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Decreto 857 / 2024 Ignacio Torres 

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Título: Sustitúyase el Anexo III (Hojas N° 93, 94, 132, 139 y 150) del Decreto N° 196/24
 
Fecha Registro: 04/07/2024
 
Detalle:

RAWSON, 04 JUL 2024
VISTO:
El Expediente N° 1151/2024-MP, el Decreto N° 196/24; y
CONSIDERANDO:
Que por el Expediente citado en el Visto, se tramita la modificación de los requisitos de
admisibilidad del cargo fuera de nivel de la Dirección General de Comercio e Inversiones dependiente de la Subsecretaría de Industria y Comercia y de los cargos jerárquicos Dirección Regional Delegación Sur, Dirección Regional Delegación Oeste y Dirección Regional Delegación Noroeste dependientes de la Dirección General de Planificación y Financiamiento perteneciente a la Subsecretaría de Financiamiento y Comercio para la Producción del Ministerio de Producción, que figuran en el Anexo III (Hojas N° 93, 94, 132, 139 y 150) del Decreto N° 196/24, de conformidad a los lineamientos que emergen del Anexo A (Hojas N° 1, 2, 3 y 4) que forma parte integrante del presente, a partir de la
fecha del presente decreto;
Que el artículo 4°, inciso 11) de la Ley I N° 764, modificada por Ley I N° 770, establece que es facultad de los Ministros Secretarios y Secretarios de Estado proponer al Poder Ejecutivo la estructura orgánica de su Departamento;
Que, en marco, corresponde sustituir el Anexo III (Hojas N° 93, 94, 132, 139 y 150) del
Decreto N° 196/24 por el Anexo A (Hojas N° 1, 2, 3 y 4), que forma parte integrante del presente decreto;
Que deberá anotarse en la marginal del Decreto N° 196/24 la modificación que por este acto se dispone;
Que la Dirección General de Asuntos Legales del Ministerio de Producción, ha intervenido
en estas actuaciones;
Que la Dirección General de Administración de Personal de la Secretaría General de
Gobierno ha tomado intervención en el presente trámite;
Que la Asesoría General de Gobierno, ha tomado intervención en el presente trámite;
POR ELLO:
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT
DECRETA:
Artículo 1° - Sustitúyase, a partir de la fecha del presente decreto, el Anexo III (Hojas N° 93, 94, 132, 139 y 150) del Decreto N° 196/24, por el Anexo A (Hojas N° 1, 2, 3 y 4) que forma parte integrante del presente.-
Artículo 2°.- Anótese en la marginal del Decreto N° 196/24, la modificación que por este acto dispone.-
Artículo 3°.- El presente decreto será refrendado por los señores Ministros Secretarios de Estado en los departamentos de Gobierno y Producción.-
Artículo 4°.- Regístrese, comuníquese, notifíquese, dese al Boletín Oficial y cumplido, ARCHÍVESE
DECRETO Nº 857

ANEXO A

(Hoja N° 1)

