
Promover la lactancia materna y asesorar sobre alimentación complementaria después
del sexto mes.
Controlar la evaluación nutricional de los niños, las actividades de rehabilitación y la
atención y seguimiento integral de los niños desnutridos, teniendo en cuenta factores
biológicos y psicosociales.
Promover el acompañamiento familiar durante la internación del niño.
Promover que siempre que sea posible, se evite la hospitalización, procurar que las
internaciones no se prolonguen innecesariamente y promover la estrategia de
hospitalización abreviada para el Síndrome Bronquial Obstructivo.
Controlar la correcta utilización de los instrumentos de registro en el Hospital y en los
Centros de Salud, llevar el registro estadístico y realizar el análisis e inferencias de los
datos.
•     Promover actividades de educación para la salud y colaborar con las acciones preventivas desarrolladas en los Centros de Salud, en consultorios para padres, de orientación en Crecimiento y Desarrollo Infantil.
•     Fomentar la Salud Escolar o realización de actividades en las escuelas para detección temprana de patologías en los niños y prevención de patologías del adolescente.
•     Participar en el seguimiento de todas las muertes infantiles.



ANEXO B (HOJA 79)
•     Promover y facilitar actividades de docencia e investigación y capacitación en servicio para los equipos de salud del niño y los ateneos para el estudio de los casos problemáticos.
•     Monitorear el buen funcionamiento de las instalaciones y equipamiento de los servicios de pediatría o salud del niño.
•     Participar en los objetivos de todas las áreas de la Dirección Provincial de Maternidad, Infancia y Adolescencia colaborando en la planificación operativa anual y proponiendo el presupuesto del área.
REQUISITOS PARA EL CARGO:
Poseer título de médico/a o doctor/a en medicina; con formación pediátrica o en salud integral del niño o con experiencia reconocida en programas de pediatría.
Tener capacidad y experiencia para el trabajo interdisciplinario y coordinación de equipos.




ANEXO B (HOJA 80)
SECRETARÍA DE SALUD
SUBSECRETARÍA DE SALUD PÚBLICA
DIRECCIÓN GENERAL DE PROGRAMAS
DIRECCIÓN PROVINCIAL DE MATERNIDAD E INFANCIA Y ADOLESCENCIA
DEPARTAMENTO PROVINCIAL ADOLESCENCIA
MISIÓN:
Programar, supervisar, monitorear y evaluar las actividades destinadas a la promoción, prevención, asistencia y rehabilitación de la salud de los adolescentes y coordinar la ejecución de las mismas.
FUNCIONES:
• Supervisar la programación y el funcionamiento de los equipos de atención integral de
la salud de adolescentes en la Provincia.
•     Ejecutar los programas correspondientes al área.
•     Verificar el cumplimiento de las normas y la calidad técnica de las prestaciones,
atendiendo a la oportunidad, eficacia, accesibilidad, trato respetuoso a los pacientes y
tención integral y personalizada.
•     Facilitar la articulación entre los Centros de Atención a Adolescentes y los servicios
del Hospital de referencia: Pediatría, Clínica Médica, Ginecología, Obstetricia, Salud
Mental, Servicio Social, Salud Bucal, Traumatología, Nutrición, Kinesiología,
Endocrinología u otros, según necesidad.
•     Llevar el registro estadístico de Salud Integral Adolescente (S.I.A.) y realizar el análisis
e inferencias de los datos implementando acciones para mejorar los indicadores de
morbimortalidad de la población adolescente.
•     Promover y facilitar la información en salud sexual y reproductiva, orientación
preconcepcional y del embarazo y asesoramiento sobre anticoncepción y prevención de
Infecciones de Transmisión Sexual (I.T.S). y Síndrome de Inmuno Deficiencia
Adquirida (S.I.D.A).
•     Promover y facilitar actividades de educación para la salud, especialmente: educación
alimentaria, prevención del consumo de sustancias tóxicas, promoción del autocuidado
y la resiliencia.
•     Promover y facilitar la atención, derivación adecuada y seguimiento en los casos de
violencia familiar, maltrato en adolescentes y abuso sexual.
•     Asesorar a los efectores de salud, respecto de la atención de adolescentes y colaborar
con las acciones preventivas desarrolladas en los Hospitales Rurales o Centros de
Salud.



ANEXO B (HOJA 81)
•     Promover la formación de jóvenes promotores de salud y la participación de
adolescentes en proyectos comunitarios o institucionales tendientes a mejorar su
calidad de vida.
•     Participar en el seguimiento de todas las muertes ocurridas en mujeres de edad fértil,
entre los 10 y 20 años.
•     Programar el trabajo en red con instituciones intersectoriales.
•     Promover y facilitar actividades de docencia e investigación y capacitación en servicio,
para los equipos interdisciplinarios de salud de adolescentes y para el personal de las
instituciones educativas u otras instituciones u organizaciones que trabajen con
adolescentes.
• Velar por el buen funcionamiento de las instalaciones y equipamiento y gestionar las
mejoras y recambios necesarios.
Participar en los objetivos de todas las áreas de la Dirección Provincial de Maternidad,
Infancia y Adolescencia y colaborar en la planificación operativa anual y proponer el
presupuesto del área.
'REQUISITOS PARA EL CARGO:
Poseer título de médico o doctor en medicina, ciencias de la salud o ciencias sociales, con
formación reconocida en salud del niño y/o en salud integral del adolescente o experiencia
reconocida en programas de adolescencia.
Tener capacidad y experiencia para el trabajo interdisciplinario y coordinación de equipos.



ANEXO B (HOJA 82)
SECRETARÍA DE SALUD
SUBSECRETARÍA DE SALUD PÚBLICA
DIRECCIÓN GENERAL DE PROGRAMAS
DIRECCIÓN PROVINCIAL DE UNA SALUD
MISIÓN:
Mitigar el impacto de los retos actuales y futuros, para la salud que entraña la interfaz entre
seres humanos, animales, plantas y medio ambiente a escala provincial.
Promover el enfoque colaborativo, multidisciplinario y multisectorial frente a las amenazas
sanitarias urgentes, en curso o eventuales, en la interfaz hombre-animal-medio ambiente en el
ámbito provincial, a través del equilibrio y la equidad entre todos los sectores y disciplinas
pertinentes.
TArMDB'SA.LUD
FUNCIONES:

Mejorar las capacidades de "Una sola salud" para reforzar los sistemas de asistencia
sanitaria.
Reducir los riesgos de epidemias y pandemias de origen zoonóticoemergentes y
reemergentes.
Controlar y eliminar las enfermedades zoonóticas endémicas, las enfermedades
desatendidas y transmitidas por vectores.
Reforzar la evaluación, la gestión y la comunicación de los riesgos en materia de
inocuidad de los alimentos.
•     Contribuir al freno de la pandemia silenciosa de la resistencia a los antimicrobianos.
•     Integrar el medio ambiente en el enfoque "Una sola salud".
REQUISITOS PARA EL CARGO:
Profesional de la salud con experiencia mínima de tres (3) años en gestión sanitaria en la provincia de Chubut.



ANEXO B (HOJA 83)
SECRETARÍA DE SALUD
SUBSECRETARÍA DE SALUD PÚBLICA
DIRECCIÓN GENERAL DE PROGRAMAS
DIRECCIÓN PROVINCIAL DE UNA SALUD
DEPARTAMENTO PROVINCIAL BROMATOLOGÍA
MISIÓN:
Prevenir, promover y proteger la salud de la población de la Provincia del Chubut aplicando la
legislación vigente mediante la realización de acciones tendientes a asegurar la elaboración,
comercialización y consumo de productos alimenticios de óptima calidad.
FUNCIONES:
• Aplicar la reglamentación vigente y promover las modificaciones necesarias tendientes
a lograr el mejoramiento en la calidad, producción, elaboración y comercialización de
los alimentos.

Registrar y mantener actualizada la nómina de establecimientos y productos
alimenticios.
• Asesorar y coordinar acciones con Organismos Oficiales y/o Entes Particulares en lo
concerniente al área.
•     Fiscalizar la elaboración y/o comercialización de los productos alimenticios.
•     Informar y capacitar a la población en general y a los manipuladores de alimentos en
particular en lo referente a la calidad de los productos alimenticios, por medio de
acciones de educación y difusión.
•     Coordinar y ejecutar el Plan Provincial de Control de Marea Roja en el Litoral Marítimo
de la Provincia del Chubut.
•     Participar en todo lo referente a Plan Alimentario que se implemente en la Provincia.
•     Proponer el Proyecto de Presupuesto del área, que asegure el cumplimiento de los
objetivos establecidos.
REQUISITOS PARA EL CARGO:
Poseer título universitario preferentemente licenciado en bromatología, ingeniero en
alimentación, médico veterinario, bioquímico, licenciado en química, u otros con
incumbencias afines, con experiencia previa reconocida.



ANEXO B (HOJA 84)
SECRETARÍA DE SALUD
SUBSECRETARÍA DE SALUD PÚBLICA
DIRECCIÓN GENERAL DE PROGRAMAS
DIRECCIÓN PROVINCIAL DE UNA SALUD
DEPARTAMENTO PROVINCIAL BROMATOLOGÍA
DIVISIÓN PROVINCIAL FISCALIZACIÓN ALIMENTARIA
MISIÓN:
Registrar, fiscalizar y controlar los establecimientos elaboradores y fraccionadores, que comercialicen, transporten, expongan, exporten o importen y los propios productos alimenticios, en la búsqueda del arribo al consumidor de alimentos sanos, inocuos y nutritivos. FUNCIONES:
Inspeccionar, controlar y realizar el seguimiento de establecimientos y productos alimenticios.     .

Vigilar posibles infracciones que atenten contra el consumidor en términos económicos
que puedan significar o no riesgos para la salud.
Generar la readecuación y mantenimiento del sistema administrativo informático en
forma acorde a las necesidades del servicio.
Brindar asesoramiento y asistencia técnica legal, sobre higiene y seguridad alimentaria
a organismos oficiales o privados que realicen actividades relacionadas con los
alimentos.
Coordinar actividades de educación para manipuladores y consumidores de alimentos, con establecimientos educacionales, organismos estatales, entes privados, juntas vecinales, sociedades de fomento, municipios y comunidad en general.
Proponer actividades de información y difusión de sus actividades.
Colaborar con la División Provincial de Promoción y Vigilancia Alimentaria a requerimiento propio o del Departamento.
Promover la capacitación del recurso humano.
Mantener actualizada las estadísticas correspondientes.
Proponer el proyecto de presupuesto del área, que asegure su funcionamiento y el cumplimiento de los objetivos establecidos.
REQUISITOS PARA EL CARGO:
Profesional universitario con incumbencia en la materia, con experiencia demostrada en administración de servicios no inferior a dos (2) años. Preferentemente con formación epidemiología y antecedentes en inspectoría.


ANEXO B (HOJA 85)
SE( RETARÍA DE SALUD
SUBSECRETARÍA DE SALUD PÚBLICA
DIRECCIÓN GENERAL DE PROGRAMAS
DIRECCIÓN PROVINCIAL DE UNA SALUD
DEPARTAMENTO PROVINCIAL BROMATOLOGÍA
DIVISIÓN PROVINCIAL PROMOCIÓN Y VIGILANCIA ALIMENTARIA
MISIÓN:
Realizar vigilancia sanitaria de los alimentos, contemplando los diferentes riesgos potenciales; el completo seguimiento de la vigilancia de Epidemiología de las enfermedades transmitidas por alimentos coordinando con otras áreas provinciales, nacionales, municipales, con Organizaciones No Gubernamentales (ONG) y otras, acorde a las necesidades.
FUNCIONES:

Registrar y mantener actualizado el sistema de registros de establecimientos y productos
alimenticios.
Mantenimiento de archivos.
Generar la readecuación y mantenimiento del sistema administrativo informático en
forma acorde a las necesidades del servicio.
Proponer el muestreo anual, de rutina y programado, de productos alimenticios de
elaboración provincial, extraprovincial y de importación.
• Coordinar actividades de educación para manipuladores y consumidores de alimentos con establecimientos educacionales, organismos estatales, entes privados, Juntas Vecinales, Sociedades de Fomento, municipios y comunidad en general.
•     Proponer actividades de información y difusión de sus actividades.
•     Realizar, cuando fuese necesario, propuestas de modificaciones a la legislación alimentaria vigente.
•     Articular con la Dirección Provincial Epidemiología y el Departamento Provincial
Nutrición.
• Colaborar con la División Fiscalización Alimentaría a requerimiento propio o del
Departamento.
•     Promover la capacitación del recurso humano.
•     Mantener actualizadas las estadísticas correspondientes.
•     Proponer el proyecto de presupuesto del área, que asegure su funcionamiento y el cumplimiento de los objetivos establecidos.



ANEXO B (HOJA 86)
REQUISITOS PARA EL CARGO:
Profesional universitario de carrera con incumbencia en la materia, de experiencia demostrada no inferior a dos (2) años. Con formación en epidemiología u otros afines.



ANEXO B (HOJA 87)
SECRETARÍA DE SALUD
SUBSECRETARÍA DE SALUD PÚBLICA
DIRECCIÓN GENERAL DE PROGRAMAS
DIRECCIÓN PROVINCIAL DE UNA SALUD
DEPARTAMENTO PROVINCIAL SANEAMIENTO BÁSICO
MISIÓN;
Preservar y mejorar las condiciones del medio ambiente, relativas al saneamiento básico para que no ejerzan o puedan ejercer efectos nocivos en la salud de la población.
FUNCIONES:
•     Elaborar, proponer y ejecutar programas referentes a: Agua Potable, Vectores y
Roedores, Excetas, Residuos Sólidos y Vivienda Sanitaria.
•     Controlar la calidad del agua de consumo, de uso recreativo, fuentes de abastecimiento
y afluentes.
Asesorar y/o coordinar acciones de Saneamiento con Municipios, Juntas Vecinales y/u
otras entidades oficiales y/o privadas.
•     Aplicar las normativas vigentes en materia de Saneamiento Básico y proponer las
modificaciones cuando lo crea conveniente.
•     Elaborar y actualizar un diagnóstico de situación de su área de competencia.
•     Desarrollar el recurso humano a través de cursos y/o talleres teórico-prácticos.
•     Promover acciones de difusión y educación de los temas de su competencia.
•     Promover el proyecto de presupuesto del área que asegure el cumplimiento de los
objetivos establecidos.
REQUISITOS PARA EL CARGO;
Poseer título universitario preferentemente de ingeniero sanitario, ingeniero químico u otros con incumbencias afines, con experiencia previa reconocida.


ANEXO B (HOJA 88)
SECRETARÍA DE SALUD
SUBSECRETARÍA DE SALUD PÚBLICA
DIRECCIÓN GENERAL DE PROGRAMAS
DIRECCIÓN PROVINCIAL DE UNA SALUD
DEPARTAMENTO PROVINCIAL PREVENCIÓN DE RIESGOS
OCUPACIONALES
MISIÓN:
Preservar el ambiente de trabajo de los riesgos laborales que puedan provocar la enfermedad profesional o el accidente de trabajo, mediante la implementación de acciones en materia de Higiene y Seguridad Laboral, Radiofísica Sanitaria y Contaminación del Medio Ambiente Laboral para optimizar los factores que condicionan la salud del trabajador vinculado con la ocupación laboral y los riesgos de uso de fuentes de radiaciones ionizantes y no ionizantes para
su protección.
UNCIONES:
Promover la actuación sobre el factor humano mediante acciones en Medicina del
Trabajo.
•     Promover la actuación sobre los factores materiales (estáticos o dinámicos) mediante
acciones en Seguridad del Trabajo.
•     Promover la actuación sobre factores físicos, químicos y biológicos (contaminantes)
mediante acciones en Higiene del Trabajo.
•     Aplicar normas vigentes en Rayos X y sus reglamentaciones.
•     Brindar servicio de Dosimetría a personal ocupacionalmente a radiaciones ionizantes.
•     Elaborar y actualizar un diagnóstico de situación del área de su competencia.
•     Aplicar la legislación vigente en materia de Higiene y Seguridad Laboral, Radiofísica
Sanitaria y Contaminación del Aires en Ambientes de Trabajo.
•     Proponer modificaciones a la legislación actual cuando lo crea conveniente.
•     Evaluar las condiciones microclimáticas y de seguridad en establecimientos
individuales, servicios y de acceso público.
•     Promover el seguimiento estadístico sobre accidentología en la Provincia con el fin de determinar casualidad y proponer medidas correctivas y de prevención.
•     Promover y asesorar sobre normas de higiene y seguridad en establecimientos industriales, educacionales, hospitalarios y de acceso público.
•     Promover la difusión de medidas de seguridad y capacitación de efectores intra-
intersectoriales.
•     Promover acciones de capacitación y difusión.
•     Brindar asesoramiento a entidades oficiales y/o privadas en materia Radiofísica
Sanitaria e Higiene y Seguridad en el Trabajo.


ANEXO B (HOJA 89)

REQUISITOS PARA EL CARGO:
Poseer título universitario preferentemente de ingeniero químico, u otro con incumbencias afines, con experiencia previa reconocida.




ANEXO B (HOJA 90)
SECRETARÍA DE SALUD
SUBSECRETARÍA DE SALUD PÚBLICA
DIRECCIÓN GENERAL DE PROGRAMAS
DIRECCIÓN PROVINCIAL DE UNA SALUD
DIVISIÓN PROVINCIAL ADMINISTRACIÓN
MISIÓN:
Administrar todas las acciones referentes a la ejecución del presupuesto, aprovisionamiento,
bienes de uso, personal y servicios generales, de la Dirección Provincial de Una Salud.
FUNCIONES:
• Centralizar todos los actos administrativos, procediendo a su control y custodia.
•     Administrar todo procedimiento o actuación que se relacione con los agentes, cargos y
estructura, documentación y orientar, en todos los aspectos referentes al régimen de
horarios, asistencia, régimen disciplinario y licencias.
•     Administrar el parque automotor de la Dirección.
•     Realizar las acciones administrativas relativas al movimiento de fondos.
REQUISITOS PARA EL CARGO:
•     Tramitar, gestionar, recepcionar, distribuir y controlar los bienes y servicios para los
fines del cumplimiento de las acciones que requiera la Dirección y sus dependencias.
•     Consolidar la preparación del anteproyecto del presupuesto de la Dirección Provincial de
Una Salud.
Poseer título secundario, conocimiento de las normas legales y administrativas vigentes,
formulación de presupuestos y contar con experiencia de más de tres (3) años en la materia.
Se requerirá amplio conocimiento de administración y manejo informático, con experiencia previa reconocida.



ANEXO B (HOJA 91)
SECRETARÍA DE SALUD
SUBSECRETARÍA DE SALUD PÚBLICA
DIRECCIÓN GENERAL DE PROGRAMAS
DIRECCIÓN PROVINCIAL DE UNA SALUD
DEPARTAMENTO PROVINCIAL LABORATORIO
MISIÓN:
Promover análisis físicos, químicos, microbiológicos y toxicológicos y nuevas técnicas analíticas de laboratorio e investigaciones al área de la Dirección.
FUNCIONES:

Efectuar análisis físicos, químicos, microbiológicos, biológicos y toxicológicos en
agua, aire, alimentos, suelos, material biológico, materia prima, productos y otros que
determine la autoridad competente.
Administrar acciones tendientes a la realización de nuevas técnicas analíticas.
Elaborar, proponer, ejecutar o dirigir programas de investigación.
Reunir información técnica y hacer estudios bibliográficos sobre la especialidad.
Proponer modificaciones a la legislación vigente cuando lo crea conveniente.
Brindar asesoramiento y capacitación a Laboratorios Oficiales y Privados cuando
corresponda.
Supervisar a los laboratorios de las Zonas.
Promover la capacitación del recurso humano en tema del área.
• Proponer el proyecto del presupuesto del área que asegure el cumplimiento de los
objetivos establecidos.
REQUISITOS PARA EL CARGO:
Poseer título universitario, preferentemente ingeniero químico, licenciado en bromatología, médico veterinario, licenciado en ciencias químicas, u otros con incumbencias afines, con experiencia previa reconocida.



ANEXO B (HOJA 92)
SECRETARÍA DE SALUD
SUBSECRETARÍA DE SALUD PÚBLICA
DIRECCIÓN GENERAL DE PROGRAMAS DE SALUD
DIRECCIÓN PROVINCIAL DE UNA SALUD
DEPARTAMENTO PROVINCIAL LABORATORIO
DIVISIÓN PROVINCIAL CALIDAD
MISIÓN:
Desarrollar, implementar y mantener el sistema de gestión de la calidad del Departamento Provincial Laboratorio.
FUNCIONES:
• Planificar y coordinar la implementación del sistema de Gestión de la Calidad.

Informar periódicamente al Director Técnico sobre el funcionamiento del Sistema de
Gestión de la Calidad y promover la mejora del sistema.
Asistir al personal del Laboratorio en la elaboración de procedimientos e instructivos
del Sistema de Gestión de la Calidad.
Elaborar y elevar al Director Técnico el Programa Anual de capacitación del
Laboratorio.
Planificar, coordinar y posibilitar la realización de los ensayos interlaboratorio e
intralaboratorio.
• Asegurar la realización de las Auditorías Internas.
REQUISITOS PARA EL CARGO:
Poseer título universitario de ingeniero químico, licenciado en química, licenciado en biología, licenciado en bioquímica u otro con incumbencias afines, con estudios de postgrado en calidad o acreditar experiencia en funciones similares.



ANEXO B (HOJA 93)
SECRETARÍA DE SALUD
SUBSECRETARÍA DE SALUD PÚBLICA
DIRECCIÓN GENERAL DE PROGRAMAS
DIRECCIÓN PROVINCIAL DE UNA SALUD
DEPARTAMENTO PROVINCIAL LABORATORIO
DIVISIÓN PROVINCIAL CALIDAD
SECCIÓN PROVINCIAL INVESTIGACIÓN Y DESARROLLO
MISIÓN:
Ejecutar el desarrollo de técnicas analíticas que permitan promover ensayos analíticos a la
Dirección de modo de constituir un servicio que dé respuesta a las exigencias de complejas
determinaciones requeridas para el desarrollo de acciones de prevención y protección de la
salud, estudio y evaluación de impactos ambientales, y servir de apoyo y fiscalización a las
distintas áreas del ámbito estatal y privado.

Asegurar la calidad en todas las actividades de modo de sustentar la generación de respuestas
confiables y seguras ante nuevos y crecientes requerimientos y respondiendo a las exigencias
analíticas establecidas en la legislación aplicable.
FUNCIONES:
•     Estudiar e investigar la solución analítica ante problemas de índole sanitario,
ambiental o bromatológico de forma de contribuir a la toma de decisiones para la
protección de la salud, establecimiento de líneas de base ambientales o prevención de
enfermedades alimentarias.
•     Ejecutar y/o supervisar la realización de análisis cromatográfícos para la
determinación de sustancias químicas (plaguicidas, hidrocarburos, compuestos
orgánicos volátiles, fenoles, bifenilos, toxinas marinas, etc.) en agua, aire, alimentos,
suelos, material biológico, materia prima y otros.
•     Efectuar y/o supervisar la realización de ensayos por inmunoabsorción ligado a
enzimas para la determinación de compuestos de interés sanitario, ambiental o
bromatológico (aflatoxinas, microbianas, cianotoxinas, gluten, etc.)
•     Promover la capacitación continua del recurso humano en la división, incluyendo el
aseguramiento de la calidad y la búsqueda de nuevas técnicas analíticas que
potencialmente puedan incorporarse a los servicios del laboratorio.
REQUISITOS PARA EL CARGO:
Poseer título universitario de ingeniero químico, licenciado en química, licenciado en biología u otro con incumbencias afines, con experiencia reconocida.



ANEXO B (HOJA 94)
SECRETARÍA DE SALUD
SUBSECRETARÍA DE SALUD PÚBLICA
DIRECCIÓN GENERAL DE PROGRAMAS
DIRECCION PROVINCIAL DE UNA SALUD
DEPARTAMENTO PROVINCIAL LABORATORIO
DIVISIÓN PROVINCIAL CALIDAD
SECCIÓN PROVINCIAL MICROBIOLOGÍA
MISION:
Promover análisis microbiológicos de la Dirección.
FUNCIONES:
Ejecutar análisis microbiológicos y toxicológicos en muestras de agua, alimentos,
aire, suelo, materiales biológicos, materia primas y productos.
Administrar las acciones tendientes a la realización de nuevas técnicas de acuerdo a lo
solicitado por la jefatura de Departamento.
Capacitar el recurso humano en el tema del área.
Implementar en la sección microbiológica los requisitos técnicos y de gestión
correspondientes al sistema de gestión de calidad del laboratorio.
Planificar, programar y ejecutar las actividades de la sección microbiología y
gestionar ante la jefatura de Departamento los recursos de la sección.
REQUISITOS PARA EL CARGO:
Poseer título universitario de bioquímico, licenciado en ciencias biológicas u otras
incumbencias afines, con experiencia reconocida.



ANEXO B (HOJA 95)
SECRETARÍA DE SALUD
SUBSECRETARÍA DE SALUD PÚBLICA
DIRECCIÓN GENERAL DE PROGRAMAS
DIRECCIÓN PROVINCIAL DE UNA SALUD
DEPARTAMENTO PROVINCIAL LABORATORIO
DIVISIÓN PROVINCIAL CALIDAD
SECCIÓN PROVINCIAL FISICOQUÍMICA
MISIÓN:
Promover análisis fisicoquímico de la Dirección.
FUNCIONES:
• Ejecutar análisis físicos, químicos y toxicológicos en muestras de agua, alimentos, aire, suelo, materiales biológicos, materias prima y productos.
• Administrar las acciones tendientes a la realización de nuevas técnicas analíticas de

acuerdo a lo solicitado por la jefatura de Departamento.
Capacitar el recurso humano en tema del área.
Implementar en la sección fisicoquímica los requisitos técnicos y de gestión
correspondientes al sistema de gestión de calidad del laboratorio.
Planificar, programar y ejecutar las actividades de la sección fisicoquímica y gestionar
ante la jefatura de Departamento los recursos de la sección.
REQUISITOS PARA EL CARGO:
Poseer título universitario licenciado en química, ingeniero químico, ingeniero en alimentos u otro con incumbencias afines, con experiencia reconocida.



