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Título: Reubícase al personal de la Policía de la Provincia del Chubut, al Cabo Primero Estela Cynthia Eliana CRESPO LORENZI |
Fecha Registro: 04/07/2024 |
Detalle: RAWSON, 04 JUL 2024 VISTO: El expediente N° 223/23 JP; y CONSIDERANDO: Que por el expediente citado en el visto se propone la reubicación escalafonaria de la Cabo Primero Estela Cynthia Eliana CRESPO LORENZI, de la Agrupación Comando - Escalafón General a la Agrupación Servicios - Escalafón Administrativo de la Policía de la Provincia del Chubut, dependiente del Ministerio de Seguridad y Justicia; Que el artículo 20° de la Ley XIX N° 8, establece que los cambios de Agrupaciones y/o Escalafones se resolverán por decreto del Poder Ejecutivo a propuesta fundada de la Jefatura de Policía, en cada caso particular; Que la Plana Mayor Policial mediante Acta (Extraordinaria) N° 13/23 hizo lugar al pedido de reubicación solicitado; Que el gasto que demande el cumplimiento del presente decreto se encuentra previsto en el Presupuesto General de la Provincia, aprobado por la Ley II N° 282, modificada por la Ley II N° 289, prorrogada por Decreto N°01/2024; Que ha tomado debida intervención la Dirección de Recursos Humanos y la Asesoría Letrada de la Institución Policial; Que la Dirección General de Administración de Personal de la Secretaría General de Gobierno ha tomado intervención en el presente trámite; Que ha tomado legal intervención la Asesoría General de Gobierno; POR ELLO: EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT DECRETA: Artículo 1º: Reubícase a partir de la fecha del presente decreto al personal de la Policía de la Provincia del Chubut, dependiente del Ministerio de Seguridad y Justicia, en la Agrupación y Escalafón que se indica: De la Agrupación Comando - Escalafón General a la Agrupación Servicios - Escalafón Administrativo: Cabo Primero Estela Cynthia Eliana CRESPO LORENZI (D.N.I. N° 33.392.562 -Clase 1987). Artículo 2º: El gasto que demande el cumplimiento del presente decreto se imputará a la Jurisdicción 9- Ministerio de Seguridad y Justicia - SAF 21 - Policía de la Provincia del Chubut - Programa 5 - Conducción y Administración de Policía- Actividad 1 - Conducción y Administración de Policía. Ejercicio 2024. Artículo 3º: El presente decreto será refrendado por los Señores Ministros Secretarios de Estado en los Departamentos de Seguridad y Justicia, y de Gobierno. Artículo 4º: Regístrese, comuníquese, notifíquese, dése al Boletín Oficial y cumplido, ARCHÍVESE. DECRETO Nº 878 |
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