MINISTERIO DE PRODUCCION
SUBSECRETARÍA DE INDUSTRIA Y COMERCIO
DIRECCION GENERAL DE COMERCIO E INVERSIONES
MISION:
• Promover la diversificación y el aumento de las exportaciones de bienes y servicios.
FUNCIONES:
• Planificar, formular e implementar políticas, instrumentos y herramientas dinámicas
que tiendan a la promoción y el desarrollo de la Inversión local y nacional, y a la
atracción de inversiones extranjeras directas, en el marco de la estrategia del desarrollo económico e industrial de la Provincia.
• Intervenir dentro del ámbito de competencia en las actividades de promoción del
comercio internacional de la Provincia, impulsando la internacionalización y promoviendo la acción del sector privado exportador de bienes y servicios.
• Generar estudios e informes de soporte técnico para la adecuada participación de la
Provincia en negociaciones comerciales y de integración, que permitan formular políticas de comercio exterior, y líneas de acción frente a los diferentes organismos internacionales y mecanismos de integración de los que el país forma parte.
• Representar junto a productores/exportadores de las misiones y rondas de negocios
nacionales e internacionales, que sean de interés estratégico, y participaren eventos
públicos, privados y académicos, dirigidos a difundir y promover las relaciones económicas de Chubut con el mundo.
• Coordinar las acciones de política comercial interna y externa con organismos públicos y privados asociados al comercio, para hacer un mejor uso de los recursos humanos y financieros disponibles.
• Difundir los aspectos normativos vinculados a aranceles y nomenclaturas, reintegros,
normas tendientes al desarrollo de exportaciones, cupos draw back, admisión temporaria, y otros regímenes específicos.
• Mantener actualizado el registro de proyectos y programas oficializados a través de
la Cancillería, así como el de las fuentes de financiamiento y cooperación internacional a la que los chubutenses pueden acceder.
• Intervenir en la elaboración de estrategias para el desarrollo de la Zona Franca en
ejecución y coordinación con las áreas competentes.
• Intervenir en la determinación de los sectores prioritarios para el destino de inversiones públicas y privadas, y en la búsqueda de fuentes de financiamiento para sus proyectos; participando en la formulación, gestión y administración de programas que otorguen financiamiento, ya sea proveniente de organismos nacionales, internacionales o multilaterales.
• Desarrollar vínculos y proponer la celebración de acuerdos, contratos y convenios con instituciones y organismos públicos y privados, con los particulares o con representantes externos en materia de inversiones y comercio internacional.

ANEXO A
(Hoja N° 2)

• Fomentar el desarrollo de inversiones que aporten valor agregado, conocimiento y
acceso a nuevas tecnologías a la producción provincial y que estimulen la integración
vertical y horizontal de las cadenas productivas.
• Fomentar el desarrollo sustentadle de las relaciones comerciales del ámbito provincial, favoreciendo la observancia de las leyes que regulan el sector.
• Coordinar con las reparticiones provinciales y gobiernos municipales la aplicación de
regímenes y normas vigentes, a fin de lograr una acción coherente y efectiva en materia de comercialización y distribución de mercaderías, productos de consumo y servicios comprendidos en las leyes cuya aplicación le compete.
• Intervenir en la elaboración, perfeccionamiento y aplicación de las disposiciones legales que gobiernen la comercialización en la Provincia.
• Asesorar al Subsecretario de Industria y Comercio respecto de las estrategias y políticas locales a implementar a fin de fomentar y orientar el desarrollo económico de la Provincia al corto, mediano y largo plazo;
• Dirigir y coordinar la Dirección de Comercio Internacional y la Dirección de Promoción
de Inversiones.
• Participar en la preparación y ejecución del presupuesto anual de la Subsecretaría de
Industria y Comercio del Ministerio de Producción. -

REQUISITOS PARA EL CARGO:
Profesional con Titulo terciario y/o universitario con orientación en comunicación
institucional, o idóneo con experiencia no menor a cinco (5) años en la Administración
Publica en tareas afines a la misión del cargo.

ANEXO A
(Hoja N° 3)

MINISTERIO DE PRODUCCION
SUBSECRETARÍA DE FINANCIAMIENTO Y COMERCIO PARA LA PRODUCCION
DIRECCION GENERAL DE PLANIFICACION Y FINANCIAMIENTO
DIRECCION REGIONAL DELEGACION SUR
El área de competencia de la Delegación Sur, será la comprendida por los departamentos de Escalante, Sarmiento, Río Senguer, Tehuelche y las secciones DII y DIII del Departamento
Florentino Ameghino. Comarca Río Senguer, Golfo San Jorge.

Dirección regional delegación oeste

MISIONES:
• Coordinar el funcionamiento operativo de la delegación, proveyendo los recursos necesarios que aseguren el funcionamiento de su estructura.
• Organizar, ejecutar y controlar el trabajo para el corto y mediano plazo.

