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Título: ASIGNAR a la Comisario Levio Silvia Alejandra Jefa del Área de Finanzas de la Policía del Chubut, la vivienda oficial denominada “Departamento. 3 - 25 de Mayo 250”, para ser utilizada como casa |
Fecha Registro: 22/10/2024 |
Detalle: RAWSON; 22 0CT 2024 VISTO: El Expediente N° 2129/2024-SGG; y CONSIDERANDO: Que por el Expediente citado en el Visto, la Dirección General de Automotores y Viviendas Oficiales dependiente de la Subsecretaría de Coordinación y Enlace de la Secretaría General de Gobierno, propicia asignar a la Comisario Silvia Alejandra Levio, designada Jefa del Área de Finanzas de la Policía del Chubut, el departamento N° 03 del bloque “A” del complejo edificio Almirante Brown, ubicado en calle 25 de Mayo N° 250 de la ciudad de Rawson, para residir como casa-habitación; Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 18 inciso 15) de la Ley I N° 764/23 es competencia de la Secretaría General de Gobierno, dirigir coordinar y supervisar el uso y mantenimiento de las viviendas oficiales; Que por Decreto N° 961/23 se designa a la Secretaría General de Gobierno como autoridad de aplicación del Reglamento de adjudicación, ocupación, uso y devolución de los inmuebles de la Provincia, destinados a casa-habitación de funcionarios provinciales; Que conforme a lo establecido en el artículo 6° inciso h) Anexo I del citado Decreto, las viviendas oficiales serán asignadas a título temporario y su tenedor, en carácter precario; Que a ese fin, corresponde dictar el acto administrativo que instrumente la adjudicación del inmueble propiedad de Estado Provincial; Que ha tomado legal intervención la Dirección General de Asesoría Legal de la Secretaría General de Gobierno; POR ELLO: EL SECRETARIO GENERAL DE GOBIERNO RESUELVE Artículo 1°. ASIGNAR a la Comisario Levio Silvia Alejandra (D.N.I. N° 26.442.057- Clase 1978), Jefa del Área de Finanzas de la Policía del Chubut, la vivienda oficial denominada “Departamento. 3 - 25 de Mayo 250”, para ser utilizada como casa- habitación, de conformidad con los términos y condiciones establecidos en el Anexo I del Decreto N° 961/23. Artículo 2°. La presente resolución será refrenda por el señor Subsecretario de Coordinación y Enlace. Artículo 3°. Regístrese, comuniqúese, notifíquese, dese al Boletín Oficial y cumplido, archívese. RESOLUCIÓN N° 367 |
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