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Decreto 921 / 2024 Ignacio Torres 

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Título: Otorgase un aporte no reintegrable a favor del Club Alianza Fontana Oeste de Puerto Madryn
 
Fecha Registro: 12/07/2024
 
Detalle:

RAWSON, 1 2 JUL 2024

VISTO:

El expediente N° 4020-MIEP-2022; y

CONSIDERANDO:

Que por el expediente citado en el Visto la Provincia se comprometió a otorgar un aporte no reintegrable destinado al Club Alianza Fontana Oeste de Puerto Madryn para la ejecución de la Obra:“GIMNASIO DEPORTIVO”, por la suma de PESOS CINCUENTA Y CUATRO MILLONES CIENTO OCHENTA Y SIETE MIL SETECIENTOS SESENTA CON CUARENTA Y TRES CENTAVOS ($ 54.187.760,43), mediante Decreto N° 892/23;
Que a fojas 225 el Presidente del Club Alianza Fontana Oeste de Puerto Madryn mediante Nota de fecha 24 de abril de 2024 solicita la actualización de los montos de la Obra antes mencionada y presenta la documentación correspondiente;
Que a fojas 251 se encuentra el análisis favorable de la Dirección de Proyectos de Inversión dependiente de la Subsecretaría de Obras Publicas, la cual determina que el nuevo monto del presupuesto total actualizado es de PESOS SETENTA Y SEIS MILLONES SETECIENTOS TREINTA Y CINCO MIL NOVECIENTOS SESENTA Y TRES CON SETENTA Y DOS CENTAVOS ($ 76.735.963,72);
Que a fojas 257 luce la autorización del Señor Secretario de Infraestructura, Energía y Planificación;
Que atento al aporte otorgado por decreto N° 892/23 y la actualización realizada, el aumento solicitado asciende a la suma de PESOS VEINTIDOS MILLONES QUINIENTOS CUARENTA Y OCHO MIL DOSCIENTOS TRES CON VEINTINUEVE CENTAVOS ($ 22.548.203,29);
Que por lo expuesto se propicia otorgar un aporte no reintegrable complementario al Club Alianza Fontana Oeste de Puerto Madryn para ser utilizado en la ejecución de la Obra: “GIMNASIO DEPORTIVO” por la suma de PESOS VEINTIDOS MILLONES QUINIENTOS CUARENTA Y OCHO MIL DOSCIENTOS TRES CON VEINTINUEVE CENTAVOS ($ 22.548.203,29);
Que la asistencia a los Municipios, Comunas e Instituciones es una prioridad del Gobierno Provincial;
Que el presente trámite se encuadra en el artículo Io inciso 1) del Decreto N° 1304/78, y modificatorios;
Que ha tenido legal intervención la Dirección General de Asuntos Jurídicos, Legislación y Despacho de la Secretaria de Infraestructura, Energía y Planificación;
Que la Asesoría General de Gobierno ha tomado intervención en el presente trámite;

POR ELLO:

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT

DECRETA:

Artículo 1°: Otorgase un aporte no reintegrable complementario por la suma total de PESOS VEINTIDOS MILLONES QUINIENTOS CUARENTA Y OCHO MIL DOSCIENTOS TRES CON VEINTINUEVE CENTAVOS ($ 22.548.203,29) a favor del Club Alianza Fontana Oeste de Puerto Madryn para ser utilizado en la ejecución de la Obra: “GIMNASIO DEPORTIVO”; el cual será abonado en dos (2) cuotas por la suma de PESOS ONCE MILLONES DOSCIENTOS SETENTA Y CUATRO MIL CIENTO UNO CON SESENTA Y CINCO CENTAVOS ($ 11.274.101,65) cada una.
Artículo 2°: Designase como responsable de la administración y rendición de los fondos otorgados en el artículo 1°, al Presidente del Club Alianza Fontana Oeste de Puerto Madryn, Sr. José Luis DIAZ (DNI N° 14.575.479).
Artículo 3°: El aporte no reintegrable otorgado en el artículo Io deberá ser invertido e informado a la Subsecretaría de Obras Publicas de la Secretaría de Infraestructura, Energía y Planificación dentro de los TREINTA (30) días de recepcionado el desembolso y rendido ante el Tribunal de Cuentas de la Provincia de conformidad con lo establecido en el decreto N° 1304/78 y modificatorios.
Artículo 4°: El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto el que asciende a la suma total de PESOS VEINTIDOS MILLONES QUINIENTOS CUARENTA Y OCHO MIL DOSCIENTOS TRES CON VEINTINUEVE CENTAVOS ($ 22.548.203,29) será imputado de la siguiente manera: en la Jurisdicción 3 — SAF 91- Programa 96 - Actividad 02 - Inciso 5 - Partida Principal 2 - Partida Parcial 5 - Partida Subparcial 01 - Fuente de Financiamiento 1.11- Ejercicio 2024.
Artículo 5°: El presente decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado en el Departamento de Gobierno.
Artículo 6°: REGÍSTRESE, comuniqúese, notifíquese, dése al Boletín Oficial y cumplido ARCHÍVESE.

DECRETO N°921/24

Instrumentos Legales Asociados

Instrumentos legales afectados por este instrumento legal

(Se relaciona) Decreto 1304/1978
(Se relaciona) Decreto 892/2023

Instrumentos legales que afectan a este instrumento legal

(No hay instrumentos legales que lo afecten)