FUNCIONES:
• Sera responsable inmediato de la dirección.
• Deberá controlar los actos que realice la delegación en el ámbito de la Jurisdicción de
la región a la que pertenece.
• Ejercer las funciones que le fueren delegadas y/o encomendadas por el Director General de Planificación.
• Ejercer la dirección y conducción del personal de su dependencia, distribuir las tareas
de cada departamento a su cargo asignando funciones y disponiendo reemplazos en casos de ausencias.
• Facilitar la ejecución del plan de actividades de la Delegación.

REQUISITOS PARA EL CARGO:
Persona idónea con capacidad de trabajo en equipo y experiencia en trabajos de campo
referentes a la zona Sur.

ANEXO A
(Hoja N° 4)

MINISTERIO DE PRODUCCION
SUBSECRETARÍA DE FINANCIAMIENTO Y COMERCIO PARA LA PRODUCCION
DIRECCION GENERAL DE PLANIFICACION Y FINANCIAMIENTO
DIRECCION REGIONAL DELEGACION OESTE

El área de competencia de la Delegación Oeste será la comprendida por el Departamento de Futaleufú.

MISIONES:
• Coordinar el funcionamiento operativo de la delegación, proveyendo los recursos necesarios que aseguren el funcionamiento de su estructura.
• Organizar, ejecutar y controlar el trabajo para el corto y mediano plazo.

FUNCIONES:
• Coordinar y supervisar las actividades que se desarrollan en la regional.
• Colaborar en la elaboración del presupuesto anual de la Delegación.
• Relevar las demandas y necesidades del sector productivo en el territorio y proponer
planes de acción para atender a las mismas.
• Será responsable inmediato de la dirección.
• Deberá controlar los actos que realice la delegación en el ámbito de la Jurisdicción de
la región a la que pertenece.
• Ejercer las funciones que le fueren delegadas y/o encomendadas por el Director General de Planificación y Financiamiento.
• Ejercer la dirección y conducción del personal de su dependencia, distribuir las tareas
de cada departamento a su cargo asignando funciones y disponiendo reemplazos en casos de ausencias.
• Facilitar la ejecución del plan de actividades de la Delegación.

REQUISITOS PARA EL CARGO:
Poseer título secundario y/o persona idónea con experiencia de al menos dos (2) años en
tareas administrativas dentro del ámbito de la Administración Publica Nacional, Provincial o Municipal.

ANEXO A
(Hoja N° 5)

MINISTERIO DE PRODUCCION
SUBSECRETARÍA DE FINANCIAMIENTO Y COMERCIO PARA LA PRODUCCION
DIRECCION GENERAL DE PLANIFICACION Y FINANCIAMIENTO
DIRECCION REGIONAL DELEGACION NOROESTE

El área de competencia de la Delegación Oeste será la comprendida por el Departamento de Cushamen.

MISIONES:
• Coordinar el funcionamiento operativo de la delegación, proveyendo los recursos necesarios que aseguren el funcionamiento de su estructura.
• Organizar, ejecutar y controlar el trabajo para el corto y mediano plazo.

FUNCIONES:
• Coordinar y supervisar las actividades que se desarrollan en la regional.
• Colaborar en la elaboración del presupuesto anual de la Delegación.
• Relevar las demandas y necesidades del sector productivo en el territorio y proponer
planes de acción para atender a las mismas.
• Sera responsable inmediato de la dirección.
• Deberá controlar los actos que realice la delegación en el ámbito de la Jurisdicción de
la región a la que pertenece.
• Ejercer las funciones que le fueren delegadas y/o encomendadas por el Director General de Planificación y Financiamiento.
• Ejercer la dirección y conducción del personal de su dependencia, distribuir las tareas
de cada departamento a su cargo asignando funciones y disponiendo reemplazos en casos de ausencias.
• Facilitar la ejecución del plan de actividades de la Delegación.

REQUISITOS PARA EL CARGO:
Persona idónea con capacidad de trabajo en equipo y experiencia en trabajos de campo
referentes a la zona Noroeste.
Instrumentos Legales Asociados

Instrumentos legales afectados por este instrumento legal

(Se relaciona) Decreto 196/2024

Instrumentos legales que afectan a este instrumento legal

(No hay instrumentos legales que lo afecten)