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Título: Designar en el cargo Directora General de Despacho y Privada del Ministro dependiente del Ministerio de Gobierno, a la señora MARIMAN Mónica Vanesa |
Fecha Registro: 15/07/2024 |
Detalle: RAWSON,15 JUL 2024 VISTO: El Expediente N° 1796-GB-2024; y CONSIDERANDO: Que por el Expediente citado en el Visto, se tramita designar en el cargo Directora General de Despacho y Privada del Ministro dependiente del Ministerio de Gobierno, a la señora MARIMAN Mónica Vanesa, por aplicación del artículo 14° de la Ley I N° 74, a partir de la fecha del presente decreto; Que se deberá abonar a la señora MARIMAN Mónica Vanesa, el adicional por Jerarquía Profesional, establecido en el artículo 22° Inc. f) de la Ley I N° 74 del Digesto Jurídico, reglamentado por Decreto N° 1330/81, a partir de la fecha del presente decreto; Que el cargo se encuentra vacante por la renuncia de la señora IGLESIAS KARINA Lorena, aceptada mediante Resolución II N° 59/24; Que el gasto que demande el cumplimiento del presente, se encuentra previsto en el Presupuesto General de la Provincia, aprobado por Ley II - N° 282, modificada por Ley II - N° 289, prorrogado por Decreto N° 01/2024; Que la Dirección General de Recursos Humanos y la Dirección General de Asuntos Legales del Ministerio de Gobierno han tomado intervención; Que la Dirección General de Administración de Personal de la Secretaría General de Gobierno ha tomado intervención; Que ha tomado legal intervención la Asesoría General de Gobierno; POR ELLO: EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT DECRETA: Artículo 1°.- Designar en el cargo Directora General de Despacho y Privada del Ministro dependiente del Ministerio de Gobierno, a la señora MARIMAN Mónica Vanesa (DNI N° 31.020.192 - Clase 1984), por aplicación del artículo 14° de la Ley I N° 74, a partir de la fecha del presente decreto. Artículo 2°.- Abonar a la señora MARIMAN Mónica Vanesa (DNI N° 31.020.192 - Clase 1984), el adicional por Jerarquía Profesional, establecido en el artículo 22° inc. f) de la Ley I N° 74 del Digesto Jurídico, reglamentado por Decreto N° 1330/81, a partir de la fecha del presente decreto Artículo 3°.- El gasto que demande el cumplimiento del presente decreto, será imputado en la Jurisdicción 20 - Ministerio de Gobierno - SAF 20: Ministerio de Gobierno - Programa 1: Conducción del Ministerio de Gobierno - Actividad 1: Conducción del Ministerio de Gobierno. Ejercicio 2024. Artículo 4°.- El presente decreto será refrendado por el Señor Ministro Secretario de Estado en el departamento de Gobierno. Artículo 5°.- Regístrese, comuniqúese, notifíquese, dese al Boletín Oficial y cumplido, ARCHÍVESE.- DECRETO N° 937/2024 |
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