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Resolución
Secretaría General de Gobierno 357 / 2024
 Ignacio Torres 

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Título: Otórgase un subsidio a favor de la Comuna Rural Dr. Ricardo Rojas con el objeto de solventar el desequilibrio financiero que se encuentra atravesando la Comuna Rural mencionada.
 
Fecha Registro: 18/10/2024
 
Detalle:

RAWSON; 18 OCT 2024
VISTO:
El Expediente N° 2510/2024 SGG; y
CONSIDERANDO:
Que por el Expediente citado en el Visto tramita el otorgamiento de un subsidio a favor de la Comuna Rural Dr. Ricardo Rojas representada por su Presidente señor Juan Bautista Hassanie Silva, por la suma total de PESOS CINCO MILLONES ($ 5.000.000,00), destinado a solventar el desequilibrio financiero que se encuentra atravesando la Comuna Rural mencionada;
Que a fojas 09 se informa que el servicio administrativo cuenta con crédito presupuestario suficiente para hacer frente al gasto;
Que el presente trámite se encuadra en lo establecido en el Decreto N° 1304/78 y modificatorios;
Que no existe impedimento para otorgar el mencionado aporte económico;
Que el gasto que demande el cumplimiento del presente trámite se encuentra previsto en el Presupuesto General de la Provincia, aprobado por Ley II N° 282, modificado por Ley II N° 289, prorrogado por Decreto N° 01/24 y modificado por Ley II N° 298;
Que ha tomado intervención de la Dirección General de Asesoría Legal de la Secretaría General de Gobierno;
POR ELLO:
EL SECRETARIO GENERAL DE GOBIERNO
RESUELVE:
Artículo 1°. Otórgase un subsidio por la suma de PESOS CINCO MILLONES ($ 5.000.000,00) a favor de la Comuna Rural Dr. Ricardo Rojas (C.U.I.T. N° 30-67028816-8) representada por su Presidente señor Juan Bautista Hassanie Silva (D.N.I. N° 13.463.1 19), con el objeto de solventar el desequilibrio financiero que se encuentra atravesando la Comuna Rural mencionada.
Artículo 2°. El Presidente de la Comuna Rural Dr. Ricardo Rojas, señor Juan Bautista Hassanie Silva (D.N.I. N° 13.463.119) será responsable de la administración, debida inversión y rendición de los fondos otorgados.
Artículo 3°. El subsidio otorgado mediante el artículo 1° de la presente resolución deberá ser invertido por el responsable dentro de los sesenta (60) días de recepcionado y rendido ante el Tribunal de Cuentas de la Provincia, remitiendo copia de la rendición de cuentas a la Dirección General de Administración de la Secretaría General de Gobierno.
Artículo 4°. El gasto que demande el cumplimiento de la presente resolución, y que asciende a la suma total de PESOS CINCO MILLONES ($ 5.000.000,00) se imputará en la Jurisdicción 10 - SAF 10 - Programa 20 - Actividad 1 - Incisos 5.7.6 - Fuente de Financiamiento 1.11- Ejercicio 2024.
Artículo 5°. La presente resolución será refrendada por el señor Subsecretario de Asuntos Municipales.
Artículo 6°. Regístrese, comuniqúese, notifíquese, y cumplido, archívese.
RESOLUCIÓN N° 357
Instrumentos Legales Asociados

Instrumentos legales afectados por este instrumento legal

(Se relaciona) Decreto 1304/1978
(Se relaciona) Decreto 1/2024
(Se relaciona) Ley II 282
(Se relaciona) Ley II 289
(Se relaciona) Ley II 298

Instrumentos legales que afectan a este instrumento legal

(No hay instrumentos legales que lo afecten)