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Título: Sustitúyase el Anexo III (Hojas N° 93, 94, 132, 139 y 150) del Decreto N° 196/24 |
Fecha Registro: 04/07/2024 |
Detalle: RAWSON, 04 JUL 2024 VISTO: El Expediente N° 1151/2024-MP, el Decreto N° 196/24; y CONSIDERANDO: Que por el Expediente citado en el Visto, se tramita la modificación de los requisitos de admisibilidad del cargo fuera de nivel de la Dirección General de Comercio e Inversiones dependiente de la Subsecretaría de Industria y Comercia y de los cargos jerárquicos Dirección Regional Delegación Sur, Dirección Regional Delegación Oeste y Dirección Regional Delegación Noroeste dependientes de la Dirección General de Planificación y Financiamiento perteneciente a la Subsecretaría de Financiamiento y Comercio para la Producción del Ministerio de Producción, que figuran en el Anexo III (Hojas N° 93, 94, 132, 139 y 150) del Decreto N° 196/24, de conformidad a los lineamientos que emergen del Anexo A (Hojas N° 1, 2, 3 y 4) que forma parte integrante del presente, a partir de la fecha del presente decreto; Que el artículo 4°, inciso 11) de la Ley I N° 764, modificada por Ley I N° 770, establece que es facultad de los Ministros Secretarios y Secretarios de Estado proponer al Poder Ejecutivo la estructura orgánica de su Departamento; Que, en marco, corresponde sustituir el Anexo III (Hojas N° 93, 94, 132, 139 y 150) del Decreto N° 196/24 por el Anexo A (Hojas N° 1, 2, 3 y 4), que forma parte integrante del presente decreto; Que deberá anotarse en la marginal del Decreto N° 196/24 la modificación que por este acto se dispone; Que la Dirección General de Asuntos Legales del Ministerio de Producción, ha intervenido en estas actuaciones; Que la Dirección General de Administración de Personal de la Secretaría General de Gobierno ha tomado intervención en el presente trámite; Que la Asesoría General de Gobierno, ha tomado intervención en el presente trámite; POR ELLO: EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT DECRETA: Artículo 1° - Sustitúyase, a partir de la fecha del presente decreto, el Anexo III (Hojas N° 93, 94, 132, 139 y 150) del Decreto N° 196/24, por el Anexo A (Hojas N° 1, 2, 3 y 4) que forma parte integrante del presente.- Artículo 2°.- Anótese en la marginal del Decreto N° 196/24, la modificación que por este acto dispone.- Artículo 3°.- El presente decreto será refrendado por los señores Ministros Secretarios de Estado en los departamentos de Gobierno y Producción.- Artículo 4°.- Regístrese, comuníquese, notifíquese, dese al Boletín Oficial y cumplido, ARCHÍVESE DECRETO Nº 857 ANEXO A (Hoja N° 1) MINISTERIO DE PRODUCCION SUBSECRETARÍA DE INDUSTRIA Y COMERCIO DIRECCION GENERAL DE COMERCIO E INVERSIONES MISION: • Promover la diversificación y el aumento de las exportaciones de bienes y servicios. FUNCIONES: • Planificar, formular e implementar políticas, instrumentos y herramientas dinámicas que tiendan a la promoción y el desarrollo de la Inversión local y nacional, y a la atracción de inversiones extranjeras directas, en el marco de la estrategia del desarrollo económico e industrial de la Provincia. • Intervenir dentro del ámbito de competencia en las actividades de promoción del comercio internacional de la Provincia, impulsando la internacionalización y promoviendo la acción del sector privado exportador de bienes y servicios. • Generar estudios e informes de soporte técnico para la adecuada participación de la Provincia en negociaciones comerciales y de integración, que permitan formular políticas de comercio exterior, y líneas de acción frente a los diferentes organismos internacionales y mecanismos de integración de los que el país forma parte. • Representar junto a productores/exportadores de las misiones y rondas de negocios nacionales e internacionales, que sean de interés estratégico, y participaren eventos públicos, privados y académicos, dirigidos a difundir y promover las relaciones económicas de Chubut con el mundo. • Coordinar las acciones de política comercial interna y externa con organismos públicos y privados asociados al comercio, para hacer un mejor uso de los recursos humanos y financieros disponibles. • Difundir los aspectos normativos vinculados a aranceles y nomenclaturas, reintegros, normas tendientes al desarrollo de exportaciones, cupos draw back, admisión temporaria, y otros regímenes específicos. • Mantener actualizado el registro de proyectos y programas oficializados a través de la Cancillería, así como el de las fuentes de financiamiento y cooperación internacional a la que los chubutenses pueden acceder. • Intervenir en la elaboración de estrategias para el desarrollo de la Zona Franca en ejecución y coordinación con las áreas competentes. • Intervenir en la determinación de los sectores prioritarios para el destino de inversiones públicas y privadas, y en la búsqueda de fuentes de financiamiento para sus proyectos; participando en la formulación, gestión y administración de programas que otorguen financiamiento, ya sea proveniente de organismos nacionales, internacionales o multilaterales. • Desarrollar vínculos y proponer la celebración de acuerdos, contratos y convenios con instituciones y organismos públicos y privados, con los particulares o con representantes externos en materia de inversiones y comercio internacional. ANEXO A (Hoja N° 2) • Fomentar el desarrollo de inversiones que aporten valor agregado, conocimiento y acceso a nuevas tecnologías a la producción provincial y que estimulen la integración vertical y horizontal de las cadenas productivas. • Fomentar el desarrollo sustentadle de las relaciones comerciales del ámbito provincial, favoreciendo la observancia de