ANEXO B (HOJA 96)
SECRETARÍA DE SALUD
SUBSECRETARÍA DE SALUD PÚBLICA
DIRECCIÓN GENERAL DE PROGRAMAS
DIRECCIÓN PROVINCIAL DE UNA SALUD
DEPARTAMENTO PROVINCIAL ZOONOSIS
MISIÓN:
Comprender y garantizar respuestas a fin de hacer frente a las amenazas sanitarias en la interfaz
hombre-animal-medioambiente, desde un enfoque multisectorial y multidisciplinario como
“Una Salud”.
FUNCIONES:
• Adoptar un enfoque multisectorial UNA SALUD para las enfermedades zoonóticas que aborde la interconexión de la salud y sus factores determinantes, de carácter social y económico.
•     Promover intercambio de información durante los eventos zoonóticos que se presenten,
ntercambiar información sobre temas importantes en materia de zoonosis, de interés
regional, nacional e internacional.
•     Colaborar con efectores de zoonosis jurisdiccionales municipales en fortalecer la
capacidad de respuesta frente a eventos de zoonosis.
•     Fortalecer estrategias y coordinación con los sectores de salud humana, sanidad animal
y el medioambiente.
•     Establecer comunicación continua y eficaz con autoridades, organizaciones asociadas
y otras partes interesadas, incluidos medios de comunicación y público general.
•     Garantizar seguimiento y evaluación continua de los resultados de estrategias, programas y actividades relativas a enfermedades zoonóticas.
•     Promover el fortalecimiento de las actividades que adopten un enfoque multisectorial “Una Salud”.
•     Integrar y armonizar las actividades nacionales que adopten un enfoque multisectorial para hacer frente a las enfermedades zoonóticas.
•     Sistematizar las estrategias que adopten el enfoque Una Salud, documentando las prácticas y experiencias.
REQUISITOS PARA EL CARGO:
Ser profesional médico veterinario y tener experiencia mínima de tres (3) años en Salud Pública
veterinaria.



ANEXO B (HOJA 97)
SECRETARÍA DE SALUD
L, 3SECRETARÍA DE SALUD PÚBLICA
DIRECCIÓN GENERAL DE PROGRAMAS
DIRECCIÓN PROVINCIAL DE UNA SALUD
DEPARTAMENTO PROVINCIAL MICROBIOLOGÍA DE ENFERMEDADES DE
NOTIFICACIÓN OBLIGATORIA EN HUMANOS
MISIÓN:
Promover análisis microbiológicos de la Dirección.
FUNCIONES:
•     Ejecutar análisis microbiológicos y toxicológicos en muestras de agua, alimentos, aire, suelo, materiales biológicos, materias primas y productos.
•     Administrar las acciones tendientes a la realización de nuevas técnicas analíticas de
¡JD
alud
acuerdo a lo solicitado por la jefatura de la Dirección.
•     Capacitar el recurso humano en el tema del área.
•     Implementar los requisitos técnicos y de gestión correspondientes al sistema de gestión
de calidad de la Dirección.
• Planificar, programar y ejecutar las actividades del Departamento y gestionar ante la
jefatura de la Dirección los recursos de la misma.
REQUISITOS PARA EL CARGO:
Poseer título universitario de bioquímico, licenciado en ciencias biológicas u otro con
incumbencias afines, con experiencia reconocida.



ANEXO B (HOJA 98)
SECRETARÍA DE SALUD
SUBSECRETARÍA DE SALUD PÚBLICA
DIRECCIÓN GENERAL DE PROGRAMAS
DIRECCIÓN PROVINCIAL DE EPIDEMIOLOGÍA
MISIÓN:
Lograr el mayor control asistencial y epidemiológico de las enfermedades prevalentes en la
Provincia del Chubut.
FUNCIONES:
•     Elaborar subprogramas específicos, a saber: a) Inmunizaciones, b) Tuberculosis, c) Hidatidosis, d) Enfermedades de Transmisión Sexual, Sida e) Vigilancia Epidemiológica.
•     Evaluar y fiscalizar la ejecución de los programas en coordinación con otros sectores relacionados, como son: a) Jefaturas Sanitarias, b) Maternidad e Infancia, c) Atención
Primaria de la Salud, d) Sectores Administrativos, e) Otros.
Realizar estudios epidemiológicos orientados a determinar causas de la producción y
mantenimiento de las enfermedades transmisibles.
Proponer las normas de las actividades técnicas para la atención de las patologías
prevalentes.
Proponer programas de capacitación de personal en las especialidades afines.
Promover el cumplimiento de reglamentos de profilaxis nacionales e internacionales, y
vigilar el cumplimiento de los convenios con organismos municipales, provinciales, nacionales, internacionales y privados; y de los reglamentos y legislación de su
competencia.
• Mantener estrecho contacto con los organismos pertinentes de los programas nacionales.
•     Confeccionar el presupuesto global y discriminado de los programas específicos.
•     Proponer la incorporación de equipamientos necesarios para que los establecimientos cumplan acabadamente las actividades de diagnóstico y control de las enfermedades transmisibles, tanto en elementos de funcionamiento como en medicamentos o bienes de
capital.
•     Atender a la ejecución de las actividades de inmunizaciones, tanto por operativos transitorios periódicos como por demanda promovida permanentemente, asegurando la obtención de vacunas y su posterior distribución en condiciones biológicas de seguridad.
•     Coordinar la efectiva y correcta distribución de elementos según necesidades.
•     Elaborar los informes epidemiológicos correspondientes y las notificaciones específicas a nivel provincial y nacional.



ANEXO B (HOJA 99)
•     Mantener permanentemente actualizado el estudio y la vigilancia epidemiológica de
tuberculosis, hidatidosis, enfermedades de transmisión sexual y transmisibles agudas de
importante prevalencia.
•     Participar en los programas de higiene y seguridad en el trabajo, en la prevención de
accidentes laborales, enfermedades profesionales u ocupacionales y transmitir la
información al personal a su cargo, verificando su cumplimiento.
•     Evaluar periódicamente y calificar al personal que integra el área de su jurisdicción de
acuerdo a normas establecidas por la Secretaría de Salud.
•     Implementar medios y métodos de comunicación que contribuyan a la eficiencia en la toma
de decisiones (reuniones, informes, entrevistas).
•     Llevar a cabo el control de gestión en base a los objetivos establecidos, generando
elementos de retroalimentación que contribuyan a su mejora continua.
REQUISITOS PARA EL CARGO:
Poseer título de médico. Tener como mínimo tres (3) años de antigüedad en la administración
pública y cinco (5) años de ejercicio profesional.



lud
ANEXO B (HOJA 100)
SECRETARÍA DE SALUD
SUBSECRETARÍA DE SALUD PÚBLICA
DIRECCIÓN GENERAL DE PROGRAMAS
DIRECCIÓN PROVINCIAL DE EPIDEMIOLOGÍA
DEPARTAMENTO PROVINCIAL VIGILANCIA Y GESTIÓN DE
ENFERMEDADES INMUNOPREVENIBLES
MISIÓN:
Prevenir la ocurrencia y la propagación de enfermedades inmunoprevenibles a través de la
inmunización oportuna, basada en el fortalecimiento del Calendario Nacional de
Inmunizaciones.
Promover estrategias eficaces de intervención socio sanitarias que faciliten el acceso de la
población a la vacunación en forma equitativa, segura y eficaz.
FUNCIONES:
• Verificar el cumplimiento y la calidad de la notificación de los diferentes datos del
programa ampliado de inmunizaciones contemplados en el marco normativo de socios
sanitarios e internacionales.
i' Gestionar los insumos asegurando el normal desarrollo de las acciones del Programa
Ampliado de inmunizaciones.
•     Garantizar el cumplimiento de los circuitos de cadena de frío en todos los niveles de
distribución.
•     Monitorear a través de indicadores el normal desarrollo del Programa Ampliado de
Inmunizaciones.
• Desarrollar actividades territoriales adecuadas al contexto epidemiológico del
momento.
•     Garantizar la revisión, elaboración y actualización sobre normativas provinciales de enfermedades inmunoprevenibles.
•     Capacitar a los distintos niveles del Programa de inmunizaciones.
•     Garantizar la Vigilancia epidemiológica de los diferentes aspectos del programa ampliado de inmunizaciones
•     Coordinar y colaborar en actividades multisectoriales realizando en forma conjunta con el resto de Programas y Direcciones del Nivel Central, acciones en el sector privado y de las obras sociales para la mejora de los niveles de vacunación y disminución de enfermedades inmunoprevenibles.
•     Fortalecer la integración de acciones con el resto de áreas de la Secretaría de Salud y organismos (gubernamentales y no gubernamentales) que trabajan con la misma población objetivo.



ANEXO B (HOJA 101)
•     Elevar periódicamente documentación con la información del Departamento a su cargo,
a la Dirección Provincial de Epidemiología, de la cual depende.
•     Comunicar y difundir en forma continua, la información relevada del Programa
Ampliado de Inmunizaciones.
REQUISITOS PARA EL CARGO:
Ser profesional con título universitario de grado y tener experiencia mínima de dos (2) años en
áreas de gestión de inmunizaciones.



ANEXO B (HOJA 102)
SECRETARÍA DE SALUD
SUBSECRETARÍA DE SALUD PÚBLICA
DIRECCIÓN GENERAL DE PROGRAMAS
DIRECCIÓN PROVINCIAL DE EPIDEMIOLOGÍA
DEPARTAMENTO PROVINCIAL VIGILANCIA Y GESTIÓN DE
ENFERMEDADES TRANSMISIBLES
MISIÓN:
Promover el desarrollo de las acciones y estrategias de los diferentes programas de enfermedades transmisibles, en el ámbito provincial, propiciando la participación interdisciplinaria e intersectorial.
Garantizar el acceso de la población a los servicios de prevención y cuidado vinculados a las patologías prevalentes transmisibles.
FUNCIONES:
Verificar el cumplimiento y la calidad de la notificación de los diferentes eventos de
salud contemplados en el marco de normativas socio-sanitarias internacionales y
nacionales.
Programar, coordinar y supervisar las actividades desarrolladas por los programas de
enfermedades transmisibles en el ámbito de la provincia.
Coordinar capacitaciones de los diferentes programas de enfermedades transmisibles.
Analizar, describir el comportamiento y gestionar la información de las enfermedades
transmisibles de mayor prevalencia en la provincia.
•     Gestionar los insumos de los programas de enfermedades transmisibles.
•     Evaluar los programas de enfermedades transmisibles a través del uso de indicadores.
•     Monitorear la recolección y circuitos de generación de la información de los programas
de enfermedades transmisibles.
•     Comunicar y difundir en forma continua la información correspondiente a los programas de enfermedades transmisibles.
•     Participar en la elaboración de estrategias de comunicación social.
•     Coordinar y colaborar en actividades multisectoriales.
REQUISITOS PARA EL CARGO:
Formar parte del equipo de salud, contar con título universitario y capacidad reconocida en programas de gestión sanitaria, teniendo como mínimo tres (3) años de experiencia.



ANEXO B (HOJA 103)
SECRETARÍA DE SALUD
SUBSECRETARÍA DE SALUD PÚBLICA
DIRECCIÓN GENERAL DE PROGRAMAS
DIRECCIÓN PROVINCIAL DE EPIDEMIOLOGÍA
DEPARTAMENTO PROVINCIAL VIGILANCIA Y GESTIÓN DE
ENFERMEDADES TRANSMISIBLES
DIVISIÓN PROVINCIAL VIGILANCIA ENFERMEDADES TRANSMISIBLES
MISIÓN:
Contribuir al desarrollo de las acciones y estrategias de los diferentes programas de enfermedades transmisibles, en el ámbito provincial, propiciando la participación interdisciplinaria e intersectorial bajo lo estipulado en Ley Nacional 15465 de Notificación de Eventos de importancia en Salud Pública.
Colaborar en garantizar el acceso de la población a los servicios de prevención y cuidado vinculados a los eventos transmisibles.
FUNCIONES:
Realizar y fortalecer la Vigilancia provincial de Eventos Transmisibles.
•     Producir documentación vinculada a los eventos de transmisión y diagnósticos de
situación para utilización de los servicios y toma de decisiones en los distintos niveles
de gestión.
•     Capacitar y visibilizar la importancia de la notificación oportuna de los eventos de
Enfermedades Transmisibles (ET), en el Sistema Nacional de Vigilancia y articulación
con otros efectores de salud para la realización de acciones de control, eliminación o
erradicación que ameriten.
•     Procurar la optimización, calidad y oportunidad del dato generado en los efectores de salud y su análisis epidemiológico del comportamiento y tendencia en el tiempo promoviendo el uso de las herramientas de registros vigentes.
•     Generar y coordinar capacitaciones a los equipos de salud procurando la comunicación
y participación activa.
•     Generar y fomentar el uso de tecnologías sanitarias que optimicen las tareas de los equipos (digitalización de la información, aplicación de herramientas informáticas apoyada en nuevas tecnologías).
•     Realizar de manera sistemática la comunicación de la vigilancia a través de publicaciones en formato boletín, sala de situación, comunicados, generación de alertas, entre otras.
•     Articular el trabajo en terreno de los equipos de epidemiología y equipos de Atención
Primaria de la Salud.
• Consolidar circuitos de abordaje de enfermedades transmisibles con los equipos de salud, ante acciones de control de brote.



ANEXO B (HOJA 104)
• Detectar e intervenir oportunamente en eventos de salud pública de importancia local, regional, nacional e internacional.
REQUISITOS PARA EL CARGO:
Formar parte del equipo de Salud, contar con título universitario y tener como mínimo tres (3) años de experiencia en el área de enfermedades transmisibles.



ANEXO B (HOJA 105)
SECRETARÍA DE SALUD
SUBSECRETARÍA DE SALUD PÚBLICA
DIRECCIÓN GENERAL DE PROGRAMAS
DIRECCIÓN PROVINCIAL DE EPIDEMIOLOGÍA
DEPARTAMENTO PROVINCIAL VIGILANCIA Y GESTIÓN DE
ENFERMEDADES NO TRANSMISIBLES
MISIÓN:
Proveer la información sobre las Enfermedades No Transmisibles (ENT) y sus determinantes, a decisores y otros usuarios, a fin de facilitar el diseño, evaluación y monitoreo de acciones para su prevención y control.
FUNCIONES:

Organizar y consolidar la vigilancia y control de las Enfermedades No Transmisibles
(ENT) en el marco de tres perfiles: Factores de Riesgo/Protección, morbilidad y
mortalidad.
Promover el desarrollo de vigilancia de Enfermedades No Transmisibles (ENT) y
Factores de Riesgo (FR) a nivel provincial y local definiendo los ciclos de vigilancia
de cada evento.
Consolidar y organizar un Sistema de Vigilancia de Enfermedades No Transmisibles
(ENT) en conjunto con la Dirección Provincial Producción de Conocimiento.
Garantizar la utilización de la vigilancia en el proceso de toma de decisiones y
evaluación por parte de los decisores.
Obtener información sobre la distribución y tendencias de los Factores de Riesgo (FR),
teniendo en cuenta que la información recabada debe ser útil para la toma de decisiones.
Obtener información de cada problema incluyendo diferentes marcos conceptuales de
evaluación y monitoreo, considerando las causas y los determinantes de los FR,
variables o resultados intermedios, estableciendo fuentes primarias y secundarias de
información.
•     Conocer la información concerniente a marcos regulatorios, nivel de implementación de las leyes y su cumplimiento, siendo también relevante para la vigilancia.
•     Difundir reportes y proveer insumos relevantes para la toma de decisiones en forma sistemática y periódica, comprensible y accesible para los usuarios.
•     Desarrollar alianzas estratégicas: otros organismos gubernamentales, sociedades
científicas, etc.



ANEXO B (HOJA 106)
•     Coordinar actividades de capacitación y difusión a los actores y equipos involucrados en las tareas.
•     Promover actividades de investigación en Enfermedades No Transmisibles (ENT).
REQUISITOS PARA EL CARGO:
Ser profesional de las ciencias de la salud, contar con amplia experiencia en el tema, conocimiento básico de epidemiología y capacidad docente.




ANEXO B (HOJA 107)
SECRETARÍA DE SALUD
SUBSECRETARÍA DE SALUD PÚBLICA
DIRECCIÓN GENERAL DE PROGRAMAS
DIRECCIÓN PROVINCIAL DE EPIDEMIOLOGÍA
DEPARTAMENTO PROVINCIAL VIGILANCIA Y GESTIÓN DE
ENFERMEDADES NO TRANSMISIBLES
DIVISIÓN PROVINCIAL VIGILANCIA ENFERMEDADES NO TRANSMISIBLES
MISIÓN:
Garantizar la provisión de información sobre las Enfermedades No Transmisibles (ENT) y sus determinantes a decisores y otros usuarios de información, permitiendo el diseño, evaluación y monitoreo de acciones para su prevención y control.
FUNCIONES:
•     Evaluar las fuentes de datos disponibles e implementar estrategias de vigilancia de las
Enfermedades No Transmisibles (ENT).
•     Promover la articulación con otros organismos estatales que posean datos respecto a las
ENT que colaboren en la realización de políticas sanitarias comunitarias.
•     Generar documentación periódica para difusión y toma de decisiones de los gestores y
equipos de salud a fin de optimizar los recursos, redirigir abordajes poblacionales y
políticas sanitarias.
•     Intercambio y articulación de información con diferentes áreas de los ámbitos
provinciales, municipales y nacionales.
•     Optimizar la vigilancia de factores de riesgo con las fuentes primarias (registros de
TCST, historias clínicas, egresos) y registros de consultas utilizando herramientas
informáticas con aplicación de nuevas tecnologías.
•     Generar y coordinar capacitaciones/reuniones periódicas a los equipos de salud.
•     Consolidar circuitos de abordaje y notificación de calidad de Enfermedades No
Transmisibles (ENT) con diversos actores.
REQUISITOS PARA EL CARGO:
Formar parte del equipo de Salud, contar con título universitario y capacidad reconocida en programas de gestión sanitaria, tener como mínimo tres (3) años de experiencia en el área de epidemiología.
I


ANEXO B (HOJA 108)
SECRETARÍA DE SALUD
SUBSECRETARÍA DE SALUD PÚBLICA
DIRECCIÓN GENERAL DE PROGRAMAS
DIRECCIÓN PROVINCIAL DE PREVENCIÓN Y ASISTENCIA DE LAS
ADICCIONES
MISIÓN:
Diseñar, planificar, programar, supervisar, normalizar, articular, evaluar y monitorear las actividades de prevención y asistencia de las adicciones; teniendo como ejes centrales la promoción de la salud y la prevención en sus tres niveles, docencia e Investigación.
FUNCIONES:
Elaborar estrategias de prevención en sus tres niveles dirigidas a la población de toda
la Provincia.

Lograr la cooperación efectiva entre los distintos poderes del Estado (Ejecutivo,
Legislativo y Judicial) y entre los distintos niveles de la administración pública
nacional.
Coordinar la planificación y realización de acciones entre el Nivel Central y otros
sectores públicos, privados, Organizaciones No Gubernamentales (ONG) y referentes
comunitarios.
Generar Programas de Cooperación con otras provincias, en la materia.
Coordinar el diseño, implementación y evaluación de los diferentes programas de la
Dirección Provincial de Prevención y Asistencia de las Adicciones.
• Diseñar e implementar Programas de Capacitación continua y permanente en función de las acciones que se realizan, dirigidos a los Equipos de Trabajo de Prevención y Asistencia de las Adicciones, trabajadores de salud en general, líderes naturales de la
Comunidad, otros.
•     Propiciar la conformación de un Consejo Asesor.
•     Priorizar la formación del Recurso Humano a través de la capacitación continua.
•     Revisar el marco jurídico, adaptándolo o desarrollándolo para garantizar los derechos de aquellas personas con problemas de adicción.
•     Asistir y representar ante las reuniones nacionales del Consejo Federal de Lucha.
REQUISITOS PARA EL CARGO:
Ser profesional de las ciencias de la salud, psicólogo u otros con formación postgrado en la materia, con capacidad de liderar equipos interdisciplinarios y antecedentes reconocidos en la función.



ANEXO B (HOJA 109)
SECRETARÍA DE SALUD
SUBSECRETARÍA DE SALUD PÚBLICA
DIRECCIÓN GENERAL DE PROGRAMAS
DIRECCIG PROYZ? CIAL DE PREVE CIÓN Y ASISTENCIA DE ADICCIONES
DEPARTAMENTO PROVINCIAL GESTIÓN DE PRESTACIONES
ASISTENCIALES ADICCIONES
MISIÓN:
Generar estrategias orientadas al diseño, desarrollo y consolidación de redes asistenciales y de formación del recurso humano, basados en la comunidad y priorizando una atención sanitaria integral.
FUNCIONES:
•     Diseñar, desarrollar y consolidar redes asistenciales basadas en un modelo comunitario que privilegie la atención ambulatoria, promueva y apoye las capacidades de las personas y grupos organizados.
•     Integrar acciones de promoción, prevención, recuperación y rehabilitación en cada actividad.


•     Brindar un tratamiento integral que tenga en cuenta el aspecto físico, psicológico, cultural y social de las adicciones, teniendo como foco de atención al sujeto y no al objeto adictivo.
•     Poner al alcance de las personas el conjunto de intervenciones/acciones que hayan demostrado mejor relación costo-efectividad en la prevención, tratamiento y rehabilitación de cada tipo de trastorno mental.
•     Privilegiar las intervenciones preventivas y tempranas que pueden ser realizadas por profesionales y técnicos del equipo de salud general.
•     Propiciar la capacitación de los Recursos Humanos.
•     Generar mecanismos de monitoreo y evaluación de las actividades que se realizan.
•     Propiciar espacios de inclusión y pertenencia donde desarrollar las capacidades y habilidades de cada sujeto.
•     Fortalecer la interdisciplina de los equipos de trabajo.
•     Proponer el presupuesto anual del área.
REQUISITOS PARA EL CARGO:
Ser profesional de las ciencias de la salud en prestaciones asistenciales de adicciones y/o experiencia acreditada.



ANEXO B (HOJA 110)
SECRETARÍA DE LA SALUD
SUBSECRETARÍA DE SALUD PÚBLICA
DIRECCIÓN GENERAL DE PROGRAMAS
DIRECCIÓN PROVINCIAL DE PREVENCIÓN Y ASISTENCIA DE ADICCIONES
DEPARTAMENTO PROVINCIAL PROMOCIÓN Y PREVENCIÓN DE LAS
ADICCIONES
MISIONES:
Generar programas y estrategias orientados a la promoción de la salud y a la prevención de las adicciones dirigidas fundamentalmente a los grupos de mayor vulnerabilidad.
FUNCIONES:
•     Identificar instituciones, servicios y organizaciones para trabajar en el logro de la sensibilización sobre la promoción de la salud y la prevención de las adicciones.
•     Detectar grupos de mayor vulnerabilidad y diseñar acciones específicas para estos


sectores.
Proponer y participar, intersectorialmente, en acciones de promoción de la salud que
hayan demostrado ser potencialmente efectivas, realizadas en los espacios naturales de
convivencia y a través de la comunicación social, privilegiando la participación
comunitaria.
Articular con el Ministerio de Educación y establecimientos dependientes del mismo a
fin de desarrollar en forma sostenida intervenciones en los ambientes educativos.
Difundir orientaciones y normas técnicas y administrativas actualizadas para orientar
las acciones más efectivas que debe realizar cada servicio, dispositivo o establecimiento
de la red local, de modo de lograr la más adecuada utilización de los recursos en
beneficio de las personas.
•     Elaborar, desarrollar e implementar un programa de comunicación social a nivel regional y de los servicios de salud.
•     Diseñar, desarrollar e implementar programas integrados para la prevención y el abordaje de problemas específicos y prioritarios a través de la creación de grupos de trabajo interdisciplinarios, institucionales e intersectoriales, incluyendo: Salud Mental y Materno Infancia y Adolescencia; Educación Escolar; Tercera Edad; Cultura; Deporte; Violencia; Trabajo; Justicia; Comunicación Social; Discapacidad y otros.
•     Propiciar la Capacitación del Recurso Humano.
•     Proponer el presupuesto anual del área.


ANEXO B (HOJA 111)
REQUISITOS PARA EL CARGO:
Ser profesional de las ciencias de la salud o de la educación con antecedentes reconocidos en áreas de promoción y prevención de las adicciones.




ANEXO B (HOJA 112)
SECRETARÍA DE SALUD     '
SUBSECRETARÍA DE SALUD PÚBLICA
DIRECCIÓN GENERAL DE PROGRAMAS
DIRECCIÓN PROVINCIAL DE SALUD MENTAL COMUNITARIA
MISIÓN:
Brindar asesoramiento a la Secretaría de Salud para el diseño y planificación de los diferentes programas del área; operativizando la implementación de los mismos en los distintos contextos locales; así como de aquellas acciones destinadas a la supervisión, evaluación y monitoreo de las actividades de Salud Mental Comunitaria, entendiendo por ésto lo concerniente a la salud mental en todas sus manifestaciones.
FUNCIONES:
• Identificar instituciones, servicios y organizaciones para trabajar en el logro de la

sensibilización sobre la promoción de la salud mental y la prevención de problemáticas
psicosociales, así como de la trascendencia e implicancias del modelo comunitario de
atención a la salud mental.
Generar una red preventivo-asistencial y gestionar fondos económicos para la
financiación de las estrategias preventivo-asistenciales.
Definir periódicamente las actividades o prestaciones que cada dispositivo de la red
realiza, en función de las necesidades de la población, los recursos de la red y de la
evaluación sistemática de la atención, de modo que ésta sea de la mayor capacidad de
resolución y siempre lo más cercana posible a la persona, su familia y su entorno.
Difundir orientaciones y normas técnicas y administrativas actualizadas para orientar
las acciones que debe realizar cada servicio, dispositivo o establecimiento de la red
local, de modo de lograr una adecuada utilización de los recursos en beneficio de las
personas.
•     Elaborar estrategias de investigación que permitan aportar nuevos datos epidemiológicos sobre la región.
•     Evaluar en forma sistemática, la eficiencia de la red en cuanto a satisfacción de usuarios y prestadores y de indicadores tales como nivel de información y comprensión que tiene el paciente y familiares acerca de su tratamiento, tiempo de espera, tiempos de traslado, continuidad del equipo tratante y otros, generando espacios de participación activa para la comunidad a los efectos de la evaluación de sus propias necesidades.
•     Diseñar una estrategia que promueva la estrecha cooperación y coordinación entre nivel de Atención Primaria de Salud, el Nivel especializado de Atención Primaria de la Salud y el Nivel especializado de Atención a la Salud Mental.


ANEXO B (HOJA 113)

REQUISITOS PARA EL CARGO:
Ser profesional con título universitario en psiquiatría, psicología, trabajo social, terapia ocupacional o afínes, con adecuada formación en el área.




ANEXO B (HOJA 114)
SECRETARÍA DE SALUD
SUBSECRETARÍA DE SALUD PÚBLICA
DIRECCIÓN GENERAL DE PROGRAMAS
DIRECCIÓN PROVINCIAL DE SALUD MENTAL COMUNITARIA
DEPARTAMENTO PROVINCIAL GESTIÓN DE PRESTACIONES
ASISTENCIALES SALUD MENTAL
MISIÓN:
Diseñar, planificar, programar, supervisar, normalizar, articular, evaluar y monitorear las actividades de la salud mental, entendiendo por ésto lo concerniente a la Salud Mental en todas sus manifestaciones.
FUNCIONES:
•     Promover el derecho a la Salud Mental para todos los ciudadanos de Provincia
garantizando el acceso universal: geográfico, económico y social.
•     Elaborar estrategias de movilización institucional dirigidas a lograr la cooperación
efectiva entre los distintos poderes del Estado (ejecutivo, legislativo y judicial) y entre
los distintos niveles de las administraciones públicas (nacional, provincial y municipal).
•     Coordinar la planificación y realización de acciones entre el nivel central y otros
sectores públicos, privados, Organizaciones No Gubernamentales (ONG) y la
comunidad toda.
•     Generar Programas de Cooperación con otras Provincias, la Nación y Organismos Internacionales.
•     Coordinar el diseño, implementación y evaluación de los diferentes programas de la Dirección Provincial de Salud Mental Comunitaria.
•     Diseñar e implementar programas de Capacitación continua y permanente en función de las acciones que se realizan, dirigidas a los Equipos de Trabajo de Salud Mental, trabajadores de salud en general, líderes naturales de la Comunidad, otros.
•     Priorizar la formación del recurso humano a través de la Residencia Interdisciplinaria
en Salud Mental Comunitaria.
•     Garantizar los derechos que asisten a las personas con trastornos mentales, con especial atención al intemamiento involuntario y la protección jurídica de aquellas personas declaradas incapaces.
•     Regular y aplicar la normativa vigente.
•     Proponer el presupuesto anual del área.


