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Título: Establecer que el Doctor Guillermo Emilio DEFOSSE dejará el cargo “Ad-Honorem” designado como Secretario de Ciencia y Tecnología y comenzará a percibir los haberes correspondientes al mismo. |
Fecha Registro: 03/06/2024 |
Detalle: RAWSON, 03 JUN 2024 VISTO: El artículo 155°, inciso 3) de la Constitución de la Provincia del Chubut; y CONSIDERANDO: Que por el artículo 155°, inciso 3) de la Constitución Provincial, faculta al Poder Ejecutivo a nombrar y remover a los funcionarios de la Administración Publica Provincial; Que mediante Decreto N° 1550/23, de fecha 09 de diciembre de 2023, se designó como Secretario de Ciencia y Tecnología al Doctor Guillermo Emilio DEFOSSE; Que por Decreto N° 1647/23, de fecha 21 de diciembre de 2023, se rectificó el artículo 1° del Decreto N° 1550/23, designando al Secretario de Ciencia y Tecnología “Ad- Honorem”; Que por Decreto N° 224/24, de fecha 1o de marzo de 2024, se rectificó el artículo 1o del Decreto N° 1647/23, por un error involuntario en el número de documento nacional de identidad del Doctor Guillermo Emilio DEFOSSE; Que atento a que el funcionario solicita percibir los haberes correspondientes a su cargo, se establece dejar sin efecto el cargo “Ad-Honorem”, a partir de la fecha del presente decreto; Que la Dirección General de Administración de Personal, dependiente de la Secretaría General de Gobierno, interviene en el presente trámite; Que ha tomado legal intervención la Asesoría General de Gobierno; POR ELLO: EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT DECRETA: Artículo 1°.- Establecer que el Doctor Guillermo Emilio DEFOSSE (D.N.I N° 11.118.986 - Clase 1954) dejará el cargo “Ad-Honorem” designado como Secretario de Ciencia y Tecnología y comenzará a percibir los haberes correspondientes al mismo, a partir de la fecha del presente decreto. Artículo 2°.- El presente decreto será refrendado por el Señor Ministro Secretario de Estado en el Departamento de Gobierno. Artículo 3°.- Regístrese, comuníquese, notificase, dese al Boletín Oficial y cumplido, ARCHÍVESE. DECRETO N° 694/24 |
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