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Título: Abonar al señor Oscar Abel ANTONENA trece (13) días hábiles de Licencia Anual Reglamentaria no usufructuada - Período 2023 |
Fecha Registro: 05/09/2024 |
Detalle: RAWSON, 05 SEP 2024 VISTO: El Expediente N° 486-EC-24; y CONSIDERANDO: Que por el Expediente citado en el Visto se tramita el pago de la liquidación de licencia no gozada por el señor ANTONENA, Oscar Abel en virtud de haber finalizado sus funciones el día 09 de diciembre de 2023, desempeñando el cargo de Ministro del entonces Ministerio de Economía y Crédito Público, designado por Decreto N° 03/19; Que deberán abonársele trece (13) días de Licencia Anual Reglamentaria no usufructuada - Período 2023, de acuerdo a lo establecido en el Decreto N° 1905/01; Que el gasto que demande el cumplimiento de la presente se encuentra previsto en el Presupuesto General de la Provincia aprobado por la Ley II N° 282, modificada por Ley II N° 289 y Ley II N° 298 , prorrogado por Decreto N° 01/24; Que el Área Administración de Recursos Humanos y la Dirección General de Asesoría Legal del Ministerio de Economía, han tomado intervención en el presente trámite; Que la Dirección General de Administración de Personal de la Secretaría General de Gobierno, ha tomado intervención en el presente trámite; POR ELLO: EL MINISTRO DE ECONOMÍA R E S U E L V E : Artículo 1°.- Abonar al señor Oscar Abel ANTONENA (D.N.I. N° 16.284.457 - Clase 1963) trece (13) días hábiles de Licencia Anual Reglamentaria no usufructuada - Período 2023 de acuerdo a lo establecido en el Decreto N° 1905/01, en virtud de haber finalizado sus funciones en el cargo de Ministro de Economía.- Artículo 2°.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente Resolución, se imputará a la Jurisdicción 30: Ministerio de Economía - SAF: 30 - Programa 1 - Conducción del Ministerio de Economía - Actividad 1 - Conducción del Ministerio de Economía - Actividad 1 - Conducción del Ministerio de Economía - Ejercicio 2024.- Artículo 3°.- La presente Resolución será refrendada por el Señor Subsecretario de Gestión Presupuestaria. - Artículo 4° .-Regístrese por la Secretaría General de Gobierno, comuniqúese a la Dirección General de Administración de Personal, vuelva organismo oficiante para su posterior tramite y cumplido ARCHÍVESE.- RESOLUCION III N° 60 |
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