ANEXO B (HOJA 115)

REQUISITOS PARA EL CARGO:
Ser profesional de las ciencias de la salud, médico psiquiatra, psicólogo u otros, con formación posgrado en salud mental comunitaria u otros, con capacidad de liderar equipos interdisciplinarios y tener antecedentes reconocidos en la función.




ANEXO B (HOJA 116)
SECRETARÍA DE SALUD
SUBSECRETARÍA DE SALUD PÚBLICA
DIRECCIÓN GENERAL DE PROGRAMAS
DIRECCIÓN PROVINCIAL DE SALUD MENTAL COMUNITARIA
DEPARTAMENTO PROVINCIAL GESTIÓN DE DISPOSITIVOS ESENCIALES
MISIÓN:
Diseñar, planificar, programar, supervisar, normalizar, articular, evaluar y monitorear las actividades de la salud mental en los dispositivos hospitalarios (centro de días, empresas sociales, dispositivos infantojuveniles, dispositivos de orientación y atención primaria de la salud mental, etc).
FUNCIONES:
• Promover el derecho a la Salud Mental para todos los ciudadanos/as de la Provincia,
garantizando el acceso universal a los diferentes dispositivos de la provincia:


geográfico, económico y social.
Elaborar estrategias de movilización institucional dirigidas a lograr la cooperación
efectiva entre los distintos poderes del Estado (ejecutivo, legislativo y judicial) y entre
los distintos niveles de las administraciones públicas (nacional, provincial y municipal).
Coordinar la planificación y realización de acciones entre el nivel central y otros
sectores públicos, privados, de obras sociales, Organizaciones No Gubernamentales
(ONGs) y la comunidad en general.
Generar Programas de Cooperación con otras Provincias, la Nación y Organismos
Internacionales, según las necesidades que suijan en los dispositivos provinciales y en
pos de su fortalecimiento.
• Coordinar el diseño, implementación y evaluación de los diferentes programas de la Dirección Provincial de Salud Mental Comunitaria, en articulación con los agentes de
los dispositivos provinciales.
•     Diseñar e implementar programas de Capacitación continua y permanente en función de las acciones que se realizan en los diferentes dispositivos provinciales, dirigidas a los Equipos de Trabajo de Salud Mental, trabajadores de salud en general, referentes de la comunidad, otros.
•     Priorizar la formación del recurso humano a través de la Residencia Interdisciplinaria
en Salud Mental Comunitaria.
• Coordinar con las diferentes sedes de Residencia Interdisciplinaria de Salud Mental
Comunitaria (SMC) las rotaciones por dispositivos de Salud mental y hospitales de la
provincia.



ANEXO B (HOJA 117)
•     Garantizar los derechos que asisten a las personas con padecimiento mental, con especial atención a las internaciones involuntarias y a la protección jurídica de aquellas personas
que requieren sistemas de apoyo luego de las evaluaciones de determinación de la capacidad jurídica.
•     Velar por la aplicación de la normativa provincial y nacional vigente en los dispositivos de la provincia.
•     Trabajar en coordinación con los demás departamentos provinciales y acorde a los lincamientos de las Direcciones provinciales de Salud Mental Comunitaria y de Prevención y Asistencia de las Adicciones.

REQUISITOS PARA EL CARGO:
Ser profesional de las ciencias de la salud, médico/a psiquiatra, psicólogo/a, trabajador/a social,
enfermera/o, terapista ocupacional u otros con formación en salud mental comunitaria, contar
experiencia en el área. Poseer capacidad de liderar equipos interdisciplinarios y tener
antecedentes reconocidos en la función.
c



ANEXO B (HOJA 118)
SECRETARÍA DE SALUD
SUBSECRETARÍA DE SALUD PÚBLICA
DIRECCIÓN GENERAL DE PROGRAMAS
DIRECCIÓN PROVINCIAL DE ATENCIÓN INTEGRAL DE LA DISCAPACIDAD
MISIÓN:
Coordinar, normalizar, asesorar, promover y difundir, con carácter provincial, todas aquellas acciones que contribuyan directa o indirectamente a la asistencia sanitaria de las personas con
discapacidad, sin distinción de edad, sexo, raza, religión o nivel socio-económico, asegurando
una equitativa distribución y acceso de los beneficios que se instituyan.
FUNCIONES:
Proponer y elaborar proyectos y programas que permitan la implementación de las
políticas específicas sobre la integración de las personas con discapacidad, con
intervención de los organismos nacionales, provinciales, municipales correspondientes
y la participación de organizaciones privadas de o para discapacitados, participando en
la elaboración de iniciativas destinadas a concretar los objetivos previstos.
E ivizar acciones con el objeto de evaluar el cumplimiento de la Legislación
Nacional y Provincial, sus reformas y medidas complementarias, proponiendo los
instrumentos adicionales o correctivos que resulten necesarios para que se cumplan sus
finalidades.
Coordinar los programas que desarrollen sobre la materia las entidades públicas y privadas, organizando un Centro de Información y Documentación Computarizado sobre el tema de discapacidad.
Gestionar la adquisición de fondos especiales con el fin de favorecer la integración de personas con discapacidad y estimular programas de investigación vinculados con el área.
•     Intervenir en todas aquellas acciones tendientes a asegurar la cobertura prestacional en prevención, asistencia y rehabilitación integral de las personas con discapacidad.
•     Intervenir en la elaboración de planes y programas destinados a la formación y perfeccionamiento de recursos humanos especializados en la asistencia a personas con discapacidad.
•     Programar, organizar y apoyar campañas permanentes de información concientización y motivación comunitaria relacionadas con el problema de la discapacidad.
•     Coordinar acciones conjuntas con Ministerios y Secretarías provinciales en lo referente a la implementación de los programas de integración de las personas con discapacidad.
•     Fiscalizar el funcionamiento del taller provincial de prótesis y ortesis que centralice las demandas de dichos elementos para el equipamiento de las personas con discapacidad que lo requieran.



ANEXO B (HOJA 119)
•     Certificar la condición de discapacidad de la persona que lo requiera, conforme las normas y principios establecidos en las normas vigentes, por intermedio de sus delegaciones zonales, con validez en toda tramitación que se realice en el ámbito provincial.
•     Articular programas con otras zonas.
•     Elaborar el presupuesto del área.
REQUISITOS PARA EL CARGO:
Ser profesional de las ciencias médicas con formación profesional afín y experiencia en la materia, preferentemente con formación en Posgrado.




ANEXO B (HOJA 120)
SECRETARÍA DE SALUD
SUBSECRETARÍA DE SALUD PÚBLICA
DIRECCIÓN GENERAL DE PROGRAMAS
DIRECCIÓN PROVINCIAL DE ATENCIÓN INTEGRAL DE LA DISCAPACIDAD
DEPARTAMENTO PROA JCIAL PRESTACIONES DE SALUD BASICAS DE PCD
MISIÓN:
Fortalecer la cobertura de prestaciones básicas de salud, que no se brindan en el ámbito estatal, para personas con discapacidad sin cobertura social.
FUNCIONES:
•     Protocolizar la cobertura de prestaciones básicas y ayudas técnicas / equipamiento para personas con discapacidad sin cobertura social.
•     Fortalecer y administrar el Banco Provincial de Ayudas Técnicas y Taller Provincial de

Ortesis y Prótesis.
Gestionar la demanda, tramitación y provisión de los recursos.
Desarrollar y adecuar instrumentos normativos en relación a las distintas Figuras de
Apoyo de Salud para Personas Con Discapacidad (PCD).
Asesorar, fiscalizar y auditar instituciones que brinden prestaciones básicas para
personas con discapacidad con el fin de promover el cumplimiento del Marco Básico
de Organización y Funcionamiento de Prestaciones y Establecimientos de Atención a
Personas con Discapacidad (Resolución 1328/2006 / Ley N° 24.901).
Garantizar el funcionamiento de la Junta Evaluadora de Prestadores de Servicios de
Atención a Personas con Discapacidad, órgano de Categorización, Control y Orientación de los Prestadores de Servicios de Atención y Rehabilitación a Personas con Discapacidad que solicitan el ingreso al Registro Nacional de Prestadores, en el marco del cumplimiento del Convenio de Adhesión entre el Directorio del Sistema Único de Prestaciones Básicas para Personas con Discapacidad y el Gobierno de la Provincia de Chubut, representado por la Secretaría de Salud.
•     Desarrollar y dirigir la investigación en la temática de la discapacidad junto con relevamientos y estadísticas.
•     Diseñar programas específicos destinados a grupos o situaciones puntuales con el objetivo de brindar cobertura a nuevas demandas poblacionales.
•     Revisar, de forma permanente, marcos normativos que involucren como autoridad de aplicación a la Dirección Provincial.
•     Difundir, informar y asesorar sobre Programas Nacionales para la cobertura de ayudas técnicas y equipamiento.



ANEXO B (HOJA 121)
REQUISITOS PARA EL CARGO:
Ser profesional con título de grado en ciencias de la salud, preferentemente psicólogo, médico o licenciado en trabajo social, con experiencia específica en discapacidad.



ANEXO B (HOJA 122)
SECRETARÍA DE SALUD
SUBSECRETARÍA DE SALUD PÚBLICA
DIRECCIÓN GENERAL DE PROGRAMAS
DIRECCIÓN PROVINCIAL DE ATENCIÓN INTEGRAL DE LA DISCAPACIDAD
DEPARTAMENTO PROVINCIAL ABORDAJE INTEGRAL DE LA
DISCAPACIDAD
MISIÓN:
Favorecer el acceso a los derechos contemplados en la Convención Internacional sobre los
derechos de las Personas Con Discapacidad (PCD).
FUNCIONES:
•     Coordinar y supervisar las actividades y procedimientos de las Juntas Evaluadoras de
Discapacidad, cumpliendo con las normativas vigentes emitidas por la Agencia
Nacional de Discapacidad.
•     Capacitar y formar recurso humano que intervenga directa o indirectamente en la
Certificación de Discapacidad.

Instrumentar la Junta Evaluadora Central como instancia superior de Apelación de
dictámenes emitidos por las Juntas Evaluadoras provinciales.
Desarrollar, establecer y actualizar procedimientos de los Servicios de Rehabilitación
de la provincia con visión y misiones acordes al paradigma social de discapacidad.
•     Desarrollar estrategias intersectoriales desde atención primaria de la salud para el
abordaje de la neurodiversidad en las infancias.
•     Garantizar la implementación de equipos de atención interdisciplinarios para la
promoción, prevención, diagnóstico y tratamiento de los Trastornos del
Neurodesarrollo Infantil en las cuatro zonas establecidas por la Secretaría de Salud de
Chubut.
•     Implementar programas de capacitación para profesionales, funcionarios públicos y la
comunidad en general, con el objetivo de sensibilizar sobre la discapacidad y promover
prácticas inclusivas.
•     Asesorar a municipios, organizaciones de la sociedad civil y comunidad en- general
sobre el cumplimiento de leyes y normativas vinculadas a discapacidad.
•     Trabajar de manera colaborativa con organizaciones de la sociedad civil y organismos
gubernamentales, para garantizar el acceso, en condiciones de igualdad de personas con
discapacidad, en distintos ámbitos laborales.
•     Colaborar como órgano de consulta frente a solicitudes de Organismos
Gubernamentales provinciales y/o municipales para el desarrollo de políticas
inclusivas.
•     Potenciar campañas de sensibilización y concientización comunitaria en relación a la
atención de personas con discapacidad.



ANEXO B (HOJA 123)
•     Garantizar las asambleas del Consejo Provincial de Discapacidad, convocando a organismos gubernamentales provinciales, municipales, organizaciones de la sociedad civil y comunidad en general.
•     Elaborar y actualizar el registro de organizaciones de la sociedad.
•     Diseñar programas específicos destinados a grupos o situaciones puntuales con el objetivo de brindar cobertura a nuevas demandas poblacionales.
REQUISITOS PARA EL CARGO:
Ser profesional con título de grado, tener formación específica en discapacidad.




ANEXO B (HOJA 124)
SECRETARÍA DE SALUD
SUBSECRETARÍA DE SALUD PÚBLICA
DIRECCIÓN GENERAL DE PROGRAMAS
DIRECCIÓN PROVINCIAL DE PRODUCCIÓN DE CONOCIMIENTO
MISIÓN:
Facilitar y coordinar la adquisición, creación, organización y aplicación efectiva del conocimiento en la organización, con el objetivo de impulsar la innovación, mejorar el rendimiento y promover la toma de decisiones informada, a partir de indicadores de gestión.
FUNCIONES:
•     Coordinar la investigación y el análisis de datos para adquirir conocimiento relevante.
•     Propiciar y facilitar actividades de innovación que permitan optimizar los procesos dentro de la Dirección.

Fomentar la generación de conocimiento a través de proyectos, promover e incentivar
el uso de la información generada.
Estimular e implementar herramientas y tecnologías para la gestión eficiente de la
información.
Garantizar la accesibilidad y relevancia de la información almacenada.
Coordinar y gestionar bases de datos y repositorios de conocimiento.
Elaborar y difundir publicaciones que permitan responder a un sistema de
retroalimentación de la información, coordinando y supervisando la producción, su
análisis y difusión, garantizando normas y procedimientos uniformes para la
captación de la misma, su elaboración y procesamiento de datos, aportando
indicadores para la toma de decisiones en los distintos niveles organizacionales.
•     Implementar sistemas de gestión del conocimiento y asegurar su integridad.
•     Supervisar la seguridad y la confidencialidad de la información.
•     Fomentar una cultura de colaboración y compartición de conocimiento.
•     Coordinar y garantizar la organización de sesiones de capacitación y eventos para la transferencia de conocimientos.
•     Implementar plataformas y herramientas de colaboración interna.
•     Colaborar con otras direcciones o departamentos para integrar el conocimiento en procesos y decisiones.
•     Evaluar el impacto de la aplicación del conocimiento en los resultados organizativos.
•     Proponer mejoras continuas basadas en los resultados obtenidos.
•     Establecer mecanismos de retroalimentación para evaluar la efectividad de las
prácticas de gestión del conocimiento.



ANEXO B (HOJA 125)
•     Realizar análisis periódicos de las métricas relacionadas con la producción y aplicación del conocimiento.
•     Ajustar estrategias y procesos en función de la retroalimentación recibida.
•     Fomentar una cultura organizacional que valore y promueva la gestión del conocimiento como parte integral de la estrategia de la institución.
•     Normatizar definiciones, procedimientos de captación y elaboración de información manteniendo estándares nacionales y/o internacionales con el fin de que el sistema conserve homogeneidad.
•     Propiciar e impulsar la introducción y actualización de tecnología para la recolección de la información en la comunicación y en los procesos de elaboración de información.

Mantener y actualizar la captación de datos considerando los procesos de generación
y registro de los mismos en el sistema involucrado.
Coordinar la sistematización de los subsistemas de Estadísticas Vitales y Estadísticas
de Servicios de Salud.
Coordinar y asegurar el correcto resguardo de las bases de datos digitales y mantener
la confidencialidad de datos involucrados.
Garantizar los circuitos de logística y sistematización de los registros que lleva
adelante la Dirección.
• Planificar, organizar y normatizar juntamente con la Dirección de Estadísticas y Censos y el Registro Civil Provincial los instrumentos y metodología para la transmisión de datos a través de los Juzgados de Paz y Registros Civiles.
• Participar de seminarios, talleres y/o reuniones Provinciales, Nacionales, Regionales y
otros.
•     Establecer relaciones con miras al intercambio técnico y/o coparticipación recíproca con Instituciones Oficiales y Privadas, de nivel Municipal, Provincial y Nacional en temas de competencia.
•     Promover y participar en la capacitación del recurso humano que realiza tareas concernientes a la Dirección con el fin de fortalecer el sistema de información.
REQUISITOS PARA EL CARGO:
Poseer título de grado o superior de estadística o disciplina relacionada con la estadística.


ANEXO B (HOJA 126)
SECRETARÍA DE SALUD
SUBSECRETARÍA DE SALUD PÚBLICA
DIRECCIÓN GENERAL DE PROGRAMAS
DIRECCIÓN PROVINCIAL DE PRODUCCIÓN DE CONOCIMIENTO
DEPARTAMENTO PROVINCIAL ANÁLISIS Y DIFUSIÓN DE LA
INFORMACIÓN
MISIÓN:
Planificar y llevar a cabo el análisis, la elaboración y difusión de publicaciones que permitan responder a un sistema de retroalimentación de la información, dando respuesta a las necesidades en los diferentes niveles de la información sanitaria y vitales.
FUNCIONES:

Adecuar el análisis de información y difusión de la misma en base a las tecnologías
disponibles.
Diseñar formatos de análisis para mantener la retroalimentación de los sistemas
continuos de información sanitaria y vitales.
Coordinar las necesidades y elaboración de información con Instituciones Oficiales
y Privadas en temas de competencia.
Proponer modificaciones en los procesos de generación de información y/o
procesamiento de datos con el fin de dar respuesta a nuevas necesidades del
Sistema.
• Participar y fomentar las relaciones ínter e intrainstitucionales que estén
relacionadas con el uso y generación de información.
• Propiciar los cambios de variables, definiciones y/o procedimientos originados en base a necesidades y a estándares específicos.
• Actualizar, de manera continua, la información proveniente de los diferentes establecimientos de la provincia, tanto público como privado, para el Registro Poblacional de Tumores.
•     Coordinar y fomentar, de manera continua la mejora de calidad de datos provenientes de los efectores que notifican al Registro Poblacional de Tumores.
•     Coordinar y fomentar de manera continua la mejora de calidad de datos de producción de servicios provenientes de los establecimientos públicos.
•     Elaborar y difundir publicaciones de los registros que lleva adelante la Dirección que permitan responder a un sistema de retroalimentación de la información.
•     Promover y participar en la capacitación que involucre tareas concernientes de estadística sanitaria, con el fin de fortalecer el sistema de información de salud.



ANEXO B (HOJA 127)
REQUISITOS PARA EL CARGO:
Poseer título de técnico o grado de estadística o disciplina relacionada con la estadística y análisis de datos.




ANEXO B (HOJA 128)
SECRETARÍA DE SALUD
SUBSECRETARÍA DE SALUD PÚBLICA
DIRECCIÓN GENERAL DE PROGRAMAS
DIRECCIÓN PROVINCIAL DE PRODUCCIÓN DE CONOCIMIENTO
DEPARTAMENTO PROVINCIAL ANÁLISIS Y DIFUSIÓN DE LA INFORMACIÓN
DIVISIÓN PROVINCIAL AUDITORIA Y CALIDAD DEL DATO
MISIÓN:
Coordinar y auditar la calidad de la información correspondiente a subsistemas de Estadísticas de Servicios de Salud y de Estadísticas Vitales. Garantizar la capacitación del recurso humano de los establecimientos de salud provinciales.
FUNCIONES:
Coordinar la recepción, codificación y control de formularios que corresponden al
Subsistema de Estadísticas Vitales proveniente de las Unidades de Gestión
Descentralizadas, Registros Civiles y Juzgados de Paz.
Coordinar la recepción, codificación y control de formularios y bases digitales
perteneciente al Subsistema de Estadísticas de Servicios de Salud.
Coordinar y supervisar las tareas de reparos de calidad de los Informes Estadísticos de
Defunción.
Coordinar y supervisar los reparos de calidad y cantidad a los establecimientos de
salud y Unidad de Gestión Descentralizada.
Coordinar y supervisar las labores de recepción, codificación y sistematización del
registro Poblacional de Tumores.
Brindar apoyo a las Unidad de Gestión Descentralizada y Establecimientos del área en
la capacitación del recurso humano que realiza tareas concernientes de Estadística
Sanitaria, con el fin de fortalecer el Sistema de Información.
Proponer, coordinar y programar capacitaciones sobre las temáticas propias de la
división como, por ejemplo; terminología médica, codificación de diagnóstico y
tareas de procesos de registro.
Proponer, fortalecer y brindar herramientas para mejorar la calidad de la información.
REQUISITOS PARA EL CARGO:
Poseer título de técnico en estadística o similar.



ANEXO B (HOJA 129)
SECRETARÍA DE SALUD
SUBSECRETARÍA DE SALUD PÚBLICA
DIRECCIÓN GENERAL DE PROGRAMAS
DIRECCIÓN PROVINCIAL DE PRODUCCIÓN DE CONOCIMIENTO
DEPARTAMENTO PROVINCIAL OPTIMIZACIÓN Y PROCESAMIENTO
DE LA INFORMACIÓN
MISIÓN:
•     Diseñar estrategias avanzadas de procesamiento de la información adaptadas a los distintos sistemas de información de salud existentes en la provincia.
•     Evaluar, proponer e implementar soluciones basadas en las últimas tecnologías para garantizar un procesamiento eficiente y preciso de la información en el ámbito de la salud.

• Desarrollar y mantener sistemas de procesamiento de información flexibles y seguros,
salvaguardando la integridad y confidencialidad de los datos de salud.
ACIONES:
• Asegurar el procesamiento preciso y oportuno de información y datos relevantes para
el sistema de Salud Pública Provincial.
• Trabajar en la mejora continua de los sistemas de procesamiento para aumentar la
eficiencia y la productividad de los mismos.
® Implementar estrategias para mantener y resguardar la confidencialidad, integridad y
disponibilidad de la información procesada.
• Analizar y sugerir la implementación de nuevas tecnologías en pos de preservar la
efectividad de los procesos de generación de información de salud.
• Facilitar el acceso rápido y seguro a la información de salud relevante para los
diferentes actores del sistema, contribuyendo a la toma de decisiones de las autoridades
de salud provincial.
• Implementar estrategias de procesamiento de datos que respondan a los requerimientos
de información sanitaria a nivel nacional.
REQUISITOS PARA EL CARGO:
Poseer título de técnico o grado de informática o disciplina relacionada con las ciencias de datos.



ANEXO B (HOJA 130)
SECRETARÍA DE SALUD
SUBSECRETARÍA DE SALUD PÚBLICA
DIRECCIÓN GENERAL DE PROGRAMAS
DIRECCIÓN PROVINCIAL DE PRODUCCIÓN DE CONOCIMIENTO
DEPARTAMENTO PROVINCIAL OPTIMIZACIÓN Y PROCESAMIENTO DE LA
INFORMACIÓN
DIVISIÓN PROVINCIAL INTEGRACIÓN Y PROCESAMIENTO DE LA
INFORMACIÓN
MISIÓN:
Procesar y unificar bases de datos digitales que se originan en el Sistema de Información de Salud Provincial, recopilando y consolidando las mismas para la generación de resultados acordes a las necesidades.
FUNCIONES:
•     Implementar y actualizar rutinas de procesamiento de acuerdo a nuevas necesidades y
nuevas tecnologías de procesamiento.
•     Implementar y/o adaptar procesos de unificación y procesamiento de datos de distintas
fuentes.
•     Implementar rutinas de depuración de datos acordes a los criterios de calidad de la Dirección.
•     Resguardar las bases de datos digitales, y mantener la confidencialidad de datos involucrados.
•     Administrar, mantener, actualizar y auditar servidores, tanto físicos como virtuales, pertenecientes a la Dirección.
•     Asesorar a los integrantes de la Dirección y sus dependencias sobre el uso de las herramientas de carga y consulta de datos de los sistemas de información de salud.
REQUISITOS PARA EL CARGO:
Acreditar conocimientos en manejo de base de datos y/o poseer título de técnico en computación o similar.



ANEXO B (HOJA 131)
SECRETARÍA DE SALUD
SUBSECRETARÍA DE SALUD PÚBLICA
DIRECCIÓN GENERAL DE PROGRAMAS
DIRECCIÓN PROVINCIAL DE PRODUCCIÓN DE CONOCIMIENTO
DEPARTAMENTO PROVINCIAL INVESTIGACIÓN
MISIÓN:
Promover, fortalecer, desarrollar, y orientar la investigación en salud, siendo de su competencia la coordinación y evaluación de las investigaciones que se realicen en el ámbito de la Dirección General de Programas.
Desarrollar y fortalecer un sistema provincial de Investigación en Salud clínica y sanitaria, concebido como un proceso de producción del conocimiento, en relación a las condiciones de salud y a las respuestas sociales que se implementan para mejorarlas.
FUNCIONES:
•     Promover el desarrollo de políticas y programas que incentiven a nuevos
iíívestigadores para el diseño, desarrollo y publicación de sus resultados.
•     Impulsar el desarrollo de estudios colaborativos multicéntricos sobre las áreas
prioritarias, aprobadas por la Secretaría de Salud de la Provincia del Chubut.
•     Asesorar en investigación, capacitación y transferencia de conocimiento a gestores de
los niveles jurisdiccionales.
•     Promover el intercambio y la cooperación en materia de investigación en salud, con
Organismos Gubernamentales Universidades, Centros de Investigación,
Organizaciones No Gubernamentales (ONGs), y hospitales del ámbito municipal,
provincial y nacional.
•     Asesorar en temas de investigación en salud a los diferentes programas dependientes
de la Secretaría de Salud de la Provincia del Chubut.
•     Promover la traducción y difusión de conocimientos provenientes de la investigación científica y su uso en el diseño de políticas sanitarias, en la toma de decisiones por parte de los distintos actores políticos y sociales.
•     Promover la coordinación, acción conjunta e intercambio, con otras entidades ó grupos profesionales, dedicados a la investigación epidemiológica a nivel provincial, nacional e internacional.
Colaborar- en la construcción, selección y monitoreo de los indicadores que permitan analizar el desarrollo de los diferentes programas.
Participar en el análisis de indicadores de los diferentes programas que dependan de la Dirección Provincial de Epidemiología.
Supervisar la recolección de la información de los diferentes programas aportando datos al análisis de situación de salud de la provincia.



ANEXO B (HOJA 132)
REQUISITOS PARA EL CARGO:
Formar parte del personal del equipo de salud con título universitario, contar con capacitación reconocida en investigación, programas, con capacidad docente y de manejo de grupo.