las leyes que regulan el sector. • Coordinar con las reparticiones provinciales y gobiernos municipales la aplicación de regímenes y normas vigentes, a fin de lograr una acción coherente y efectiva en materia de comercialización y distribución de mercaderías, productos de consumo y servicios comprendidos en las leyes cuya aplicación le compete. • Intervenir en la elaboración, perfeccionamiento y aplicación de las disposiciones legales que gobiernen la comercialización en la Provincia. • Asesorar al Subsecretario de Industria y Comercio respecto de las estrategias y políticas locales a implementar a fin de fomentar y orientar el desarrollo económico de la Provincia al corto, mediano y largo plazo; • Dirigir y coordinar la Dirección de Comercio Internacional y la Dirección de Promoción de Inversiones. • Participar en la preparación y ejecución del presupuesto anual de la Subsecretaría de Industria y Comercio del Ministerio de Producción. - REQUISITOS PARA EL CARGO: Profesional con Titulo terciario y/o universitario con orientación en comunicación institucional, o idóneo con experiencia no menor a cinco (5) años en la Administración Publica en tareas afines a la misión del cargo. ANEXO A (Hoja N° 3) MINISTERIO DE PRODUCCION SUBSECRETARÍA DE FINANCIAMIENTO Y COMERCIO PARA LA PRODUCCION DIRECCION GENERAL DE PLANIFICACION Y FINANCIAMIENTO DIRECCION REGIONAL DELEGACION SUR El área de competencia de la Delegación Sur, será la comprendida por los departamentos de Escalante, Sarmiento, Río Senguer, Tehuelche y las secciones DII y DIII del Departamento Florentino Ameghino. Comarca Río Senguer, Golfo San Jorge. Dirección regional delegación oeste MISIONES: • Coordinar el funcionamiento operativo de la delegación, proveyendo los recursos necesarios que aseguren el funcionamiento de su estructura. • Organizar, ejecutar y controlar el trabajo para el corto y mediano plazo. FUNCIONES: • Sera responsable inmediato de la dirección. • Deberá controlar los actos que realice la delegación en el ámbito de la Jurisdicción de la región a la que pertenece. • Ejercer las funciones que le fueren delegadas y/o encomendadas por el Director General de Planificación. • Ejercer la dirección y conducción del personal de su dependencia, distribuir las tareas de cada departamento a su cargo asignando funciones y disponiendo reemplazos en casos de ausencias. • Facilitar la ejecución del plan de actividades de la Delegación. REQUISITOS PARA EL CARGO: Persona idónea con capacidad de trabajo en equipo y experiencia en trabajos de campo referentes a la zona Sur. ANEXO A (Hoja N° 4) MINISTERIO DE PRODUCCION SUBSECRETARÍA DE FINANCIAMIENTO Y COMERCIO PARA LA PRODUCCION DIRECCION GENERAL DE PLANIFICACION Y FINANCIAMIENTO DIRECCION REGIONAL DELEGACION OESTE El área de competencia de la Delegación Oeste será la comprendida por el Departamento de Futaleufú. MISIONES: • Coordinar el funcionamiento operativo de la delegación, proveyendo los recursos necesarios que aseguren el funcionamiento de su estructura. • Organizar, ejecutar y controlar el trabajo para el corto y mediano plazo. FUNCIONES: • Coordinar y supervisar las actividades que se desarrollan en la regional. • Colaborar en la elaboración del presupuesto anual de la Delegación. • Relevar las demandas y necesidades del sector productivo en el territorio y proponer planes de acción para atender a las mismas. • Será responsable inmediato de la dirección. • Deberá controlar los actos que realice la delegación en el ámbito de la Jurisdicción de la región a la que pertenece. • Ejercer las funciones que le fueren delegadas y/o encomendadas por el Director General de Planificación y Financiamiento. • Ejercer la dirección y conducción del personal de su dependencia, distribuir las tareas de cada departamento a su cargo asignando funciones y disponiendo reemplazos en casos de ausencias. • Facilitar la ejecución del plan de actividades de la Delegación. REQUISITOS PARA EL CARGO: Poseer título secundario y/o persona idónea con experiencia de al menos dos (2) años en tareas administrativas dentro del ámbito de la Administración Publica Nacional, Provincial o Municipal. ANEXO A (Hoja N° 5) MINISTERIO DE PRODUCCION SUBSECRETARÍA DE FINANCIAMIENTO Y COMERCIO PARA LA PRODUCCION DIRECCION GENERAL DE PLANIFICACION Y FINANCIAMIENTO DIRECCION REGIONAL DELEGACION NOROESTE El área de competencia de la Delegación Oeste será la comprendida por el Departamento de Cushamen. MISIONES: • Coordinar el funcionamiento operativo de la delegación, proveyendo los recursos necesarios que aseguren el funcionamiento de su estructura. • Organizar, ejecutar y controlar el trabajo para el corto y mediano plazo. FUNCIONES: • Coordinar y supervisar las actividades que se desarrollan en la regional. • Colaborar en la elaboración del presupuesto anual de la Delegación. • Relevar las demandas y necesidades del sector productivo en el territorio y proponer planes de acción para atender a las mismas. • Sera responsable inmediato de la dirección. • Deberá controlar los actos que realice la delegación en el ámbito de la Jurisdicción de la región a la que pertenece. • Ejercer las funciones que le fueren delegadas y/o encomendadas por el Director General de Planificación y Financiamiento. • Ejercer la dirección y conducción del personal de su dependencia, distribuir las tareas de cada departamento a su cargo asignando funciones y disponiendo reemplazos en casos de ausencias. • Facilitar la ejecución del plan de actividades de la Delegación. REQUISITOS PARA EL CARGO: Persona idónea con capacidad de trabajo en equipo y experiencia en trabajos de campo referentes a la zona Noroeste. |
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