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Decreto 727 / 2024 Ignacio Torres 

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Título: Incorpórase al Cálculo de Recursos y al Presupuesto de Erogaciones de la Administración Central y Organismos Descentralizados para el Ejercicio 2024
 
Fecha Registro: 07/06/2024
 
Detalle:

RAWSON, 07 JUN 2024

VISTO:

El Expediente N° 781-EC-2024; y

CONSIDERANDO:

Que por Decreto N° 1/24 se aprueba la prórroga del Presupuesto General de la Administración Central y Organismos Descentralizados aprobado por Ley II N° 282, modificada por Ley II N° 289, para el Ejercicio 2024;
Que por el Expediente N° 781-EC-2024, el Ministerio de la Economía, solicita incremento presupuestario en la Fuente de Financiamiento 4.09, a efectos de registrar los fondos provenientes del Convenio Ampliatorio al Convenio Marco 2024 firmado entre el Instituto Nacional de Estadísticas y Censos y la Dirección General de Estadística y Censos de la Provincia del Chubut;
Que de acuerdo a lo establecido en el artículo 15° inciso a) de la Ley II N° 282, se autoriza al Poder Ejecutivo a incorporar al Presupuesto los recursos provenientes de aportes que se asignen con fines específicos; esta modificación será comunicada dentro de los treinta (30) días a la Honorable Legislatura para su conocimiento;
Que de acuerdo a lo establecido en el artículo N° 15 inciso b) de la Ley II N° 282, se autoriza al Poder Ejecutivo a incorporar al Presupuesto los recursos con fines específicos cuando la proyección de los mismos supere el monto originalmente previsto; esta modificación será comunicada dentro de los treinta (30) días a la Honorable Legislatura para su conocimiento;
Que la Asesoría General de Gobierno ha tomado legal intervención;

POR ELLO:

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT

DECRETA:

Artículo 1°.- Incorpórase al Cálculo de Recursos y al Presupuesto de Erogaciones de la Administración Central y Organismos Descentralizados para el Ejercicio 2024, la suma de PESOS VEINTITRES MILLONES TRESCIENTOS SESENTA Y TRES MIL DOSCIENTOS CUARENTA Y TRES ($ 23.363.243,00.-) en la Jurisdicción 30, SAF 30 - SAF Ministerio de Economía, de acuerdo al detalle obrante en las planillas anexas N° 1 y 2 que forman parte del presente Decreto.-
Artículo 2°.- Comuniqúese a la Comisión de Presupuesto y Hacienda de la Honorable Legislatura.-
Artículo 3°.- El presente Decreto, será refrendado por los señores Ministros Secretarios de Estado en los Departamentos de Economía y de Gobierno.-
Artículo 4°.- Regístrese, comuníquese, dese al Boletín Oficial, tome nota la Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia, Dirección General de Presupuesto y Finanzas y cumpido ARCHIVESE.

DECRETO N° 727/24

Planillas Anexas Ver en el Decreto Original
Instrumentos Legales Asociados

Instrumentos legales afectados por este instrumento legal

(Se relaciona) Ley II 282
(Se relaciona) Ley II 289

Instrumentos legales que afectan a este instrumento legal

(No hay instrumentos legales que lo afecten)