ANEXO B (HOJA 133)
SECRETARÍA DE SALUD
SUBSECRETARÍA DE SALUD PÚBLICA
DIRECCIÓN GENERAL DE PROGRAMAS
DIRECCIÓN PROVINCIAL DE PRODUCCIÓN DE CONOCIMIENTO
DEPARTAMENTO PROVINCIAL DISEÑO Y MONITOREO DE PROGRAMAS Y
PROYECTOS
MISIÓN:
Contribuir al fortalecimiento del sector salud a través de la elaboración y seguimiento de proyectos, de acuerdo a los lincamientos rectores de la Secretaría de Salud que conlleve a la optimización de la gestión de los recursos, priorizando aquellos más efectivos desde el punto de vista socio sanitario.
FUNCIONES:
• Diseñar las herramientas para elaboración, ejecución, monitoreo y evaluación de los

programas y proyectos.
Fortalecer los procesos de elaboración, ejecución, monitoreo y evaluación de los
programas y proyectos, contribuyendo a la sistematización de los mismos.
Coordinar con las distintas Direcciones de la Secretaría las actividades necesarias para
la formulación, monitoreo y evaluación de los programas y proyectos actuales, así
como los que puedan surgir en el futuro, en concordancia con los lincamientos
emanados de las políticas de salud.
•     Supervisar el diseño, ejecución y evaluación de las actividades de monitoreo y evaluación de los programas y proyectos para su desarrollo; proponiendo las acciones de mejora necesarias para alcanzar los objetivos propuestos.
•     Propiciar la solicitud de desembolsos y trasferencias de los proyectos aprobados para su ejecución.
•     Revisar y gestionar la aprobación de las modificaciones de los proyectos durante la ejecución de los mismos.
•     Promover la implementación de evaluaciones de impacto que permitan conocer la magnitud del efecto de un programa.
REQUISITOS PARA EL CARGO:
Ser profesional de la salud/ administración/ educación/ trabajo social/ ciencias económicas y otros afines con experiencia en la gestión de programas y proyectos.



ANEXO B (HOJA 134)
SECRETARÍA DE SALUD
SUBSECRETARÍA DE SALUD PÚBLICA
DIRECCIÓN GENERAL DE PROGRAMAS
DIRECCIÓN PROVINCIAL DE ATENCIÓN PRIMARIA DE LA SALUD
MISIÓN:
Coordinar e integrar recursos bajo su dependencia a fin de dar cumplimiento con los programas y acciones sanitarias que establezcan la Subsecretaría de Programas de Salud y la Secretaría de Salud.
Entender en el diseño, formulación, ejecución y coordinación de programas, subprogramas y acciones sanitarias desarrolladas sobre la base de la estrategia de Atención Primaria, la integración del Sistema de Salud, la articulación intersectorial y la participación comunitaria.
FUNCIONES:
Aplicar y desarrollar lincamientos estratégicos de la Atención Primaria de la Salud,
proponiendo, coordinando y supervisando las acciones y actividades relacionadas a la
promoción y prevención de la salud, y la asistencia a la enfermedad (diagnóstico,
tratamiento, cuidado paliativo, rehabilitación).
• Articular con las Direcciones pertenecientes a la Subsecretaría de Programas y otras Subsecretarías, la planificación e implementación de los programas y líneas de cuidado por ciclo de vida que se ejecutan en el Primer Nivel de Atención, promoviendo el trabajo
en equipo.
• Fortalecer las acciones del primer nivel de atención, propiciando la formación de equipos
de salud y utilizando la epidemiología como una herramienta básica.
• Diseñar y operativizar procesos de integración de equipos interdisciplinarios e interinstitucionales; promoviendo la adecuada capacitación y formación de los recursos humanos.
•     Coordinar los programas de capacitación provinciales y/o nacionales de recursos humanos del Primer Nivel de Atención.
•     Participar en el diseño de una estrategia de comunicación social e institucional, dirigidas al equipo de salud y a la comunidad.
•     Monitorear el funcionamiento, ejecución y el impacto de los recursos de los programas bajo su dependencia.
•     Fomentar y promover actividades sobre estrategias de comunidades saludables y sobre los determinantes de la salud.
•     Proponer y articular la organización de PNA y sistema de Referencia y contrarreferencia en el Segundo Nivel de Atención por región.



ANEXO B (HOJA 135)
•     Planificar junto a las autoridades regionales las necesidades de recursos humanos, equipamiento e infraestructura del Primer Nivel de Atención.
•     Coordinar y realizar todas aquellas tareas y funciones que le signe la Subsecretaría de Programas de Salud.
•     Diseñar y proponer el presupuesto del área.
REQUISITOS PARA EL CARGO:
Ser profesional de las Ciencias de la Salud, o Ciencias Sociales con experiencia reconocida en atención primaria de la salud y en la coordinación de equipos de trabajo, preferentemente con formación de posgrado.




ANEXO B (HOJA 136)
SECRETARÍA DE SALUD
SUBSECRETARÍA DE SALUD PÚBLICA
DIRECCIÓN GENERAL DE PROGRAMAS
DIRECCIÓN PROVINCIAL DE ATENCIÓN PRIMARIA DE LA SALUD
DEPARTAMENTO PROVINCIAL GESTIÓN DE CENTROS DE ATENCIÓN
PRIMARIA DE LA SALUD
MISIÓN:
Coordinar y gestionar los recursos de los Centros de Atención Primaria de la Salud a fin de dar cumplimiento con los programas y acciones sanitarias que establezcan la Subsecretaría de Programas de Salud y la Secretaría de Salud.
Entender en el diseño, formulación, ejecución y coordinación de programas, subprogramas y acciones sanitarias desarrolladas sobre la base de la estrategia de Atención Primaria, la integración del Sistema de Salud, la articulación intersectorial y la participación comunitaria.
FUNCIONES:
Aplicar y desarrollar lincamientos estratégicos de la Atención Primaria de la Salud,
proponiendo, coordinando y supervisando las acciones y actividades relacionadas a la
promoción y prevención de la salud, y la asistencia a la enfermedad (diagnóstico,
tratamiento, cuidados paliativos, rehabilitación).
Articular con los Departamentos pertenecientes a las Direcciones Provinciales la
planificación e implementación de los programas y líneas de cuidado por ciclo de vida
que se ejecutan en los Centros de Atención Primaria, promoviendo el trabajo en equipo.
Fortalecer las acciones del primer nivel de atención, propiciando la formación de
equipos de salud y utilizando la epidemiología como una herramienta básica.
• Diseñar y operativizar procesos de integración de equipos interdisciplinarios e interinstitucionales; promoviendo la adecuada capacitación y formación de los recursos humanos.
•     Participar en el diseño de una estrategia de comunicación social e institucional, dirigidas al equipo de salud y a la comunidad.
•     Conocer la composición de la población de cada área por grupos etáreos y los indicadores socioeconómicos, reconociendo los factores de riesgo para focalizar en los grupos de poblaciones más vulnerables.
•     Programar reuniones periódicas con los Coordinadores de los Centros de Salud o responsables de Área externa de cada Hospital.
•     Proponer y articular la organización del PNA y sistema de Referencia y contrarreferencia con el Segundo Nivel de Atención por región.
•     Planificar junto a las autoridades regionales las necesidades de recursos humanos, equipamiento e infraestructura del Primer Nivel de Atención.


ANEXO B (HOJA 137)
•     Cumplir con cualquier otra función que se estime conveniente a los fines de un mejor funcionamiento de los Centros de Salud.
•     Coordinar y realizar todas aquellas tareas y funciones que le asigne la Subsecretaría de Programas de Salud.
•     Diseñar y proponer el presupuesto del área.
REQUISITOS PARA EL CARGO:
Ser profesional de las ciencias de la salud o ciencias sociales, con experiencia reconocida en
atención primaria de la salud y en la coordinación de equipos de trabajo.


ANEXO B (HOJA 138)
SECRETARIA DE SALUD
SUBSECRETARÍA DE SALUD PÚBLICA
DIRECCIÓN GENERAL DE PROGRAMAS
DIRECCIÓN PROVINCIAL DE ATENCIÓN PRIMARIA DE LA SALUD
DEPARTAMENTO PROVINCIAL GESTIÓN DE HOSPITALES RURALES
MISIÓN:
Coordinar y fortalecer las capacidades de los directores de los Hospitales Rurales a fin de lograr
una asistencia sanitaria de calidad lo más eficiente posible y dar cumplimiento a los programas
y acciones sanitarias que establezcan la Subsecretaría de Programas de Salud y la Secretaría de
Salud procurando mantener una gestión óptima de los recursos y herramientas disponibles.
Entender en el diseño, formulación, ejecución y coordinación de programas, subprogramas y
acciones sanitarias desarrolladas sobre la base de la estrategia de Atención Primaria, la
regionalización, la integración del Sistema de Salud, la articulación intersectorial y la
participación comunitaria.
FUNCIONES:
•     Aplicar y desarrollar lincamientos estratégicos de la Atención Primaria de la Salud,
proponiendo, coordinando y supervisando las acciones y actividades relacionadas da la
promoción y prevención de la Salud, y la asistencia a la enfermedad (diagnóstico,
tratamiento, cuidados paliativos, rehabilitación).
Articular con los Departamentos pertenecientes a las Direcciones Provinciales la
planificación e implementación de los programas y líneas de cuidado por ciclo de vida
que se ejecutan en los Hospitales Rurales, promoviendo el trabajo en equipo, la
regionalización y la participación comunitaria.
•     Fortalecer las acciones del primer nivel de atención, propiciando la formación de
equipos de salud y utilizando la epidemiología como una herramienta básica.
•     Coordinar las acciones necesarias para favorecer la atención sanitaria de calidad en la
rural idad.
•     Supervisar, acompañar y gestionar recursos a las direcciones de Hospitales Rurales a fin de que ellos garanticen una administración eficiente de los recursos humanos, físicos y financieros de los hospitales.
•     Fomentar y promover la eficiencia de los servicios que brindan los hospitales.
•     Coordinar y realizar todas aquellas tareas que sean delegadas por la Dirección Provincial de Atención Primaria.
•     Garantizar la realización de procesos de integración de equipos interdisciplinarios e interinstitucionales; promoviendo la adecuada capacitación y formación de los recursos humanos.
•     Participar en el diseño de una estrategia de comunicación social e institucional, dirigidas al equipo de salud y a la comunidad.


ANEXO B (HOJA 139)

•     Conocer la composición de la población de cada área por grupos etéreos y los indicadores socioeconómicos, reconociendo los factores de riesgo para focalizar en los grupos de poblaciones más vulnerables.
•     Programar reuniones periódicas con los directores de hospitales rurales o responsables de Unidades de Gestión Descentralizada.
•     Proponer y articular la organización del sistema de referencia y contrarreferencia con el Segundo Nivel de Atención establecido por región.
REQUISITOS PARA EL CARGO:
Ser profesional de las ciencias de la salud o ciencias sociales, con experiencia reconocida en
atención primaria de la salud y en la coordinación de equipos de trabajo.



ANEXO B (HOJA 140)
SECRETARÍA DE SALUD
SUBSECRETARÍA SALUD PÚBLICA
DIRECCIÓN GENERAL DE PROGRAMAS
DIRECCIÓN PROVINCIAL DE PRESTACIONES ASISTENCIALES
MISIÓN:
Coordinar los programas vigentes por convenios celebrados entre la Secretaría de Salud de la Provincia del Chubut y estamentos Municipales, Provinciales y Nacionales a los fines de asegurar el correcto acceso de sus beneficiarios.
FUNCIONES:
•     Dirigir la gestión administrativa, económica y financiera de los programas a cargo.
•     Coordinar las relaciones funcionales de los distintos programas.

Hacer ejecutar las actividades prestacionales, sean asistenciales y/o administrativas de
los distintos programas, acorde con las resoluciones y normas vigentes.
Proponer los reglamentos para el funcionamiento de programas.
Mantener relaciones con instituciones y entidades externas para la elaboración de
convenios extra hospitalarios.
Realizar el control de los procesos en todos los servicios asistenciales.
Mantener informada a la Dirección General en forma permanente de las actividades y
resultados de los distintos programas a cargo.
Coordinar las acciones acordadas con la Dirección General, con el Departamento de
Prestaciones Asistenciales y el Departamento Administrativo.
REQUISITOS PARA EL CARGO:
Nivel terciario de formación, con antecedentes administrativos, prestacionales y no menos de
tres (3) años de antigüedad en la Administración Pública Provincial.



ANEXO B (HOJA 141)
SECRETARÍA DE SALUD
SUBSECRETARÍA DE SALUD PÚBLICA
DIRECCIÓN GENERAL DE PROGRAMAS
DIRECCIÓN PROVINCIAL PRESTACIONES ASISTENCIALES
DEPARTAMENTO PROVINCIAL GESTIÓN ADMINISTRATIVA
MISIÓN:
Instrumentar y coordinar un programa de gestión que posibilite la organización y el seguimiento, que garantice el cumplimiento y el control administrativo de todos los programas asistenciales que dependan de la Dirección Provincial Prestaciones Asistenciales.
FUNCIONES:
• Ejecutar los procesos fijados por la Dirección Provincial Prestaciones Asistenciales.

Realizar el control técnico administrativo de los programas a su cargo.
Realizar el control de la facturación y cobro de los servicios prestados por los distintos
programas.
Organizar y mantener actualizados los archivos de documentación administrativa.
Realizar las rendiciones de gastos de los distintos programas.
Participar en la elaboración de los presupuestos de los distintos programas.
Proporcionar información a la Dirección Provincial Prestaciones Asistenciales sobre
los resultados específicos de su área.
REQUISITOS PARA EL CARGO:
Nivel terciario de formación, con antecedentes administrativos prestacionales y tres (3) años de antigüedad en la Administración Pública Provincial.



ANEXO B (HOJA 142)
SECRETARÍA DE SALUD
SUBSECRETARÍA DE SALUD PÚBLICA
DIRECCIÓN GENERAL DE PROGRAMAS
DIRECCIÓN PROVINCIAL PRESTACIONES ASISTENCIALES
DEPARTA V ¿NTO PRCT. 1NCIAL PRESTACIONES MÉDICAS
MISIÓN:
Asegurar el acceso de los beneficiarios que integren programas nacionales, provinciales y/o municipales dispuestos por la Secretaría de Salud. Garantizar prestaciones médicas de equidad y calidad, articulando las tareas con los distintos subsectores de la salud.
FUNCIONES:
• Planificar, programar y hacer ejecutar las actividades asistenciales de los distintos
programas a su cargo, de acuerdo con los objetivos establecidos por la Secretaría de

Salud, a través de la Dirección General de Programas y Dirección Provincial Prestaciones Asistenciales.
•     Coordinar las relaciones entre los subsectores de salud, público, privado y de la seguridad social que prestan servicio a los beneficiarios de los distintos programas.
•     Controlar el acceso de los pacientes a una oportuna y adecuada atención médica.
•     Organizar y mantener actualizado el archivo estadístico.
•     Instrumentar mecanismos para recepciones de quejas y sus posibles soluciones.
•     Mantener informada a la Dirección Provincial de Prestaciones Asistenciales sobre los
resultados específicos de su área.
REQUISITOS PARA EL CARGO:
Nivel terciario de formación, con antecedentes administrativos prestacionales y no menos de tres (3) años de antigüedad en la Administración Pública Provincial.



ANEXO B (HOJA 143)
SECRETARÍA DE SALUD
SUBSECRETARÍA DE FINANZAS Y ADMINISTRACIÓN
MISIÓN:
Promover el soporte organizativo y funcional para posibilitar el funcionamiento del Sistema de Salud.
FUNCIONES:
• Cumplir y hacer cumplir la Constitución Nacional y la Constitución Provincial, las Leyes Nacionales y Provinciales y las Resoluciones que en consecuencias dicte la Secretaría de Salud, adoptando para ese fin todas las técnicas que demanden la implementación de las medidas necesarias.

Evaluar las acciones de las áreas de su competencia.
Participar en reuniones cuando fuere convocado por la autoridad superior.
Asistir en todo lo inherente a los aspectos administrativos, contables, de recursos
humanos y patrimoniales.
Coordinar y supervisar la ejecución presupuestaria.
Organizar, ejecutar y controlar los aspectos administrativos vinculados con la gestión
económica financiera patrimonial.
Refrendar con firma los actos de la Secretaría de Salud referidos al área de su
competencia con el alcance del Artículo 155 (inc. 15) de la Constitución Provincial.
Dirigir y supervisar la gestión de las áreas bajo su dependencia.
Dirigir las áreas de su dependencia, canalizando los proyectos de cada Dirección a
efectos de obtener los recursos pertinentes para su viabilidad y atender todo lo relativo
al gobierno y administración de forma eficiente.



MISIÓN:
ANEXO B (HOJA 144)
SECRETARÍA DE SALUD
SUBSECRETARÍA DE FINANZAS Y ADMINISTRACIÓN
DIRECCIÓN GENERAL DE ECONOMÍA Y ADMINISTRACIÓN SANITARIA
Entender en la orientación y coordinación de la inversión financiera de la Secretaría de Salud para lograr la más eficiente utilización de los recursos disponibles dando cumplimiento a las políticas y directivas que en tal sentido elabore y determine el Gobierno Provincial.
FUNCIONES:
Promover la inversión de los recursos disponibles.
Supervisar y controlar la marcha y modificaciones del presupuesto en ejecución.
Promover y proponer las modificaciones que se estimen convenientes para el
mejoramiento administrativo de la Secretaría de Salud.
Implementar los sistemas de costos que sean necesarios para la obtención de
, información adecuada.

• Supervisar el funcionamiento de los distintos sistemas administrativos de la Secretaría
de Salud.
Elaborar informe económico financiero de la Secretaría.
Ejecutar las tareas administrativas que permitan el normal funcionamiento del Nivel
Central de la Secretaría.
Proponer el proyecto del presupuesto del área que asegure el cumplimiento de los objetivos establecidos.
Realizar y mantener estadísticas actualizadas que reflejen la evolución de los recursos y su inversión.
Confeccionar y elevar al señor Subsecretario de Hospitales de la Secretaría de Salud la Cuenta General del Ejercicio.
Supervisar las tareas de compilación, análisis, control y ajuste del anteproyecto de presupuesto de la Secretaría de Salud.
Ejecutar las auditorías a los distintos servicios dependientes de la Secretaría de Salud e intervenir en toda documentación del Nivel Central que sea elevada para su pago.
Implementar y controlar el sistema de cuentas de los distintos servicios y evaluar los resultados obtenidos.
Efectuar el control y seguimiento de los Fondos Especiales de Nivel Central de la
Secretaría de Salud.
Supervisar y controlar la evolución del Presupuesto y la situación económico financiera en materia de Salud.



ANEXO B (HOJA 145)
Reemplazar al Subsecretario de Hospitales, en caso de ausencia del titular de la otra Subsecretaría.
REQUISITOS PARA EL CARGO:
Poseer título de grado en ciencias económicas, preferentemente contador público, con cinco
(5) años de ejercicio en la administración pública provincial y antecedentes en tarea de gestión.



ANEXO B (HOJA 146)
SECRETARÍA DE SALUD
SUBSECRETARÍA DE FINANZAS Y ADMINISTRACIÓN
DIRECCION GENERAL ECONOMIA Y ADMINISTRACION SANITARIA
DIRECCIÓN PROVINCIAL DE AUDITORÍA Y CONTROL
MISIÓN:
Asistir a la Subsecretaría de Finanzas y Administración y a la Dirección General de Economía y Administración Sanitaria en lo que respecta al diseño, implementación y seguimiento de tareas relacionadas a la auditoría y control administrativo financiero, de acuerdo a normativas vigentes.
FUNCIONES:

Participar en la elaboración de proyectos de normativas referentes, a la Secretaría.
Elaborar procedimientos de control que permitan detectar deficiencias en los
procedimientos administrativos.
Diseñar e implementar circuitos administrativos que permitan eficientizar tareas y
recursos.
Auditar todas las tareas dependientes de Secretaría.
Asistir a la Subsecretaría en la fiscalización de las estructuras administrativas
centralizadas y descentralizadas.
REQUISITOS PARA EL CARGO:
Poseer título de grado o tecnicatura en Ciencias Económicas y/o tres (3) años de experiencia en tareas análogas.



ANEXO B (HOJA 147)
SECRETARÍA DE SALUD
SUBSECRETARÍA DE FINANZAS Y ADMINISTRACIÓN
DIRECCIÓN GENERAL DE ECONOMÍA Y ADM1AIS - RACIÓ • SANITARIA
DIRECCIÓN PROVINCIAL DE CONTRATACIONES
MISIÓN:
Fiscalizar la adquisición, recepción, contratación y distribución de los bienes y servicios a los fines del cumplimiento de las acciones de la Secretaría de Salud.
FUNCIONES:
• Supervisar de acuerdo a la reglamentación vigente toda solicitud de adquisición de bienes o contrataciones de servicios de nivel central de la Secretaría de Salud, verificando el cumplimiento de los contratos.
ec
Supervisar la recepción y la distribución de los bienes adquiridos de proveedores.
Supervisar la actualización del registro en coordinación con el registro centralizado
y comunicar a las distintas dependencias con facultades de compras, las novedades
que se produzcan.
REQUISITOS PARA EL CARGO:
Poseer título Secundario.


“Año de conmemoración del 30a Aniversario de la Reforma de la Constitución del Chubut”

ANEXO B (HOJA 148)
SECRETARÍA DE SALUD
SUBSECRETARÍA DE FINANZAS Y ADMINISTRACIÓN
DIRECCIÓN GENERAL DE ECONOMÍA Y ADMINISTRACIÓN SANITARIA
DIRECCIÓN PROVINCIAL DE CONTRATACIONES
DEPARTAMENTO PROVINCIAL GESTIÓN ADMINISTRACIÓN DE
SUMINISTROS
MISIÓN:
Llevar a cabo el control de las adquisiciones de bienes y servicios según directivas de la
Dirección Provincial de Contrataciones.
FUNCIONES:

Realizar el cierre de expedientes de la Secretaría de Salud para su posterior trámite de
pago.
Llevar registros de los vencimientos de los plazos de entrega de mercadería.
Intimar a los proveedores para que realicen la entrega de mercadería y/o elementos
cuando se encuentre vencido el plazo pactado.
Reclamar y/o gestionar la documentación faltante para los trámites respectivos.
Verificar los informes de recepción, cotejando los remitos con la Orden de Compra y/o
facturas respectivas.
Confeccionar Planilla de Pagos con la documentación que se requiera desde la
Dirección General de Economía y Administración Sanitaria.
Informar a la Dirección Provincial de Auditoría y Control cada vez que ésta lo requiera,
detallando los expedientes que se encuentran pendientes de pago.
Informar a la Subsecretaría de Finanzas y Administración lo que ésta requiera en
relación a los datos y/o trámites del área.
REQUISITOS PARA EL CARGO:
Poseer título secundario.



ANEXO B (HOJA 149)
SECRETARÍA DE SALUD
SUBSECRETARÍA DE FINANZAS Y ADMINISTRACIÓN
DIRECCIÓN GENERAL DE ECONOMÍA Y ADMINISTRACIÓN SANITARIA
DIRECCIÓN PROVINCIAL DE CONTRATACIONES
DEPARTAMENTO PROVINCIAL DE COMPRAS
MISIÓN:
Efectuar la contratación de bienes y servicios, según la normativa vigente.
FUNCIONES:
• Confección de órdenes de compras.

•     Archivar documentación y antecedentes de proveedores.
•     Confección de pliegos de licitaciones y concursos.
•     Elaborar presupuestos de gastos trimestrales.
•     Efectuar la devolución de garantías de ofertas y adjudicación.
•     Tramitación de pagos de adquisiciones por caja chica.
REQUISITOS PARA EL CARGO:
Poseer título secundario.



ANEXO B (HOJA 150)
SECRETARÍA DE SALUD
SUBSECRETARÍA DE FINANZAS Y ADMINISTRACIÓN
DIRECCIÓN GENERAL DE ECONOMÍA Y ADMINISTRACIÓN SANITARIA
DIRECCIÓN PROVINCIAL DE ADMINISTRACIÓN PRESUPUESTARIA
MISIÓN:
Llevar a cabo la registración contable, las adquisiciones de bienes y servicios y la coordinación presupuestaria con las Unidades de Gestión Descentralizadas y Hospitales de cabecera.
FUNCIONES:
• Operación del Sistema de Información Provincial de Administración Financiera.
•     Contribuir a la confección de la Cuenta General de Ejercicio.
•     Confeccionar la distribución de partidas mensuales para gastos de funcionamiento de las áreas, según el presupuesto vigente.
Contribuir a la confección del presupuesto anual.
Análisis permanente de la ejecución presupuestaria para prevenir problemas de
agotamiento de partidas.
Programar y ejecutar la contratación de bienes y servicios.
SECR
REQUISITOS PARA EL CARGO:
Poseer título de grado o tecnicatura en ciencias económicas, con experiencia en tareas
análogas.



ANEXO B (HOJA 151)
SECRETARÍA DE SALUD
SUBSECRETARÍA DE FINANZAS Y ADMINISTRACIÓN
DIRECCIÓN GENERAL DE ECONOMÍA Y ADMINISTRACIÓN SANITARIA
DIRECCIÓN PROVINCIAL DE ADMINISTRACIÓN PRESUPUESTARIA
DEPARTAMENTO PROVINCIAL PRESUPUESTO Y COSTOS
MISIÓN:
Realizar el control y análisis de la ejecución del presupuesto de la Secretaría de Salud a nivel provincial. Desarrollar un sistema permanente de costos para su ulterior control y análisis en las distintas dependencias del organismo.
FUNCIONES:
reí
•     Realizar las tareas de compilación, análisis, control y ajuste del proyecto de
Presupuesto de la Secretaría de Salud.
•     Ejecutar los trámites legales a efectos de lograr las modificaciones necesarias del
presupuesto vigente.
Llevar los registros necesarios para efectuar el control sobre la marcha del presupuesto.
Elaborar mensualmente la información necesaria para determinar la situación
financiera y presupuestaria de la Secretaría de Salud a nivel provincial.
Compilar la información y confeccionar la Cuenta General del Ejercicio.
Elaborar mensualmente la información necesaria para determinar la evolución de los
costos en las distintas dependencias de la Secretaría de Salud, incluyendo informes de
costos por servicios que proporcionen los elementos de análisis necesarios para la toma
de decisiones a nivel de Dirección.
• Asistir a la Dirección en todo lo referente a las tareas a su cargo.
REQUISITOS PARA EL CARGO:
Poseer título secundario.



ANEXO B (HOJA 152)
SECRETARÍA DE SALUD
SUBSECRETARÍA DE FINANZAS Y ADMINISTRACIÓN
DIRECCIÓN GENERAL DE ECONOMÍA Y ADMINISTRACIÓN SANITARIA
DIRECCIÓN PROVINCIAL DE ADMINISTRACIÓN PRESUPUESTARIA
DEPARTAMENTO PROVINCIAL CONTABILIDAD
MISIÓN:
Realizar las acciones administrativas que hagan a las registraciones de los gastos de la
Secretaría de Salud.
FUNCIONES:
•     Llevar los libros de contabilidad de acuerdo a las disposiciones vigentes.
•     Efectuar las liquidaciones de viáticos, llevando un registro de control de los mismos.
•     Confeccionar y llevar el registro de las órdenes de pago de Nivel Central.
Confeccionar el estado mensual de ejecución de Presupuesto.
Proporcionar informes periódicos sobre la situación presupuestaria de Nivel Central.
Asesorar a las distintas áreas de contabilidad sobre los temas inherentes a este
Departamento.
• Elaborar los informes necesarios para la confección de la Cuenta General del Ejercicio.
REQUISITOS PARA EL CARGO:
Poseer título secundario.



