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Título: Otorgase un subsidio al Club Social y Deportivo J.J. Moreno de Puerto Madryn destinado a la mano de obra para finalizar refacciones de dicha entidad |
Fecha Registro: 16/09/2024 |
Detalle: RAWSON 16 SEP 2024 VISTO: El Expediente N° 2056-GB-2024; y CONSIDERANDO: Que por el Expediente citado en el Visto, se tramita un subsidio a favor del Club Social y Deportivo J.J. Moreno de Puerto Madryn, representado por su Presidente señor Hernán Agustín EGURZA, D.N.I. 23.834.174 y su Tesorero señor Marcelo Raúl NESTERIUC, D.N.I. 26.050.223, destinado a solventar la mano de obra para la refacción del salón usos múltiples del club; Que el Presidente y el Tesorero de la Institución serán los responsables de la administración y rendición del aporte económico otorgado; Que el otorgamiento del subsidio asciende a la suma de PESOS SIETE MILLONES QUINIENTOS SETENTA Y DOS MIL QUINIENTOS ($ 7.572.500.-); Que corresponde encuadrar el presente trámite dentro del régimen legal establecido en el Decreto N° 1304/78 y sus modificaciones; Que ha emitido Dictamen la Dirección General de Asuntos Legales dependiente del Ministerio de Gobierno; Que ha tomado legal intervención la Asesoría General de Gobierno; POR ELLO: EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT DECRETA: Artículo 1°. Otorgase un subsidio por la suma de PESOS SIETE MILLONES QUINIENTOS SETENTA Y DOS MIL QUINIENTOS ($ 7.572.500.-) al Club Social y Deportivo J.J. Moreno de Puerto Madryn (C.U.I.T. N° 30-70765273-6), representado por su Presidente señor Hernán Agustín EGURZA D.N.I. 23.834.174 y su Tesorero señor Marcelo Raúl NESTERIUC D.N.I. 26.050.223, destinado a la mano de obra para finalizar refacciones de dicha entidad, de acuerdo a lo expuesto en los Considerandos que anteceden. Artículo 2°. El subsidio otorgado deberá ser invertido dentro de los ciento veinte (120) días de recepcionado y rendido ante el Tribunal de. Cuentas de la Provincia dentro de los sesenta (60) días de su inversión. Artículo 3°. Los importes no utilizados deberán ser reintegrados mediante cheque, giro o depositados en la cuenta N° 203443/7 a la orden de la Tesorería General de la Provincia, dentro del plazo máximo fijado para presentar la rendición en el Tribunal de Cuentas de la Provincia. Artículo 4°. El gastó que demande el cumplimiento del presente Decreto y que asciende a la suma total de PESOS SIETE MILLONES QUINIENTOS SETENTA Y DOS MIL QUINIENTOS ($ 7.572.500.-), se imputará a la Jurisdicción 20: Ministerio de Gobierno / Saf: 20 / Saf: del Ministerio dé Gobierno / Cubicación Geográfica: 11999 - Ámbito provincial / Programa 01: Conducción Ministerio de Gobierno / Actividad A01: Conducción del Ministerio de Gobierno / Inciso 05 / Partida Principal 01 / Partida Parcial 08: Transferencias a asociaciones civiles y cooperativas / Fuente de Financiamiento N° 1.11 / Recursos del Tesoro / Tesorería General / Ejercicio 2024. Artículo 5°. El presente Decreto será refrendado por el Señor Ministro Secretario de Estado en el Departamento de Gobierno. Artículo 6°. Regístrese, comuniqúese, dese al Boletín Oficial para su publicación y, cumplido, archívese. DECRETO N°1342/2024 |
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