ANEXO B (HOJA 153)
SECRETARÍA DE SALUD
SUBSECRETARÍA DE FINANZAS Y ADMINISTRACIÓN
DIRECCIÓN GENERAL DE ECONOMÍA Y ADMINISTRACIÓN SANITARIA
DIRECCIÓN PROVINCIAL DE ADMINISTRACIÓN PRESUPUESTARIA
DEPARTAMENTO PROVINCIAL ADMINISTRACION FONDOS EXTRA
PROVINCIALES
MISIÓN:
Mejorar la financiación del Sistema Sanitario Público Provincial, mediante una eficiente administración de fondos extra provinciales, dando cumplimiento a los convenios que el gobierno provincial haya firmado a tal fin.
FUNCIONES:


•     Asegurar la adecuada aplicación de los fondos transferidos al Estado Provincial.
•     Analizar, controlar y registrar la documentación contable vinculada con este
departamento.
•     Realizar informes de situación financiera.
•     Confeccionar certificados de pagos.
•     Intervenir en procedimientos de compra vinculados a los beneficiarios de los
distintos programas extra provinciales.
•     Desarrollar las actuaciones administrativas para llevar adelante los distintos
programas extra provinciales.
•     Supervisar las tareas de referentes hospitalarios.
•     Desempeñar el rol de nexo entre la Provincia/ Nación u otros para las distintas
solicitudes que se generen en la implementación de los distintos programas extra
provinciales.
•     Atender las auditorías contables de los programas correspondientes.
•     Llevar registros estadísticos.
REQUISITOS PARA EL CARGO:
Poseer título de contador con experiencia de más de tres (3) años en la actividad que
desarrolla.



ANEXO B (HOJA 154)
SECRETARÍA DE SALUD
SUBSECRETARÍA DE FINANZAS Y ADMINISTRACIÓN
DIRECCIÓN GENERAL DE ECONOMÍA Y ADMINISTRACIÓN SANITARIA DEPARTAMENTO PROVINCIAL TESORERÍA
MISIÓN:
Llevar el movimiento general de la tesorería y elaborar la información necesaria para analizar la situación financiera de la Secretaría de Salud.
FUNCIONES:
•     Realizar los pagos en general y efectuar las rendiciones correspondientes.
•     Efectuar los registros y mantener en custodia los recursos económicos de la Secretaría de Salud.

•     Efectuar todos los egresos a través de la emisión de cheques contra distintas cuentas
carias registrando las mismas en orden a su emisión en el Libro Banco habilitado a
tal fin para cada una de las cuentas.
•     Confeccionar diariamente un Parte Diario de tesorería en el que constaran todos los
ingresos y egresos de las distintas cuentas bancarias.
•     Confeccionar mensualmente un balance de ingresos y egresos, que luego se remitirá a
los departamentos de Contabilidad, Rendiciones de Cuentas y Dirección General de
Economía y Administración Sanitaria.
•     Elaborar los informes necesarios para confección de la Cuenta General del Ejercicio.
REQUISITOS PARA EL CARGO:
Poseer título secundario con conocimiento de las normas legales vigentes y experiencia de más de tres (3) años en la materia.



ANEXO B (HOJA 155)
SECRETARÍA DE SALUD
SUBSECRETARÍA DE FINANZAS Y ADMINISTRACIÓN
DIRECCIÓN GENERAL DE ECONOMÍA Y ADMINISTRACIÓN SANITARIA
DEPARTAMENTO PROVINCIAL TESORERÍA
DIVISIÓN PROVINCIAL TESORERÍA
MISIÓN:
Atender la responsabilidad que implica el manejo de fondos de la Secretaría de Salud y llevar en conjunto como subtesorería el movimiento general de la tesorería.
FUNCIONES:

•     Reemplazar a la tesorera en caso de ausencia.
•     Realizar los pagos que surjan de las órdenes de pago.
•     Realizar trámites bancarios que surjan a requerimiento de la Tesorería, en forma personal y/o vía electrónica.
•     Rendición de Declaraciones Juradas a los impuestos nacionales, provinciales y municipales.
•     Realizar rendiciones de fondos rotatorios.
• Realizar conciliaciones bancarias.
REQUISITOS PARA EL CARGO:
Poseer título secundario con conocimiento de las normas legales vigentes y experiencia de más de tres (3) años en la materia.



ANEXO B (HOJA 156)
SECRETARÍA DE SALUD
SUBSÉCRETARIA DE FINANZAS Y ADMINISTRACIQN
DIRECCIÓN GENERAL DE ECONOMÍA Y ADMINISTRACIÓN SANITARIA
DEPARTAMENTO PROVINCIAL RENDICIÓN DE CUENTAS
MISIÓN:
Efectuar las rendiciones de cuentas de la Secretaría de Salud ante el Tribunal de Cuentas de la Provincia del Chubut
FUNCIONES:
• Preparar y remitir al Tribunal de Cuentas de la Provincia del Chubut las rendiciones correspondientes, de acuerdo a los comprobantes suministrados por Tesorería del Nivel Central.
Preparar conjuntamente con Tesorería, el informe de movimiento de fondos y valores
para presentar al Tribunal de Cuentas de la Provincia del Chubut.
Requerir a los distintos servicios en forma conminatoria los comprobantes no remitidos
en tiempo y forma.
Efectuar los controles necesarios antes de elevar al Tribunal de Cuentas de la Provincia
del Chubut, las rendiciones de cuentas correspondientes a las distintas dependencias de la Secretaría de Salud.
• Verificar los cargos y total de rendiciones con la contabilidad de responsables.
REQUISITOS PARA EL CARGO:
Poseer título secundario.



ANEXO B (HOJA 157)
SECRETARIA DE SALUD
SUBSECRETARÍA DE FINANZAS Y ADMINISTRACIÓN
DIRECCIÓN GENERAL DE ECONOMÍA Y ADMINISTRACIÓN SANITARIA DEPARTAMENTO PROVINCIAL DEPÓSITO DE SUMINISTROS
MISIÓN:
Recepcionar, controlar y prever el despacho de los bienes a los distintos Servicios.
FUNCIONES:
•     Recepcionar y distribuir los bienes adquiridos.
•     Controlar la existencia de bienes en el depósito, llevando un stock permanente.
REQUISITOS PARA EL CARGO:
Poseer título secundario.
Confeccionar diariamente un informe de ingresos y egresos.


ANEXO B (HOJA 158)
SECRETARÍA DE SALUD
SUBSECRETARÍA DE FINANZAS Y ADMINISTRACIÓN
DIRECCIÓN GENERAL DE ECONOMÍA Y ADMINISTRACIÓN SANITARIA
DIRECCIÓN PROVINCIAL REGISTRO SECTORIAL BIENES REALES
EINTENDENCIA
MISIÓN:
Administrar y supervisar de manera eficiente y efectiva la administración de los bienes muebles e inmuebles, así como las acciones administrativas referentes al inventario general de la Secretaría de Salud.
Garantizar la gestión adecuada de los bienes reales y las normativas relacionadas con la intendencia de la Secretaría de Salud.
FUNCIONES:
Mantener actualizado un registro de todos los bienes inventariables.
Garantizar el mantenimiento de los edificios e instalaciones de la Secretaría de Salud.
Intervenir toda documentación que dé lugar al uso del crédito de inversión y bienes
inventari ables.
Fiscalizar las tareas que desarrolla el personal que se desempeña en el Departamento
Provincial Registro de Bienes Reales y Departamento Provincial Intendencia de Nivel
Central de la Secretaría de Salud.
REQUISITOS PARA EL CARGO:
Poseer título secundario y conocimiento de las normas legales vigentes y experiencia como mínimo de cinco (5) años en la materia.



ANEXO B (HOJA 159)
SECRETARÍA DE SALUD
SUBSECRETARÍA DE FINANZAS Y ADMINISTRACIÓN
DIRECCIÓN GENERAL DE ECONOMÍA Y ADMINISTRACIÓN SANITARIA
DIRECCIÓN PROVINCIAL REGISTRO SECTORIAL BIENES REALES
E INTENDENCIA
DEPARTAMENTO PROVINCIAL REGISTRO SECTORIAL BIENES REALES-
MISIÓN:
Ejecutar las acciones administrativas referentes al inventario general y a la administración de los bienes muebles e inmuebles.
FUNCIONES:
• Realizar la registración de los bienes muebles e inmuebles, adquiridos por la Secretaría
de Salud.
ónfeccionar las Planillas de Altas, Bajas y Transferencias según corresponda.
•     Confeccionar y llevar actualizados los inventarios sectorizados en el Nivel Central.
•     Confeccionar el instrumento legal respectivo, cuando se realizan donaciones,
transferencias de bienes, bajas provisorias y definitivas de bienes, como así también
iniciar los trámites para aceptación de donaciones.
•     Efectuar relevamiento y marcación física de bienes, en los distintos servicios, cuando
sean requeridos por la superioridad.
•     Elaboración de balances semestrales y anuales de los bienes patrimoniales de la Secretaría de Salud, requeridos por la Contaduría General de la Provincia.
•     Control de los balances semestrales y anuales, elaborados por Hospitales y Registros Sectoriales de Bienes Reales de los distintos Servicios Financieros dependientes de la
Secretaría de Salud.
• Controlar las operaciones y variaciones patrimoniales de los bienes y elementos operados entre responsables en función de los aspectos contables y legales correspondientes.
REQUISITOS PARA EL CARGO:
Poseer título secundario con experiencia mínima de cinco (5) años en la materia.



ANEXO B (HOJA 160)
SECRETARÍA DE SALUD
SUBSECRETARÍA DE FINANZAS Y ADMINISTRACIÓN
DIRECCIÓN GENERAL DE ECONOMÍA Y ADMINISTRACIÓN SANITARIA
DIRECCIÓN PROVINCIAL REGISTRO SECTORIAL BIENES REALES
E INTENDENCIA
DEPARTAMENTO PROVINCIAL INTENDENCIAS
MISIÓN:
Resguardo y vigilancia del edificio y de los bienes muebles de la Secretaría de Salud.
FUNCIONES:
• Velar por el mantenimiento y normal uso de bienes muebles bajo su responsabilidad.
•     Controlar la higiene del edificio.
•     Realizar mantenimiento preventivo de las instalaciones eléctricas, gas, agua y
calefacción del edificio y toda otra tarea necesaria para un correcto uso de las
dependencias.
•     Supervisar el funcionamiento de los sectores: Informes, Cafetería, Vigilancia, Caldera
y Sanitarios, así como la gestión del personal encargado de éstas áreas.
•     Adquisición de elementos necesarios para mantener un stock que posibilite un correcto
abastecimiento de los servicios.
•     Controlar el ingreso y el egreso de personas ajenas a la Secretaría de Salud.
•     Aconsejar e intervenir en los actos de licitación que se lleven a cabo para la contratación de empresas privadas para el servicio de limpieza y cafetería, confeccionando la
documentación respectiva.
REQUISITOS PARA EL CARGO:
Poseer título primario, con experiencia de cinco (5) años como mínimo en la materia.



ANEXO B (HOJA 161)
SECRETARÍA DE SALUD
SUBSECRETARIA FINANZAS Y ADMINISTRACIÓN
DIRECCIÓN GENERAL DE ECONOMÍA Y ADMINISTRACIÓN SANITARIA
DEPARTAMENTO PROVINCIAL COORDINACIÓN TÉCNICO
ADMINISTRATIVA
MISIÓN:
Asistir técnicamente a la Dirección General de Economía y Administración Sanitaria en lo relativo a los trámites que competen a la Dirección.
FUNCIONES:
•     Ejecutar las tareas administrativas que permitan el normal funcionamiento del
Departamento.
•     Manejar con respeto y discreción la información personal e institucional de las cuales
dispone en su ámbito laboral.
•     Coordinar la documentación con las áreas de trabajo diario, a fin de tener un resultado
eficiente.
• Recibir, revisar, organizar, analizar, tramitar, despachar y archivar documentación propia del sector.
• Atender la demanda de información de distintos sectores internos gestionando y completando información necesaria en la interacción con otras áreas.
• Atención de proveedores brindando información que garantice calidad en la atención y derivación correcta hacia otros sectores.'
•     Dar respuesta a las tareas/indicaciones encomendadas por la Dirección General de Economía y Administración Sanitaria (DGEyAS).
•     Realizar auditorías de expedientes.
REQUISITOS:
Profesional en ciencias económicas.



ANEXO B (HOJA 162)
SECRETARIA DE SALUD
SUBSECRETARÍA DE FINANZAS Y ADMINISTRACIÓN
DEPARTAMENTO PROVINCIAL AUTOMOTORES
MISIÓN:
Controlar el estado de funcionamiento, consumo de combustibles y correcto usode las unidades asignadas al Nivel Central, Unidades de Gestión Descentralizadas, Hospitales y Puestos Sanitarios dependientes de la Secretaría de Salud.
FUNCIONES:
• Programar, coordinar, controlar y evaluar el movimiento de las unidades automotores, designando al personal de choferes ante los requerimientos de vehículos realizados por las distintas áreas de la Secretaría de Salud.
• Efectuar en forma periódica el control de consumo de combustible y el cumplimiento
por parte del personal de choferes de la documentación relacionada con el uso de las
unidades automotores (orden de viaje, planilla mensual de consumo de combustible,
etc.) de acuerdo a legislación vigente en la materia.
Registrar y mantener actualizados en los Programas Informáticos habilitados y
aprobados por la superioridad, las reparaciones y/o servicios que se realizan en las
unidades automotores.
•     Intervenir en casos de siniestros que ocurran a los vehículos automotores del Nivel
Central, realizando los trámites pertinentes ante la compañía aseguradora.
•     Realizar en el Registro Nacional de la Propiedad del Automotor, todos los trámites que
resulten necesarios, para que las unidades automotores circulen con su correspondiente
documentación.
•     Mantener actualizados los legajos de cada una de las unidades automotores, con su correspondiente documentación (Título del Automotor, Certificado de Aseguramiento, etc.).
•     Realizar inspecciones de forma periódica en las Unidades de Gestión Descentralizadas dependientes de la Secretaria de Salud, como así también en Hospitales y Puestos Sanitarios, en lo concerniente al estado general y condiciones de mantenimiento de las unidades automotores asignadas.
REQUISITOS:
Poseer título secundario, con una experiencia como mínimo de cinco (5) años en la materia.



ANEXO B (HOJA 163)
SECRETARÍA DE SALUD
DIRECCIÓN GENERAL DE ASESORÍA LEGAL
MISIÓN:
Asesorar e instruir al Secretario/a de Salud y demás autoridades superiores en todo asunto en que se requiera su opinión legal y, asimismo, coordinar y unificar criterios legales que permitan el logro de una jurisprudencia administrativa.
FUNCIONES:
•     Interpretar los textos legales a través de la producción de informes y/o dictámenes técnicos - legales.
•     Proyectar normas y actos administrativos en las actuaciones de la Secretaría de Salud y/o Subsecretarías.

Coordinar, dirigir y supervisar el rol profesional, técnico y administrativo de la
Dirección Provincial de Asuntos Legales de Nivel Central.
Coordinar, dirigir y supervisar la actuación profesional y técnica de los servicios
jurídicos dependientes de la Secretaría de Salud y demás organismos descentralizados
pertenecientes al ámbito de la Secretaría de Salud.
Instruir a los profesionales del derecho pertenecientes al ámbito de la Secretaría de
Salud sobre los antecedentes y criterios jurídicos - administrativos en las distintas
materias en que actúe la Dirección General de Asesoría Legal.
Mantener actualizado e informado al Secretario/a de Salud de la situación de todos los
trámites y actuaciones administrativas a su cargo, como así también procurar y requerir de cada uno de los profesionales bajo su dependencia informes de dichas actuaciones.
•     Recomendar, al Secretario/a de Salud e implementar los procedimientos que considere adecuados para una mejor organización, distribución de tareas y procedimientos tendientes a optimizar el trabajo y los recursos humanos de los servicios jurídicos comprendidos en el ámbito de la Secretaría de Salud.
•     Actuar en los servicios jurídicos de los Hospitales y demás organismos descentralizados pertenecientes al ámbito de la Secretaría de Salud en caso de vacancia, acefalía o cuando las circunstancias así lo requieran y conforme le indique el Secretario/a de Salud, pudiendo delegar esta función en sus colaboradores directos.
•     Visar proyectos de leyes, decretos, resoluciones, reglamentaciones, contratos y convenios que sirvan de marco legal en las distintas tramitaciones.
•     Intervenir, supervisar y dictaminar en todo recurso, reclamo, denuncia y/o sumario a los agentes de la carrera sanitaria que presten servicios a la Secretaría de Salud.



ANEXO B (HOJA 164)
•     Proponer el proyecto de presupuesto de la Dirección General de Asesoría Legal, que asegure el cumplimiento de sus misiones y funciones.
•     Organizar y dirigir el inicio y la conclusión de los sumarios administrativos.
REQUISITOS PARA EL CARGO:
Poseer título de abogado, estar inscripto en la matrícula provincial y poseer matrícula vigente. Contar con un mínimo de cinco (5) años de ejercicio en la profesión.




ANEXO B (HOJA 165)
SECRETARÍA DE SALUD
DIRECCIÓN GENERAL DE ASESORÍA LEGAL
DIRECCIÓN PROVINCIAL DE ASUNTOS LEGALES
MISIÓN:
Asistir a la Dirección General de Asesoría Legal, atendiendo a las pautas que ésta le imparta. Producir dictámenes e informes técnicos-legales en las cuestiones que la Dirección General de Asesoría Legal le asigne para su análisis y consideración.
FUNCIONES:
•     Elaborar dictámenes e informes técnicos - jurídicos.
•     Elaborar proyectos de leyes, decretos, resoluciones, contratos, pliegos y demás actos administrativos que se le requieran.
Coordinar con todas las áreas dependientes de la Secretaría de Salud en la
instrumentación y promoción de acciones encaminadas a eficientizar los mecanismos
de las tramitaciones administrativas y capacitación de los sectores en el conocimiento
aplicación de las leyes y decretos vigentes en materia administrativa.
Solicitar y/o recopilar toda la documentación o información que el/la Directora/a
General de Asesoría Legal le requiera.
Intervenir por indicación de la Dirección General de Asesoría Legal, o por ausencia
y/o impedimento del titular de ésta, en emitir opinión legal, en la redacción y visado de
proyectos de leyes, decretos, resoluciones, reglamentaciones, contratos y convenios que
sirvan de marco legal en las distintas tramitaciones.
•     Intervenir, supervisar y dictaminar por indicación de la Dirección General de Asesoría Legal o por ausencia y/o impedimento del titular de esta, en todo recurso, reclamo, denuncia y/o sumario a los agentes de la carrera sanitaria o aquellos que presten servicios para la Secretaría de Salud.
•     Asesorar y supervisar el inicio y la conclusión de los sumarios administrativos.
REQUISITOS PARA EL CARGO:
Poseer título de abogado, estar inscripto en la matrícula provincial y poseer matrícula vigente.
Contar con un mínimo de cinco (5) años de ejercicio en la profesión.


ANEXO B (HOJA 166)
SECRETARÍA DE SALUD
DIRECCIÓN GENERAL DE ASESORÍA LEGAL
DIRECCIÓN PROVINCIAL DE ASUNTOS LEGALES
DEPARTAMENTO PROVINCIAL ASESORÍA TÉCNICA
MISIÓN:
Asistir a la Dirección Provincial de Asuntos Legales y a la Dirección General de Asesoría Legal, atendiendo a las pautas que éstas le impartan. Producir dictámenes e informes técnicos- legales en las cuestiones que la Dirección General de Asesoría Legal y en su caso, la Dirección Provincial de Asuntos Legales, le asignen para su análisis y consideración.
FUNCIONES:

Elaborar dictámenes e informes técnicos - jurídicos.
Elaborar proyectos de leyes, decretos, resoluciones, contratos, pliegos y demás actos
administrativos que se le requieran.
Controlar la aplicación de las normas vigentes referidas al área de personal y los actos
administrativos referidos a la organización de los recursos humanos en el área de la
Secretaría de Salud.
Solicitar y/o recopilar toda la documentación o información que el/la Director/a
Provincial de Asuntos Legales le requiera.
• Controlar e informar el cumplimiento del horario del personal profesional conforme las pautas que la Dirección General de Asesoría Legal establezca.
• Emitir por indicación de la Dirección Provincial de Asuntos Legales, o por ausencia y/o impedimento del titular de ésta, emitir Opinión legal en la redacción y visado de proyectos de leyes, decretos, resoluciones, reglamentaciones, contratos y convenios que sirvan de marco legal en las distintas tramitaciones.
• Intervenir, supervisar y dictaminar por indicación de la Dirección Provincial de Asuntos Legales, o por ausencia y/o impedimento del titular de ésta, en todo recurso, reclamo, denuncia y/o sumario a los agentes de la Carrera Sanitaria o aquellos que dependan funcionalmente de la misma.



ANEXO B (HOJA 167)
REQUISITOS PARA EL CARGO:
Poseer título de abogado, estar inscripto en la matrícula provincial y poseer matricula vigente.
Contar con un mínimo de tres (3) años de ejercicio profesional.




ANEXO B (HOJA 168)
SECRETARÍA DE SALUD
DIRECCIÓN GENERAL DE ASESORÍA LEGAL
DIRECCIÓN PROVINCIAL DE ASUNTOS LEGALES
DEPARTAMENTO PROVINCIAL ADMINISTRATIVO LEGAL
MISIÓN:
Asistir a la Dirección Provincial de Asuntos Legales y a la Dirección General de Asesoría
Legal, atendiendo a las pautas que éstas le impartan. Producir dictámenes e informes técnicos-
legales en las cuestiones que la Dirección General de Asesoría Legal y en su caso, la Dirección Provincial de Asuntos Legales, le asignen para su análisis y consideración.
FUNCIONES:
Intervenir en la aplicación de las normas vigentes referidas a los procesos y
procedimientos administrativos de contratación de bienes y servicios llevados adelante
en el Nivel Central, necesarios para el funcionamiento de la Secretaría de Salud.
Producir dictámenes e informes técnicos en las actuaciones que sean sometidas a su
consideración.
Elaborar proyectos de leyes, decretos, resoluciones, disposiciones, contratos, pliegos y
demás actos administrativos que se le requieran.
•     Entender a requerimiento del/a Director/a Provincial de Asuntos Legales o de las autoridades superiores de la Secretaría en aquellos asuntos que se le requieran.
•     Intervenir por indicación de la Dirección Provincial de Asuntos Legales o por ausencia y/o impedimento del titular de ésta, en la emisión de opinión legal en la redacción y visado de proyectos de leyes, decretos, resoluciones, reglamentaciones, contratos y convenios que sirvan de marco legal en las distintas tramitaciones.
REQUISITOS PARA EL CARGO:
Poseer título de abogado y estar inscripto en la matrícula Provincial y poseer matrícula vigente.
Contar con un mínimo de tres (3) años de ejercicio profesional.



ANEXO B (HOJA 169)
SECRETARÍA DE SALUD
DIRECCIÓN GENERAL DE ASESORÍA LEGAL
DIRECCIÓN PROVINCIAL DE ASUNTOS LEGALES
DEPARTAMENTO PROVINCIAL COORDINACIÓN TÉCNICA
MISIÓN:
Asistir a la Dirección Provincial de Asuntos Legales y a la Dirección General de Asesoría Legal, atendiendo a las pautas que éstas le impartan. Producir dictámenes e informes técnicos- legales en las cuestiones que la Dirección General de Asesoría Legal y en su caso, la Dirección Provincial de Asuntos Legales, le asignen para su análisis y consideración.
FUNCIONES:
Centralizar y organizar la entrada y salida de expedientes y toda documentación que
ingrese a la Dirección General de Asesoría Legal, controlando los aspectos operativos
para lograr un funcionamiento ágil y eficiente.
jecutar las acciones relativas a la organización y funcionamiento administrativo de la
Dirección General de Asesoría Legal.
Solicitar y/o recopilar toda la documentación o información que la Dirección General
de Asesoría Legal le requiera.
Coordinar y dirigir la investigación de la jurisprudencia y antecedentes administrativos.
Producir dictámenes e informes técnicos en las actuaciones que sean sometidas a su
consideración.
•     Elaborar proyectos de leyes, decretos, resoluciones, disposiciones, contratos, pliegos y demás actos administrativos que se le requieran.
•     Entender a requerimiento del/a Director/a Provincial de Asuntos Legales o de las autoridades superiores de la Secretaría en aquellos asuntos que se le requieran.
•     Intervenir por indicación de la Dirección Provincial de Asuntos Legales o por ausencia y/o impedimento del titular de ésta, en la emisión de opinión legal en la redacción y visado de proyectos de leyes, decretos, resoluciones, reglamentaciones, contratos y convenios que sirvan de marco legal en las distintas tramitaciones.
•     Interpretar los textos legales a través de la producción de informes y/o dictámenes técnicos legales.
REQUISITOS PARA EL CARGO:
Poseer título de abogado y estar inscripto en la matrícula Provincial y poseer matrícula vigente.
Contar con un mínimo de tres (3) años de ejercicio profesional.


ANEXO B (HOJA 170)
SECRETARÍA DE SALUD
DIRECCIÓN GENERAL DE ASESORÍA LEGAL
DIRECCIÓN PROVINCIAL DE ASUNTOS LEGALES
DEPARTAMENTO PROVINCIAL ASUNTOS LEGALES
MISIÓN:
Asistir a la Dirección Provincial de Asuntos Legales y a la Dirección General de Asesoría Legal, atendiendo a las pautas que éstas le impartan. Producir dictámenes e informes técnicos- legales en las cuestiones que la Dirección General de Asesoría Legal y en su caso, la Dirección Provincial de Asuntos Legales, le asignen para su análisis y consideración.
FUNCIONES:

Producir dictámenes e informes técnicos en las actuaciones que sean sometidas a su
consideración.
Elaborar proyectos de leyes, decretos, resoluciones, disposiciones, contratos, pliegos y
demás actos administrativos que se le requieran.
Entender, a requerimiento de la Dirección General de Asesoría Legal o de las
autoridades superiores de la Secretaría, en aquellos asuntos que se le requieran,
especialmente participar en la elaboración de respuestas de oficios judiciales,
requerimientos y pedidos de informes de organismos que representan judicialmente los
intereses de la provincia.
• Intervenir, por indicación de la Dirección Provincial de Asuntos Legales, en la emisión de opinión legal en la redacción y visado de proyectos de leyes, decretos, resoluciones, reglamentaciones, contratos y convenios que sirvan de marco legal en las distintas tramitaciones.
•     Coordinar técnicamente el trabajo de los servicios jurídicos de los Hospitales pertenecientes al ámbito de la Secretaría de Salud, conforme le indique la Dirección General de Asesoría Legal y la Dirección Provincial de Asuntos Legales.
•     Asesorar y supervisar el inicio y la conclusión de los sumarios administrativos.



ANEXO B (HOJA 171)
REQUISITOS PARA EL CARGO:
Poseer título de abogado y estar inscripto en la matrícula Provincial y poseer matrícula vigente.
Contar con un mínimo de tres (3) años de ejercicio profesional.




ANEXO B (HOJA 172)
SECRETARÍA DE SALUD
ELR NCCIÓ ; GE> VRAL DE ASESORÍA PLANIFICACIÓN Y CONTROL DE
GESTIÓN
MISIÓN:
Definir la metodología de planificación de programas y proyectos de la Secretaría de Salud; supervisar su coordinación y evaluar su ejecución. Llevar registro actualizado del estado de avance de planes y su contribución a objetivos estratégicos, a fin de proporcionar información útil para la toma de decisiones.
FUNCIONES:
• Coordinar la elaboración del Plan Anual de Gestión de la Secretaría de Salud.

Supervisar el cumplimiento del Plan Anual de Gestión realizando el seguimiento
relativo al cumplimiento de objetivos de proyectos e iniciativas de la Secretaría de
Salud, elaborando y relevando indicadores de gestión.
Administrar un tablero de control con indicadores de gestión que permita el monitoreo
y la evaluación del cumplimiento de los objetivos estratégicos contemplados en el Plan
Anual de Gestión.
Colaborar en la elaboración de proyectos transversales estratégicos y operativos de la
Secretaría de Salud y sus áreas dependientes.
Identificar, proponer y controlar mejoras en los procesos de la Secretaría de Salud.
REQUISITOS PARA EL CARGO:
Ser profesional con título de grado, preferentemente con experiencia en cargos de gestión.



ANEXO B (HOJA 173)
SECRETARÍA DE SALUD
DIRECCIÓN GENERAL RECURSOS HUMANOS
MISIÓN:
Diseñar estrategias de desarrollo integral de los recursos humanos del Sistema de Salud, gestionando de manera óptima los procesos de planificación, selección, capacitación, formación y evolución de los mismos.
FUNCIONES:
• Colaborar con las distintas Subsecretarías y establecimientos dependientes de la
Secretaría de Salud en la organización de la dotación de los recursos humanos necesarios para lograr un desarrollo armónico de la fuerza laboral de los equipos de salud.     '
•     Planificar e implementar políticas de modernización en la gestión de recursos humanos
del sistema de salud basadas en el concepto de calidad de servicios y calidad laboral.
sesorar a las dependencias de la Secretaría de Salud en materia de planificación
estratégica y gestión de recursos humanos.
•     Desarrollar planes tendientes a reclutar y atraer recursos humanos eficientes así como
retener, desarrollar y reubicar a los existentes.
•     Diseñar el sistema de información adecuado para la toma de decisiones inherentes a la
planificación de recursos humanos.
•     Desarrollar programas tendientes a evaluar el desempeño laboral y los procesos
conductuales reinantes en diversas áreas, desde una visión institucional.
•     Diseñar planes de comunicación interna acorde a las necesidades de cada dependencia.
•     Implementar políticas tendientes a garantizar la equidad y criterios unificados en los procesos de selección e incorporación de personal.
•     Controlar, monitorear y evaluar las acciones destinadas a la capacitación del personal.
•     Fomentar la resignación del concepto de capacitación como una herramienta gradual y
continua tendiente a lograr la calidad total del servicio.     .
•     Apoyar la implementación de programas de capacitación adecuados, con el fin de generar compromiso y participación de los agentes de diversas dependencias.
•     Establecer objetivos y criterios de evaluación en materia de gestión de recursos
humanos.
• Consolidar el desarrollo continuo y planificado de los recursos humanos de la
Administración Pública Provincial.



ANEXO B (HOJA 174)
REQUISITOS PARA EL CARGO:
Título de grado o postgrado en recursos humanos, relaciones laborales, o equivalente; con experiencia mínima de tres (3) años en función similar.




ANEXO B (HOJA 175)
SECRETARÍA DE SALUD
DIRECCIÓN GENERAL RECURSOS HUMANOS
DIRECCIÓN PROVINCIAL PLANIFICACIÓN, CAPACITACIÓN Y
DESARROLLO
MISIÓN:
Planificar y gestionar los recursos humanos del sistema sanitario en lo que respecta a la provisión, organización, capacitación y al desarrollo del personal.
FUNCIONES:
•     Llevar a cabo la planificación de los recursos humanos de todo el Sistema de Salud.
•     Articular con los diferentes sectores las necesidades que emanan de nuevos contextos sanitarios en lo que respecta a recursos humanos.
•     Colaborar en la aplicación de estrategias y políticas referidas al mejor desarrollo y la administración del personal en el ámbito de la Secretaría de Salud'

Elaborar planes y programas que permitan atraer, desarrollar y retener recursos
humanos eficientes y eficaces.
Asesorar a todas las dependencias de la Secretaría de Salud sobre planificación
Estratégica y todos los temas referidos a la gestión de recursos humanos.
Colaborar en la elaboración del presupuesto de cargos del personal perteneciente a la
Secretaría de Salud mediante la adecuada planificación de la dotación de los servicios.
Diseñar e implementar formas de evaluar el desempeño profesional y laboral de todo
el personal de la Secretaría.
Implementar el enfoque de Gestión por Competencias, tanto en los procesos de
selección, contratación y capacitación del personal como en los procesos de análisis y
evaluación de puestos de trabajo.
•     Supervisar el diseño, aplicación y evaluación de planes de comunicación intema acordes a las necesidades de cada dependencia.
•     Colaborar en la gestión del conocimiento, la formación y la capacitación del recurso humano.
•     Fomentar la participación y el trabajo en equipo Ínter e intrainstitucionales.
•     Confeccionar indicadores y proveer información útil para la toma de decisiones en lo que respecta a recursos humanos
•     Realizar continuas prospecciones y relevamientos de las necesidades de formación del personal de todas las dependencias.
•     Resignificar el concepto de capacitación como una herramienta del proceso de modernización de la Secretaría que implica un mejor uso de los recursos organizacionales existentes tendientes a lograr la eficiencia en la calidad de los servicios.



ANEXO B (HOJA 176)
•     Consolidar el desarrollo planificado y continuo de los recursos humanos de la Administración Pública Provincial.
•     Instalar en cada dependencia la necesidad de capacitación en función al perfil del recurso humano que demanda la Secretaría.
•     Implementar programas de capacitación adecuados para que todo el personal se sienta partícipe y comprometido con el área o dependencia en que presta sus servicios.
•     Establecer criterios de evaluación a partir de los objetivos propuestos.
•     Medir el cumplimiento de la planificación a través de una gestión por resultados.
•     Adoptar y adaptar los métodos y sistemas formativos que surgen de las nuevas tendencias, para alcanzar mayor eficiencia en la búsqueda de mejores resultados.

REQUISO OS PARA EL CARGO:
Poseer título de grado o postgrado del área de recursos humanos, administración o salud, con
experiencia en la gestión en recursos humanos.



ANEXO B (HOJA 177)
SECRETARÍA DE SALUD
DIRECCIÓN GENERAL RECURSOS HUMANOS
DIRECCIÓN PROVINCIAL PLANIFICACIÓN, CAPACITACIÓN Y DESARROLLO
DEPARTAMENTO PROVINCIAL GESTIÓN DEL TRABAJO
MISIÓN:
Planificar y gestionar las acciones necesarias para organizar y sostener el trabajo en la Secretaría de Salud, en función de las necesidades de los diferentes establecimientos y servicios, buscando la optimización del recurso humano existente.
FUNCIONES:

•     Planificar, organizar, normalizar y supervisar, los procesos de análisis y evaluación de
puestos de trabajo para todos los establecimientos de Salud de lá provincia.
•     Proponer estrategias que permitan la motivación, participación y trabajo en equipo de
todos los agentes de Salud.
_V-^Colaborar en la planificación y selección de recursos humanos, a partir de la definición
de perfiles del personal y competencias de los puestos.
•     Proponer y evaluar políticas provinciales de gestión del trabajo en Salud, así como sus
mecanismos de implementación
•     Proponer normas para la gestión de trabajo en Salud, orientados a la mejora del
desempeño laboral, la productividad y el bienestar de los recursos humanos en Salud.
•     Diseñar y mejorar continuamente los perfiles de competencias de los recursos humanos
de Salud.
•     Diseñar y regular el sistema de evaluación del desempeño laboral y productividad en Salud en el marco normativo vigente.
•     Gestionar la actualización de organigramas, misiones y funciones.
•     Establecer mecanismos y herramientas para el análisis de la dotación del personal de salud en todos los establecimientos dependientes de la Secretaría.
•     Brindar asistencia técnica para la implementación de las políticas provinciales y normas de Gestión del Trabajo.
•     Diseñar estrategias de gestión renovadora ante procesos de cambio de mecanismos de trabajo y cultura organizacional.
•     Supervisar el diseño de procesos relacionados con recursos humanos.
•     Proponer políticas provinciales a fin de desarrollar programas de mejoramiento de los puestos de trabajo a partir de la definición de los procesos y con la participación del personal involucrado en cada puesto de trabajo.



ANEXO B (HOJA 178)
REQUISITOS PARA EL CARGO:
Poseer título de grado o pregrado en carreras del área del comportamiento, recursos humanos, administración o similar, o título secundario con experiencia comprobable en tareas afines.




ANEXO B (HOJA 179)
SECRETARÍA DE SALUD
DIRECCIÓN GENERAL RECURSOS HUMANOS
DIRECCIÓN PROVINCIAL PLANIFICACIÓN, CAPACITACIÓN Y
DESARROLLO
DEPARTAMENTO PROVINCIAL GESTIÓN DEL TRABAJO
DIVISIÓN PROVINCIAL ANÁLISIS Y DESCRIPCIÓN DE PUESTOS
MISIÓN:
Llevar a cabo el diseño y análisis de cada puesto de trabajo y proponer métodos e instrumentos que permitan la evaluación periódica del desempeño del personal en todo el ámbito de la Secretaría de Salud. Analizar la dotación de personal necesaria y acorde para el cumplimiento de objetivos de cada área de trabajo.

FUNCIONES:
entificar, describir y analizar cada puesto de trabajo en todas las dependencias de la
Secretaría de Salud.
/C
Identificar los perfiles de competencias inherentes a cada puesto de trabajo.
Confeccionar y socializar documentos en los que se describan objetivos, funciones y
responsabilidades de cada puesto de trabajo, y requisitos y características de las
personas que los ocupen.
Lograr el acuerdo firmado de profesiogramas con el responsable de cada puesto de
trabajo. Diseñar las instrucciones y la modalidad de comunicación para que dicho
acuerdo pueda realizarse en cada una de las dependencias de la organización.
• Desarrollar, proponer y aplicar procesos de evaluación de eficiencia para todo el personal, incluyendo criterios e indicadores claros y sencillos.
• Diseñar instrumentos para la evaluación del desempeño laboral del personal de salud, trabajando en equipo con referentes de cada área.
•     Supervisar los métodos de evaluación y comprobar su conecta aplicación.
•     Verificar, a través de los resultados obtenidos mediante evaluaciones las distorsiones en el servicio prestado y proponer correcciones.
• Proporcionar, mediante los métodos de evaluación, datos sobre las condiciones de promoción, transferencia u otras medidas tendientes a que el personal progrese profesional y laboralmente.
• Contribuir a la creación de una cultura permeable a la evaluación y trabajar sobre las
resistencias que puedan surgir.



ANEXO B (HOJA 180)
•     Realizar el seguimiento del desempeño de las actividades de los profesionales que prestan servicios, analizando resultados o informes estadísticos que lleguen a la Dirección General Recursos Humanos.
•     Llevar a cabo investigaciones y encuestas a pacientes o usuarios del sistema de salud para obtener datos que enriquezcan la evaluación de desempeño.
•     Elaborar informes confidenciales sobre el comportamiento humano, sus motivaciones y limitaciones.
Confeccionar organigramas de acuerdo a las necesidades de la organización. Confeccionar, revisar y actualizar misiones y funciones.
Revisar organigramas y proponer modificaciones que contribuyan a la eficiencia estructural de la Secretaría.
• Efec
r el análisis de la dotación del personal de cada área dependiente de la Secretaría
de Salud.
REQUISITOS PARA EL CARGO:
Título de grado o pregrado del área de comportamiento de recursos humanos o administración
o título secundario con experiencia acreditada en tareas afines.



ANEXO B (HOJA 181)
SECRETARÍA DE SALUD
DIRECCIÓN GENERAL RECURSOS HUMANOS
DIRECCIÓN PROVINCIAL PLANIFICACIÓN, CAPACITACIÓN Y DESARROLLO
DEPARTAMENTO PROVINCIAL GESTIÓN DEL TRABAJO
DIVISIÓN PROVINCIAL RELACIONES LABORALES
MISIÓN:
Establecer las estrategias para el logro de relaciones laborales fluidas, eficientes, sanas y constructivas en el ámbito de la Secretaría de Salud.
FUNCIONES:
•     Identificar situaciones de conflicto e intervenir oportunamente.
•     Analizar y orientar la gestión de situaciones de conflicto laboral, ofreciendo apoyo a
colaboradores y usuarios relacionados con el problema.
•     Ofrecer capacitación y entrenamiento en los recursos necesarios- para la solución de
problemas.
rear programas tendientes a la satisfacción laboral.
Celebrar reuniones con asociaciones, sindicatos y otras instituciones con el objeto de
buscar soluciones a problemas comunes.
•     Diseñar estrategias que promuevan la participación, el trabajo en equipo y el
compromiso de todos los agentes de salud.
•     Instrumentar acciones que tiendan al logro de una mejor calidad de vida laboral.
c Trabajar en la mejora del clima organizacional.
•     Planificar y diseñar procesos de mejora comunicacional dentro de la organización.
•     Establecer herramientas para trabajar y evaluar la comunicación interna.
•     Proponer mecanismos institucionales de negociación en las relaciones de trabajo.
•     Diseñar programas de motivación para todo el personal.
•     Elaborar informes confidenciales sobre el comportamiento humano, sus motivaciones
y limitaciones.
REQUISITOS PARA EL CARGO:
Título de grado o pregrado en relaciones laborales o equivalente, o título secundario con experiencia comprobable en tareas afines.


ANEXO B (HOJA 182)
SECRETARÍA DE SALUD
DIRECCIÓN GENERAL RECURSOS HUMANOS
DIRECCIÓN PROVINCIAL PLANIFICACIÓN, CAPACITACIÓN Y DESARROLLO
DEPARTAMENTO PROVINCIAL SELECCIÓN DE PERSONAL
MISIÓN:
Diseñar y aplicar las estrategias que posibiliten la elección del personal mejor calificado para cada puesto de trabajo y lograr una óptima adaptación e integración del mismo en todas las dependencias de la Secretaría de Salud.
FUNCIONES:
•     Planificar, organizar, normalizar y supervisar, los procesos de búsqueda y selección de
personal para todos los establecimientos de salud de la provincia.
•     Supervisar la realización de concursos de ingreso y de jerarquización de personal, y
proponer mejoras a los procesos.
•     Establecer prioridades para los concursos de ingreso basadas en el análisis de dotación
de personal.
•     Diseñar entrevistas de evaluación, de acuerdo a los requerimientos propios de cada
puesto.
•     Diseñar y aplicar un plan de inducción para todas las dependencias de la Secretaría de
Salud.
•     Comunicar, a todo el personal ingresante o que acceda a un cargo jerárquico, las características y condiciones de su contratación.
•     Elaborar un pack de bienvenida para cada persona seleccionada en el que conste documentación sobre su misión y funciones, objetivos del sector en el que se incluye, organigrama del mismo, descripción de su puesto de trabajo y expectativas que se plantean en relación a su desempeño.
•     Inducir estrategias para la mejor adaptación y comunicación en el área de desempeño en donde se inserte el trabajador, como también en relación a otras áreas.
•     Detectar necesidades de formación y capacitación y elevar informe a los sectores correspondientes.
•     Establecer los recursos técnicos y metodológicos para realizar la evaluación de
competencias.



ANEXO B (HOJA 183)
•     Llevar un control procesos de selección realizados, indicando postulantes y resultados; confeccionar cuadro de producción y trabajo en forma mensual y elevarlo a la Dirección Provincial Planificación, Capacitación y Desarrollo.
•     Realizar un seguimiento de la adaptación del agente a su nuevo espacio laboral, a los seis (6) meses y al año (01) de ingreso, mediante entrevista personal.
•     Realizar entrevistas de desvinculación cuando sean requeridas.
REQUISITOS PARA EL CARGO:
Título en recursos humanos, administración o similar o título secundario con experiencia comprobable en tareas afines.



ANEXO B (HOJA 184)

SECRETARÍA DE SALUD
DIRECCIÓN GENERAL RECURSOS HUMANOS
DIRECCIÓN PROVINCIAL PLANIFICACIÓN, CAPACITACIÓN Y
DESARROLLO
DEPARTAMENTO PROVINCIAL SELECCIÓN DE PERSONAL
DIVISIÓN PROVINCIAL BÚSQUEDA DE PERSONAL
MISIÓN:
Diseñar y supervisar procesos de selección para la incorporación de personal en todos los establecimientos de salud de la provincia.
Planificar, coordinar y monitorear la realización de concursos de ingreso de personal de la Secretaría de Salud, de acuerdo a los lincamientos establecidos por las autoridades y al marco legal vigente.
FUNGIÓNES:
Elaborar cronograma de concursos de ingreso de personal de acuerdo a lo establecido
en la legislación vigente.
Llevar adelante tareas administrativas relacionadas con la autorización, ejecución y
notificación de concursos de ingreso de personal.
Preparar las bases para los concursos, que incluyan perfiles de puestos, documentación
e información que cada tipo de concurso requiera.
Coordinar actividades con el comité de concursos y monitorear la ejecución efectiva de
los mismos.
Garantizar el cumplimiento de los procesos de comunicación que establece el
reglamento de concursos.
Generar la documentación necesaria para la realización de los respectivos llamados a
concurso y para su implementación.
•     Satisfacer las necesidades de personal reclutando al número de candidatos suficientes
que demande cada dependencia de la organización, de acuerdo a sus necesidades.
•     Buscar e identificar posibles candidatos para las vacantes programadas, construir y
mantener un registro de candidatos.
•     Mantener contacto con instituciones profesionales, sindicatos y asociaciones de área
para contar con un registro actualizado de profesionales disponibles.
•     Diseñar fichas de solicitud de empleo y establecer canales para recibir postulaciones.
•     Garantizar la publicación de convocatprias autorizadas en distintos medios de
comunicación y redes sociales.


ANEXO B (HOJA 185)
•     Convocar a los candidatos calificados para que sean entrevistados por el responsable de la selección.
•     Confeccionar informes relacionados con su actividad.
REQUISITOS PARA EL CARGO:
Título de grado o técnico en el área de las ciencias del comportamiento o similar, o título secundario con experiencia comprobable en tareas afines.




ANEXO B (HOJA 186)
SECRETARÍA DE SALUD
DIRECCIÓN GENERAL RECURSOS HUMANOS
DIRECCIÓN PROVINCIAL PLANIFICACIÓN, CAPACITACIÓN Y
DESARROLLO
DEPARTAMENTO PROVINCIAL SELECCIÓN DE PERSONAL
DIVISIÓN PROVINCIAL JERARQUIZACIÓN DE PERSONAL
MISIÓN:
Planificar, coordinar y monitorear la realización de concursos de jerarquización de personal de la Secretaría de Salud, de acuerdo a los lineamientos establecidos por las autoridades y al marco legal vigente.
FUNCIONES:
Planificar cronograma de concursos de acuerdo a lo establecido en la legislación vigente.
Jdevar adelante tareas administrativas relacionadas con la autorización, ejecución y
notificación de concursos de jerarquización de personal.
Preparar las bases para los concursos, que incluyan perfiles de puestos, documentación e
información que cada tipo de concurso requiera.
Coordinar actividades con el comité de concursos y monitorear la ejecución efectiva de los
mismos.
Garantizar el cumplimiento de los procesos de comunicación que establece el reglamento
de concursos.
•     Generar la documentación necesaria para la realización de los respectivos llamados a concurso y para su implementación.
•     Confeccionar informes relacionados con su actividad.
REQUISITOS PARA EL CARGO:
Poseer título de grado o pregrado en el área de recursos humanos, administración o carreras afines, o título secundario con experiencia comprobable en tareas afines.


ANEXO B (HOJA 187)
SECRETARÍA DE SALUD
DIRECCIÓN GENERAL RECURSOS HUMANOS
DIRECCIÓN PROVINCIAL PLANIFICACIÓN, CAPACITACIÓN Y DESARROLLO
DEPARTAMENTO PROVINCIAL COORDINACIÓN DE RESIDENTES
MISIÓN:
Coordinar y supervisar la aplicación y el desarrollo de los programas de formación médica y profesional del equipo de salud, en todas las unidades de residencias dependientes de la
Secretaría de Salud de la Provincia, de acuerdo a los objetivos establecidos por la Dirección
General Recursos Humanos.
FUNCIONES:
Colaborar con la Dirección Provincial Planificación, Capacitación-y Desarrollo en la
planificación e implementación de los programas de Residencias médicas y del equipo de
üd.
Supervisar en coordinación con el director del establecimiento y los comités de docencia e
investigación el cumplimiento de los objetivos y la metodología docente definidos en los
programas de residencia.
Controlar la adecuada aplicación de las normativas y reglamentaciones administrativas
vigentes por parte de las autoridades y responsables de la formación local, para con los
residentes y los comités docentes.
Atender las propuestas, dificultades o diferentes situaciones administrativas y/o
curriculares que surjan desde la sede de formación de residentes, estableciendo un nexo
ágil entre las mismas y las autoridades de Capacitación del nivel central, para su
tratamiento.
•     Colaborar con la planificación y organización administrativa del proceso de concursos y selección de ingreso de los residentes, de acuerdo a las directivas y resoluciones correspondientes, en forma anual.
•     Participar en los exámenes y entrevistas de selección de residentes, representando a la Secretaría en los casos que se considere pertinente.
•     Realizar los informes correspondientes acerca del desarrollo y necesidades que surjan de la evaluación permanente de residentes, a las autoridades del nivel central, directores zonales y directores de hospitales, según corresponda.
•     Coordinar y evaluar la actividad en terreno de los residentes en centros de salud y/o rotaciones por hospitales rurales en conjunto con los responsables docentes, jefes de área externa, directores zonales y directores de hospitales rurales, según corresponda.



ANEXO B (HOJA 188)
Promover, en el seno de los comités docentes y el cuerpo de residentes de cada sede y especialidad, la inserción al sistema de salud, post-egreso del profesional, de acuerdo a los objetivos planteados a las necesidades sanitarias del sistema de salud, en coordinación con los directores de hospitales y/ directores zonales.
Coordinar las actividades de formación y capacitación, de convocatoria regional o provincial de las distintas residencias, facilitando su organización, difusión y desarrollo a través de las gestiones que correspondan con las autoridades de nivel central, directores zonales o directores de hospitales.
REQUISITOS PARA EL CARGO:
Profesional con título de grado, preferentemente del área de la salud, con experiencia en docencia y programa de formación profesional




ANEXO B (HOJA 189)
SECRETARÍA DE SALUD
DIRECCIÓN GENERAL RECURSOS HUMANOS
DIRECCIÓN PROVINCIAL PLANIFICACIÓN, CAPACITACION Y DESARROLLO
DEPARTAMENTO PROVINCIAL CAPACITACIÓN CONTINUA
MISIÓN:
Colaborar y asesorar a la Dirección Provincial Planificación, Capacitación y Desarrollo, en el desarrollo de iniciativas para mejorar el nivel de capacitación de los recursos humanos en todo el ámbito de la Secretaría de Salud.
FUNCIONES:

Colaborar en el diseño y la coordinación de actividades y cronogramas de las iniciativas
de capacitación.     •
Difundir y comunicar a las distintas áreas sobre los programas de capacitación para los
establecimientos asistenciales dependientes de la Secretaría de Salud.
Contribuir a la selección y formación de los capacitadores con el diseño de contenidos
de los programas de capacitación
Asegurar los procedimientos administrativos adecuados para la implementación
correcta de las actividades de capacitación.
Coordinar con el área contable la instrumentación de retribuciones a los capacitadores.
• Garantizar la reserva de espacios y el uso de los equipamientos y materiales necesarios para el dictado de clases en los ámbitos asistenciales y no asistenciales, destinados para
capacitar personal.
REQUISITOS PARA EL CARGO:
Poseer título terciario en ciencias de la salud, ciencias administrativas y/o ciencias de la educación.



ANEXO B (HOJA 190)
SECRETARIA DE SALUD
DIRECCIÓN GENERAL RECURSOS HUMANOS
DIRECCIÓN PROVINCIAL PLANIFICACIÓN, CAPACITACIÓN Y DESARROLLO
DEPARTAMENTO PROVINCIAL CAPACITACIÓN CONTINUA
DIVISIÓN PROVINCIAL FORMACIÓN Y CAPACITACIÓN ENFERMERÍA
MISIÓN:
Promover la formación del recurso humano y el perfeccionamiento constante en enfermería en el ámbito de la Provincia del Chubut.
FUNCIONES:

Participar en el perfeccionamiento continuo y permanente de los planes de estudio y
programas de la carrera de Licenciatura en Enfermería.
Promover, asesorar y participar en el diseño de programas de Residencias, Doctorados,
Maestrías y Especialidades de Enfermería.
Contribuir con el desarrollo en actividades de educación permanente de profesores y
profesionales de Enfermería.
Proponer estrategias para el fortalecimiento de la sede de extensión universitaria con
proyección comunitaria.
Promover el intercambio académico e investigativo entre instituciones docentes
nacionales e internacionales.
Promover y ejecutar investigaciones pedagógicas que permitan proponer estrategias
metodológicas para el perfeccionamiento de pre y posgrado de Enfermería.
Promover la producción científica y la elaboración de libros de texto que fortalezcan la
literatura de Enfermería.
• Desarrollar la Informática en Enfermería promoviendo el establecimiento de redes nacionales e internacionales.
REQUISITOS PARA EL CARGO:
Poseer título de licenciado en enfermería o enfermero/a.



ANEXO B (HOJA 191)
SECRETARÍA DE SALUD
DIRECCIÓN GENERAL RECURSOS HUMANOS
DIRECCIÓN PROVINCIAL ADMINISTRACIÓN DE PERSONAL
DEPARTAMENTO PROVINCIAL ADMINISTRACIÓN DE PERSONAL
MISIÓN:
Administrar todas las acciones que establece la normativa vigente, en los procedimientos o actuaciones que se relacionen con los agentes, cargos y/o estructuras de la Secretaría. Coordinar acciones en los temas comunes inherentes al personal.
FUNCIONES:

Administrar todo procedimiento o actuación que se relacione con los agentes, cargos
y/o estructuras, a efectos de procurar el desarrollo armónico de la carrera de cada
empleado en concordancia con lo que establecen las normas vigentes y en especial la
Ley de Carrera Sanitaria.     .
Administrar las acciones que se refieren a regímenes horarios aplicando la normativa
vigente.
Asistir y asesorar en forma permanente a todos los niveles de la Secretaría de Salud
sobre los regímenes en materia de personal y la legislación vigente.
Efectuar la recopilación y registro de antecedentes personales y de la carrera de todo
agente de la Secretaría de Salud e informar todo requerimiento que formulen las
autoridades.
materia de administración de
a fin de constatar en terreno
personal, como asimismo realizar
el incumplimiento de las directivas
la Planta de Personal de todos los
Investigar, supervisar y controlar la interpretación y aplicación de todas las normas
vigentes en
inspecciones
dispuestas.
Supervisar la confección y actualización de
establecimientos dependientes de la Secretaría de Salud.
•     Participar en el proyecto de Presupuesto del área que asegure su desenvolvimiento.
•     Someter a la firma de la superioridad, los proyectos de actos administrativos en materia
de su competencia.     
•     Elaborar observaciones e informes a las autoridades superiores sobre la situación del personal dependiente de la Secretaría de Salud.
REQUISITOS PARA EL CARGO:
Poseer título secundario, con conocimiento de las normas que rigen en materia de administración de personal y con experiencia de tres (3) años en tareas afines.



ANEXO B (HOJA 192)
SECRETARÍA DE SALUD
DIRECCIÓN GENERAL RECURSOS HUMANOS
DIRECCIÓN PROVINCIAL ADMINISTRACIÓN DE PERSONAL
DEPARTAMENTO PROVINCIAL ALTAS Y BAJAS
MISIÓN:
Administrar los procedimientos que se relacionen con los agentes de la Secretaría de Salud: incorporaciones, asistencia, licencias, encasillamientos, bajas en todas sus modalidades, etc., y orientar en aquellos actos vinculados a los mismos.
FUNCIONES:
• Confeccionar y controlar las actuaciones y sus correspondientes instrumentos legales, que se relacionen con incorporaciones, encasillamientos, sanciones disciplinarias y
bajas de los agentes pertenecientes al organismo, mediante los procedimientos y

documentación respaldatoria de acuerdo a la normativa vigente
Mantener actualizado el registro de incorporaciones y desafectaciones de los agentes
(altas y bajas).
Realizar la tramitación de todas las licencias.
Controlar la asistencia del personal de la repartición.
Elaborar el parte diario de asistencia.
Confeccionar los legajos de ingresantes.
Efectuar la afiliación ante la aseguradora de riesgos de trabajo y la prosecución del
trámite correspondiente en caso de siniestro.
REQUISITOS PARA EL CARGO:
Poseer título secundario, preferentemente con capacitación afín a la administración pública.


ANEXO B (HOJA 193)
SECRETARÍA DE SALUD
DIRECCIÓN GENERAL RECURSOS HUMANOS
DIRECCIÓN PROVINCIAL ADMINISTRACIÓN DE PERSONAL
DEPARTAMENTO PROVINCIAL INFORMACIÓN DE PERSONAL
MISIÓN:
Administrar todas las acciones que establece la normativa vigente, en los procedimientos o actuaciones que se relacionen con agentes, cargos y/o estructuras de la Secretaría de Salud. FUNCIONES:
• Administrar todo procedimiento o actuación que se relacione con los agentes, cargos
y/o estructuras, a efectos de procurar el desarrollo armónico de la carrera de cada

empleado.
Producir todo tipo de información relacionada con el recurso humano dependiente de
la Secretaría de Salud de acuerdo a directivas impartidas por la Dirección.
Asistir y asesorar a todos los niveles, en forma permanente, sobre los regímenes y la
legislación vigente en materia de personal.
Promover la recopilación y registro de los antecedentes personales y de la carrera del
agente e informar todo requerimiento que se le formule.
Supervisar la interpretación y aplicación de todas las normas vigentes en materia de
administración de personal y realizar inspecciones a fin de constatar en terreno el
incumplimiento de las directivas dispuestas.
• Proponer el proyecto de Presupuesto del área que asegure su desenvolvimiento.
REQUISITOS PARA EL CARGO:
Poseer título secundario.


ANEXO B (HOJA 194)
SECRETARÍA DE SALUD
DIRECCIÓN GENERAL RECURSOS HUMANOS
DIRECCIÓN PROVINCIAL ADMINISTRACIÓN DE PERSONAL
MISIÓN:
Controlar la aplicación de las normas vigentes referidas a las áreas de administración de personal en el ámbito de la Secretaría de Salud.
FUNCIONES:
• Supervisar y controlar el trámite de ingreso, movimiento y baja de personal de la
Secretaría de Salud.
S'.'üs
•     Asesorar a todos los sectoriales de personal de establecimientos dependientes de la
Secretaría de Salud en los temas referidos a su área de competencia.
•     Conducir la aplicación de las directivas y políticas referidas a la administración de
rsonal, régimen de licencias y francos en el ámbito de la Secretaría de Salud.
•     Llevar archivo de los legajos personales de todos los agentes y ex agentes de la
mencionada Secretaría.
•     Proyectar y tramitar todo acto administrativo originado en el organismo de su
competencia.
•     Proporcionar información sobre el trámite y destino de los expedientes que ingresen o
egresen de la mencionada Secretaría.
•     Recopilar y archivar las leyes, decretos, resoluciones, disposiciones y convenios
referidos a la Secretaría de Salud.
REQUISITOS PARA EL CARGO:
Poseer título secundario.



ANEXO B (HOJA 195)
SECRETARÍA DE SALUD
DIRECCIÓN GENERAL RECURSOS HUMANOS
DIRECCIÓN PROVINCIAL ADMINISTRACIÓN DE PERSONAL
DIVISIÓN PROVINCIAL TÉCNICO LEGAL
MISIÓN;
Asistir a la Dirección Provincial de Administración de Personal, en la organización, gestión y revisión legales de trámites.
FUNCIONES:
• Proporcionar asesoría en aspectos legales y técnicos relacionados con la gestión de personal y recursos humanos.

Capacitar al personal sobre legislación laboral y de salud.
Preparar y revisar la documentación legal necesaria para el funcionamiento de la
Dirección Provincial Administración de Personal.
Verificar la implementación de políticas y procedimientos relacionados con personal,
velando por el cumplimiento de las leyes y regulaciones vigentes.
Supervisar el cumplimiento de las obligaciones legales y técnicas en materia de
personal.
REQUISITOS PARA EL CARGO:
Título de abogado, o equivalente en ciencias jurídicas; y/o experiencia mínima de un (1) año,
en función similar.



ANEXO B (HOJA 196)
SECRETARÍA DE SALUD
DIRECCIÓN GENERAL RECURSOS HUMANOS
DIRECCIÓN PROVINCIAL ADMINISTRACIÓN DE PERSONAL
DIV 1SJ ÓN ?RGX IÁC-A \ .<6 ~EN - E O.VI.MS/RAC. JN DE PERt GN ‘ L
MISIÓN:
Asistir a la Dirección Provincial de Administración de Personal, en la organización y gestión general del área.
FUNCIONES:
•     Coordinar agenda y realizar notas.
•     Facilitar trámites ante solicitudes de las distintas áreas.

•     Gestionar la logística de reuniones de trabajo.
•^- Recibir y controlar documentación.
Mantenerse actualizado en normativa relacionada a gestión de recursos humanos.
•     Interactuar con el equipo de la Dirección.
•     Organizar y colaborar en todos los requerimientos de la Dirección Provincial de
Administración de Personal.
REQUISITOS PARA EL CARGO:
Poseer título de pregrado en carreras del área de recursos humanos, ciencias de la educación, administración y/o experiencia mínima de un (1) año, en función similar.



ANEXO B (HOJA 197)
SECRETARÍA DE SALUD
DIRECCIÓN GENERAL RECURSOS HUMANOS
DIRECCIÓN PROVINCIAL ADMINISTRACIÓN DE PERSONAL
DIVISIÓN PROVINCIAL MESA DE ENTRADAS
MISIÓN:
Intervenir en el registro de la documentación que ingresa y egresa a la Secretaría de Salud, organizar, clasificar y distribuir.
Controlar que se respeten las vías jerárquicas para la recepción y envío de notas y/o expedientes.
FUNCIONES:

Recibir, abrir, clasificar, registrar, fichar, iniciar el trámite, distribuir la documentación,
intervenir en el desglose, agregación y notificación de actuaciones cuando así se
isponga, atender las tareas de despacho y seguimiento de correspondencia,
proporcionar la información relacionada con el destino de los expedientes en base al
seguimiento de los mismos, llevar debidamente actualizados los sistemas de registros
de documentación.
REQUISITOS PARA EL CARGO:
• Evacuar consultas internas y externas respecto al seguimiento de expedientes y/o notas recibidas.
Título secundario y tres (3) años de experiencia en el sector o tareas relacionadas con conocimientos administrativos, redacción y computación.



ANEXO B (HOJA 198)
SECRETARÍA DE SALUD
DIRECCIÓN GENERAL RECURSOS HUMANOS
DIRECCIÓN PROVINCIAL SUELDOS
MISIÓN:
Planificar, coordinar, auditar y modernizar procesos a fin de optimizar la liquidación de haberes de todo el personal de la Secretaría de Salud.
FUNCIONES:
• Establecer mecanismos de control interno a fin de realizar de manera eficiente el

proceso de liquidación.
Propiciar procesos de innovación que modernicen la liquidación de haberes.
Propiciar el trabajo conjunto con las áreas vinculadas a la liquidación de sueldos,
internas y externas, a fin de su mejora continua.
Coordinar acciones para propiciar la digitalización del 100% de la información
Auditar los procesos periódicamente.
Propiciar instrumentos de medición que permitan optimizar la toma de decisiones en
relación a la liquidación de haberes.
Elevar informes periódicos a la Dirección General Recursos Humanos.
Propiciar la capacitación continua del personal de la Dirección, a fin de acceder a
nuevas herramientas de gestión de haberes.
Coordinar acciones necesarias ante la Dirección de Cómputos, Contaduría General y
Servicios Administrativos Financieros de las distintas dependencias sanitarias.
REQUISITOS PARA EL CARGO:
Tecnicatura Superior en Administración Pública orientada al Desarrollo Local, Auxiliar en liquidación de Sueldos y Jornales, Auxiliar Contable y/o Secundario Completo con experiencia mínima de más de cinco (5) años en la función.


ANEXO B (HOJA 199)
SECRETARÍA DE SALUD
DIRECCIÓN GENERAL RECURSOS HUMANOS
DIRECCIÓN PROVINCIAL SUELDOS
DEPARTAMENTO PROVINCIAL SUELDOS
MISIÓN:
Llevar adelante todos los procesos necesarios, para garantizar en tiempo y forma, la liquidación de haberes de todo el personal de la Secretaría de Salud.
FUNCIONES:
Coordinar acciones a fin de que la información sea remitida en tiempo y forma para
proceder a la liquidación de haberes.
Controlar que la información ingresada relacionada con designaciones, promociones,
reubicaciones, altas y bajas de personal, residencias, Oficios Judiciales y cuotas
Alimentarias, Afiliación y Desafiliaciones y toda documentación que implique
erogaciones en la partida de gastos, cuente con los mecanismos previos de autorización.
Efectuar las liquidaciones de sueldos, bonificaciones, asignaciones familiares, horas
guardias, horas cátedras, horas extraordinarias, y demás retribuciones del personal,
determinando las retenciones a efectuar por cualquier concepto.
Mantener actualizado el registro del personal y archivo de la documentación, a fin de
producir las certificaciones de servicios y análisis de costos
Analizar las liquidaciones mecanizadas que produce la Dirección de Cómputos de la
Dirección General de Presupuesto y Finanzas.
•     Asesoras permanentemente a las distintas dependencias de la jurisdicción sobre la liquidación de haberes
•     Garantizar la confidencialidad de los datos que administra.
•     Distribuir las tareas con el equipo de trabajo asignado de manera eficiente.
•     Propiciar la capacitación continua del personal del área.
•     Responder al requerimiento de la Dirección Provincial Sueldos y/o la Dirección
General Recursos Humanos.     .
• Disponibilidad ante procesos de cambio y mejora continua.
REQUISITOS PARA EL CARGO:
Tecnicatura Superior en Administración Publica orientada al desarrollo local y/o Auxiliar en Liquidación sueldos y jornales y/o Auxiliar Contable y/o título secundario, con experiencia mínima de cinco (5) años en la función.



ANEXO B (HOJA 200)
SECRETARÍA DE SALUD
DIRECCIÓN GENERAL RECURSOS HUMANOS
DIRECCIÓN PROVINCIAL SUELDOS
DEPARTAMENTO PROVINCIAL SUELDOS
DIVISIÓN PROVINCIAL SUELDOS
MISIÓN:
Efectuar la coordinación y gestión intermedia de todos los trámites que se generan en el Departamento Provincial Sueldos.
FUNCIONES:
• Dar cumplimiento a requerimientos judiciales manteniendo actualizada la base de datos en forma mensual y gestionar ante las distintas tesorerías dependientes de los servicios

administrativos financieros para la correcta ejecución de los depósitos
correspondientes.
Tramitar y controlas documentación para la carga de haberes de residencia.
Cálculos y cargas de antigüedades.
Presentación de Declaración Jurada ante el sistema RED (ISSYS).
Ejecutar la carga de ausentismos y certificados no convalidados.
Coordinar confección de costos requeridos.
Control de liquidación de haberes.
Responder al requerimiento de la Dirección Provincial Sueldos y/o del Departamento
Provincial Sueldos.
• Supervisar carga de afiliaciones y desafiliaciones gremiales, sindicales y asociaciones
mutuales.
REQUISITOS PARA EL CARGO:
Poseer título secundario, con más de tres (5) años en el Departamento Provincial Sueldos, y ser idóneo en la carga, cálculo y liquidación de haberes.



ANEXO B (HOJA 201)
SECRETARÍA DE SALUD
DIRECCIÓN GENERAL RECURSOS HUMANOS
DIRECCIÓN PROVINCIAL SUELDOS
DEPARTAMENTO PROVINCIAL SUELDOS
DIVISIÓN PROVINCIAL SUELDOS
SECCIÓN ANÁLISIS DE COSTOS
MISIÓN:
Canalizar información proveniente de expedientes para confección de análisis de costos y de distintos requerimientos de los sectoriales de la Dirección Provincial Administración de Personal y Subsecretarias.
FUNCIONES:
Confección de análisis de costos bajo normativas del Convenio colectivo de Trabajo y
sus modificatorias para incorporaciones, designaciones, reubicaciones, traslados, bajas
y adicionales.
Calculo, control y carga de pagos indebido de haberes.
•     Carga de haberes en el sistema.
•     Garantizar la confidencialidad dé los datos que administra.
•     Responder al requerimiento de la Dirección Provincial Sueldos y dependencias cuando
así se lo requiera.
REQUISITOS PARA EL CARGO:
Titulo Secundario con más de cinco (5) años en el Departamento Provincial de Sueldos y ser idóneo en la carga, calculo y liquidación de haberes.


ANEXO B (HOJA 202)
SECRETARÍA DE SALUD
DIRECCIÓN GENERAL RECURSOS HUMANOS
DIRECCIÓN PROVINCIAL SUELDOS
DEPARTAMENTO PROVINCIAL SUELDOS
DIVISIÓN PROVINCIAL DE CERTIFICACIONES Y ASIGNACIONES
FAMILIARES
MISIÓN:
Efectuar la coordinación y gestión de todos los tramites referentes a asignaciones familiares y certificaciones de servicio.
FUNCIONES:
•     Supervisión de la realización de las certificaciones de servicios.
•     Gestionar constancias de haberes.

•     Recepción, control y carga de documentación requerida por la legislación vigente para
asignaciones familiares.
•     Altas, modificación y bajas de familiares.
•     Supervisión y carga de informes de certificados de escolaridad suministrados por los
sectoriales de personal.
•     Coordinación y gestión de recepción de declaraciones juradas para carga de ayuda
escolar.
•     Mantener actualizada la base de datos de certificados (CUD) para agilizar su correcta liquidación.
•     Control y carga de cuotas alimentarias sobre asignaciones familiares.
•     Responder al requerimiento de la Dirección Provincial Sueldos y/o del Departamento Provincial Sueldos.
REQUISITOS PARA EL CARGO:
Titulo Secundario con más de cinco (5) años en el Departamentos Provincial de Sueldos y ser idóneo en la carga, calculo y liquidación de haberes.



ANEXO B (HOJA 203)
SECRETARÍA DE SALUD
DIRECCIÓN GENERAL RECURSOS HUMANOS
DIRECCIÓN PROVINCIAL SUELDOS
DEPARTAMENTO PROVINCIAL SUELDOS
DIVISIÓN PROVINCIAL CERTIFICACIONES Y ASIGNACIONES FAMILIARES
SECCIÓN RECEPCIÓN, DESPACHO DE DOCUMENTACIÓN Y
CERTIFICACIONES DE SERVICIOS
MISIÓN;
Recepción y despacho de toda la documentación ingresada a la Dirección Provincial Sueldos. Confección de certificaciones de servicios para tramites jubilatorios y/o reconocimientos para antigüedad.
FUNCIONES:

Entrada y salida de documentación a través del sistema de Seguimiento de Expedientes.
Elaboración de certificaciones de servicio.
Verificación y confección de constancia alícuota diferencial.
Confección de constancia de pago de cuota de ingreso.
Certificados de valoración del haber.
Responder al requerimiento de la Dirección Provincial Sueldos y dependencia cuando
así se lo requiera.
REQUISITOS PARA EL CARGO:
Titulo Secundario con más de cinco (5) años en el Departamento Provincial de Sueldos y"ser idóneo en la carga, calculo y liquidación de haberes.



ANEXO B (HOJA 204)
SECRETARÍA DE SALUD
DIRECCIÓN GENERAL RECURSOS HUMANOS
DIRECCIÓN PROVINCIAL SUELDOS
DEPARTAMENTO PROVINCIAL SUELDOS
DIVISIÓN PROVINCIAL ASISTENCIA TÉCNICA DE SUELDOS MISIÓN:
Asistir técnicamente los procesos inherentes a la liquidación de haberes.
FUNCIONES:
•     Efectuar el relevamiento mensual de horas guardia sujeto a consideración de las
autoridades superiores.
•     Suministrar las herramientas necesarias para los procesos de liquidación de
asignaciones familiares.
findar asistencia técnica a requerimiento de los actos judiciales para su cumplimiento.
•     Impulsar controles y responder a requerimiento del Departamento Provincial Sueldos
y de la Dirección Provincial Sueldos.
REQUISITOS PARA EL CARGO:
Tecnicatura Superior en Administración Pública Orientada al Desarrollo Local con más de cinco (5) años en el Departamento Provincial Sueldos, ser idóneo en la carga, calculo y
liquidación de haberes.



ANEXO B (HOJA 205)
SECRETARÍA DE SALUD
DIRECCIÓN GENERAL RECURSOS HUMANOS
DIVISIÓN PROVINCIAL ASISTENTE RECURSOS HUMANOS
MISIÓN:
Asistir a la Dirección General Recursos Humanos, a través del intercambio y comunicación con las distintas áreas, facilitando y viabilizando la gestión de recursos humanos.
FUNCIONES:
• Coordinar agenda.
Participar en reuniones a fin de coordinar respuestas.
Facilitar trámites ante solicitudes de las distintas áreas.
articipar de recorridas a los diferentes sectores a fin de registrar requerimientos.
Generar contactos con interlocutores externos.
Gestionar la logística de reuniones de trabajo.
Recibir y controlar documentación.
Mantenerse actualizado en normativa relacionada a gestión de recursos humanos.
Organizar y colaborar en todos los requerimientos de la Dirección General Recursos
Humanos.
REQUISITOS PARA EL CARGO:
Título secundario y experiencia mínima de un (1) año en función similar o en recursos
humanos.     '


ANEXO B (HOJA 206)
SECRETARÍA DE SALUD
DIRECCIÓN GENERAL SALUD DIGITAL
MISIÓN:
Garantizar el acceso efectivo y seguro a la información de salud tanto para los profesionales del ámbito médico como para los pacientes, elevar la calidad y eficiencia de la atención médica mediante el fomento y desarrollo de sistemas de información en salud integrados y comunicados en toda la provincia. Asegurar que la información fluya de manera eficiente y segura, y que las tecnologías digitales se utilicen como herramientas efectivas para mejorar la calidad y accesibilidad de la atención médica para todos los ciudadanos.
FUNCIONES:

•     Desarrollar y mantener sistemas de registros médicos electrónicos:
a)Diseñar plataformas de registros electrónicos que sean intuitivas, seguras y
cumplan con estándares de interoperabilidad.
b)Garantizar la actualización constante de los sistemas para reflejar con precisión
la información clínica.
•     Facilitar el intercambio seguro de información entre proveedores de atención médica:
a)Implementar estándares de intercambio de datos para asegurar la comunicación
efectiva entre diferentes instituciones de salud.
b)Promover el uso de protocolos de seguridad robustos para proteger la
confidencialidad de la información compartida.
•     Implementar herramientas de telemedicina para consultas a distancia:
Desarrollar plataformas de telemedicina amigables que permitan consultas
virtuales eficientes y seguras.
Integrar soluciones que posibiliten la emisión de recetas electrónicas y la
coordinación de exámenes a distancia.
• Desarrollar aplicaciones para el seguimiento y gestión de enfermedades crónicas:
a)     Implementar aplicaciones personalizadas que permitan a los pacientes gestionar y monitorear su salud crónica.
b)     Integrar recordatorios y alertas para el seguimiento de medicamentos y citas médicas.
• Fomentar la formación de recurso humano especializado:
a)     Ofrecer cursos en línea y becas para profesionales de la salud interesados en sistemas de información.
b)     Colaborar con universidades y residencias para incluir curricula especializada en salud digital.


ANEXO B (HOJA 207)

•     Implementar sistemas de gestión hospitalaria y administrativa:
a)     Implementar soluciones integrales para optimizar la gestión de recursos, programación de citas y administración de pacientes.
b)     Facilitar la coordinación entre diferentes áreas hospitalarias mediante plataformas digitales.
•     Utilizar análisis de datos para la toma de decisiones informadas:
a)     Implementar herramientas de análisis de datos para identificar patrones, optimizar procesos y mejorar la eficiencia operativa.
b)     Proporcionar informes periódicos que respalden la toma de decisiones estratégicas.
• Facilitar la logística de suministros médicos:
Implementar sistemas que monitoricen y optimicen la cadena de suministro de
insumos médicos.
a)
b)
a)
Colaborar con proveedores para asegurar una distribución eficiente y oportuna
de suministros.
• Desarrollar aplicaciones y plataformas para la promoción de la salud:
Implementar herramientas interactivas que eduquen y motiven a la comunidad
sobre hábitos saludables.
Integrar funciones de seguimiento y metas personalizadas para fomentar un
estilo de vida saludable.
•     Utilizar la tecnología para rastrear y gestionar brotes de enfermedades:
a) Implementar sistemas de vigilancia epidemiológica que permitan la detección temprana y gestión efectiva de brotes.
•     Implementar programas de telemedicina para la educación en salud:
a)     Desarrollar programas educativos en línea que aborden temas de salud pública y prevención.
b)     Facilitar la participación remota en charlas, seminarios y eventos educativos.
•     Implementar estándares de seguridad robustos:
a)     Establecer medidas de seguridad avanzadas, como cifrado de extremo a extremo y autenticación de dos factores.
b)     Realizar auditorías periódicas para evaluar y mejorar la seguridad de los sistemas.
•     Garantizar el cumplimiento de regulaciones de privacidad de datos:
a)     Asegurar que todos los sistemas cumplan con normativas de protección de datos, como la Ley de Protección de Datos Personales en Salud.
b)     Proporcionar herramientas de consentimiento informado y garantizar la transparencia en el manejo de la información personal.


ANEXO B (HOJA 208)

•     Educar a los profesionales de la salud y a los pacientes sobre la seguridad digital:
a)     Desarrollar programas de capacitación para profesionales y pacientes sobre prácticas seguras en entornos digitales.
b)     Proporcionar materiales educativos accesibles que promuevan la conciencia sobre la seguridad de la información.
•     Desarrollar plataformas de colaboración en línea:
a) Crear espacios virtuales que faciliten la colaboración entre profesionales de la salud, instituciones y organizaciones.
a)
• Integrar sistemas de información de diferentes especialidades médicas:
Desarrollar interfaces interoperables que permitan la integración de datos entre
especialidades médicas.
Facilitar la comunicación y el intercambio de información entre diferentes
departamentos y servicios de salud.
Investigar y adoptar nuevas tecnologías:
Explorar continuamente nuevas tecnologías, como inteligencia artificial,
aprendizaje automático y realidad virtual, para mejorar la prestación de
servicios de salud.
a)
b)
a)
Evaluar la viabilidad y eficacia de estas tecnologías antes de su implementación.
• Fomentar la investigación y desarrollo en el campo de la salud digital:
Colaborar con instituciones académicas y centros de investigación para
promover la innovación en salud digital.
Apoyar proyectos de investigación que contribuyan al avance de la tecnología
en el ámbito de la salud.
b)
REQUISITOS PARA EL CARGO:
Poseer título de grado en el área de salud, administración, sistemas, informática o similar con experiencia en actividades afines.



ANEXO B (HOJA 209)
SECRETARÍA DE SALUD
DIRECCIÓN GENERAL SALUD DIGITAL
DIRECCIÓN PROVINCIAL INFORMÁTICA
MISIÓN:
Diseñar y establecer las políticas de la Salud Digital de la provincia de acuerdo al marco legal existente, tomando como ejes estratégicos el desarrollo de la Historia Clínica Electrónica (HCE) y Telesalud.
Coordinar el desarrollo de soluciones informáticas, bases de datos y padrones, velando que la infraestructura cuente con condiciones necesarias para su conecto funcionamiento.
FUNCIONES:
Planificar el desarrollo de servicios tecnológicos en el sistema de salud.
Implementar herramientas que contribuyen al desarrollo de la infraestructura de
interoperabilidad.
Asistir a la implantación y desarrollo de Telesalud.
Implementar un sistema de información único que funcione en todo el organismo.
Asistir a las autoridades de la Secretaría en la confección, modificación y aprobación
de los planes operativos anuales, en lo referente a los sistemas de información.
Definir y controlar el presupuesto y los medios necesarios para el correcto
funcionamiento de la Dirección.
Diseñar y establecer políticas de salud digital de acuerdo al marco regulatorio.
Normalizar definiciones, procedimientos de captación y elaboración de información,
manteniendo estándares nacionales y/o internacionales con el fin de que el sistema
conserve homogeneidad.
Diseñar y colaborar en el modelo de Historia Clínica Electrónica (HCE), centrado en
el paciente orientado a problemas.
Armado y coordinación de la agenda para el desarrollo del plan provincial de
Telesalud.
Analizar y aprobar los planes operativos de la red de Telesalud provincial.
REQUISITOS PARA EL CARGO:
Poseer título de grado o superior en carreras de sistemas o afines.



ANEXO B (HOJA 210)
SECRETARÍA DE SALUD
DIRECCIÓN GEN, RAL SALUD DIGITAL
DIRECCIÓN PROVINCIAL INFORMÁTICA
DEPARTAMENTO PROVINCIAL DESARROLLO DE SISTEMAS
MISIÓN:
Apoyar a la Secretaría en el logro de sus objetivos institucionales, a través del diseño, desarrollo e implementación de soluciones basadas en Tecnología de Información (TIC) y en procedimientos de trabajo, los cuales satisfagan eficaz y eficientemente sus necesidades de sistematización de los propios servicios y procesos institucionales.
FUNCIONES:
Realizar tareas de relevamiento, análisis, diseño y construcción de sistemas
informáticos.
Respetar los estándares y metodología de trabajo definidos por el Departamento
Provincial de Calidad dentro de la Dirección Provincial Informática.
e Salud
Evaluar e integrar nuevas metodologías de desarrollo, con el fin de impactar en todas
las formas de trabajo actuales, para reforzar la construcción de software.
Evaluar herramientas de desarrollo de software.
Capacitar en el uso de métodos, técnicas y herramientas de desarrollo.
Participar en la implementación de los sistemas informáticos construidos o
adquiridos.
Trabajar en servicios enfocados en el desarrollo de proyectos relacionados con
sistemas de información, rediseño de procesos, mantención de sistemas y formulación
de proyectos.
•     Estandarizar los métodos y establecer las normas de eficacia y los costos, asegurándose que el personal las conoce y acepta.
•     Elaborar programas y sistemas confiables y operativos que faciliten las labores de los empleados y logren ahorros de tiempo considerables y la toma de buenas decisiones.
•     Tener documentados todos los sistemas informáticos desarrollados.
REQUISITOS PARA EL CARGO
Poseer título de grado en carreras de Sistemas o afines.



ANEXOS (HOJA211)
SECRETARÍA DE SALUD
DIRECCIÓN GENERAL SALUD DIGITAL
DIRECCIÓN PROVINCIAL INFORMÁTICA
DEPARTAMENTO PROVINCIAL ADMINISTRACIÓN DE BASE DE DATOS
MISIÓN:
Conformar, gestionar y administrar las bases de datos del sistema de salud con parámetros de calidad según lo especifiquen las normativas existentes.
FUNCIONES:
•     Coordinar la elaboración, análisis y validación de los padrones de beneficiarios.
•     Colaborar con las demás áreas de la Dirección en todo lo relativo a sistemas
informáticos, infraestructura y tecnología del sistema sanitario provincial.
Colaborar en el armado del diseño, desarrollo y ejecución de los planes de
contingencia.
Supervisar la planificación y el desarrollo de los contenidos para las capacitaciones
inherentes al área.
Coordinar la generación, gestión y mantenimiento de las bases de datos.
Generar los reportes y soportes digitales vinculados a las bases de datos.
Generar reportes identificando errores y omisiones en la base de datos para su
posterior auditoría y corrección.
REQUISITOS PARA EL CARGO
Poseer título de grado en carreras de Sistemas o afines.



ANEXO B (HOJA 212)
SECRETARÍA DE SALUD
DIRECCIÓN GENERAL SALUD DIGITAL
DIRECCIÓN PROVINCIAL INFORMÁTICA
DEPARTAMENTO PROVINCIAL ADMINISTRACIÓN DE BASE DE DATOS
DIVISIÓN PROVINCIAL CONTROL Y TESTEO
MISIÓN:
Garantizar que los sistemas de información a disposición de los usuarios, sean totalmente operativos y no posean errores de funcionamiento.
FUNCIONES:
• Realizar las pruebas y tésteos de los sistemas en desarrollo.
• Detectar errores antes que lleguen al usuario.
Participar en la planificación de las pruebas dentro de los planes de trabajo de cada
equipo de proyecto.
Supervisar la correcta ejecución de los planes de pruebas de certificación, validando
la documentación requerida de acuerdo a las metodologías y estándares establecidos.
Promover el uso de las herramientas de gestión de pruebas de calidad.
Planificar y llevar a cabo pruebas de software de los equipamientos para comprobar si
funcionan correctamente.
Identificar el riesgo de sufrir errores de un software, detectar errores existentes y
comunicarlos.
• Evaluar el funcionamiento general del software, sugiriendo formas de mejorarlo.
REQUISITOS PARA EL CARGO
Poseer título de pre grado o grado en carreras de Sistemas o afines.


ANEXO B (HOJA 213)
SECRETARÍA DE SALUD
DIRECCIÓN GENERAL SALUD DIGITAL
DIRECCIÓN PROVINCIAL INFORMÁTICA
DEPARTAMENTO PROVINCIAL CALIDAD
MISION:
Garantizar que los sistemas de información a disposición de los usuarios, cumplan con los requerimientos funcionales y técnicos establecidos.
FUNCIONES:

•     Definir estándares y metodologías de trabajo para mejorar los productos y servicios
brindados por la Dirección Provincial Informática.
•     Evaluar la factibilidad de aplicar soluciones informáticas para mejorar el desempeño
de la Secretaría de Salud de la Provincia y de los centros de Salud que dependen del
mismo.
•     Supervisar todos los procesos, prácticas y acciones para conseguir que el producto o
servicio cumpla con el nivel de calidad requerido.
•     Integrar los sistemas de información desarrollados o adquiridos con las distintas áreas
que conforman el sistema de salud.
•     Administrar la documentación relacionada con los procesos de calidad y los marcos
legales y jurídicos que los sustentan.
•     Gestión y reparto de los recursos brindados por la dirección a los usuarios,
analizando y atendiendo las posibles demandas.
• Evaluación de la eficiencia de software y hardware, así como de los servicios subcontratados a terceros.
REQUISITOS PARA EL CARGO
Poseer título de grado en carreras de Sistemas o afines, o título de grado en carreras de
Administración o afines.



ANEXO B (HOJA 214)
SECRETARÍA DE SALUD
DIRECCIÓN GENERAL SALUD DIGITAL
DIRECCIÓN PROVINCIAL INFORMÁTICA
DIVISION PROVINCIAL SOPORTE E INFRAESTRUCTURA INFORMÁTICA
MISIÓN:
Velar que los servidores e infraestructura tecnológica donde se han montado las aplicaciones y desarrollos informáticos, trabajen de manera segura y a su máximo rendimiento. Además, actuar como contenedor, garante y protector de los datos de la gestión institucional, asegurando la comunicación de toda la red institucional.
FUNCIONES:
Asegurar la comunicación de toda la red asistencia!, para ello trabajará en el
desarrollo y la mantención de la red de comunicaciones.
Garantizar la comunicación entre todos los dispositivos computacionales de los
efectores de la red de salud que se encuentren conectados a ella, como computadoras,
teléfonos, Ipad, Smartphone, entre otros.
Desarrollar proyectos de comunicación, soporte de redes, verificación de calidad de la
conectividad, análisis de servicio de red, instalación de puntos de red, instalación de
redes ante eventos, entre otros.
•     Elaborar estudios para la elección y adquisición de equipos de cómputos y accesorios.
•     Sugerir la ampliación o substitución de las instalaciones existentes.
•     Crear y llevar a cabo un plan de renovación y actualización de equipamiento.
•     Mantener la integridad de la información, creando un plan efectivo de contingencia.
•     Mantener actualizado y controlar el inventario de equipos y accesorios, así como de los paquetes de software de toda la institución.
•     Realizar la configuración e instalación del software necesario.
•     Instalar y mantener el sistema operativo de la institución.
•     Ejecutar y controlar todos los respaldos de la información de los distintos equipos.
•     Elaborar pedido de bienes consumibles (cintas, toners, cartuchos para respaldos, etc.)
•     Brindar el mantenimiento preventivo a los equipos informáticos, e implementar un procedimiento que regule dicha actividad.
REQUISITOS PARA EL CARGO
Poseer título de pregrado o grado en carreras de Sistemas o afines.


ANEXO B (HOJA 215)

SECRETARÍA DE SALUD
DIRECCIÓN GENERAL SALUD DIGITAL
DIRECCIÓN PROVINCIAL DE COMUNICACIÓN INSTITUCIONAL
MISIÓN:
Gestionar la comunicación institucional de la Secretaría de Salud, desde un enfoque integral, que se ocupe de la planificación de estrategias comunicacionales que respondan a las políticas sanitarias priorizadas del organismo y aprovechen los distintos lenguajes, medios y
recursos de producción disponibles, para, de esa manera, visibilizar las iniciativas que se
impulsan y darlas a conocer a la sociedad de la manera más adecuada.
FUNCIONES:
Establecer los ejes temáticos y programas de Salud priorizados con la conducción
político-sanitaria de la Secretaría de Salud.
ónsensuar lincamientos y acciones de comunicación con el Sector de Información
Pública del Gobierno del Chubut y .sus áreas dependientes.
Coordinar lincamientos y acciones de comunicación con las áreas de Prensa y
Comunicación Institucional del Ministerio de Salud de la Nación.
Organizar las campañas de comunicación sobre los ejes temáticos y programas de
Salud priorizados.
•     Trabajar en forma coordinada con todas las áreas de la institución, brindando apoyo, asistencia y asesoramiento en materia de política comunicacional.
•     Articular lincamientos y acciones de comunicación con los distintos referentes de Comunicación Institucional que cumplen funciones en Unidades de Gestión Descentralizadas y Hospitales de la provincia.
• Coordinar las relaciones institucionales de la Secretaría de Salud con los distintos
medios de comunicación (locales, provinciales y nacionales) y los periodistas que se desempeñan en los mismos.
• Promover acciones de comunicación estratégicas con otros organismos públicos, empresas privadas y organizaciones de la sociedad civil.
REQUISITOS:
Título universitario de grado o posgrado en carreras como Comunicación Social, Periodismo o, en su defecto, en ciencias sociales afines, acreditando experiencia profesional en este tipo de tareas.



ANEXO B (HOJA 216)
SECRETARÍA DE SALUD
DIRECCIÓN GENERAL SALUD DIGITAL
DIRECCIÓN PROVINCIAL COMUNICACIÓN INSTITUCIONAL
DEPARTAMENTO PROVINCIAL PRENSA Y DIFUSIÓN
MISIÓN:
Realizar la cobertura periodística de las iniciativas y actividades que la Secretaría de Salud lleva adelante para dar cumplimiento a las políticas sanitarias priorizadas, mediante la producción de información pública que en primera instancia sea validada internamente y luego se difunda a través de los distintos medios de comunicación, para, de esa manera, promocionar la gestión del organismo.
FUNCIONES:
Confeccionar una agenda de actividades semanal y mensual de la Secretaría de Salud.
Coordinar lineamientos y acciones de trabajo con el área de Prensa del Gobierno

Provincial (Información Pública).
Efectuar un relevamiento diario de las noticias de salud publicadas en los distintos
medios de comunicación (clipping).
Organizar conferencias de prensa para comunicar de forma masiva los lanzamientos
de planes, programas y actividades de interés público.
Elaborar notas y gacetillas de prensa sobre dichas iniciativas.
Realizar o coordinar la cobertura fotográfica de dichas iniciativas, asegurando su
correspondiente registro.
Difundir estos materiales entre los distintos medios de comunicación locales y
provinciales.
Gestionar espacios en los medios de comunicación para que las autoridades político- sanitarias y los referentes de la Secretaría de Salud puedan difundir las actividades que se impulsan.
Canalizar adecuadamente las solicitudes de entrevistas con autoridades y referentes de la Secretaría de Salud que realizan los distintos medios de comunicación y periodistas.
Programar y producir spots radiales sobre iniciativas de la Secretaría de Salud y coordinar su difusión en las radios de la provincia.
REQUISITOS PARA EL CARGO:
Título Universitario de grado o terciario en carreras como Comunicación Social o Periodismo o, en su defecto, en ciencias sociales afines, acreditando experiencia profesional en este tipo de tareas.



ANEXO B (HOJA 217)
SECRETARÍA DE SALUD
DIRECCIÓN GENERAL SALUD DIGITAL
DIRECCIÓN PROVINCIAL COMUNICACIÓN INSTITUCIONAL
DEPARTAMENTO PROVINCIAL CONTENIDO DIGITAL
MISIÓN:
Diseñar e implementar una estrategia de comunicación digital para la Secretaría de Salud, que le permita construir y desarrollar a través de sus medios y canales de comunicación digitales y oficiales (sitio web y redes sociales institucionales) un perfil activo, que a su vez favorezca y promueva, una interacción creciente con la sociedad.
FUNCIONES:
Coordinar lincamientos y acciones de trabajo con el área de Contenidos Digitales del
Gobierno Provincial (Información Pública).
Actualizar de forma periódica el sitio web institucional, contribuyendo a su desarrollo
integral mediante la articulación de acciones con el área de Informática de la
Secretaría de Salud.
dministrar las distintas redes sociales de la Secretaría de Salud (Facebook, Twitter,
Instagram y las que pudieran crearse).
Producir y editar contenidos específicos para cada una de las redes sociales del
organismo, atendiendo a sus particularidades y públicos específicos.
Promover una interacción creciente y fluida con los públicos de cada una de las redes
sociales del organismo.
Asesorar, capacitar y supervisar a las dependencias y equipos del sistema sanitario
provincial que cuentan con canales de comunicación digitales, para asegurar un uso
adecuado y potenciarlos.
Promover acciones de comunicación digital estratégicas con otros organismos
públicos, empresas y organizaciones de la sociedad civil.
Impulsar nuevos proyectos de comunicación digital, junto al área de Informática del
organismo, que tengan sentido estratégico y permitan potenciar iniciativas y
programas de Salud priorizados que se llevan adelante.
REQUISITOS PARA EL CARGO:
Título universitario de grado o terciario en carreras como Comunicación Social o Periodismo o, en su defecto, en ciencias sociales afines, acreditando experiencia profesional y conocimientos específicos en Comunicación Digital.


ANEXO B (HOJA 218)
SECRETARÍA DE SALUD

DIRECCIÓN GENERAL SALUD DIGITAL
DIRECCIÓN PROVINCIAL COMUNICACIÓN INSTITUCIONAL
DEPARTAMENTO PROVINCIAL IMAGEN, DISEÑO Y PUBLICIDAD
MISIONES:
Definir y construir la identidad visual institucional de la Secretaría de Salud respetando los valores que ésta promueve y vertebrar a partir de ella, una estrategia de comunicación que otorgue coherencia y unidad a los distintos materiales y productos gráficos, audiovisuales y
publicitarios que se lleven adelante, favoreciendo su reconocimiento por parte de la
comunidad.
FUNCIONES:
Establecer las pautas conceptuales y estéticas que forman parte de la identidad visual
del organismo.
Coordinar lincamientos y acciones de trabajo con el área de publicidad del Gobierno
Provincial (Información Pública).
Diseñar el logotipo de la Secretaría de Salud y de las dependencias y programas de
salud del organismo que, en función de su relevancia, puedan requerir uno.
Supervisar la adecuada aplicación de estos elementos institucionales en las distintas
iniciativas que organice o de las que participe la cartera sanitaria.
Diseñar los carteles y banners institucionales de la Secretaría de Salud y de las
dependencias y programas de salud del organismo que, en función de su relevancia,
puedan requerirlos.
Producir y editar materiales gráficos, como afiches, avisos, folletos, flyers y demás, sobre las iniciativas y los programas de salud priorizados que se impulsan.
Diseñar la papelería institucional del organismo (carpetas, tarjetas de presentación, papel membretado y demás).
Coordinar la adecuada impresión de los materiales y productos gráficos que así lo requieran, supervisando el trabajo realizado por imprentas y proveedores.
Coordinar la difusión de avisos gráficos de la Secretaría de Salud en diarios y otros medios de comunicación gráficos, cuando así corresponda.
Adaptar y editar los materiales gráficos producidos a los requerimientos de la página web y las redes sociales del organismo.
Promover la digitalización progresiva de los distintos materiales y productos de
comunicación gráficos y publicitarios del organismo.


ANEXO B (HOJA 219)

•     Brindar asesoramiento y apoyo comunicacional a las distintas áreas de la Secretaría de Salud que realicen presentaciones institucionales.
•     Coordinar la producción y edición de materiales audiovisuales sobre las iniciativas y los programas de salud priorizados, asegurando su adecuada difusión a través de los canales de televisión de la provincia y los medios digitales del organismo.
REQUISITOS PARA EL CARGO;
Título universitario de grado o terciario en carreras como Publicidad, Diseño Gráfico, Diseño Multimedial u otras afines, acreditando experiencia profesional en este tipo de tareas.




ANEXO B (HOJA 220)
SECRETARÍA DE SALUD
DIRECCIÓN PROVINCIAL UNIDAD DE GESTIÓN DESCENTRALIZADA ZONA
NORTE
MISIÓN:
Conducir los procesos de planificación, programación, ejecución, supervisión y fiscalización de los recursos en salud y de las acciones sanitarias, de acuerdo a los lincamientos y a las políticas que dicte el Gobierno Provincial y la Secretaría de Salud.
FUNCIONES:
•     Garantizar el derecho a la salud integral y el acceso y utilización equitativos de los servicios sanitarios.
•     Garantizar el derecho de todas las personas en su relación con los sistemas de salud y
con los servicios de atención de los centros de atención primaria y hospitales rurales.

Promover la participación activa de la comunidad en la definición de prioridades y en
da evaluación de las acciones de salud.
Promover la capacitación permanente de todo el personal de salud.
Proponer prioridades para la incorporación de recurso humano.
Disponer la administración de los recursos humanos bajo su dependencia y promover
el trabajo grupal e informes disciplinarios, y de producción, para mejorar la calidad de
gestión.
•     Administrar los recursos financieros y materiales en todo el ámbito sanitario.
•     Promover la formulación, ejecución y adecuación de programas, subprogramas, actividades y normas de salud.
•     Garantizar el abastecimiento adecuado de insumos a los establecimientos sanitarios.
•     Desarrollar la formulación y ejecución de programas y acciones dirigidas a asegurar las compras, depósito adecuado y distribución de fármacos, material de curaciones, accesorios, drogas para uso farmacéutico y drogas y materiales radiográficos en cantidad, calidad y condiciones de empleo suficientes, con el fin de cubrir las necesidades establecidas por los servicios de salud pertenecientes al sistema.
•     Garantizar el desarrollo de sistemas de información a nivel local y la incorporación de criterios epidemiológicos oportunos y sistemáticos con el fin de detectar y contribuir a resolver los daños en salud prevalentes.
•     Garantizar el desarrollo de la formación de equipos interdisciplinarios e intersectoriales.
•     Efectuar propuesta de incremento presupuestario para establecimientos de su dependencia.



ANEXO B (HOJA 221)
•     Autorizar contrataciones en el marco de la legislación vigente.
•     Establecer preferencias para la aplicación de recursos económicos.
•     Remitir a autoridades informes vinculados a su gestión.
REQUISITOS PARA EL CARGO:
Poseer título profesional de grado, preferentemente en las ciencias de la Administración y experiencia reconocida de más de tres (3) años de gestión.




ANEXO B (HOJA 222)
SECRETARÍA DE SALUD
DIRECCIÓN PROVINCIAL UNIDAD DE GESTIÓN DESCENTRALIZADA ZONA
SUR
MISIÓN:
Conducir los procesos de planificación, programación, ejecución, supervisión y fiscalización de los recursos en salud y de las acciones sanitarias, de acuerdo a los lincamientos y a las políticas que dicte el Gobierno Provincial y la Secretaría de Salud.
FUNCIONES:
Garantizar el derecho a la salud integral y el acceso y utilización equitativos de los servicios sanitarios.
Garantizar el derecho de todas las personas en su relación con los sistemas de salud y
con los servicios de atención de los centros de atención primaria y hospitales rurales.
óver la participación activa de la comunidad en la definición de prioridades y en
la evaluación de las acciones de salud.
Promover la capacitación permanente de todo el personal de salud.
Proponer prioridades para la incorporación de recurso humano.
Disponer la administración de los recursos humanos bajo su dependencia y promover
el trabajo grupal e informes disciplinarios, y de producción, para mejorar la calidad de
gestión.
Administrar los recursos financieros y materiales en todo el ámbito sanitario.
Promover la formulación, ejecución y adecuación de programas, subprogramas,
actividades y normas de salud.
Garantizar el abastecimiento adecuado de insumos a los establecimientos sanitarios.
Desarrollar la formulación y ejecución de programas y acciones dirigidas a asegurar las compras, depósito adecuado y distribución de fármacos, material de curaciones, accesorios, drogas para uso farmacéutico y drogas y materiales radiográficos en cantidad, calidad y condiciones de empleo suficientes, con el fin de cubrir las necesidades establecidas por los servicios de salud pertenecientes al sistema.
Garantizar el desarrollo de sistemas de información a nivel local y la incorporación de criterios epidemiológicos oportunos y sistemáticos con el fin de detectar y contribuir a resolver los daños en salud prevalentes.
Garantizar el desarrollo de la formación de equipos interdisciplinarios e intersectoriales.



ANEXO B (HOJA 223)
•     Efectuar propuesta de incremento presupuestario para establecimientos de su dependencia.
•     Autorizar contrataciones en el marco de la legislación vigente.
•     Establecer preferencias para la aplicación de recursos económicos.
•     Remitir a autoridades informes vinculados a su gestión.
REQUISITOS PARA EL CARGO:
Poseer título profesional de grado, preferentemente en las ciencias de la Administración y experiencia reconocida de más de tres (3) años de gestión.



ANEXO B (HOJA 224)
SECRETARÍA DE SALUD
DIRECCIÓN PROVINCIAL UNIDAD DE GESTIÓN DESCENTRALIZADA ZONA
NORESTE
MISIÓN:
Conducir los procesos de planificación, programación, ejecución, supervisión y fiscalización de los recursos en salud y de las acciones sanitarias, de acuerdo a los lineamientos y a las políticas que dicte el Gobierno Provincial y la Secretaría de Salud.
FUNCIONES:
Garantizar el derecho a la salud integral y el acceso y utilización equitativos de los
servicios sanitarios.
Garantizar el derecho de todas las personas en su relación con los sistemas de salud y
con los servicios de atención de los centros de atención primaria y hospitales rurales.
Promover la participación activa de la comunidad en la definición de prioridades y en
la evaluación de las acciones de salud.
Promover la capacitación permanente de todo el personal de salud.
Proponer prioridades para la incorporación de recurso humano.
Disponer la administración de los recursos humanos bajo su dependencia y promover
el trabajo grupal e informes disciplinarios, y de producción, para mejorar la calidad de
gestión.
Administrar los recursos financieros y materiales en todo el ámbito sanitario.
Promover la formulación, ejecución y adecuación de programas, subprogramas,
actividades y normas de salud.
Garantizar el abastecimiento adecuado de insumos a los establecimientos sanitarios.
Desarrollar la formulación y ejecución de programas y acciones dirigidas a asegurar
las compras, depósito adecuado y distribución de fármacos, material de curaciones,
accesorios, drogas para uso farmacéutico y drogas y materiales radiográficos en
cantidad, calidad y condiciones de empleo suficientes, con el fin de cubrir las
necesidades establecidas por los servicios de salud pertenecientes al sistema.
Garantizar el desarrollo de sistemas de información a nivel local y la incorporación de
criterios epidemiológicos oportunos y sistemáticos con el fin de detectar y contribuir a
resolver los daños en salud prevalentes.
Garantizar el desarrollo de la formación de equipos interdisciplinarios e
intersectoriales.



ANEXO B (HOJA 225)
•     Efectuar propuesta de incremento presupuestario para establecimientos de su dependencia.
•     Autorizar contrataciones en el marco de la legislación vigente.
•     Establecer preferencias para la aplicación de recursos económicos.
•     Remitir a autoridades informes vinculados a su gestión
REQUISITOS PARA EL CARGO:
Poseer título profesional de grado, preferentemente en las ciencias de la Administración y experiencia reconocida de más de tres (3) años de gestión.



ANEXO B (HOJA 226)
SECRETARÍA DE SALUD
DIRECCIÓN PROVINCIAL UNIDAD DE GESTIÓN DESCENTRALIZADA ZONA
NOROESTE
MISIÓN:
Conducir los procesos de planificación, programación, ejecución, supervisión y fiscalización de los recursos en salud y de las acciones sanitarias, de acuerdo a los lincamientos y a las políticas que dicte el Gobierno Provincial y la Secretaría de Salud.
FUNCIONES:
• Garantizar el derecho a la salud integral y el acceso y utilización equitativos de los servicios sanitarios.
•     Garantizar el derecho de todas las personas en su relación con los sistemas de salud y
con los servicios de atención de los centros de atención primaria y hospitales rurales.
•     Promover la participación activa de la comunidad en la definición de prioridades y en
la evaluación de las acciones de salud.
Promover la capacitación permanente de todo el personal de salud.
Proponer prioridades para la incorporación de recurso humano.
Disponer la administración de los recursos humanos bajo su dependencia y promover
el trabajo grupal e informes disciplinarios, y de producción, para mejorar la calidad de
gestión.
Administrar los recursos financieros y materiales en todo el ámbito sanitario.
Promover la formulación, ejecución y adecuación de programas, subprogramas,
actividades y normas de salud.
Garantizar el abastecimiento adecuado de insumos a los establecimientos sanitarios.
•     Desarrollar la formulación y ejecución de programas y acciones dirigidas a asegurar las compras, depósito adecuado y distribución de fármacos, material de curaciones, accesorios, drogas para uso farmacéutico y drogas y materiales radiográficos en cantidad, calidad y condiciones de empleo suficientes, con el fin de cubrir las necesidades establecidas por los servicios de salud pertenecientes al sistema.
•     Garantizar el desarrollo de sistemas de información a nivel local y la incorporación de criterios epidemiológicos oportunos y sistemáticos con el fin de detectar y contribuir a resolver los daños en salud prevalentes.
•     Garantizar el desarrollo de la formación de equipos interdisciplinarios e intersectoriales.
•     Efectuar propuesta de incremento presupuestario para establecimientos de su dependencia.
•     Autorizar contrataciones en el marco de la legislación vigente.



ANEXO B (HOJA 227)
•     Establecer preferencias para la aplicación de recursos económicos.
•     Remitir a autoridades informes vinculados a su gestión.
REQUISITOS PARA EL CARGO:
Poseer título profesional de grado, preferentemente en las ciencias de la Administración y experiencia reconocida de más de tres (3) años de gestión.


Instrumentos Legales Asociados

Instrumentos legales afectados por este instrumento legal

(Se relaciona) Decreto 507/2009
(Se relaciona) Decreto 1517/2009
(Se relaciona) Decreto 1915/2009
(Se relaciona) Decreto 1599/2010
(Se relaciona) Decreto 1969/2010
(Se relaciona) Decreto 2102/2010
(Se relaciona) Decreto 1223/2011
(Se relaciona) Decreto 1842/2011
(Se relaciona) Decreto 1244/2020
(Se relaciona) Ley I 764

Instrumentos legales que afectan a este instrumento legal

(No hay instrumentos legales que lo afecten)